Asesorías San Pedro Limitada
Diario Oficial
Informations sociétaires
Objet social
la prestación de servicios y asesorías jurídicas, publicitarias y de relaciones públicas de cualquier naturaleza. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá adquirir, enajenar y gravar toda clase de bienes, raíces o muebles, corporales o incorporales, y ceder a cualquier título, el dominio, uso y goce de los mismos; participar en sociedades de cualquier clase u objeto; y, en general, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios para el cumplimiento de los fines indicados y el desarrollo de la actividad propia de la sociedad
Capital
Capital total
$1.000.000
Capital libéré
$1.000.000
Capital restant dû
$0
Actions
1 000
Associés (2)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Matías Ignacio de Marchena Vicuña Accionista | - | 60% | $600.000 |
Mónica Beatriz de Lourdes Vicuña Labarca Accionista | - | 40% | $400.000 |
Administrateurs (2)
Matías Ignacio de Marchena Vicuña
Mónica Beatriz de Lourdes Vicuña Labarca
Historique sociétaire relaté
- Transformation· 29 mai 2018
Asesorías San Pedro Limitada se transforma en sociedad por acciones ASESORÍAS SAN PEDRO SpA
Matías Ignacio de Marchena Vicuña · Mónica Beatriz de Lourdes Vicuña Labarca
Texte officiel de l’extrait
EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Notario Público Titular 34 Notaría Santiago, Luis Thayer Ojeda 359, Providencia, Santiago, certifico: por escritura pública de 29 de mayo de 2018, Repertorio N° 9.887-2018, ante mí, Matías Ignacio de Marchena Vicuña, domiciliado en Avenida Apoquindo 3.721, piso 13, Las Condes, Santiago; y Mónica Beatriz de Lourdes Vicuña Labarca, domiciliada en Avenida Cristóbal Colón 3.770, departamento 157, Las Condes; modificaron sociedad de responsabilidad limitada ASESORÍAS SAN PEDRO LIMITADA (inscrita Fs. 21.243 N°17.211 Reg. Comercio Stgo. 1998; y RUT N° 77.208.090-5), transformándola en sociedad por acciones y fijándole al efecto un nuevo texto de sus estatutos sociales, de los que extracto lo que sigue: i) Nombre: ASESORÍAS SAN PEDRO SpA; ii) Accionistas: Matías Ignacio de Marchena Vicuña y Mónica Beatriz de Lourdes Vicuña Labarca, ambos ya individualizados; iii) Objeto: la prestación de servicios y asesorías jurídicas, publicitarias y de relaciones públicas de cualquier naturaleza. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá adquirir, enajenar y gravar toda clase de bienes, raíces o muebles, corporales o incorporales, y ceder a cualquier título, el dominio, uso y goce de los mismos; participar en sociedades de cualquier clase u objeto; y, en general, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios para el cumplimiento de los fines indicados y el desarrollo de la actividad propia de la sociedad; iv) Domicilio: la parte de la provincia de Santiago sobre la que tenga jurisdicción el Conservador de Comercio de Santiago, sin perjuicio del establecimiento de agencias, sucursales u oficinas en el resto del país o en el extranjero; v) Duración: indefinida; vi) Capital: $1.000.000 dividido en 1.000 acciones, de una misma y única serie, sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado, como sigue: /a/ Matías Ignacio de Marchena Vicuña suscribió 600 acciones por $600.000, que se dieron por íntegramente pagadas, por corresponder al aporte de capital ya pagado por Matías Ignacio de Marchena Vicuña con anterioridad en Asesorías San Pedro Limitada, sociedad que se transforma conforme a lo indicado; y /b/ Mónica Beatriz de Lourdes Vicuña Labarca suscribió 400 acción por $400.000, que se dio por íntegramente pagada, por corresponder al aporte de capital ya pagado por Mónica Beatriz de Lourdes Vicuña Labarca con anterioridad en Asesorías San Pedro Limitada, sociedad que se transforma conforme a lo indicado; y vii) Representación y Administración: La administración de la sociedad y su representación judicial y extrajudicial corresponderán indistintamente a los accionistas Matías Ignacio de Marchena Vicuña y a Mónica Beatriz de Lourdes Vicuña Labarca, quienes podrán actuar por sí o por intermedio de uno o más mandatarios que designen especialmente para este efecto mediante escritura pública de la que deberá tomarse razón al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio respectivo, en la forma y con las facultades que constan en escritura extractada.- Santiago, 30 de mayo de 2018. Eduardo Javier Diez Morello, Notario Público.-
Actes récents
- MODIFICACIÓN
ASESORÍAS SAN PEDRO LIMITADA
CVE 1410162
