Tecnovoa SpA
Diario Oficial
Informations sociétaires
Capital
Actions
1 000
Associés (2)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
CAROLINA ANDREA NOVOA GONZÁLEZ Accionista 13.xxx.xxx-7 | 13.xxx.xxx-7 | 60% | - |
Accionista 14.xxx.xxx-2 | 14.xxx.xxx-2 | 40% | - |
Historique sociétaire relaté
- Cession de droits· 12 mars 2024
CAROLINA ANDREA NOVOA GONZÁLEZ cede, vende y transfiere 400 acciones, equivalentes al 40% del haber social, a JAIME ALFREDO GATICA BALAGUE.
CAROLINA ANDREA NOVOA GONZÁLEZ · JAIME ALFREDO GATICA BALAGUE
Texte officiel de l’extrait
CLAUDIA GOMEZ LUCARES, Abogado, Notario Público Titular 50º Notaría de Santiago, Teatinos Nº 371, Of. 113, Santiago, Certifico: Por escritura de hoy, ante mí, Repertorio 18.511-2024, doña CAROLINA ANDREA NOVOA GONZÁLEZ, chilena, soltera, secretaria ejecutiva, C.I. Nro. 13.269.120-7 y don JAIME ALFREDO GATICA BALAGUE, chileno, soltero, ingeniero en computación e informática, C.I. Nro. 14.176.883-2, modifican Sociedad por Acciones denominada TECNOVOA SPA, inscrita a fojas 42.583, número 20.328 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2020, en el siguiente sentido: Doña CAROLINA ANDREA NOVOA GONZÁLEZ, cede, vende y transfiere a don JAIME ALFREDO GATICA BALAGUE, la cantidad de 400 acciones, correspondiente al 40% del haber social, por lo que doña CAROLINA ANDREA NOVOA GONZÁLEZ es dueña del 60% del capital social y don JAIME ALFREDO GATICA BALAGUE es dueño del 40% del capital social, y asimismo se modifica el Artículo Vigésimo Tercero en el sentido de que todas las disputas que ocurran entre los accionistas y la sociedad y sus administradores serán resueltas mediante arbitraje, árbitro cuya designación será realizada por los Tribunales Ordinarios de Justicia.- Santiago, 12 de Marzo de 2024.
Informations sociétaires
Objet social
La compra, venta, permuta, consignación, acopio, importación, exportación, leasing, producción y distribución de todo tipo de bienes y/o servicios, nacionales o extranjeros, al por mayor o al por menor, aplicables a cualquier tipo de industria y demás actividades complementarias y/o relacionadas incluyendo, sin limitación, la explotación de patentes de invención, modelos de utilidad, software, programas de computación, marcas de fábrica, diseños y modelos industriales; la promoción y/o publicidad por cualquier medio existente o a desarrollarse en el futuro, de las referidas actividades. Para el cumplimiento de su objeto, la Sociedad estará facultada para: /i/ ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios al fin indicado, al desarrollo de su negocio o a la inversión de los fondos disponibles de la Sociedad y, en especial, podrá concurrir a la constitución de sociedades de cualquier clase, naturaleza u objeto, anónimas o de responsabilidad limitada, sociedades por acciones u otras, joint ventures, asociaciones gremiales y profesionales, comunidades y todo tipo de asociaciones en general, ingresar a las ya constituidas, chilenas o extranjeras, representar a la Sociedad, con voz y voto, en todas ellas; y concurrir a la modificación, disolución y liquidación de aquéllas de que forme parte; /ii/ ejecutar y celebrar actos o contratos de cualquier naturaleza y jurisdicción autorizados por las leyes, que se relacionen directa o indirectamente con su objeto social, incluyendo la contratación de préstamos u otras formas de financiamiento que se estimen necesarios para el desarrollo de sus actividades; /iii/ instalar y poner en funcionamiento toda clase de establecimientos comerciales que se relacionen, vinculen o cumplan con el objeto social; /iv/ realizar todas aquellas actividades que fueren complementarias o anexas al giro principal; /v/ prestar o contratar, en Chile o en el extranjero, servicios relacionados a las actividades señaladas precedentemente; /vi/ comprar, vender, explotar, fabricar, comercializar, distribuir, exportar e importar todos los insumos, materias primas, productos, maquinarias, equipos y accesorios que se relacionen con su giro; /vii/ obtener para sí o para terceros los registros de marcas industriales o comerciales, patentes, fórmulas, procedimientos de fabricación y licencias industriales o comerciales y demás correspondientes relacionados con productos, insumos o materias primas destinados al desarrollo de su giro; y /viii/ garantizar obligaciones de los socios, constituyéndose en aval, codeudora solidaria, fiadora o de cualquier otra manera y para tal efecto podrá hipotecar, prendar o gravar en cualquier forma los bienes sociales.
Capital
Capital total
$5.000.000
Capital libéré
$5.000.000
Capital restant dû
$0
Actions
1 000
Associés (1)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
CAROLINA ANDREA NOVOA GONZALEZ Accionista | - | 100% | $5.000.000 |
Texte officiel de l’extrait
HERNAN JOSE RETAMAL GRIMBERG, Abogado, Notario Público de la Notaría de Quilicura, con oficio en calle José Francisco Vergara Nº 328, local 5, Quilicura, certifico: Que por escritura pública de fecha 10 de julio del año 2020, repertorio Nº538-2020, ante mí, comparece: Doña CAROLINA ANDREA NOVOA GONZALEZ, domiciliada en Avenida Los Corraleros N°2731, casa 3, comuna de Lampa, quien viene en constituir una sociedad por acciones de cuyos estatutos extracto lo siguiente: Nombre: “TECNOVOA SpA”. Objeto: La compra, venta, permuta, consignación, acopio, importación, exportación, leasing, producción y distribución de todo tipo de bienes y/o servicios, nacionales o extranjeros, al por mayor o al por menor, aplicables a cualquier tipo de industria y demás actividades complementarias y/o relacionadas incluyendo, sin limitación, la explotación de patentes de invención, modelos de utilidad, software, programas de computación, marcas de fábrica, diseños y modelos industriales; la promoción y/o publicidad por cualquier medio existente o a desarrollarse en el futuro, de las referidas actividades. Para el cumplimiento de su objeto, la Sociedad estará facultada para: /i/ ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios al fin indicado, al desarrollo de su negocio o a la inversión de los fondos disponibles de la Sociedad y, en especial, podrá concurrir a la constitución de sociedades de cualquier clase, naturaleza u objeto, anónimas o de responsabilidad limitada, sociedades por acciones u otras, joint ventures, asociaciones gremiales y profesionales, comunidades y todo tipo de asociaciones en general, ingresar a las ya constituidas, chilenas o extranjeras, representar a la Sociedad, con voz y voto, en todas ellas; y concurrir a la modificación, disolución y liquidación de aquéllas de que forme parte; /ii/ ejecutar y celebrar actos o contratos de cualquier naturaleza y jurisdicción autorizados por las leyes, que se relacionen directa o indirectamente con su objeto social, incluyendo la contratación de préstamos u otras formas de financiamiento que se estimen necesarios para el desarrollo de sus actividades; /iii/ instalar y poner en funcionamiento toda clase de establecimientos comerciales que se relacionen, vinculen o cumplan con el objeto social; /iv/ realizar todas aquellas actividades que fueren complementarias o anexas al giro principal; /v/ prestar o contratar, en Chile o en el extranjero, servicios relacionados a las actividades señaladas precedentemente; /vi/ comprar, vender, explotar, fabricar, comercializar, distribuir, exportar e importar todos los insumos, materias primas, productos, maquinarias, equipos y accesorios que se relacionen con su giro; /vii/ obtener para sí o para terceros los registros de marcas industriales o comerciales, patentes, fórmulas, procedimientos de fabricación y licencias industriales o comerciales y demás correspondientes relacionados con productos, insumos o materias primas destinados al desarrollo de su giro; y /viii/ garantizar obligaciones de los socios, constituyéndose en aval, codeudora solidaria, fiadora o de cualquier otra manera y para tal efecto podrá hipotecar, prendar o gravar en cualquier forma los bienes sociales. Capital: $5.000.000, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal, de una única serie de acciones comunes, íntegramente suscrito y pagado en acto escritura extractada. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago de Chile, Quilicura, 10 de julio del año 2020.
Actes récents
- MODIFICACIÓN
Tecnovoa SpA
CVE 2483911
- CONSTITUCIÓN
TECNOVOA SpA
CVE 1787335
