Société à responsabilité limitée77.225.577-2

Servicios De Salud Vitakin Limitada

CONSTITUCIÓN — 17 janv. 2025

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2025-01-17Voir le PDF (CVE 2597826)

Informations sociétaires

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Durée: 5 años contados desde la fecha del presente instrumento, renovable automáticamente por períodos sucesivos de 5 años cada uno salvo aviso en contrario con anticipación mínima de 6 meses
Administration: La administración y representación corresponderá a Eduardo Patricio González Villarroel y a Constanza Michelle Anich Hazbún, quienes, actuando individual e indistintamente uno cualquiera de ellos, anteponiendo sus firmas a la razón social, la representarán con las más amplias facultades de administración y disposición.

Objet social

La prestación de servicios de salud ambulatorios, que se proporcionen sin alojamiento ni alimentación. Para los efectos de prestar los servicios de salud, la sociedad podrá suministrar insumos y medicamente en la ejecución de los servicios ambulatorios, siempre que sean utilizado y consumidos en dicho procedimiento. Asimismo, el objeto de la sociedad comprenderá cualquier otro acto o negocio lícito que derive de la prestación de servicios de salud ambulatorios, los complemente o sea una consecuencia de los mismos.

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital libéré

$1.000.000

Associés (2)

NomParticipation

SERVICIOS MÉDICOS E INVERSIONES HEALTHY TRAUMA SpA

Socio

77.225.577-2

85%

Constanza Michelle Anich Hazbún

Socio

17.xxx.xxx-2

15%

Administrateurs (2)

Eduardo Patricio González Villarroel

16.xxx.xxx-2Administrador

Constanza Michelle Anich Hazbún

17.xxx.xxx-2Administrador

Texte officiel de l’extrait

JORGE SCHWENKE ZÚÑIGA, Titular 2º Notaría Rancagua, Bueras 359 Of. 102, Certifico: Que por escritura pública Repertorio número 5456-2024, de fecha 24 de diciembre de 2024, ante mí, SERVICIOS MÉDICOS E INVERSIONES HEALTHY TRAUMA SpA, rol único tributario número 77.225.577-2, representada por EDUARDO PATRICIO GONZÁLEZ VILLARROEL, cédula de identidad número 16.428.032-2, ambos domiciliados en calle Liquidámbar número 757, departamento 1805, comuna de Concón, Región de Valparaíso, y doña CONSTANZA MICHELLE ANICH HAZBÚN, cédula de identidad número 17.405.400-2, domiciliada en calle Las Palmas, Casa H 44, Parque Residencial Golf Los Lirios, comuna de Requínoa, Región del Libertador Bernardo O’Higgins, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada, cuyos estatutos contienen las siguientes menciones extractables: Razón Social: La razón social de la sociedad será “SERVICIOS DE SALUD VITAKIN LIMITADA”. Domicilio. El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de poder establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. Administración: La administración y representación de la Sociedad, con el uso de la razón social, corresponderá a don Eduardo Patricio González Villarroel y a doña Constanza Michelle Anich Hazbún, quienes, actuando individual e indistintamente uno cualquiera de ellos, anteponiendo sus firmas a la razón social, la representarán con las más amplias facultades de administración y disposición todos los actos y contratos que sea necesario realizar y celebrar para cumplir con el objeto social. Capital: El capital de la Sociedad es la suma total de 1.000.000 de pesos que los socios aportan, pagan y enteran de la siguiente forma: /Uno/ SERVICIOS MÉDICOS E INVERSIONES HEALTHY TRAUMA SpA aportó, pagó y enteró, en el acto de constitución de la sociedad, la suma de 850.000 pesos, equivalente al 85 por ciento de los derechos sociales de la sociedad; y /Dos/ doña CONSTANZA MICHELLE ANICH HAZBÚN aportó, pagó y enteró, en el acto de constitución de la sociedad, la suma de 150.000 pesos, equivalente al 15 por ciento de los derechos sociales de la sociedad. Responsabilidad de los Socios. La responsabilidad personal de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Objeto: El objeto de la sociedad será la prestación de servicios de salud ambulatorios, que se proporcionen sin alojamiento ni alimentación. Para los efectos de prestar los servicios de salud, la sociedad podrá suministrar insumos y medicamente en la ejecución de los servicios ambulatorios, siempre que sean utilizado y consumidos en dicho procedimiento. Asimismo, el objeto de la sociedad comprenderá cualquier otro acto o negocio lícito que derive de la prestación de servicios de salud ambulatorios, los complemente o sea una consecuencia de los mismos. Duración: La duración de la sociedad será de 5 años contados desde la fecha del presente instrumento. Este plazo se entenderá automáticamente renovado por períodos sucesivos de 5 años cada uno, salvo que uno o más socios, exprese o expresen, según sea el caso, su voluntad en contrario, mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social, con una anticipación mínima de 6 meses a la fecha de expiración del plazo vigente. Demás estipulaciones en escrituras extractada. Rancagua, 24 de diciembre de 2024.

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