Georgia KT SpA
Diario Oficial
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Texte officiel de l’extrait
ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción número sesenta y cinco, piso dos, comuna de Providencia, certifico: Por escritura pública de fecha 03 de octubre de 2023, Rep. N° 30.162-2023, ante mí, se redujo a escritura pública el Acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de “Georgia KT SpA”, de fecha 29 de septiembre de 2023 en la cual se acordó: A) Se revoca los poderes conferidos como Apoderado de Clase A de Georgia KT SpA a ANA BERTHA NUNEZ CARRASCO de manera total desde el dos de octubre de dos mil veintitrés, en especial pero no únicamente, los poderes otorgados en escritura pública de fecha seis de septiembre del año dos mil veintitrés, otorgada en la Notaría de Santiago de don Andrés Felipe Rieutord Alvarado. B) Designa como nuevo Apoderados de Clase A, acorde escritura pública de fecha cuatro de noviembre de dos mil diecinueve, otorgada en la Notaría de Santiago de don Andrés Felipe Rieutord Alvarado, a RUBÉN BOROSCHEK KRAUSKOPF, cédula de identidad siete millones ochocientos cincuenta y nueve mil ciento treinta guion siete, para que, actuando conjuntamente con el Gerente General, representen a Georgia KT SpA con las facultades, formas de actuación y limitaciones establecidas en el Artículo Décimo Primero de los estatutos sociales. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada.- Santiago, 05 de octubre de 2023.
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Administrateurs (1)
Nicolás Rubén Boroschek Polimeni
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KARINA ALEJANDRA FLORES MUÑOZ, Abogada, Notario Público, Suplente de don ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción número sesenta y cinco, piso dos, comuna de Providencia, certifico: Por escritura pública de fecha 06 de septiembre de 2023, Rep. N° 28.281-2023, ante mí, se redujo a escritura pública el Acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de “Georgia KT SpA”, de fecha 23 de agosto de 2023, en la cual se acordó: A) Se acepta la renuncia al cargo de Gerente General de Ana Bertha Nuñez Carrasco, y revoca los poderes de manera total desde el 1 de septiembre de 2023 conferidos a está como Gerente General de “Georgia KT SpA”, en especial revoca pero no únicamente, los poderes otorgados en escritura pública de 4 de noviembre de 2019, otorgada en la Notaría de Santiago de don Andrés Felipe Rieutord Alvarado. B) Designa como Gerente General “Georgia KT SpA”, a don Nicolás Rubén Boroschek Polimeni, cédula de identidad número dieciocho millones trescientos un mil novecientos cuarenta y siete guión tres, quién ejercerá la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, con las facultades, formas de actuación y limitaciones establecidas en el artículo décimo primero de los Estatutos Sociales. C) Revoca los poderes conferidos como Apoderados de Clase A de “Georgia KT SpA”, a don Andrés Chirgwin Brown y don Hernán Peñafiel Ekdahl de manera total desde el 1 de septiembre de 2023, en especial pero no únicamente, los poderes otorgados en escritura pública de 4 de noviembre de 2019 otorgada ante la Notaria de Santiago de Don Andrés Felipe Rieutord Alvarado. D) Designa como nuevos apoderados de Clase A, a doña Ana Bertha Nuñez Carrasco, cédula de identidad catorce millones quinientos quince mil cuatrocientos trece guión ocho y don Esteban Luis Boroschek Polimeli, cédula de identidad dieciocho millones trescientos un mil novecientos cuarenta y seis guión cinco, para que actuando cualquiera de ellos conjuntamente con el Gerente General, representen a la Sociedad con las facultades, formas de actuación y limitaciones establecidas en el artículo decimo primero de los estatutos sociales. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada.- Santiago, 12 de septiembre de 2023.
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Objet social
a) La asesoría, consultoría y el desarrollo por sí o a través de terceros, de proyectos relacionados con la ingeniería civil; b) La inversión en toda clase de bienes, corporales o incorporales, muebles o inmuebles, incluyendo acciones, derechos sociales y la participación como socio o accionista en sociedades de cualquier tipo; la administración de las mismas inversiones; y la percepción de los beneficios o ganancias que de las mismas inversiones se deriven; c) La construcción, edificación, montaje, explotación y compraventa de todo tipo de obras de Ingeniería Civil de cualquier naturaleza, por cuenta propia o ajena, sean éstas habitacionales, comerciales, industriales, agrícolas, mineras u obras públicas; transportes de materiales de construcción, áridos y otros; realización para sí o para terceros, de estudios y proyectos de ingeniería, arquitectura, factibilidad, jurídicos, económicos o financieros; prestación de asesorías y consultoría en tales materias; fabricación, extracción, transformación, obtención y comercio interno e internacional de materiales, útiles, implementos y maquinaria de construcción, edificación y montaje, pudiendo actuar, en la consecución de sus fines, por cuenta propia o ajena, sola o asociada con otras personas naturales o jurídicas, dentro o fuera del país; ejecutar todos los actos y concertar todas las convenciones que sean conducentes a dichos objetivos; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos; y d) En general, toda otra actividad que directa o indirectamente se relacione con las anteriores y que la Junta de Accionistas determine. Las actividades correspondientes a su objeto las podrá ejecutar la Sociedad directamente o por intermedio de otras sociedades.
Capital
Capital total
$1.000.000
Actions
1 000
Associés (1)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
HERNÁN GUILLERMO PEÑAFIEL EKDAHL Accionista | - | - | - |
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ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario de la Trigésimo Sexta Notaría de Santiago con oficio en calle La Concepción número 65, piso 2, Comuna de Providencia, Región Metropolitana, certifico: Por escritura pública de fecha 4 de Noviembre de 2019, Repertorio N°32.915, HERNÁN GUILLERMO PEÑAFIEL EKDAHL, constituyó la siguiente sociedad por acciones: Razón Social: Georgia KT SpA. Nombre de fantasía: GKT, Georgia KT, GKT SpA. Domicilio: Santiago, Región Metropolitana. Objeto: a) La asesoría, consultoría y el desarrollo por sí o a través de terceros, de proyectos relacionados con la ingeniería civil; b) La inversión en toda clase de bienes, corporales o incorporales, muebles o inmuebles, incluyendo acciones, derechos sociales y la participación como socio o accionista en sociedades de cualquier tipo; la administración de las mismas inversiones; y la percepción de los beneficios o ganancias que de las mismas inversiones se deriven; c) La construcción, edificación, montaje, explotación y compraventa de todo tipo de obras de Ingeniería Civil de cualquier naturaleza, por cuenta propia o ajena, sean éstas habitacionales, comerciales, industriales, agrícolas, mineras u obras públicas; transportes de materiales de construcción, áridos y otros; realización para sí o para terceros, de estudios y proyectos de ingeniería, arquitectura, factibilidad, jurídicos, económicos o financieros; prestación de asesorías y consultoría en tales materias; fabricación, extracción, transformación, obtención y comercio interno e internacional de materiales, útiles, implementos y maquinaria de construcción, edificación y montaje, pudiendo actuar, en la consecución de sus fines, por cuenta propia o ajena, sola o asociada con otras personas naturales o jurídicas, dentro o fuera del país; ejecutar todos los actos y concertar todas las convenciones que sean conducentes a dichos objetivos; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos; y d) En general, toda otra actividad que directa o indirectamente se relacione con las anteriores y que la Junta de Accionistas determine. Las actividades correspondientes a su objeto las podrá ejecutar la Sociedad directamente o por intermedio de otras sociedades. Capital: $1.000.000 pesos, dividido en 1000 acciones nominativas, de igual serie y sin valor nominal, pagaderas en 5 años contados desde la fecha de la escritura extractada. Duración: Indefinida. Administración: Por Gerente General, designado en el artículo segundo transitorio de la escritura extractada, quien actuará con las facultades y limitaciones designadas en dicha escritura. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 5 de noviembre de 2019.
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