Servicios De Administración De Riesgos Limitada
Diario Oficial
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$15.000.000
Capital libéré
$15.000.000
Capital restant dû
$0
Associés (2)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
CHRISTIAN HÉCTOR CAMILO GRANDON HINOJOSA Socio | - | 40% | $6.000.000 |
REBECA MERCEDES JIMENEZ LATORRE Socio | - | 60% | $9.000.000 |
Administrateurs (1)
REBECA MERCEDES JIMENEZ LATORRE
Texte officiel de l’extrait
ALEJANDRO AMERICO ALVAREZ BARRERA, Notario Público 41ª Notaria de Santiago, Suplente del Titular Félix Jara Cadot, Huérfanos N° 1160, subsuelo, Santiago, certifica que: Por escritura pública hoy, ante mí, CHRISTIAN HECTOR CAMILO GRANDON HINOJOSA, domiciliado en Avenida Providencia N° 2286, oficina 504, comuna de Providencia, Región Metropolitana; y REBECA MERCEDES JIMENEZ LATORRE, domiciliada en Avenida Providencia N° 2133, oficina 204, comuna de Providencia, Región Metropolitana; modificaron la sociedad SERVICIOS DE ADMINISTRACIÓN DE RIESGOS LIMITADA, inscrita a fojas 30.596 número 24.738 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 1997, en el sentido de aumentar el capital social de la suma de $8.000.000 a la suma de $15.000.000, esto es, en la suma de $7.000.000, enterado y pagado en dicho acto, al contado y en dinero efectivo por doña REBECA MERCEDES JIMENEZ LATORRE. Como consecuencia de lo anterior se sustituye: i) El artículo Cuarto de los estatutos sociales en el siguiente sentido: Administración y uso de la Razón social corresponderá a doña REBECA MERCEDES JIMENEZ LATORRE; ii) el artículo Quinto de los estatutos sociales, reemplazándose por el siguiente: “El capital de la sociedad es la suma de $15.000.000, totalmente aportado y enterado por los socios de la siguiente forma: a) don CHRISTIAN HÉCTOR CAMILO GRANDON HINOJOSA, aporta la suma de $6.000.000, equivalente al 40% de los derechos sociales, ya ingresado en caja social; y b) doña REBECA MERCEDES JIMENEZ LATORRE, aporta la suma de $9.000.000, equivalente al 60% del capital social, ya ingresado en caja social”; iii) el artículo Séptimo de los estatutos sociales, en materia que no es objeto de extracto. En todo lo no modificado siguen vigentes estipulaciones del pacto social, en especial a que los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. Demás disposiciones en escritura extractada. Santiago, 11 de enero de 2021. Alejandro Américo Alvarez Barrera. N.P.S.
Actes récents
- MODIFICACIÓN
SERVICIOS DE ADMINISTRACIÓN DE RIESGOS LIMITADA
CVE 1899561
