Société à responsabilité limitée76.848.130-K

A Erre Cuadrado Arquitectos y Compañía Limitada

MODIFICACIÓN — 30 avr. 2022

Diario Oficial

ModificationDiario Oficial · 2022-04-30Voir le PDF (CVE 2122067)

Informations sociétaires

Ltda
Camino Otoñal N°1958

Capital

Capital total

$465.188

Capital libéré

$465.188

Capital restant dû

$0

Associés (2)

NomParticipation

MANUEL JORGE FERNANDEZ VARGAS

Socio

50%

VESNA MARCELA GILBERT BACCIARINI

Socio

50%

Texte officiel de l’extrait

MARÍA PATRICIA DONOSO GOMIEN, Notario Público Titular de la 27° Notaría de Santiago, con oficio en calle Orrego Luco N° 0153, Providencia, Santiago, certifico que, por escritura pública otorgada con fecha 4 de abril de 2022, ante mí, comparecen: MANUEL JORGE FERNANDEZ VARGAS y VESNA MARCELA GILBERT BACCIARINI, ambos domiciliados en Camino Otoñal N°1958, Las Condes, Santiago; quienes modificaron la sociedad “A ERRE CUADRADO ARQUITECTOS Y COMPAÑÍA LIMITADA”, RUT N°76.848.130-k, inscrita a fojas 20.755, número 15.514 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2004, en la siguiente forma: I.- División. Acuerdan que la sociedad “A ERRE CUADRADO ARQUITECTOS Y COMPAÑÍA LIMITADA”, se divida en 2 compañías, una de las cuales será la continuadora legal de la actual, con su misma razón social y personalidad jurídica; y una 2ª sociedad por acciones, que nacerá de la división de la actual sociedad y girará bajo la razón social “INVERSIONES A ERRE SpA”, con el objeto, capital y demás elementos de la esencia, de la naturaleza y accidentales que se pactan en su estatuto. La división producirá efecto a partir del 01/04/2022.- II.- Modificación estatutos. Por efecto y a consecuencia de la división se disminuye el capital social de A ERRE CUADRADO ARQUITECTOS Y COMPAÑÍA LIMITADA de la suma de $2.000.000 a $465.188, el cual se encuentra totalmente pagado. Así las cosas, los socios convienen en modificar el estatuto social de A ERRE CUADRADO ARQUITECTOS Y COMPAÑÍA LIMITADA, específicamente la cláusula 5ª referente al capital y los aportes, cuyo texto sustituyen íntegramente por el siguiente: “QUINTO: Capital. El Capital de la sociedad es la suma de $465.188 que los socios aportaron y pagaron con anterioridad a esta fecha, por partes iguales, al contado y en dinero efectivo, ya ingresado a la caja social.“. III. Constitución. Se fijan los estatutos de la sociedad por acciones, que nace con motivo de la división, cuyos accionistas, MANUEL JORGE FERNANDEZ VARGAS y VESNA MARCELA GILBERT BACCIARINI, acordaron lo que a continuación se extracta: Estatutos. Razón Social: “INVERSIONES A ERRE SpA”, nombre de fantasía “A ERRE SpA”. Objeto: a) La sociedad tendrá por objeto la realización de asesorías en materias financieras, económicas, contables, de gestión de negocios, administración y recursos humanos, ya sea por cuenta propia o de terceros, y la realización de cualquier actividad relacionada directa o indirectamente con las anteriores; b) Efectuar, tanto en Chile como en el extranjero, toda clase de inversiones mobiliarias e inmobiliarias, especialmente en acciones, bonos, debentures, créditos, derechos, efectos de comercio y bienes raíces, pudiendo al efecto comprar, vender o conservar tales inversiones; tomar interés como socio en empresas o sociedades de cualquier naturaleza, crear, financiar, promover y administrar por cuenta propia o de terceros, cualesquier clase de negocios, empresas o sociedades; percibir e invertir los frutos de las inversiones; c) En general, realizar toda clase de negocios rentísticos; y d) Todo negocio o actividad que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con el objeto social, y cualquier otro negocio que acordaren los accionistas.- Capital: $1.534.812 dividido en 2000 acciones nominativas, que los accionistas suscriben y pagan con anterioridad a esta fecha, en las siguientes cantidades y proporciones: 1) don Manuel Jorge Fernández Vargas la cantidad de 1000 acciones equivalentes a un 50% del capital social; y, 2) doña Vesna Marcela Gilbert Bacciarini la cantidad de 1000 acciones, equivalentes al 50% del capital social.- Duración: Indefinida. Demás estipulaciones en escritura extractada y no son materia de extracto. Santiago, 04 de abril de 2022.

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