Société à responsabilité limitée77.006.666-2

Sociedad De Mantencion Automotriz Veneauto Limitada

MODIFICACIÓN — 5 nov. 2022

Diario Oficial

ModificationDiario Oficial · 2022-11-05Voir le PDF (CVE 2212099)

Informations sociétaires

SpA
Rengo, O'Higgins
Durée: diez años a contar de esta fecha, prorrogables tácita y sucesivamente si ninguno de los socios manifieste su voluntad de disolverla
Administration: La representación y administración de la sociedad les corresponderá a doña YUSLEIRI MAIRIN ROSALES MENDEZ

Objet social

El mantenimiento y reparación de vehículos automotores, servicio de lavado de vehículos automotores, mantenimiento y reparación de vehículos automotores, venta de partes, piezas y accesorios para vehículos automotores, venta de partes, piezas y accesorios para vehículos automotores, mantenimiento y reparación de motocicletas y sus partes, piezas y accesorios, venta de partes, piezas y accesorios de motocicletas, mantenimiento y reparación de motocicletas.

Capital

Capital total

$2.000.000

Actions

100

Administrateurs (1)

YUSLEIRI MAIRIN ROSALES MENDEZ

26.xxx.xxx-0Administrador

Historique sociétaire relaté

  1. Constitution· 3 avril 2019

    Constitución original de la sociedad de responsabilidad limitada SOCIEDAD DE MANTENCION AUTOMOTRIZ VENEAUTO LIMITADA.

    JOHAN JOSE ROMAN ZAMBRANO · FLOR DE LAS ROSAS LIZANA ROJAS

Texte officiel de l’extrait

PAULINA VALENZUELA VALDES, abogado, Notario Público Titular de la Segunda Notaria de Rengo, con oficio en esta ciudad, Avenida José Bisquertt N° 75-d, primer piso, comuna de Rengo, CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 27/10/2022, otorgada en esta misma Notaria, ante Constanza Macaya Danús, Notario Público Suplente, don JOHAN JOSE ROMAN ZAMBRANO, cédula nacional de identidad número veintiséis millones doscientos setenta y cuatro mil novecientos quince guion cero, y doña FLOR DE LAS ROSAS LIZANA ROJAS, cédula nacional de identidad número diecisiete millones novecientos sesenta y seis mil doscientos quince guion nueve, todos ellos a su vez, de SOCIEDAD DE MANTENCION AUTOMOTRIZ VENEAUTO LIMITADA”, rol único tributario setenta y siete millones seis mil seiscientos sesenta y seis guion dos, todos domiciliados para estos efectos en Parcela número treinta, cruce Cerrillos Chanqueahue, comuna de Rengo, Provincia del Cachapoal, Región del Libertador Bernardo O´Higgins, transforman y modifican la SOCIEDAD DE MANTENCION AUTOMOTRIZ VENEAUTO LIMITADA, constituida por escritura pública de tres de abril del año dos mil diecinueve, otorgada ante don GONZALO BRION VARGAS, Notario Suplente de la primera Notaria de Rengo, cuyo extracto fue inscrito en el Registro de Comercio de Rengo del año 2019, a Fojas 52 V, bajo el Número 39, y publicado en el Diario Oficial número cuarenta y dos mil trescientos veinticinco, con fecha ocho de abril del dos mil diecinueve. quienes acuerdan transformarla en una Sociedad Por Acciones, de forma que se regirá por las disposiciones que se contienen en los presentes estatutos, por las normas de la Ley 18.046, y por las disposiciones del reglamento de las S.A., contenidas en el D.S. número 587, publicado en el D.O. el 13/11/1982, y demás normas aplicables, cuyos estatutos son: Los comparecientes transforman la sociedad de responsabilidad limitada en una sociedad por acciones nombre será “SOCIEDAD DE MANTENCION AUTOMOTRIZ VENEAUTO SpA”, pudiendo usar indistintamente “VENEAUTO SpA.”. El domicilio de la sociedad será la comuna de Rengo, sin perjuicio de las agencias, oficinas o sucursales que la sociedad establezca en otros lugares, dentro del país. Objeto: El objeto de la sociedades es el mantenimiento y reparación de vehículos automotores, servicio de lavado de vehículos automotores, mantenimiento y reparación de vehículos automotores, venta de partes, piezas y accesorios para vehículos automotores, venta de partes, piezas y accesorios para vehículos automotores, mantenimiento y reparación de motocicletas y sus partes, piezas y accesorios, venta de partes, piezas y accesorios de motocicletas, mantenimiento y reparación de motocicletas. Capital Social: El Capital de la sociedad es de dos millones de pesos, dividido en cien acciones de igual valor, y sin valor nominal, que suscribe y se paga en la forma que señalan los artículos transitorios, de estos estatutos. Las acciones serán emitidas sin imprimir láminas físicas de los títulos representativas de ellas. El administrador, a solicitud de los accionistas, deberá emitir un certificado acreditando la titularidad, número de sus acciones y las prendas u otros gravámenes constituidos sobre ellas, si correspondiere, que se encuentren debidamente inscritas en el Registro de Accionistas. La cesión de acciones se hará mediante un traspaso firmado por el cedente y el cesionario, ante un Notario Público o ante dos testigos mayores de dieciocho años. Los traspasos de acciones deberán contener una declaración del cesionario en el sentido que conoce la normativa legal que regula las sociedades por acciones, el estatuto de la sociedad y las protecciones que éste contenga respecto del interés de los accionistas. La cesión de acciones producirá efectos respecto de la sociedad y terceros desde que se inscriban en el Registro de Accionistas en vista del contrato de cesión. Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo anterior y en el evento que algún accionista quisiera vender o enajenar a cualquier título el todo o parte de sus acciones, estará obligado a ofrecérsela al resto de los accionistas, quienes tendrán el derecho preferencial de adquirirlas, en las condiciones que se convengan y, en ausencia de convención, por partes iguales, o en caso de existir alguna oferta de compra de un tercero en igualdad de condiciones con dicho interesado. Para los efectos anteriores el accionista que deseare enajenar una o más de sus acciones, deberá notificar este hecho por escrito al o los representantes de la sociedad, o si fuere uno de los accionistas representantes deberá hacerlo al otro, indicando el precio y las condiciones a que está dispuesto a vender sus acciones. En caso de tener una oferta de terceros, deberá individualizar al interesado y proporcionar toda otra información relevante que le solicite el o los representantes sea sobre la persona del tercero con interés en adquirir su participación accionaria, sea en relación a las condiciones de la enajenación como precio, plazo de pago, etcétera. Recibida por el representante social esta proposición, deberá comunicarla por escrito a todos los accionistas de la sociedad, indicándoles, también, las condiciones de la eventual compra, todo ello en el plazo de cinco días contados desde que se reciba la proposición. Los accionistas tendrán el plazo de diez días, contados desde la recepción de la comunicación del o los representantes, para responder a ella, indicando si están dispuestos a adquirir todas las acciones ofrecidas en las condiciones previstas y en la proporción de acciones que ellos tendrán en el total de acciones de la sociedad. Si así no lo hicieren, se entenderá que renuncian al ejercicio de este derecho que se les otorga. Una vez que el o los representantes reciban la respuesta de los accionistas o haya vencido el plazo para hacerlo, pondrá en conocimiento del accionista vendedor dichas ofertas para los efectos de formalizar dentro del plazo máximo de quince días la operación de que se trate. En el caso que hubieren varios accionistas interesados en la adquisición de las acciones, en igualdad de condiciones, estás se distribuirán en proporción al número de acciones de cada uno en la Compañía, sobre las acciones emitidas y suscritas. En el caso que no todas las acciones ofrecidas sean adquiridas por los accionistas, el oferente sólo podrá, dentro de sesenta días contado desde el vencimiento del plazo para formular ofertas, venderlos a terceros, sea al precio que el accionista las ofreciera o al precio que a él le habría sido ofrecido por un tercero. El capital social y sus posteriores aumentos, deberán quedar totalmente suscritos y pagados en el plazo máximo de cinco años contados desde la fecha de la escritura de del aumento. Si no se pagare oportunamente al vencimiento del plazo correspondiente, el capital social quedará reducido al monto efectivamente suscrito y pagado. Las acciones cuyo valor no se encuentre totalmente pagado gozarán de los mismos derechos que gozan las acciones totalmente pagadas, salvo en lo relativo a la participación que les corresponda en los beneficios sociales y en las devoluciones de capital, casos en los que concurrirán en proporción a la parte pagada. Salvo acuerdo de la junta de accionistas, no será obligatorio ofrecer preferentemente a los accionistas las acciones de pago emitidas por la Sociedad. Duración: La sociedad tendrá una duración de diez años a contar de esta fecha, prorrogables tácita y sucesivamente si ninguno de los socios manifieste su voluntad de disolverla, circunstancia que deberá ser notifica al resto de los socios mediante carta certificada. Administración: La representación y administración de la sociedad les corresponderá a doña YUSLEIRI MAIRIN ROSALES MENDEZ, venezolana, soltera, factor de comercio, cédula de identidad número veintiséis millones setecientos trece mil setecientos treinta y nueve guión cero, domiciliada para estos efectos en Parcela número treinta, cruce Cerrillos Chanqueahue, comuna de Rengo, Provincia del Cachapoal, Región del Libertador Bernardo O´Higgins, quien compareció aceptando, quien podrá ejercerla personalmente o a través de personas especialmente designadas para ello, por instrumento privado protocolizado o por escritura pública, con aquellas facultades que expresamente se les otorguen por los mandantes.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Rengo, 3 de Noviembre 2022.-

Actes récents

  1. MODIFICACIÓN

    SOCIEDAD DE MANTENCION AUTOMOTRIZ VENEAUTO LIMITADA

    CVE 2212099

Relations sociétaires

EntreprisePersonneDiario OficialRelation historique (terminée)