Sociedad De Inversiones Gonzalez Y Cooper Limitada
Diario Oficial
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$20.000.000
Capital libéré
$20.000.000
Capital restant dû
$0
Associés (2)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Socio 13.xxx.xxx-k | 13.xxx.xxx-k | 50% | - |
Socio | - | 50% | - |
Administrateurs (2)
Historique sociétaire relaté
- Cession de droits
Ryan Andrae Cooper Barratt cede el 100% de sus derechos sociales a María Teresa Allende Cárdenas.
Texte officiel de l’extrait
JORGE REYES BESSONE, abogado, Notario Público Titular de San Miguel,con domicilio en Gran Avenida José Miguel Carrera número cuatro mil ochocientos ochenta y seis, Comuna de San Miguel, certifico: Por escritura pública de fecha 29 de marzo de 2022, bajo el Repertorio Nº 1694-2022, ante mí, don RYAN ANDRAE COOPER BARRATT, cedula de identidad número nueve millones trescientos ochenta y dos mil trescientos guion cinco, domiciliado en Gabriel D’ Annunzio siete mil doscientos once, la Reina, de paso por esta, Región Metropolitana y don LEONARDO ANDRÉS GONZÁLEZ ROA, cedula de identidad número trece millones novecientos diez mil cuatrocientos diecisiete guion K, domiciliado en Simón Bolivar cinco mil doscientos setenta y ocho, comuna de Ñuñoa, actuando como los actuales y únicos socios de SOCIEDAD DE INVERSIONES GONZALEZ Y COOPER LIMITADA”, rol único tributario setenta y seis millones ochocientos treinta y cuatro mil ochocientos guion seis, inscrita a fojas cinco mil seiscientos cincuenta, número cuatro mil doscientos ochenta y cinco del Registro de Comercio de Santiago de año dos mil siete, y publicada en el diario oficial numero treinta y ocho mil seiscientos noventa y dos de fecha sábado diecisiete de febrero de dos mil siete. Acordaron modificar 1. el pacto social en su cláusula segunda del pacto social sustituyéndose la razón social “SOCIEDAD DE INVERSIONES GONZALEZ Y COOPER LIMITADA” por el de “SOCIEDAD DE INVERSIONES GONZALEZ Y ALLENDE LIMITADA”, reemplazándose íntegramente dicha cláusula primera del pacto social como sigue: “SEGUNDO: La Razón Social será “SOCIEDAD DE INVERSIONES GONZALEZ Y ALLENDE LIMITADA”, pudiendo usar ante las entidades bancarias, financieras, Servicio de Impuestos internos, y con fines comerciales en sus relaciones con terceros e nombre de fantasía G & A Ltda. El domicilio legal de la sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias, sucursales o representaciones que los socios acuerden establecer en el país o en el extranjero”. 2. cláusula cuarta del pacto social de la Administración de la sociedad y uso de la razón social, en el sentido que los nuevos administradores de la Sociedad serán don LEONARDO ANDRÉS GONZÁLEZ ROA y doña MARÍA TERESA ALLENDE CÁRDENAS, quienes sólo podrán actuar en forma conjunta, pudiendo representar a la Sociedad con las más amplias facultades. De esta manera, se reemplaza íntegramente la cláusula cuarta de los estatutos sociales por la que se transcribe a continuación: “CUARTO: La Administración y uso de la razón social corresponderá corresponderá a don LEONARDO ANDRÉS GONZÁLEZ ROA y doña MARÍA TERESA ALLENDE CÁRDENAS, quienes actuando en forma conjunta podrán representar a la sociedad “SOCIEDAD DE INVERSIONES GONZALEZ Y ALLENDE LIMITADA”, con las más amplias facultades de administración y disposición según lo indican los estatutos. 3. Se realizo Cesión de Derechos Sociales: don RYAN ANDRAE COOPER BARRATT en su calidad de socio del cincuenta por ciento de la sociedad, vienen en vender, ceder y transferir el cien por ciento de sus derechos en la sociedad a doña MARÍA TERESA ALLENDE CÁRDENAS, quien los compra y acepta para sí, el precio de esta cesión es la suma de diez millones de pesos, que doña MARÍA TERESA ALLENDE CÁRDENAS, paga en este acto al cedente, al contado y dinero en efectivo, y que este declara recibir a su entera satisfacción. Se incluye en la cesión cualquier derecho o acción que por aportes, utilidades, créditos, intereses, o por cualquier otro concepto correspondiere al cedente en el patrimonio y/o bienes sociales. Como consecuencia de las ventas, cesiones y transferencias de derechos antes referidas, quedan como únicos socios en la Sociedad y en los siguientes porcentajes que se indican, don LEONARDO ANDRÉS GONZÁLEZ ROA con el equivalente al cincuenta por ciento de participación en el capital y derechos sociales; y doña MARÍA TERESA ALLENDE CÁRDENAS con el equivalente al cincuenta por ciento de participación en el capital y derechos sociales. Conforme a lo anterior, los actuales y únicos socios de la Sociedad, esto es, don LEONARDO ANDRÉS GONZÁLEZ ROA y doña MARÍA TERESA ALLENDE CÁRDENAS, vienen en reemplazar íntegramente el artículo quinto de los estatutos sociales por el que se transcribe a continuación: “QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de veinte millones de pesos, íntegramente enterado y pagado por los socios LEONARDO ANDRÉS GONZÁLEZ ROA y doña MARÍA TERESA ALLENDE CÁRDENAS en proporción de un cincuenta por ciento cada uno de ellos.” Demás estipulaciones en escritura extractada. San Miguel 01 de abril de 2022.
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$1.000.000
Capital libéré
$1.000.000
Capital restant dû
$0
Actions
100
Associés (2)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Socio 12.xxx.xxx-9 | 12.xxx.xxx-9 | 99% | $990.000 |
Ana María Del Carmen Varela del Solar Socio 4.xxx.xxx-2 | 4.xxx.xxx-2 | 1% | $10.000 |
Administrateurs (2)
Ana María Del Carmen Varela del Solar
Historique sociétaire relaté
- Cession de droits· 25 juin 2018
Jahnn Stephen Cooper Barratt cede el 50% de los derechos sociales a María Amalia Besoain Varela, y Sociedad de Inversiones González y Cooper Limitada cede el 49% a María Amalia Besoain Varela y el 1% a Ana María Del Carmen Varela del Solar
Jahnn Stephen Cooper Barratt · Sociedad de Inversiones González y Cooper Limitada · María Amalia Besoain Varela · Ana María Del Carmen Varela del Solar
Texte officiel de l’extrait
IVÁN TORREALBA ACEVEDO, Abogado y Notario Público Titular de 33º Notaría Santiago, con oficio en Huérfanos 979, oficina 501, certifica: por escritura pública otorgada con fecha de hoy, ante mí: A)Jahnn Stephen Cooper Barratt, C.I. N° 9.969.163-8, domiciliado en calle Gabriel D´Annunzio N°7211, La Reina, Santiago; B)Sociedad de Inversiones González y Cooper Limitada, rol único tributario N° 76.834.800-6, con domiciliado en calle Santos Dumont N° 191, Dpto 153, Recoleta, Santiago; C)María Amalia Besoain Varela, C.I. N° 12.243.620-9, domiciliada en Calbuco, N° 205, Concón, Valparaíso; y D)Ana María Del Carmen Varela del Solar, N° 4.363.373-2, domiciliada en calle Martín de Zamora N°5375, Dpto 73, Las Condes, Santiago; celebraron “Cesión de Derechos y Modificación SERVICIOS DE TRADUCCIONES LIMITADA”. I.- Cesión de Derechos: A) don Jahnn Stephen Cooper Barratt, vendió, cedió y transfirió el 100% de su participación, es decir el equivalente al 50% de los derechos de la Sociedad, a doña María Amalia Besoain Varela, en el precio de $500.000.-, quien declara recibirlos, íntegramente pagado en efectivo; renuncia a las acciones resolutorias. B) la Sociedad de Inversiones González y Cooper Limitada, vendió, cedió y transfirió la totalidad de sus derechos en la Sociedad, de la siguiente manera: i) un 49% de los derechos de la sociedad a doña María Amalia Besoain Varela, en el precio de $490.000.-, pagadero dentro del plazo de dos meses, renunciando a las acciones resolutorias; ii) un 1% de los derechos de la sociedad a doña Ana María Del Carmen Varela del Solar en el precio de $10.000, quien declara recibirlos, íntegramente pagado en efectivo; renuncia a las acciones legales. II.- Nuevos Socios: a) María Amalia Besoain Varela, titular del 99% de los derechos sociales; b) Ana María Del Carmen Varela del Solar, titular del 1% de los derechos sociales. Los socios acuerdan continuar en sociedad. Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes III.- MODIFICACIÓN A LOS ESTATUTOS: A) Sustituyen el TÍTULO SEGUNDO, quedando de la siguiente manera “TÍTULO SEGUNDO. CAPITAL Y RESPONSABILIDADES DE LOS SOCIOS. Quinto. El capital de la Sociedad asciende a la cantidad de $1.000.000.-, que los socios contribuyen y pagan de la siguiente manera: a) María Amalia Besoain Varela, $990.000.-, equivalentes al noventa y nueve 99% de los derechos sociales; b) Ana María Del Carmen Varela del Solar $10.000.-, equivalentes al uno 1% de los derechos sociales; Íntegramente suscrito y pagado en efectivo. B) Sustituyen el TÍTULO TERCERO, quedando de la siguiente manera “TÍTULO TERCERO. DE LA ADMINSITRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL. Séptimo. La representación y administración de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá INDISTINTAMENTE a cada uno de los socios quienes anteponiendo la razón social a sus firmas la representan con las más amplias facultades, en escritura social.” Demás cláusulas constan escritura extractada. Los estatutos constan a Fs. 41292, N° 30653, año 2011, Registro Comercio Santiago. 25 de Junio de 2018. IVAN TORREALBA ACEVEDO. Notario Titular.
Actes récents
- MODIFICACIÓN
SOCIEDAD DE INVERSIONES GONZALEZ Y COOPER LIMITADA
CVE 2131153
- MODIFICACIÓN
SERVICIOS DE TRADUCCIONES LIMITADA
CVE 1428024
