Inmobiliaria E Inversiones Flores Y Parra Limitada
Diario Oficial
Informations sociétaires
Associés (3)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Socio 5.xxx.xxx-8 | 5.xxx.xxx-8 | 45% | - |
LORENA DEL CARMEN FLORES PARRA Socio 8.xxx.xxx-9 | 8.xxx.xxx-9 | 25% | - |
Socio 12.xxx.xxx-0 | 12.xxx.xxx-0 | 30% | - |
Historique sociétaire relaté
- Constitution· 19 janvier 1998
Se constituyó la sociedad INMOBILIARIA E INVERSIONES FLORES Y PARRA LIMITADA.
- Autre acte· 2 décembre 2019
Los socios disuelven y liquidan anticipadamente la sociedad.
EDULIA PARRA CANTO · LORENA DEL CARMEN FLORES PARRA · GABRIEL EDUARDO FLORES PARRA
Texte officiel de l’extrait
JUAN ANTONIO LOYOLA OPAZO, Notario Público Titular de Temuco, con domicilio en calle Arturo Prat N 770, certifica: Que por escritura pública de fecha 02 de diciembre de 2019, Repertorio Nº 6222, otorgada ante mi Suplente don Rodrigo Sanhueza Ríos, Sres. EDULIA PARRA CANTO, cédula nacional de identidad número cinco millones ochocientos treinta y dos mil doscientos catorce guión ocho, domiciliada en calle El Ventisquero número trescientos sesenta; LORENA DEL CARMEN FLORES PARRA, cedula nacional de identidad número ocho millones novecientos veintinueve mil setecientos sesenta y nueve guión nueve; y GABRIEL EDUARDO FLORES PARRA, cedula nacional de identidad número doce millones ciento cincuenta y seis mil ochocientos cuarenta y siete guión cero, ambos domiciliados en callejón Massmann número cuatrocientos nueve, todos de Temuco, disolvieron y liquidaron la sociedad “INMOBILIARIA E INVERSIONES FLORES Y PARRA LIMITADA”, rol único tributario número setenta y siete millones ciento treinta y seis mil novecientos guión seis, constituida con fecha diecinueve de enero del año mil novecientos noventa y ocho, ante el Notario Público de Temuco, don Juan Antonio Loyola Opazo, cuyo extracto se encuentra inscrito a fojas ciento ochenta y siete, número ciento sesenta y seis, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco, correspondiente al año mil novecientos noventa y ocho, y publicado en la edición del Diario Oficial número treinta y seis mil quince, de fecha catorce de marzo del año mil novecientos noventa y ocho. Su participación social es la que sigue: socio EDULIA PARRA CANTO un cuarenta y cinco por ciento, socio LORENA DEL CARMEN FLORES PARRA un veinticinco por ciento, socio GABRIEL EDUARDO FLORES PARRA un treinta por ciento. Los socios de común acuerdo disuelven anticipadamente la sociedad y dejan constancia: Uno) La disolución de la sociedad tendrá efecto a partir de esta fecha; Dos) Cada uno de los socios se hace solidariamente responsable del pago de todas las deudas u obligaciones que eventualmente pudiere tener la sociedad; y Tres) Para los efectos previstos en los artículos sesenta y nueve y setenta y uno del Código Tributario, los socios se hacen solidariamente responsables ante el Fisco de Chile de todos los impuestos. Para los efectos de la liquidación, las partes tienen presente el balance general al día treinta de septiembre del año dos mil diecinueve, que los comparecientes aprueban en todas sus partes. El activo de la sociedad es la suma de ochocientos trece millones quinientos cuarenta y siete mil novecientos cincuenta pesos. La sociedad en liquidación es dueña: A) Muebles: Uno) Cantidad en dinero de treinta millones cuatrocientos dieciocho mil trescientos setenta y ocho pesos. Dos) Depósito a plazo del Banco Santander por su valor en pesos equivalente a quinientos once millones ciento treinta y cinco mil cien pesos. B) Inmuebles: Uno) LOTE NÚMERO VEINTICUATRO, de nueve mil cuatrocientos noventa y cuatro metros cuadrados, ubicado en Pillanlelbún de la Comuna de Lautaro, según Plano y Memoria Explicativa y Certificado del Servicio Agrícola y Ganadero que se encuentran archivados bajo el número ciento cincuenta y seis al final del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Lautaro del año mil novecientos noventa y cinco, dicho lote tiene los siguientes deslindes especiales: NORTE, con calle Tres doble cerco de por medio; SUR, con Lote treinta y uno; ORIENTE, con Lote veinticinco; y PONIENTE, con calle cuatro. El titulo de dominio se encuentra inscrito a fojas seiscientos cincuenta y cuatro vuelta, número seiscientos ochenta y dos del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Lautaro correspondiente al año dos mil trece. La propiedad figura ante el Servicio de Impuestos Internos con el Rol de Avalúo número quinientos setenta guión setecientos veintisiete, de la comuna de Lautaro.- Dos) LOTE NÚMERO VEINTICINCO, de una superficie de once mil seiscientos treinta y nueve metros cuadrados, ubicado en Pillanlelbún de la Comuna de Lautaro, según Plano y Memoria Explicativa y Certificado del Servicio Agrícola y Ganadero que se encuentran archivados bajo el número ciento cincuenta y seis al final del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Lautaro del año mil novecientos noventa y cinco, dicho lote tiene los siguientes deslindes especiales: NORTE, con calle tres doble cerco de por medio; SUR, con Lote treinta; ORIENTE, con bosque nativo; y PONIENTE, con lote veinticuatro. El titulo de dominio se encuentra inscrito a fojas seiscientos cincuenta y cinco, número seiscientos ochenta y tres del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Lautaro correspondiente al año dos mil trece. La propiedad figura ante el Servicio de Impuestos Internos con el Rol de Avalúo número quinientos setenta guión setecientos veintiocho, de la comuna de Lautaro.- Tres) TRES ACCIONES DE RIEGO DEL TENDIDO del canal de Pillanlelbún con la bocatoma de Lautaro. El titulo de dominio se encuentra inscrito a fojas dieciséis, número veintiuno del Registro de Propiedad de Aguas del Conservador de Bienes Raíces de Lautaro correspondiente al año dos mil trece.- El pasivo de la sociedad la suma de cuatrocientos cuatro millones nueve mil setecientos once pesos. Los activos a repartir entre los socios: Uno) La cantidad en dinero de ciento treinta y siete millones quinientos cuarenta y tres mil setecientos sesenta y siete pesos. Dos) LOTE NÚMERO VEINTICUATRO. Tres) LOTE NÚMERO VEINTICINCO. Cuatro) TRES ACCIONES DE RIEGO TENDIDO. La cantidad en dinero se repartirá: A) EDULIA PARRA CANTO, la suma de sesenta y un millones ochocientos noventa y cuatro mil seiscientos noventa y cinco pesos; B) LORENA DEL CARMEN FLORES PARRA, la suma de treinta y cuatro millones trescientos ochenta y cinco mil novecientos cuarenta y un pesos; C) GABRIEL EDUARDO FLORES PARRA, la suma de cuarenta y un millones doscientos sesenta y tres mil ciento treinta pesos. Los bienes inmuebles: LOTE NÚMERO VEINTICUATRO, LOTE NÚMERO VEINTICINCO y TRES ACCIONES DE RIEGO TENDIDO, se repartirán entre los socios en la siguiente proporción: A) EDULIA PARRA CANTO un cuarenta y cinco por ciento; B) LORENA DEL CARMEN FLORES PARRA un veinticinco por ciento; C) GABRIEL EDUARDO FLORES PARRA un treinta por ciento, los socios quedaran en comunidad respecto de dichos bienes inmuebles en las proporciones indicadas. Para todos los efectos tributarios los comparecientes declaran que como la sociedad que se disuelve son contribuyentes de 1 categoría de la Ley de Impuesto a la Renta y tributan sobre la base de renta efectiva. Los comparecientes tienen por definitivamente disuelta y liquidada la sociedad “INMOBILIARIA E INVERSIONES FLORES Y PARRA LIMITADA”, dándose el más amplio, completo y mutuo finiquito, declarando que nada se adeudan por concepto alguno.- Demás estipulaciones escritura extractada. TEMUCO, 06 de enero de 2020.-
Informations sociétaires
Associés (3)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Socio 5.xxx.xxx-8 | 5.xxx.xxx-8 | - | - |
LORENA DEL CARMEN FLORES PARRA Socio 8.xxx.xxx-9 | 8.xxx.xxx-9 | - | - |
Socio 12.xxx.xxx-0 | 12.xxx.xxx-0 | - | $303.000.000 |
Historique sociétaire relaté
- Autre acte· 5 novembre 1999
Se realizó una modificación previa de la sociedad extractada
EDULIA PARRA CANTO · LORENA DEL CARMEN FLORES PARRA · GABRIEL EDUARDO FLORES PARRA
Texte officiel de l’extrait
RODRIGO SANHUEZA RÍOS, Notario Público de Temuco, Suplente del Titular Juan Antonio Loyola Opazo, domiciliado en calle Arturo Prat número setecientos setenta. CERTIFICA: Por escritura pública de fecha 13 de diciembre del año 2018, otorgada ante mí, los señores EDULIA PARRA CANTO, cédula nacional de identidad número cinco millones ochocientos treinta y dos mil doscientos catorce guión ocho, domiciliada en El Ventisquero número trescientos sesenta; LORENA DEL CARMEN FLORES PARRA, cedula nacional de identidad número ocho millones novecientos veintinueve mil setecientos sesenta y nueve guión nueve, y GABRIEL EDUARDO FLORES PARRA, cedula nacional de identidad número doce millones ciento cincuenta y seis mil ochocientos cuarenta y siete guión cero, ambos domiciliados en callejón Massmann número cuatrocientos nueve, todos de Temuco, rectificaron y sanearon el extracto de la escritura pública de fecha cinco de noviembre del año mil novecientos noventa y nueve, número de repertorio siete mil ciento veintidós del año mil novecientos noventa y nueve, otorgada ante el Notario Público de Temuco, don Juan Antonio Loyola Opazo, que modificó la sociedad “INMOBILIARIA E INVERSIONES FLORES Y PARRA LIMITADA”, el cual se encuentra inscrito a fojas novecientos noventa y uno vuelta, número ochocientos dieciséis, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco, correspondiente al año mil novecientos noventa y nueve, y publicado en la edición del Diario Oficial número treinta y seis mil quinientos cincuenta y dos, de fecha tres de enero del año dos mil. En dicho extracto se incurrió en un error involuntario al momento de señalar el aporte del socio don GABRIEL EDUARDO FLORES PARRA, ya que no hay concordancia entre la escritura pública de modificación y su respectivo extracto. Por lo cual, se rectifica y sanea el extracto de la escritura de modificación en el siguiente sentido: “C) GABRIEL EDUARDO FLORES PARRA, aporta trescientos tres millones de pesos, que entera aportando en dominio derechos en inmuebles descritos letras A, B y C de la clausula quinta constitución social avaluados en dieciséis millones de pesos, veintiocho millones doscientos mil pesos y dos millones setecientos mil pesos, respectivamente, avalúo atendido valor de adquisición para reinversión y utilidad para sociedad; con doscientos cincuenta y seis millones cien mil pesos, lo que enterará a futuro y dentro del plazo de vigencia de la sociedad, sea en dinero, especies o con cargo a futuras utilidades, todo ello de acuerdo a las necesidades de funcionamiento de la empresa”. Demás estipulaciones en escritura extractada. TEMUCO, 17 de diciembre de 2018.
Actes récents
- DISOLUCIÓN
INMOBILIARIA E INVERSIONES FLORES Y PARRA LIMITADA
CVE 1708193
- MODIFICACIÓN
INMOBILIARIA E INVERSIONES FLORES Y PARRA LIMITADA
CVE 1513943
