Société par actions76.885.367-3

Easy Rental SpA

MODIFICACIÓN — 26 août 2020

Diario Oficial

ModificationDiario Oficial · 2020-08-26Voir le PDF (CVE 1805279)

Informations sociétaires

SpA
Panamericana Cinco Sur Kilómetro doscientos cuarenta y seis
Administration: La administración, representación judicial y extrajudicial de la sociedad y el uso de la razón social corresponde únicamente a don FELIPE HERNÁN ISBEJ PROVIDELL, en su calidad de administrador.

Capital

Capital total

$5.000.000

Administrateurs (1)

FELIPE HERNÁN ISBEJ PROVIDELL

13.xxx.xxx-0Administrador

Texte officiel de l’extrait

ALBERTO MOZÓ AGUILAR, Titular 40 Notaría de Santiago, con oficio en Teatinos N°332, Santiago CERTIFICO: Por escritura pública hoy, ante mí: don FELIPE HERNÁN ISBEJ PROVIDELL, chileno, casado, factor de comercio, cédula de identidad número trece millones doscientos cincuenta y cuatro mil quinientos ochenta y dos guión cero, domiciliado para estos efectos en Panamericana Cinco Sur Kilómetro doscientos cuarenta y seis de la Comuna de Talca, modificó los estatutos sociales de “EASY RENTAL SpA”, Rut Nº 76.885.367-3, la que tiene un capital de $5.000.000 y se encuentra inscrita a fojas 998 número 362 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Talca del año 2018, en el sentido de reemplazar el ARTICULO DÉCIMO DEL TÍTULO TERCERO DE LOS ESTATUTOS DE LA SOCIEDAD, de modo tal que la administración, representación judicial y extrajudicial de la sociedad y el uso de la razón social corresponda únicamente a don FELIPE HERNÁN ISBEJ PROVIDELL, en su calidad de administrador, quedando luego el señalado artículo para todos sus efectos como sigue: ARTÍCULO DÉCIMO: La administración, representación y uso de la razón social será ejercida por don FELIPE HERNÁN ISBEJ PROVIDELL en los términos que se prevén en estos estatutos, (en adelanta El administrador). El o los administradores, según sea el caso, deberán ser personas naturales, designada por la mayoría absoluta de las acciones con derecho a voto, mediante una declaración que deberá constar por escritura pública. El o los podrán o no ser accionistas de la Sociedad. La designación y revocación de los Administradores, así como el nombramiento de delegados para la administración, se efectuará por escritura pública, se inscribirá y se tomará razón al margen de la inscripción de la Sociedad en el Registro de Comercio correspondiente, con la excepción de la designación de administrador que en la presente modificación se efectúa, bastando al efecto la inscripción del extracto de este instrumento. Demás estipulaciones en la escritura extractada. Santiago, 12 de Agosto de 2020.-

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