Agricola San Carlos Limitada
Diario Oficial
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$5.000.000
Administrateurs (2)
XIMENA DE LOURDES GARCÍA NUÑEZ
Texte officiel de l’extrait
Ministerio del Interior PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO, Abogado, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Santiago con asiento en la comuna de Lo Barnechea, con domicilio en avenida La Dehesa número mil doscientos uno, local ciento uno, certifico: certifico: Que, por escritura pública de hoy, ante mí, comparece: La sociedad “INVERSIONES Y GESTIÓN ALTO EL GOLF SpA”, y la sociedad “INVERSIONES VOLCÁN OSORNO LIMITADA”, ambas representadas por doña XIMENA DE LOURDES GARCÍA NUÑEZ. Todos domiciliados en calle Isidora Goyenechea número tres mil doscientos cincuenta, oficina seiscientos uno, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, quienes modificaron la sociedad “AGRICOLA SAN CARLOS LIMITADA”, en adelante indistintamente como la “Sociedad”, cuyo capital estatutario es de $5.000.000, y rola inscrita a fojas doce mil ochocientos noventa y nueve, número diez mil cuatrocientos treinta y uno del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año mil novecientos noventa y seis, en lo siguiente: Modificaron el Artículo “CUARTO” de los estatutos de la Sociedad, y lo reemplazaron por el siguiente nuevo artículo: “CUARTO: La administración, representación y uso de la razón social corresponderá, indistinta y separadamente, a don PABLO JOSÉ HERRERA BUGGE, cédula nacional de identidad número dieciocho millones novecientos treinta y cuatro mil setecientos treinta y tres guion dos, y a doña XIMENA DE LOURDES GARCÍA NÚÑEZ, para que uno cualquiera de ellos, anteponiendo su firma a la razón social, la representen con las más amplias facultades ante cualquier persona, autoridad o institución civil, publica, municipal, privada, bancaria, de fomento, de crédito o financiera, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos, y sin que la enumeración siguiente sea restrictiva o taxativa, sino meramente ilustrativa, podrán (…)”. Demás estipulaciones constan de escritura extractada. Santiago, 28 de julio de 2025.
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$5.000.000
Administrateurs (4)
Texte officiel de l’extrait
JOSE TOMAS FABRES BORDEU, Notario Público 41ª Notaria de Santiago, Suplente del Titular Félix Jara Cadot, domiciliado en Huérfanos N° 1160, subsuelo, Santiago, certifica: Por escritura pública fecha 05 de diciembre de 2024, ante mí, la sociedad “INVERSIONES Y GESTIÓN ALTO EL GOLF SpA”, y la sociedad “INVERSIONES VOLCÁN OSORNO LIMITADA”, ambas representadas por don PABLO ANDRÉS HERRERA GARCÍA, todos domiciliados para estos efectos en calle Isidora Goyenechea número tres mil doscientos cincuenta, oficina seiscientos uno, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, modificaron la sociedad “AGRICOLA SAN CARLOS LIMITADA”, cuyo capital estatutario es de $5.000.000, y rola inscrita a fojas doce mil ochocientos noventa y nueve, número diez mil cuatrocientos treinta y uno del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año mil novecientos noventa y seis, en lo siguiente: Modificaron el Artículo “CUARTO” de los estatutos de la Sociedad, y lo reemplazaron por el siguiente nuevo artículo: “CUARTO: La administración, representación y uso de la razón social corresponderá indistinta y separadamente a don PABLO ANDRÉS HERRERA GARCÍA y a doña XIMENA DE LOURDES GARCÍA NÚÑEZ, para que uno cualquiera de ellos, anteponiendo su firma a la razón social, la representen con las más amplias facultades ante cualquier persona, autoridad o institución civil, publica, municipal, privada, bancaria, de fomento, de crédito o financiera, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos, y sin que la enumeración siguiente sea restrictiva o taxativa, sino meramente ilustrativa, podrán (…). Además de los poderes antes señalados, el gerente general don MARCO ANTONIO DE LA JARA SANHUEZA, y don PABLO JOSÉ HERRERA BUGGE, actuando de forma separada e indistintamente, tendrán la representación de la sociedad, el uso de la razón social y del nombre de fantasía, con las facultades antes mencionadas y las siguientes limitaciones: (…)”. Demás estipulaciones constan de escritura extractada. Santiago, 05 de diciembre de 2024. José Tomás Fabres Bordeu. N.P.S.
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$5.000.000
Administrateurs (2)
XIMENA DE LOURDES GARCÍA NÚÑEZ
Texte officiel de l’extrait
PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO, Abogado, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Santiago con asiento en la comuna de Lo Barnechea, con domicilio en Avenida La Dehesa número mil doscientos uno, local ciento uno, certifico: Que, por escritura pública de hoy, ante mí, comparece: La sociedad “INVERSIONES Y GESTIÓN ALTO EL GOLF SpA”, y la sociedad “INVERSIONES VOLCÁN OSORNO LIMITADA”, ambas representadas por don BENJAMÍN MANUEL JOSÉ HERRERA RIESCO. Todos los comparecientes domiciliados, para estos efectos, en calle Isidora Goyenechea número tres mil doscientos cincuenta, oficina seiscientos uno, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, quienes modificaron la sociedad “AGRICOLA SAN CARLOS LIMITADA”, en adelante indistintamente como la “Sociedad”, cuyo capital estatutario es de $5.000.000, y rola inscrita a fojas doce mil ochocientos noventa y nueve, número diez mil cuatrocientos treinta y uno del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año mil novecientos noventa y seis, en lo siguiente: Modificaron el Artículo “CUARTO” de los estatutos de la Sociedad, y lo reemplazaron por el siguiente nuevo artículo: “CUARTO: La administración, representación y uso de la razón social corresponderá indistinta y separadamente a don PABLO ANDRÉS HERRERA GARCÍA y a doña XIMENA DE LOURDES GARCÍA NÚÑEZ, para que uno cualquiera de ellos, anteponiendo su firma a la razón social, la representen con las más amplias facultades ante cualquier persona, autoridad o institución civil, publica, municipal, privada, bancaria, de fomento, de crédito o financiera, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos, y sin que la enumeración siguiente sea restrictiva o taxativa, sino meramente ilustrativa, podrán (…)”. Demás estipulaciones constan de escritura extractada. Santiago, 25 de marzo de 2024.
Actes récents
- MODIFICACIÓN
AGRICOLA SAN CARLOS LIMITADA
CVE 2682605
- MODIFICACIÓN
AGRÍCOLA SAN CARLOS LIMITADA
CVE 2583057
- MODIFICACIÓN
AGRICOLA SAN CARLOS LIMITADA
CVE 2478523
