Société à responsabilité limitéeDissoute77.012.038-1

Rentas Calatambo Limitada

MODIFICACIÓN — 10 janv. 2020Absorbée par Rentas PYL Limitada

Diario Oficial

ModificationDiario Oficial · 2020-01-10Voir le PDF (CVE 1710070)

Informations sociétaires

Ltda
Ainavillo número 1252

Capital

Capital total

$468.000.000

Capital libéré

$468.000.000

Capital restant dû

$0

Associés (3)

NomParticipation

VÍCTOR GUILLERMO PEÑA Y LILLO DEL SOLAR

Socio

0.32%

ARTURO FELIPE PEÑA Y LILLO DEL SOLAR

Socio

0.32%

RENTAS PYL LIMITADA

Socio

99.36%

Historique sociétaire relaté

  1. Retrait d’un associé

    Víctor Marcial Peña y Lillo Mora se retira de la sociedad por disminución de capital.

    VÍCTOR MARCIAL PEÑA Y LILLO MORA

Texte officiel de l’extrait

JORGE REYES BESSONE, abogado Notario Público Titular de San Miguel, con domicilio en Gran Avenida José Miguel Carrera número 4886, Comuna de San Miguel, certifica: Por escritura pública de 9 de diciembre de 2019 ante mí, don VÍCTOR MARCIAL PEÑA Y LILLO MORA; don VÍCTOR GUILLERMO PEÑA Y LILLO DEL SOLAR; don ARTURO FELIPE PEÑA Y LILLO DEL SOLAR, y; RENTAS PYL LIMITADA, sociedad del giro de su denominación, todos los anteriores domiciliados para estos efectos en calle Ainavillo número 1252 comuna de Concepción, Región del Bio Bio y de paso en ésta, acordaron modificar la sociedad de responsabilidad limitada “RENTAS CALATAMBO LIMITADA” RUT N° 77.012.038-1, en extracto inscrita a fojas 966 bajo el N° 690 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Concepción del año 2019, publicada en extracto D.O. 8-5-2019. Modificaciones sociales consisten: 1) Disminución de capital social. Socios acordaron disminuir el capital social, que asciende actualmente a la suma de $1.500.000.000 a la suma de $468.000.000. La disminución de capital por la cantidad de $1.032.000.000, se pagará al socio don Víctor Marcial Peña y Lillo Mora, como devolución de capital, en la proporción que le corresponde conforme a su participación en el capital social de acuerdo a la forma señalada en la escritura extractada. Por su parte los socios don Víctor Guillermo Peña y Lillo Del Solar, don Arturo Felipe Peña y Lillo Del Solar y Rentas PYL Limitada, esta última debidamente representada, declaran que no recibirán la suma de dinero correspondiente a la disminución de capital convenida en este instrumento, en la proporción que les correspondería de acuerdo con su participación en el capital social. En virtud de la disminución de capital acordada, el socio don Víctor Marcial Peña y Lillo Mora se retira de la sociedad Rentas Calatambo Limitada, situación que es expresamente aceptada por todos los comparecientes, declarando que nada se le adeuda, y aceptan todos los socios aprobar la disminución de capital en los términos antes señalados. 2) Modificación de estatutos sociales: Los socios acuerdan modificar el artículo cuarto de los estatutos sociales de la sociedad, el que queda en el siguiente tenor: “ARTÍCULO CUARTO: CAPITAL SOCIAL. El capital de la sociedad es la suma de $468.000.000, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: a) don Víctor Guillermo Peña y Lillo del Solar aporta la suma de $1.500.000, equivalentes al 0,32 % del capital social, íntegramente enterados en su totalidad con anterioridad a esta fecha en la caja social; b) don Arturo Felipe Peña y Lillo del Solar aporta la suma de $1.500.000, equivalentes al 0,32 % del capital social, íntegramente enterados en su totalidad con anterioridad a esta fecha en la caja social; c) Rentas PYL Limitada aporta la suma de $465.000.000 equivalentes al 99,36 % del capital social, íntegramente enterados en su totalidad con anterioridad a esta fecha en la caja social. En consecuencia, las partes declaran íntegramente aportado y enterado el capital social.” La responsabilidad de los socios queda limitada hasta el monto de sus respectivos aportes. En todo lo no modificado se mantienen las demás estipulaciones contenidas en estatutos sociales. Demás estipulaciones en escritura extractada. Capital Vigente $468.000.000. San Miguel 8 de enero de 2020.

ConstitutionDiario Oficial · 2019-05-08Voir le PDF (CVE 1586751)

Informations sociétaires

Ltda
Concepción, Biobío
Durée: Rige desde fecha escritura extractada y durará hasta el 31 de diciembre del año 2024, plazo que se renovará sucesiva y tácitamente por períodos de 5 años cada uno, salvo que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de poner término a la sociedad al vencimiento del plazo inicial o de cualquiera de sus prórrogas, lo que deberá hacer mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social con no menos de 6 meses antes del respectivo vencimiento. Sólo con el acuerdo unánime de los socios podrá dejarse sin efecto el desahucio formulado por cualquiera de ellos.
Administration: La administración y representación judicial y extrajudicial de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá conjuntamente a don VÍCTOR GUILLERMO PEÑA Y LILLO DEL SOLAR y a don ARTURO FELIPE PEÑA Y LILLO DEL SOLAR, quienes anteponiendo la razón social a sus firmas, la representarán con las más amplias facultades de administración y disposición.

Objet social

La sociedad tendrá por objeto la adquisición de toda clase de bienes, en el país o en el extranjero, sean estos muebles o inmuebles, valores mobiliarios, intangibles, acciones o derechos, con la finalidad exclusiva de obtener las rentas que esas inversiones produzcan. En cumplimiento de este objeto la Sociedad podrá invertir capitales en forma directa o indirecta, pudiendo al respecto constituir o formar parte de todo tipo de sociedades o entidades nacionales o extranjeras, como así mismo, desarrollar en general cualquier actividad directa o indirectamente relacionadas con las anteriores que acuerden los socios.

Capital

Capital total

$1.500.000.000

Capital libéré

$1.035.000.000

Capital restant dû

$465.000.000

Associés (4)

NomParticipation

VÍCTOR MARCIAL PEÑA Y LILLO MORA

Socio

68.8%

VÍCTOR GUILLERMO PEÑA Y LILLO DEL SOLAR

Socio

0.1%

ARTURO FELIPE PEÑA Y LILLO DEL SOLAR

Socio

0.1%

RENTAS PYL LIMITADA

Socio

31%

Représentation légale (1)

Texte officiel de l’extrait

JORGE REYES BESSONE, abogado, Notario Público Titular de San Miguel, con domicilio en Gran Avenida José Miguel Carrera N° 4886, Comuna San Miguel, certifica: Por escritura pública de fecha 30 de abril de 2019 ante mí, VÍCTOR MARCIAL PEÑA Y LILLO MORA, VÍCTOR GUILLERMO PEÑA Y LILLO DEL SOLAR, ARTURO FELIPE PEÑA Y LILLO DEL SOLAR, y RENTAS PYL LIMITADA, sociedad del giro de su denominación, debidamente representada, todos los anteriores domiciliados, para estos efectos, en calle Ainavillo N° 1252 comuna de Concepción, Región del Bio Bio y de paso en ésta, constituyeron sociedad civil de responsabilidad limitada de cuyo texto extracto lo siguiente: Razón Social: “RENTAS CALATAMBO LIMITADA”, pudiendo usar para todos los efectos legales, incluso comerciales, tributarios y bancarios, indistintamente la expresión abreviada de “RENTAS CALATAMBO LTDA.”. Objeto Social: La sociedad tendrá por objeto la adquisición de toda clase de bienes, en el país o en el extranjero, sean estos muebles o inmuebles, valores mobiliarios, intangibles, acciones o derechos, con la finalidad exclusiva de obtener las rentas que esas inversiones produzcan. En cumplimiento de este objeto la Sociedad podrá invertir capitales en forma directa o indirecta, pudiendo al respecto constituir o formar parte de todo tipo de sociedades o entidades nacionales o extranjeras, como así mismo, desarrollar en general cualquier actividad directa o indirectamente relacionadas con las anteriores que acuerden los socios. Administración, Representación y Uso Razón Social: La administración y representación judicial y extrajudicial de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá conjuntamente a don VÍCTOR GUILLERMO PEÑA Y LILLO DEL SOLAR y a don ARTURO FELIPE PEÑA Y LILLO DEL SOLAR, quienes anteponiendo la razón social a sus firmas, la representarán con las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos o convenciones de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social, con todas y cada unas de las facultades señaladas en la escritura extractada que se dan por reproducidas una a una. Capital Social: El capital de la sociedad es la suma de $1.500.000.000, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: a) don Víctor Marcial Peña y Lillo Mora, aporta en su calidad de empresario individual sujeto a contabilidad completa, la suma de $1.032.000.000, equivalentes al 68,8% del capital social, que entera en su totalidad en este mismo acto en la caja social. b) don Víctor Guillermo Peña y Lillo del Solar aporta la suma de $1.500.000, equivalentes al 0,1% del capital social, que entera en su totalidad en dinero en efectivo en este mismo acto en la caja social. c) don Arturo Felipe Peña y Lillo del Solar aporta la suma de $1.500.000, equivalentes al 0,1% del capital social, que entera en su totalidad en dinero en efectivo este mismo acto en la caja social. d) Rentas PYL Limitada aporta la suma de $465.000.000, equivalentes al 31% del capital social, que enterará en su totalidad en dinero en efectivo en el plazo máximo de tres meses contados desde la fecha de la presente escritura en la caja social. El capital se suscribe y paga por cada uno de los socios en la forma que se expresa en el artículo primero transitorio de estatutos, el cual se encuentra suscrito en su totalidad por cada uno de los socios. Responsabilidad: La responsabilidad de los socios se limita al monto de sus respectivos aportes. Duración: Rige desde fecha escritura extractada y durará hasta el 31 de diciembre del año 2024, plazo que se renovará sucesiva y tácitamente por períodos de 5 años cada uno, salvo que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de poner término a la sociedad al vencimiento del plazo inicial o de cualquiera de sus prórrogas, lo que deberá hacer mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social con no menos de 6 meses antes del respectivo vencimiento. Sólo con el acuerdo unánime de los socios podrá dejarse sin efecto el desahucio formulado por cualquiera de ellos. Domicilio: comuna de Concepción, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. Demás estipulaciones en escritura extractada. San Miguel, 6 de mayo de 2019.

Actes récents

  1. MODIFICACIÓN

    RENTAS CALATAMBO LIMITADA

    CVE 1710070

  2. CONSTITUCIÓN

    RENTAS CALATAMBO LIMITADA

    CVE 1586751

Relations sociétaires

EntreprisePersonneDiario OficialRelation historique (terminée)