Société par actions77.026.172-4

Dutchman Chile SpA

MODIFICACIÓN — 24 janv. 2026

Diario Oficial

ModificationDiario Oficial · 2026-01-24Voir le PDF (CVE 2759788)

Informations sociétaires

SpA

Capital

Capital total

$6.000.000

Capital libéré

$6.000.000

Capital restant dû

$0

Actions

4 159

Texte officiel de l’extrait

Ministerio del Interior MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO, abogado, Notario Público de la Trigésimo octava Notaría de Santiago, con oficio en calle Isidora Goyenechea N°3477, oficina 10, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, certifica: Por escritura pública otorgada con fecha 18 de diciembre de 2025, ante mí, se redujo a escritura pública “Acta Junta Extraordinaria de Accionistas DUTCHMAN CHILE SpA”, celebrada con esa misma fecha ante mí; sociedad inscrita a fojas 43.389 número 21.841, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2019. La Junta acordó por unanimidad: I.- La fusión por incorporación de las sociedades VALOR COMPARTIDO PATAGONIA SpA, inscrita a fojas 27.676 número 12.789, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2021; COMPOST ABRANTES SpA, sociedad inscrita a fojas 50.654 número 25.142, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2019; PARQUE BOSQUE SANTIAGO NORTE SpA, sociedad inscrita a fojas 69.966 número 35.889, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2018; y la sociedad VIVERO COSTANERA NORTE SpA, sociedad inscrita a fojas 26.346 número 13.942, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2018, en la sociedad DUTCHMAN CHILE SpA, disolviéndose las Sociedades Absorbidas sin necesidad de efectuar su liquidación. Con motivo de la fusión se incorporará a la sociedad DUTCHMAN CHILE SpA, la totalidad del patrimonio y socios de la sociedad VALOR COMPARTIDO PATAGONIA SpA, de la sociedad COMPOST ABRANTES SpA, de la sociedad PARQUE BOSQUE SANTIAGO NORTE SpA, y de la sociedad VIVERO COSTANERA NORTE SpA, debiendo entenderse que la sociedad DUTCHMAN CHILE SpA, es la sucesora y continuadora legal de las Sociedades Absorbidas. II.- Como consecuencia de la fusión acordada, se aumenta el capital de sociedad DUTCHMAN CHILE SpA, a la suma de $6.000.000, dividido en 4.159 acciones nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas. III.- Se modifica el texto de los artículos Quinto Permanente y Segundo Transitorio de los estatutos sociales, cuyo tenor extractado es el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO: El capital social es la suma de $6.000.000 dividido en 4.159 acciones nominativas, sin valor nominal y de una misma serie, el cual se encuentra íntegramente suscrito y pagado en la forma indicada en el artículo segundo transitorio. Tanto el capital como los eventuales aumento del mimo podrán pagarse en dinero u otros bienes. Las acciones que se acuerde emitir para materializar un aumento de capital deberán ser ofrecidas a lo menos por una vez en forma preferente a quienes a la fecha de la emisión sean accionistas de la Sociedad, por el plano y n los términos que resuelva la junta de accionistas.” “ARTÍCULO SEGUNDO TRANSITORIO: El capital social es la suma de $6.000.000 dividido en 4.159 acciones nominativas, sin valor nominal y de una misma serie, íntegramente suscrito, pagado y enterado en arcas sociales, el que se distribuye entre los accionistas en la forma indicada en la escritura extractada.” Asistió la totalidad de los accionistas, de acuerdo al Registro de Accionistas que tuve a la vista. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 15 de enero de 2025. MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO. Notario Público.

ConstitutionDiario Oficial · 2024-10-21Voir le PDF (CVE 2560131)

Informations sociétaires

SpA
Administration: Administración individual por doña Bárbara Gómez, con las más amplias facultades de administración.

Objet social

La sociedad tendrá por objeto la realización de todo tipo de inversiones, tanto en el territorio nacional como en el extranjero, en toda clase de bienes, sean muebles e inmuebles, incorporales, intelectuales, valores mobiliarios, participaciones sociales, instrumentos financieros y cualquier otro activo que pueda agregar una rentabilidad económica. La sociedad podrá, para cumplir con su objeto, realizar las siguientes actividades de manera ilustrativa, pero no taxativa: (Uno) Desarrollar inversiones en efectos de comercio, valores mobiliarios, títulos de crédito, monedas o divisas extranjeras, bonos, debentures, letras hipotecarias, derechos o acciones de sociedades de cualquier clase o naturaleza, y en general, en toda clase de bienes, sean corporales o incorporales, intelectuales, muebles o inmuebles; (Dos) Podrá concurrir a la constitución de sociedades de cualquier clase o naturaleza o comunidades y asociaciones en general, ingresar a las ya constituidas y concurrir a la modificación, disolución y liquidación de aquéllas de que forme parte y, en general, podrá ejecutar toda clase de actos civiles y comerciales autorizados por las leyes, que se relacionen directa o indirectamente con su objeto social, incluyendo la realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal; (Tres) La representación de inversionistas nacionales o extranjeros, a través de mandatos, poderes o cualquier otra figura jurídica que permita actuar en nombre de terceros en operaciones de inversión; (Cuatro) Y en general, todas aquellas actividades comerciales, industriales, financieras de servicio y de cualquier otra índole que sean necesarias, convenientes o relacionadas directa o indirectamente con el desarrollo de su objeto principal.

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital libéré

$1.000.000

Capital restant dû

$0

Actions

100

Associés (1)

NomParticipation

BARBARA GÓMEZ

Accionista

48.xxx.xxx-8

100%

Administrateurs (1)

Bárbara Gómez

48.xxx.xxx-8Administrador

Texte officiel de l’extrait

MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, chilena, casada, abogado, cédula de identidad y Rol Único Tributario número ocho millones doscientos quince mil novecientos catorce guion dos, Notario Público Titular de la Trigésimo Octava Notaría de Santiago, con oficio en calle Isidora Goyenechea número tres mil cuatrocientos setenta y siete, oficina diez, comuna de Las Condes, certifico: Por escritura pública de fecha 04.10.2024 ante mí, Repertorio N° 45.946-2024, doña BARBARA GÓMEZ, rol único tributario para para persona extranjera número 48.217.309-8, debidamente representada, constituyó sociedad por acciones, de cuyos estatutos extracto: Nombre. “DUTCHMAN CHILE SpA”. Objeto. La sociedad tendrá por objeto la realización de todo tipo de inversiones, tanto en el territorio nacional como en el extranjero, en toda clase de bienes, sean muebles e inmuebles, incorporales, intelectuales, valores mobiliarios, participaciones sociales, instrumentos financieros y cualquier otro activo que pueda agregar una rentabilidad económica. La sociedad podrá, para cumplir con su objeto, realizar las siguientes actividades de manera ilustrativa, pero no taxativa: (Uno) Desarrollar inversiones en efectos de comercio, valores mobiliarios, títulos de crédito, monedas o divisas extranjeras, bonos, debentures, letras hipotecarias, derechos o acciones de sociedades de cualquier clase o naturaleza, y en general, en toda clase de bienes, sean corporales o incorporales, intelectuales, muebles o inmuebles; (Dos) Podrá concurrir a la constitución de sociedades de cualquier clase o naturaleza o comunidades y asociaciones en general, ingresar a las ya constituidas y concurrir a la modificación, disolución y liquidación de aquéllas de que forme parte y, en general, podrá ejecutar toda clase de actos civiles y comerciales autorizados por las leyes, que se relacionen directa o indirectamente con su objeto social, incluyendo la realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal; (Tres) La representación de inversionistas nacionales o extranjeros, a través de mandatos, poderes o cualquier otra figura jurídica que permita actuar en nombre de terceros en operaciones de inversión; (Cuatro) Y en general, todas aquellas actividades comerciales, industriales, financieras de servicio y de cualquier otra índole que sean necesarias, convenientes o relacionadas directa o indirectamente con el desarrollo de su objeto principal. Capital. El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000 (un millón de pesos), dividido en 100 (cien) acciones nominativas de una misma y única serie y sin valor nominal íntegramente suscritas y pagadas. Si bien no es materia de extracto, se deja constancia que la sociedad será administrada individualmente por doña Bárbara Gómez, quien anteponiendo a su firma la razón social, representará a la sociedad, con las más amplias facultades de administración. Demás estipulaciones constan escritura extractada. Santiago, 15.10.2024.

ModificationDiario Oficial · 2020-05-23Voir le PDF (CVE 1764335)

Informations sociétaires

SpA

Représentation légale (1)

Juan Pablo Longueira Montes

7.xxx.xxx-6En représentation de Asesorías e Inversiones las Azaleas SpA76.666.320-6

Historique sociétaire relaté

  1. Autre acte· 30 octobre 2019

    Se efectuó una modificación de estatutos de Dutchman Chile SpA

  2. Autre acte· 7 mai 2020

    Se sanearon vicios formales y se rectificó la individualización de Asesorías e Inversiones Las Azaleas SpA

    Juan Pablo Longueira Montes · Asesorías e Inversiones las Azaleas SpA

Texte officiel de l’extrait

ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción N° 65, piso 2, comuna de Providencia, certifico: Que por escritura pública de fecha 07 de mayo de 2020, REP. 8802-2020, ante mí: don Juan Pablo Longueira Montes, rut 7.044.628-6, en su calidad de representante legal de la sociedad Asesorías e Inversiones las Azaleas SpA, RUT 76.666.320-6, viene en sanear vicios formales de la modificación de estatutos de la sociedad Dutchman Chile SpA, RUT 77.026.172-4, efectuada por escritura pública de fecha 30 de octubre de 2019, otorgada en la notaría de Santiago de don Alberto Mozó Aguilar, repertorio número 7870/19, y de esta forma rectificar el error presente en la individualización de la sociedad compareciente, donde se identificó a la Sociedad erradamente como “Inversiones Las Azaleas SpA”, en circunstancias que la razón social correcta de la misma corresponde a “Asesorías y Inversiones Las Azaleas SpA”, siendo su Rol Único Tributario correcto el número 76.666.320-6 y no el indicado en la señalada escritura. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago 20 de mayo de 2020.-

ModificationDiario Oficial · 2020-05-20Voir le PDF (CVE 1763170)

Informations sociétaires

SpA

Représentants auprès du SII (1)

Juan Pablo Longueira Montes

7.xxx.xxx-6Representante

Représentation légale (1)

Juan Pablo Longueira Montes

7.xxx.xxx-6En représentation de Asesorías e Inversiones las Azaleas SpA76.666.320-6

Texte officiel de l’extrait

ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción N° 65, piso 2, comuna de Providencia, certifico: Que con fecha 07 de mayo de 2020, REP. 8802-2020, ante mí: don Juan Pablo Longueira Montes, rut 7.044.628-6, en su calidad de representante legal de la sociedad Asesorías e Inversiones las Azaleas SpA, RUT 76.666.320-6, viene en sanear vicios formales de la modificación de estatutos de la sociedad Dutchman Chile SpA, RUT 77.026.172-4, efectuada por escritura pública de fecha 30 de octubre de 2019, otorgada en la notaría de Santiago de don Alberto Mozó Aguilar, repertorio número 7870/19, y de esta forma rectificar el error presente en la individualización de la sociedad compareciente, donde se identificó a la Sociedad erradamente como “Inversiones Las Azaleas SpA”, en circunstancias que la razón social correcta de la misma corresponde a “Inversiones y Asesorías Las Azaleas SpA”, siendo su Rol Único Tributario correcto el número 76.666.320-6 y no el indicado en la señalada escritura. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago, 07 de mayo de 2020.-

ModificationDiario Oficial · 2020-05-15Voir le PDF (CVE 1761274)

Informations sociétaires

SpA
Durée: indefinida
Administration: Gerente

Objet social

Desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero, actividades de producción, compra, venta, arrendamiento, traslado, comercialización y distribución de plantas, flores, árboles ornamentales y/o frutales; productos, maquinarias o insumos vinculados al rubro agrícola o agropecuario; servicios de paisajismo, diseño de jardines, parques y arquitectura del paisaje; servicios y asesorías para la producción agrícola, forestal y/o hortofrutícola; efectuar inversiones en bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales; participar en operaciones como corredor de propiedades; formar, ingresar y participar en sociedades, comunidades, asociaciones y cuentas en participación; administrar y explotar dichas inversiones y percibir sus frutos; y realizar las demás actividades necesarias para el desarrollo del objeto social, incluyendo contratación de préstamos u otras formas de financiamiento.

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital libéré

$1.000.000

Capital restant dû

$0

Actions

1 000

Administrateurs (1)

Représentation légale (1)

Juan Pablo Longueira Montes

7.xxx.xxx-6En représentation de Asesorías e Inversiones las Azaleas SpA76.666.320-6

Texte officiel de l’extrait

ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción N° 65, piso 2, comuna de Providencia, certifico: Que con fecha 07 de mayo de 2020, REP. N°8803-2020, ante mí: don Juan Pablo Longueira Montes, rut 7.044.628-6, en su calidad de representante legal de la sociedad Asesorías e Inversiones las Azaleas SpA, RUT 76.666.320-6, viene en modificar los Estatutos de la sociedad Dutchman Chile SpA, RUT 77.026.172-4, incluyendo un nuevo Artículo Quinto, y adicionando al actual Artículo Octavo, que pasa a ser Artículo Noveno, referido a la administración social, una frase final, elaborándose un texto refundido de Estatutos, siendo las cláusulas esenciales de sus nuevos estatutos los que se extractan a continuación: Razón Social: “Dutchman Chile SpA”. Objeto: desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero, las siguientes actividades: i/ a) la producción, compra, venta, arrendamiento, traslado, comercialización y distribución al por mayor o al detalle de plantas, flores, árboles ornamentales y/o frutales; y la producción, compra, venta, arrendamiento, comercialización, servicio técnico y distribución al por mayor o al detalle de cualquier clase de productos, maquinarias o insumos vinculados al rubro agrícola o agropecuario, pudiendo tomar la representación o franquicia de empresas chilenas o extranjeras relacionadas a estas actividades, incluyendo expresamente todos los productos fabricados por la empresa Dutchman Industries Inc.; b) La prestación de servicios de paisajismo y/o diseño de jardines, parques, y arquitectura del paisaje; c) prestación de servicios y asesorías para la producción agrícola, forestal y/o hortofrutícola; y ii/ efectuar inversiones en todo tipo de bienes, muebles e inmuebles, corporales e incorporales, por cuenta propia o ajena, tanto en Chile como en el extranjero; y participar en operaciones como corredor de propiedades tanto agrícolas como urbanas; y asimismo, formar, ingresar y participar en toda clase de sociedades, civiles o comerciales, anónimas o de responsabilidad limitada, cualquiera sea su objeto, así como en toda clase de comunidades, asociaciones, y cuentas en participación, cualquiera fuese su naturaleza, y la administración y explotación de estas inversiones y la percepción de sus frutos y de cualquier otro beneficio que los accionistas acuerden; y efectuar todas las demás actividades que sean necesarias para el desarrollo del objeto social, incluyendo la contratación de préstamos u otras formas de financiamiento que se estimen necesarios para el desarrollo de sus actividades. Artículo Quinto: Cumplimiento del Objeto Social: En el cumplimiento del objeto social, la Sociedad procurará generar un impacto positivo para la comunidad, las personas vinculadas a la Sociedad y el medio ambiente. Sólo los accionistas de la Sociedad podrán exigir el cumplimiento de lo dispuesto en el presente artículo. Capital: El capital de la Sociedad es la suma de 1.000.000, dividido en 1000 acciones ordinarias, nominativas, de igual valor cada una y sin valor nominal totalmente suscrito y pagado. Administración: El uso de la razón social, la administración de la Sociedad y su representación judicial y extrajudicial recaerá exclusivamente en un Gerente, que será una persona natural mayor de edad, que se designa en este acto y a futuro será designada en una junta de accionistas por la mayoría de las acciones. Se mantendrá indefinidamente en su cargo mientras no sea revocado por acuerdo de una junta de accionistas posterior. En el ejercicio de sus facultades, el Gerente podrá representar a la Sociedad judicial y extrajudicialmente ante toda clase de autoridades políticas, administrativas y municipales, organismos o instituciones de derecho público o personas de derecho privado, sean ellas naturales o jurídicas, incluyendo al Servicio de Impuestos Internos, Tesorería General de la República, Servicio Nacional de Aduanas, Banco Central de Chile, Dirección General del Trabajo, organizaciones e instituciones de seguridad social y de salud. Asimismo, estará facultado para celebrar y ejecutar todo tipo de actos, contratos, negocios y transacciones que le parezcan convenientes o necesarios para el adecuado cumplimiento del objeto social, lo que no será necesario acreditar ante terceros. Sin que esta enumeración sea taxativa, el Gerente tendrá las siguientes facultades: a/ adquirir, enajenar y permutar a cualquier título toda clase de bienes muebles o inmuebles, derechos y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión; b/ dar y tomar en arriendo toda clase de bienes, celebrar contratos de cuenta corriente, depósito o crédito con los bancos comerciales, particulares o del Estado, con el Banco del Estado de Chile u otras instituciones de crédito o de fomento, públicas o privadas, instituciones fiscales y semifiscales, empresas autónomas del Estado o con entidades en las cuales el Estado tenga interés o parte, solicitar y/u obtener claves de, y/o accesos electrónicos a, a todo tipo de cuentas - de ahorro, a plazo y corrientes, entre otras – de la Sociedad, incluyendo los que sean vía Internet o mediante redes, así como sus cambios o modificaciones; c/ contratar toda clase de préstamos o líneas de créditos con dichos bancos, entidades o instituciones; d/ girar y sobregirar en las cuentas corrientes de la Sociedad, girar, cobrar, revalidar, cancelar, endosar y hacer protestar cheques, retirar talonarios de cheques, solicitar, aprobar o impugnar los saldos que arrojen las cuentas corrientes de la Sociedad; e/ girar, aceptar, reaceptar, endosar, avalar, descontar, cancelar, prorrogar y hacer protestar letras de cambio, pagarés y demás documentos bancarios o mercantiles; f/ constituir, aceptar, posponer, dividir y alzar hipotecas, constituir cualquier clase de prendas u otras garantías y otorgar los correspondientes alzamientos; g/ cobrar y percibir cuanto a la Sociedad se adeudare por cualquier motivo o título; h/ renunciar a acciones y derechos de toda clase; i/ otorgar recibos, cancelaciones, finiquitos y suscribir correspondencia de la Sociedad a nivel nacional y extranjero; j/ celebrar toda clase de joint ventures, declaraciones juradas, ofertas, cartas de intención, memorándums de entendimiento y contratos nominados o innominados tales como mutuo, compraventa, permuta, prestación de servicios, transporte, suministro, donación, arrendamiento, comodato, construcción, depósito, seguro, fianza, censo, mandato, mutuo, dación en pago, novación, compensación o transacción; k/ constituir a la Sociedad en codeudora solidaria o en fiadora, ya sea para garantizar obligaciones propias como de terceros; l/ fijar domicilios; m/ celebrar contratos administrativos o de cualquier naturaleza; n/ concurrir a propuestas públicas o privadas, solicitar concesiones; o/ formar e integrar otras sociedades, representar con voz y voto a la Sociedad en asociaciones o sociedades de cualquier especie en que tenga interés, modificar sus pactos sociales, fijar su forma de administración y ejercerla si le correspondiere, y demás estipulaciones, pedir su disolución anticipada o no, solicitar su liquidación o partición, designar liquidadores, partidores, árbitros arbitradores, de derecho o mixtos, vender los activos y pasivos o parte de ellos, además se entenderán autorizados para suscribir pactos de accionistas o de socios según corresponda; p/ estipular precios, plazos y demás condiciones o modalidades que tengan por conveniente en cualquier contrato; q/ resciliar y resolver tales contratos; r/ ceder derechos y créditos y aceptar cesiones; s/ practicar todo tipo de inscripciones en los Conservadores de Bienes Raíces y facultar para ello a terceros; t/ representar a la Sociedad ante el Servicio de Impuestos Internos en toda clase de solicitudes, memorandum y otros documentos que puedan ser necesarios, incluyendo las solicitudes necesarias para la obtención del Rol Único Tributario e Inicio de Actividades, desistirse o modificar dichas solicitudes, recibir avisos y notificaciones a nombre de la Sociedad; u/ retirar correspondencia epistolar o telegráfica, aún certificada, giros o encomiendas; abrir cajas de seguridad, depositar y retirar valores o dinero en depósito, custodia o garantía, novar, remitir, conceder quitas o esperas, transigir judicial o extrajudicialmente, ejecutar todo tipo de operaciones de warrants; v/ adquirir, solicitar, registrar, renovar o enajenar a cualquier título marcas comerciales, logos, patentes de invención y demás privilegios, retirar mercaderías de aduana, endosar y retirar documentos de embarque y efectuar todo tipo de operaciones de comercio exterior o cambios internacionales, presentar y firmar registros de importación o exportación, solicitudes anexas, cartas explicativas, suscribir declaraciones juradas y toda clase de documentos que fueren exigidos por el Banco Central de Chile u otras instituciones y organismos, tomar boletas bancarias o endosar pólizas de garantía y pedir la devolución de dichos documentos; w/ retirar certificados de valores divisibles, solicitar la modificación de las condiciones bajo las cuales se ha autorizado una determinada operación y solicitar autorización para operar bajo el sistema de cobertura diferida; x/ contratar, amonestar y remover al personal de la Sociedad; y/ dictar reglamentos de trabajo, fijar sus condiciones y remuneraciones y, en general, ejecutar todos los actos y realizar todas las actuaciones que fueren conducentes al adecuado cumplimiento del encargo que se le confiere; z/ ratificar todos los actos y contratos donde se acuerde algún hecho que diga relación con las facultades antes mencionadas. En el orden judicial, tendrán todas las facultades del artículo séptimo del Código de Procedimiento Civil y, en especial, las de desistirse en primera instancia de la acción deducida, renunciar recursos y términos legales, absolver posiciones, aprobar convenios, comprometer, dar a los árbitros facultades de arbitradores, transigir y percibir. El Gerente está autorizado para delegar total o parcialmente las facultades referidas en la presente cláusula, pudiendo también otorgar y revocar poderes generales y especiales. En el desempeño de sus actividades, la administración de la Sociedad deberá considerar no solo los intereses de sus accionistas, sino a los trabajadores, clientes y proveedores de la Sociedad y otras partes directa o indirectamente vinculadas a ella. Asimismo, deberá velar por los intereses de la comunidad donde opera y por la protección del medio ambiente local y global. El Gerente deberá dejar constancia en la memoria anual o en comunicaciones periódicas a los accionistas, de las acciones tomadas al respecto. El cumplimiento de lo anterior sólo podrá exigirse por los accionistas de la Sociedad. Se designa como Gerente a don José Tomás Longueira Brinkmann, cédula nacional de identidad número 15.960.916-2. Duración: indefinida. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago 07 de mayo de 2020.-

ModificationDiario Oficial · 2019-11-15Voir le PDF (CVE 1682599)

Informations sociétaires

SpA
Avenida Nueva Los Leones 0281
Administration: modificada

Représentation légale (1)

Inversiones Las Azaleas SpA

En représentation de DUTCHMAN CHILE SpA

Historique sociétaire relaté

  1. Constitution· 4 juin 2019

    Se constituye DUTCHMAN CHILE SpA.

    DUTCHMAN CHILE SpA

Texte officiel de l’extrait

OSCAR PELUCHONNEAU CÁDIZ, Notario Público de la 40 Notaría de Santiago, Suplente del Titular Alberto Mozo Aguilar, con oficio en Teatinos 332, Santiago Centro, certifica que por escritura pública otorgada con fecha 30 de Octubre de 2019, ante mí, Repertorio N° 7870/2019, Inversiones Las Azaleas SpA, debidamente representada, con domicilio en Avenida Nueva Los Leones 0281, Providencia, modificó la sociedad por acciones DUTCHMAN CHILE SpA, constituida el 04 de junio de 2019, ante Notario Luis Enrique Tavolari Oliveros, bajo el repertorio N°4.896 e inscrita a fs.43.389 N°21.841 del Registro de Comercio de Santiago año 2019 y publicada en el D.O. 08 de junio año 2019, en materias de administración. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 30 de Octubre de 2019.-

Actes récents

  1. MODIFICACIÓN

    DUTCHMAN CHILE SpA

    CVE 2759788

  2. CONSTITUCIÓN

    DUTCHMAN CHILE SpA

    CVE 2560131

  3. MODIFICACIÓN

    Dutchman Chile SpA

    CVE 1764335

  4. MODIFICACIÓN

    Dutchman Chile SpA

    CVE 1763170

  5. MODIFICACIÓN

    Dutchman Chile SpA

    CVE 1761274

Relations sociétaires

EntreprisePersonneDiario OficialRelation historique (terminée)