Sociedad Trade Inmobiliaria Chile SpA
Diario Oficial
Informations sociétaires
Objet social
La Sociedad tendrá por objeto a) La compraventa, permuta, comercialización, asesorias en la compra y venta de bienes raices, arrendamiento, subarrendamiento, leasing, corretaje y otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; b) La inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, incluyendo la construcción de toda clase de edificaciones destinadas a la vivienda o habitación o el comercio, la compra, venta y arrendamiento de bienes raíces y su explotación agrícola, forestal, turística y/o comercial; y c) En general, cualquier actividad relacionada directa o indirectamente con los objetos señalados y cualquier otro negocio que acordaren los socios durante la vigencia de la sociedad
Capital
Capital total
$5.000.000
Capital libéré
$5.000.000
Capital restant dû
$0
Actions
5 000
Associés (1)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
GONZALO ARTURO CABALLERO DEL CAMPO Accionista 9.xxx.xxx-3 | 9.xxx.xxx-3 | 100% | $5.000.000 |
Administrateurs (1)
GONZALO ARTURO CABALLERO DEL CAMPO
Texte officiel de l’extrait
PATRICIA VALENTINA MANRIQUEZ HUERTA, Abogada, Notario Público, Titular de la Cuadragésimo Octava Notaría de Santiago, con domicilio en Avenida Apoquindo N° tres mil setenta y seis, oficina seiscientos uno, piso seis, Comuna Las Condes, Región Metropolitana, certifico que, ante mí, por Escritura Pública de fecha 30 de Agosto de 2023, de Repertorio 13027-2023, comparece don GONZALO ARTURO CABALLERO DEL CAMPO, cédula de identidad número 9.094.761-3, domiciliado en Augusto Leguia 100, oficina 206, comuna de Las Condes, Santiago, constituyo sociedad por acciones. RAZÓN SOCIAL: “SOCIEDAD TRADE INMOBILIARIA CHILE SpA”, DOMICILIO: Santiago, sin perjuicio sucursales o agencias otras ciudades del país o extranjero, OBJETO: La Sociedad tendrá por objeto a) La compraventa, permuta, comercialización, asesorias en la compra y venta de bienes raices, arrendamiento, subarrendamiento, leasing, corretaje y otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; b) La inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, incluyendo la construcción de toda clase de edificaciones destinadas a la vivienda o habitación o el comercio, la compra, venta y arrendamiento de bienes raíces y su explotación agrícola, forestal, turística y/o comercial; y c) En general, cualquier actividad relacionada directa o indirectamente con los objetos señalados y cualquier otro negocio que acordaren los socios durante la vigencia de la sociedad .ADMINISTRACION Y USO RAZON SOCIAL: La sociedad será administrada y representada por uno o mas administradores designados mediante escritura pública por el o los accionistas titulares de, a lo menos, la mayoría absoluta de las acciones con derecho a voto, según conste del registro establecido en el artículo cuatrocientos treinta y uno del Código de Comercio. Se designa administrador en este acto a don GONZALO ARTURO CABALLERO DEL CAMPO, ya individualizado, quien representara a la Sociedad con todas las facultades establecidas en el titulo tercero articulo decimo y segundo transitorio, de la escritura de constitución CAPITAL: $5.000.000, dividido en 5.000 acciones, ordinarias, nominativas, sin valor nominal, toda misma serie e igual valor, totalmente suscrito y pagado. DURACIÓN: indefinida. DISOLUCION Y LIQUIDACION: Por causas contempladas en la ley. ARTICULO CUARTO TRANSITORIO: se faculta al abogado habilitado para el ejercicio de la profesión don Alvaro Manuel Caballero Valenzuela, cédula de identidad número 4.855.836-4 para que otorgue el o los instrumentos y o escrituras publicas o privadas que fueran necesarias para complementar, sanear o aclarar los puntos oscuros o dudosos, salvar las omisiones o rectificar los errores en que se pudiera haber incurrido en la presente escritura. Podrá, al efecto, presentar una o más minutas ante instituciones públicas o privadas y/u otorgar o firmar las escrituras o instrumentos, públicos o privados, necesarios o convenientes; con todas las facultades que se precisen para llevar a efecto tal cometido. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 04 de Septiembre de 2023.
Actes récents
- CONSTITUCIÓN
Sociedad Trade Inmobiliaria Chile SpA
CVE 2374593
