R & M Technology SpA
Diario Oficial
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$10.000.000
Capital libéré
$10.000.000
Capital restant dû
$0
Actions
10 000
Administrateurs (1)
RICHARD JHONY SANTIAGO SANTISTEBAN
Historique sociétaire relaté
- Constitution· 30 avril 2019
Se constituyó R & M TECHNOLOGY SpA.
- Autre acte· 23 mai 2024
Se modificó la sociedad con anterioridad, según escritura pública de 23 de mayo de 2024.
Texte officiel de l’extrait
Ministerio del Interior JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado, Notario Público, Titular de la 43° Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos N°835, piso 18, comuna de Santiago, RM. CERTIFICO por escritura pública de fecha 05 de marzo del año 2026, ante mí JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, don RICHARD JHONY SANTIAGO SANTISTEBAN, reduce a escritura pública: ACTA JUNTA EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS “R & M TECHNOLOGY SpA”. Celebrada 05 de marzo del año 2026, a las 10:00 horas, se reunió la totalidad de las acciones emitidas con derecho a voto, ANTECEDENTES: a) La sociedad “R & M TECHNOLOGY SpA”, rol único tributario número 77.011.793-3, se constituyó por escritura pública de fecha 30 de abril de 2019, suscrita ante don JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Notario Público Titular de la 43ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos número 835, piso 18, Santiago. Un extracto de dicha escritura fue inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, a fojas 33.975, número 17.027, correspondiente al año 2019, y publicado en el Diario Oficial número 42.345, con fecha 4 de mayo de 2019; b) Por escritura de fecha 23 de mayo del año 2024 en que se reduce el Acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas, ante don JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, Notario Público Titular de la 43ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos número 835, piso 18, Santiago, se modificó la sociedad antes individualizada; Un extracto de dicha escritura fue inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, a fojas 43537 número 17959, correspondiente al año 2024, y publicado en el Diario Oficial número 43.860 de fecha 27 de mayo de 2024. El capital social es de $10.000.000, dividido en 10.000 acciones, completamente suscritas y pagadas. MODIFICACIÓN: Se modifica el artículo DUODÉCIMO del ESTATUTO SOCIAL, ampliándose las facultades del administrador, RICHARD JHONY SANTIAGO SANTISTEBAN, incorporándose expresamente la facultad de constituir o aceptar toda clase de cauciones y garantías, en especial fianzas simples o solidarias, prendas con o sin desplazamiento e hipotecas, por o a favor de terceros y por y a favor de la sociedad, alzarlas y cancelarlas. En todo lo no modificado por el presente instrumento, se mantiene vigente lo dispuesto en el estatuto social. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 11 de marzo del año 2026.
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$10.000.000
Capital libéré
$10.000.000
Capital restant dû
$0
Actions
10 000
Administrateurs (1)
RICHARD JHONY SANTIAGO SANTISTEBAN
Historique sociétaire relaté
- Constitution· 30 avril 2019
Se constituye la sociedad R & M TECHNOLOGY SpA.
- Autre acte· 23 mai 2024
Se modifica la sociedad antes individualizada mediante acta de junta extraordinaria de accionistas.
Texte officiel de l’extrait
Ministerio del Interior JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado, Notario Público, Titular de la 43° Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos N°835, piso 18, comuna de Santiago, RM. CERTIFICO por escritura pública hoy ante mí JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, don RICHARD JHONY SANTIAGO SANTISTEBAN, reduce a escritura pública: ACTA JUNTA EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS “R & M TECHNOLOGY SpA”. Celebrada 05 de marzo del año 2026, a las 10:00 horas, se reunió la totalidad de las acciones emitidas con derecho a voto, ANTECEDENTES: a) La sociedad “R & M TECHNOLOGY SpA”, rol único tributario número 77.011.793-3, se constituyó por escritura pública de fecha 30 de abril de 2019, suscrita ante don JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Notario Público Titular de la 43ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos número 835, piso 18, Santiago. Un extracto de dicha escritura fue inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, a fojas 33.975, número 17.027, correspondiente al año 2019, y publicado en el Diario Oficial número 42.345, con fecha 4 de mayo de 2019; b) Por escritura de fecha 23 de mayo del año 2024 en que se reduce el Acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas, ante don JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, Notario Público Titular de la 43ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos número 835, piso 18, Santiago, se modificó la sociedad antes individualizada; Un extracto de dicha escritura fue inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, a fojas 43537 número 17959, correspondiente al año 2024, y publicado en el Diario Oficial número 43.860 de fecha 27 de mayo de 2024. El capital social es de $10.000.000, dividido en 10.000 acciones, completamente suscritas y pagadas. MODIFICACIÓN: La modificación del artículo DUODÉCIMO del ESTATUTO SOCIAL, para que en adelante exprese lo siguiente: La administración, representación y el uso de la razón social será ejercida por don RICHARD JHONY SANTIAGO SANTISTEBAN. El administrador de la sociedad, anteponiendo la razón social a su firma, podrá representarla y obligarla con las más amplias facultades y atribuciones en toda clase de actos, contratos, asuntos y negocios, y así, actuando de la manera señalada y sin que la enunciación que sigue sea taxativa, podrán: permutar, comprar, aceptar, adquirir, vender, ceder, transferir, disponer, gravar y enajenar toda clase de bienes inmuebles y muebles, valores mobiliarios, títulos de valores, dominios en internet, títulos de crédito o instrumentos negociables; constituir o aceptar toda clase de cauciones y garantías, en especial fianzas simples o solidarias, prendas con o sin desplazamiento e hipotecas, por o a favor de terceros y por y a favor de la sociedad, alzarlas y cancelarlas; celebrar todos los actos o contratos mediante los cuales se adquiera o transfiera dominio, el uso o el goce de bienes raíces o muebles de toda índole; perfeccionar arrendamientos, leasings, usufructos y censos; girar, aceptar, cancelar, reaceptar, suscribir, endosar, descontar, cobrar, percibir y hacer protestar letras de cambio, pagarés a la orden, cheques y toda clase de documentos o títulos de créditos, de pagos y negociables; constituir, modificar, ingresar y retirarse de toda clase de sociedades o comunidades y solicitar o pactar su disolución o liquidación; representar a la sociedad con voz y voto, en las Sociedades de que formare parte o sobre las cuales tuviere derechos; contratar, abrir, operar y cerrar cuentas corrientes, de ahorro, de depósito o de crédito, en moneda nacional o extranjera; girar contra ellas o en la línea de crédito asociada a la misma, retirar talonarios de cheques, reconocer saldos, dar orden de no pago a cheques; contratar con bancos de toda especie, perfeccionar operaciones y actos jurídicos tanto con éstos como con el Banco Central de Chile y demás instituciones financieras, contratar todo tipo de créditos, sea bajo la forma de contrato de apertura de crédito, préstamos con letras, mutuos con o sin interés, con o sin garantías, simples o hipotecarias, avances contra aceptación o contra valores, créditos en cuenta corriente, compraventa de cartera o de colocaciones y en cualquier otra forma; celebrar y otorgar préstamos o mutuos con o sin interés y con o sin reajuste; pactar o condonar intereses o reajustes; cobrar y percibir todo cuanto se adeude a la Sociedad por cualquier concepto y otorgar los correspondientes recibos y cancelaciones; ceder y transferir a cualquier título toda clase de créditos y bienes; efectuar o aceptar cesiones de derechos o acciones; pagar, dar en pago y en general, extinguir por cualquier modo las obligaciones contraídas; realizar operaciones de cambio internacional y de comercio exterior, realizando al efecto las importaciones y exportaciones que estimare convenientes, suscribiendo al efecto los contratos, documentos, cartas de crédito y todo otro instrumento que fuere necesario; endosar y retirar cartas de porte; cartas guías, conocimientos de embarque, representar a la sociedad frente al Banco Central de Chile u otros órganos públicos y privados, tales como Servicio de Impuestos Internos, Tesorería General de la República, Municipalidades, etcétera; celebrar convenciones y actos de toda especie con esas instituciones; celebrar contratos de transporte; realizar toda clase de tramitación o registro de patentes, de marcas comerciales o de invención, de dominios en Internet y modelos industriales; contratar toda clase de seguros, suscribir, endosar y traspasar pólizas; invertir los fondos sociales en bienes de toda clase, en especial efectuar depósitos a la vista o a plazo en instituciones financieras o bancarias, efectuar otras operaciones en fondos mutuos o en cualquier otra forma de inversión o de créditos, sea en valores mobiliarios u otros y enajenarlos en la forma y tiempo que estime conveniente; contratar boletas de garantía; celebrar, modificar y poner término a contratos de trabajo o de prestación de servicios profesionales a honorarios o de otra índole; celebrar toda clase de actos jurídicos o administrativos y contratos o auto contratos; celebrar contratos de factoraje o factoring y todas las operaciones necesarias para el normal desarrollo de este tipo de negocios; participar y perseverar en licitaciones públicas y privadas; representar extrajudicial o judicialmente a la sociedad con plenos poderes, en especial todas las facultades de ambos incisos del artículo séptimo del Código de Procedimiento Civil, que se dan por reproducidas; conferir y revocar mandatos, generales o especiales; y delegar todo o parte de todas las facultades antes mencionadas, ya sea permanentemente o para objetos o cometidos específicos, revocarlas y reasumirlas todas las veces que lo estime necesario; retirar correspondencia, documentos en consignación, encomiendas, giros postales o telegráficos; celebrar cualquier tipo de contrato o convención, pactando en ellos todo tipo de cláusulas y acuerdos, fijando deslindes, cabidas, precios, forma de pago, intereses, reajustes, cláusulas penales, condiciones, modos y obligaciones en todo orden; modificar, rescindir, resolver, resciliar, y dejar sin efecto esos contratos; en general se le faculta para decidir y perfeccionar todos los negocios y tomar todas las decisiones que estime convenientes a los fines sociales, sin limitación alguna, y las demás atribuciones que le señale la junta de accionistas respectiva. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 05 de marzo.
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$10.000.000
Capital libéré
$10.000.000
Capital restant dû
$0
Actions
10 000
Associés (1)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
RICHARD JHONY SANTIAGO SANTISTEBAN Accionista | - | 100% | $10.000.000 |
Historique sociétaire relaté
- Constitution· 30 avril 2019
Se constituyó la sociedad R & M TECHNOLOGY SpA con capital inicial de $2.000.000 dividido en 2.000 acciones.
- Changement de capital· 23 mai 2024
Se aumenta el capital social de $2.000.000 a $10.000.000 mediante la emisión y suscripción de 8.000 acciones por Richard Jhony Santiago Santisteban.
Texte officiel de l’extrait
JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, abogado, Notario Público, Titular 43ª Notaría de Santiago, Huérfanos N° 835, piso 18, Santiago, RM. CERTIFICO: Por escritura pública hoy ante mí: don RICHARD JHONY SANTIAGO SANTISTEBAN, con domicilio en Toconao N°352, la Reina, reduce a escritura pública: ACTA JUNTA EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE “R & M TECHNOLOGY SpA”, celebrada el 23 de mayo del 2024, con la asistencia de la totalidad de las acciones emitidas, ANTECEDENTES: La sociedad “R & M TECHNOLOGY SpA”, rol único tributario N° 77.011.793-3, se constituyó por escritura pública de fecha 30 de abril de 2019, suscrita ante don JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado, Notario Público Titular de la 43º Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos N° 835, piso 18, Santiago; un extracto de dicha escritura fue inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, a fojas 33.975, número 17.027 correspondiente al año 2019.- El capital social es de $2.000.000, dividido en 2.000 acciones, completamente suscritas y pagadas.- MODIFICACIÓN: a) Aumentar el capital social de $2.000.000 de pesos a $10.000.000 de pesos, mediante la emisión de 8.000 acciones ordinarias de pago, de una misma serie y sin valor nominal. APORTE DE CAPITAL: Las acciones emitidas como parte del aumento de capital se suscriben y pagan en este acto y en dinero efectivo íntegramente por: RICHARD JHONY SANTIAGO SANTISTEBAN, ya individualizado, con la cantidad de $8.000.000 de pesos, equivalentes a 8.000 acciones. Con esto se da por enterado el aumento de capital, ingresando a la caja social. - Con motivo de la modificación anterior el capital social queda en $10.000.000 de pesos dividido en 10.000 acciones ordinarias, de una misma serie y sin valor nominal, quedando a consecuencia de lo anterior como accionista actual de la sociedad; RICHARD JHONY SANTIAGO SANTISTEBAN, titular de 10.000 acciones. b) La modificación del ARTÍCULO QUINTO de los estatutos sociales, quedando este de la siguiente manera: ARTÍCULO QUINTO: El capital de la Sociedad es de diez millones de pesos, dividido en diez mil acciones, sin valor nominal, todas de una misma serie, las que se suscriben y pagan en la forma establecida en el artículo primero transitorio de estos estatutos. c) La modificación del ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO de los estatutos sociales, quedando este como sigue: ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital social fijado en el artículo quinto de estos estatutos, es de diez millones de pesos, dividido en diez mil acciones, sin valor nominal, todas de una misma serie, suscrita y pagadas, al contado y en dinero en efectivo, por don RICHARD JHONY SANTIAGO SANTISTEBAN. Se da por enterado el capital, ingresado a la caja social. d) En todo lo no modificado, se mantendrá vigente lo ya estipulado en los estatutos sociales. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 23 de mayo del 2024.
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