Inversiones La Esperanza Limitada
Diario Oficial
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$107.189.961
Associés (4)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Socio | - | 1.85% | - |
Socio | - | 1.85% | - |
Socio | - | 1.3% | - |
GABRIELA DEL CARMEN SALAZAR LAGOS Socio | - | 95% | - |
Représentation légale (1)
Texte officiel de l’extrait
EMILIA ELISABETH SOLAR HUNTER, Abogada, Notaria Público Suplente del Titular de Los Angeles, don LUIS EDUARDO SOLAR BACH, con domicilio en Los Angeles, calle Lautaro 325, oficinas 4 y 5, certifico: que por escritura pública otorgada hoy, ante mí, RODRIGO ALONSO ORTEGA SALAZAR, domiciliado en Ernesto Stark quinientos diez, de la comuna de Los Ángeles; GABRIELA DEL CARMEN SALAZAR LAGOS, OSCAR MANUEL ORTEGA NUÑEZ, éste último, por sí y en nombre y representación de JAVIER EVANDRO ORTEGA SALAZAR, los anteriores domiciliados en Esperanza Campesina, parcela N°30 Negrete, de paso en ésta, modificaron INVERSIONES LA ESPERANZA LIMITADA, RUT 76.860.802-4, inscrita en el Registro de Comercio de la comuna de Penco correspondiente al año 2017, a fojas 58, número 52, Capital $107.189.961, en el siguiente sentido: Los únicos y actuales socios de INVERSIONES LA ESPERANZA LIMITADA, acuerdan modificar la CLÁUSULA SÉPTIMA de los estatutos, relativa al porcentaje de distribución de utilidades y pérdidas, en el sentido de que éstas corresponderán en un 1,85% para don RODRIGO ALONSO ORTEGA SALAZAR, un 1,85% para don JAVIER EVANDRO ORTEGA SALAZAR, un 1,3%para don OSCAR MANUEL ORTEGA NUÑEZ y un 95% para doña GABRIELA DEL CARMEN SALAZAR LAGOS. En tal sentido, y para que no exista duda en cuanto a la redacción de la mencionada cláusula, esta quedará redactada en adelante como sigue: “CLÁUSULA SEPTIMA: Los socios acuerdan que las utilidades y pérdidas y todo otro derecho que en dicha calidad les correspondan, incluso en el evento de liquidación de esta sociedad, y para todos los efectos que en derecho correspondan, se repartirán y soportarán entre ellos de acuerdo a la siguiente proporción: don A.- don OSCAR MANUEL ORTEGA NUÑEZ, uno coma tres por ciento; B.- don RODRIGO ALONSO ORTEGA SALAZAR, uno coma ochenta y cinco por ciento; C.- don JAVIER EVANDRO ORTEGA SALAZAR, uno coma ochenta y cinco por ciento; y doña GABRIELA DEL CARMEN SALAZAR LAGOS, noventa y cinco por ciento. Demás estipulaciones constan en escritura extractada LOS ANGELES, 03 de Julio de 2020.-
Actes récents
- MODIFICACIÓN
INVERSIONES LA ESPERANZA LIMITADA
CVE 1784172
