Shoper Restobar SpA
Diario Oficial
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$3.000.000
Capital libéré
$3.000.000
Capital restant dû
$0
Actions
300
Associés (2)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Accionista | - | 50% | $1.500.000 |
EUGENIO DAMIÁN JORGE ARRIAGADA MATHIEU Accionista 7.xxx.xxx-0 | 7.xxx.xxx-0 | 50% | $1.500.000 |
Administrateurs (1)
EUGENIO DAMIÁN JORGE ARRIAGADA MATHIEU
Texte officiel de l’extrait
Ricardo Fontecilla Gallardo, Notario Público Titular Segunda Notaría Puerto Varas con Oficio en Llanquihue, V. Pérez Rosales Nº213, certifico que ante mí, por escritura del catorce de Diciembre del año dos mil dieciocho, ALEJANDRO JOSÉ ARMSTRONG COX, JOSÉ IGNACIO SOFFIA DOGGENWEILER, MARÍA ESTER LIRA RAMÍREZ, y EUGENIO DAMIÁN JORGE ARRIAGADA MATHIEU, modificaron la sociedad por acciones “SHOPER RESTOBAR SpA” también denominada “SHOPER SpA”, inscrita a fojas trescientos noventa y uno vuelta número trescientos ocho del Registro de Comercio del año dos mil dieciocho, a cargo del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Varas, sustituyendo los siguientes artículos: “Artículo Segundo Transitorio: Por este acto, y a contar de la fecha de la presente escritura pública, los únicos socios accionistas de la Sociedad, esto es, doña MARÍA ESTER LIRA RAMÍREZ, don EUGENIO DAMIÁN JORGE ARRIAGADA MATHIEU, nombran a don EUGENIO DAMIÁN JORGE ARRIAGADA MATHIEU, cédula de identidad número siete millones ciento cuarenta y seis mil ochocientos siete guión cero, como GERENTE GENERAL de la Sociedad quien anteponiendo su firma al nombre de la sociedad la representará a la sociedad con todas y cada una de las facultades indicadas en los estatutos sociales, en especial las contenidas en el título tercero. El Gerente tendrá la representación judicial y extrajudicial de la Sociedad, y también las más amplias facultades y atribuciones de administración y disposición, sin que sea necesario otorgarle poder especial alguno, inclusive para aquellos actos o contratos respecto de los cuales las leyes exijan esta circunstancia, pudiendo realizar, ejecutar y celebrar toda clase de actos, negocios, pactos, acuerdos y contratos, sin limitación alguna, y en particular; y sin que se entienda limitación alguna a las facultades y atribuciones amplias del Gerente General y del Gerente de Administración, éstos tendrán las facultades especiales indicadas en los artículos décimo, undécimo y duodécimo de los estatutos sociales, las que, a mayor abundamiento, se dan por íntegramente reproducidas para estos efectos. Asimismo sustituyen el artículo primero transitorio por el siguiente nuevo: “Artículo Primero Transitorio: Suscripción y pago del Capital. El capital de la sociedad ascendente a tres millones de pesos, moneda de curso legal, dividido en trescientas acciones nominativas, sin valor nominal, ordinarias todas, sin preferencias especiales, sin series especiales, a las que hace referencia el Título Segundo, Artículo Cuarto de los Estatutos, el que se suscribe y se paga de la siguiente forma: a) doña MARÍA ESTER LIRA RAMÍREZ, suscribe ciento cincuenta acciones, por un valor equivalente en moneda de curso legal, a un millón quinientos mil pesos, las que se pagan e ingresan en este acto a la caja social. b) Don EUGENIO DAMIÁN JORGE ARRIAGADA MATHIEU, suscribe ciento cincuenta acciones, por un valor equivalente en moneda de curso legal, a un millón quinientos mil pesos, las que se pagan e ingresan en este acto a la caja social. Llanquihue, 08 de Enero de 2019.-
Actes récents
- MODIFICACIÓN
SHOPER RESTOBAR SpA
CVE 1526412
