Société à responsabilité limitée76.801.270-9

Zett Y Compañia Limitada

MODIFICACIÓN — 16 janv. 2023

Diario Oficial

ModificationDiario Oficial · 2023-01-16Voir le PDF (CVE 2254513)

Informations sociétaires

Ltda
Pudeto N°248

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital libéré

$1.000.000

Capital restant dû

$0

Associés (2)

NomParticipation

Abraham Alexi Zett Urzúa

Socio

96%

Nicolás Antonio Zett Sabioncello

Socio

4%

Historique sociétaire relaté

  1. Constitution· 22 décembre 2006

    Se constituye la sociedad Zett y Compañía Limitada.

  2. Autre acte· 21 décembre 2012

    Se modifica la sociedad, quedando con participaciones de Nicolás Antonio Zett Sabioncello, Abraham Alexi Zett Urzúa y María Luisa Urzúa Cancino.

    Nicolás Antonio Zett Sabioncello · Abraham Alexi Zett Urzúa · María Luisa Urzúa Cancino

  3. Décès

    Fallece María Luisa Urzúa Cancino.

    María Luisa Urzúa Cancino · Abraham Alexi Zett Urzúa · Jazmin Solange Zett Urzúa · Leila Soraya Zett Urzúa

  4. Cession de droits· 5 décembre 2020

    La sociedad queda con Nicolás Antonio Zett Sabioncello con 20% y Abraham Alexi Zett Urzúa con 80%.

    Nicolás Antonio Zett Sabioncello · Abraham Alexi Zett Urzúa

  5. Entrée d’un associé· 4 juin 2021

    Ingresan María Paz Zett Sabioncello, Isabel Alejandra Zett Sabioncello y Gabriela Fernanda Zett Sabioncello a la sociedad.

    María Paz Zett Sabioncello · Isabel Alejandra Zett Sabioncello · Gabriela Fernanda Zett Sabioncello

Texte officiel de l’extrait

JAVIER ANDRÉS ABUYERES MARTÍNEZ, Abogado, Notario Público Suplente del Titular de la Primera Notaria de Quillota, don JULIO JORGE ABUYERES JADUE, Pudeto N°398, certifico: Por escritura pública, ante el Notario titular, de fecha 21 DE Diciembre de 2022, Repertorio N°2577-2022, don ABRAHAM ALEXI ZETT URZÚA, domiciliado en Pudeto N°248, comuna de Quillota; don NICOLAS ANTONIO ZETT SABIONCELLO, domiciliado en Pudeto N°248, comuna de Quillota; doña MARIA PAZ ZETT SABIONCELLO, domiciliada en calle Balmaceda Nº 107, El Boco, comuna de Quillota; doña ISABEL ALEJANDRA ZETT SABIONCELLO, domiciliada en calle Balmaceda Nº 107, El Boco, comuna de Quillota; y doña GABRIELA FERNANDA ZETT SABIONCELLO, domiciliada en calle Balmaceda Nº 107, El Boco, comuna de Quillota; modificaron la sociedad de responsabilidad limitada ZETT Y COMPAÑÍA LIMITADA, RUT N° 76.801.270-9, constituida por escritura del 22 de diciembre de 2006, ante el Notario Público de Quillota don Eduardo Uribe Mutis, inscrita a fojas 38 número 29 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Quillota del año 2007. Con fecha 21 de Diciembre del año 2012, ante la Notario Público de La Calera doña Giselle Tapia Romo, suplente de la Titular doña Lidia María Chahuan Issa, se modificó la citada sociedad, quedando don Nicolás Antonio Zett Sabioncello con 50%, don Abraham Alexi Zett Urzúa 25% y doña María Luisa Urzúa Cancino con 25%, un extracto de dicha modificación fue inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Quillota a fojas 6 número 6 del año 2013. Posteriormente fallece doña María Luisa Urzúa Cancino, siendo sus únicos herederos Abraham Alexi Zett Urzúa; doña Jazmin Solange Zett Urzúa y doña Leila Soraya Zett Urzúa. Posteriormente con fecha 5 de diciembre del año 2020, ante el Notario Público de Quillota, don Julio Jorge Abuyeres Jadue, se modificó nuevamente la citada sociedad quedando don Nicolas Antonio Zett Sabioncello con un 20% de los derechos y don Abraham Alexi Zett Urzúa con un 80% de los derechos en la citada sociedad, el extracto de dicha modificación se encuentra inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Quillota a fojas 12 número 9 del año 2021. Finalmente, con fecha 4 de junio del año 2021 ante el Notario Público de Quillota, don Julio Jorge Abuyeres Jadue, se modificó nuevamente la citada sociedad, ingresando a la misma doña María Paz Zett Sabioncello, doña Isabel Alejandra Zett Sabioncello y doña Gabriela Fernanda Zett Sabioncello. El extracto de dicha modificación se encuentra inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Quillota a fojas 157 número 97 del año 2021. A la fecha los únicos socios e interesados en la sociedad son: don Abraham Alexi Zett Urzúa, con una participación de un 51%, doña María Paz Zett Sabioncello con una participación de un 15%, doña Isabel Alejandra Zett Sabioncello con una participación de un 15%, doña Gabriela Fernanda Zett Sabioncello con una participación de un 15%, y don Nicolas Antonio Zett Sabioncello con una participación de un 4%. CESIÓN DE DERECHOS. 1. Doña María Paz Zett Sabioncello vende, cede y transfiere a don Abraham Alexi Zett Urzúa quien compra y adquiere para sí, el 15% de los derechos de la sociedad ZETT Y COMPAÑIA LIMITADA. 2.- Doña Isabel Alejandra Zett Sabioncello vende, cede y transfiere a don Abraham Alexi Zett Urzúa quien compra y adquiere para sí, el 15% de los derechos de la sociedad ZETT Y COMPAÑIA LIMITADA. 3.- Doña Gabriela Fernanda Zett Sabioncello vende, cede y transfiere a don Abraham Alexi Zett Urzúa quien compra y adquiere para sí, el 15% de los derechos de la sociedad ZETT Y COMPAÑIA LIMITADA. PRECIO CESION.- El precio de la cesión efectuada a don Abraham Alexi Zett Urzúa por doña María Paz Zett Sabioncello es la suma de ciento cincuenta mil pesos que se pagan en este acto, al contado y en dinero efectivo por el cesionario a la cedente, quien declara recibirlo a su entera conformidad. Además, el precio de la cesión efectuada a don Abraham Alexi Zett Urzúa por doña Isabel Alejandra Zett Sabioncello es la suma de ciento cincuenta mil pesos que se pagan en este acto, al contado y en dinero efectivo por el cesionario a la cedente, quien declara recibirlo a su entera conformidad. Finalmente, el precio de la cesión efectuada a don Abraham Alexi Zett Urzúa por doña Gabriela Fernanda Zett Sabioncello es la suma de ciento cincuenta mil pesos que se pagan en este acto, al contado y en dinero efectivo por el cesionario a la cedente, quien declara recibirlo a su entera conformidad. Consecuencia de la cesión efectuada por este instrumento es que los únicos socios e interesados en la sociedad “ZETT Y COMPAÑIA LIMITADA” son: don Abraham Alexi Zett Urzúa, con una participación de un 96%; y don Nicolas Antonio Zett Sabioncello, con una participación de un 4%. MODIFICACION.- Los socios introducen las siguientes modificaciones al pacto social, quedando éste en lo demás inalterable y a mayor abundamiento es ratificado en todas sus partes: Uno. a) Se elimina de la comparecencia a la socia doña María Paz Zett Sabioncello que por este instrumento se retira de la sociedad por la venta de un 15% de los derechos en la sociedad “ZETT Y COMPAÑIA LIMITADA” que le hiciere a don Abraham Alexi Zett Urzúa. b) Se elimina de la comparecencia a la socia doña Isabel Alejandra Zett Sabioncello que por este instrumento se retira de la sociedad por la venta de un 15% de los derechos en la sociedad “ZETT Y COMPAÑIA LIMITADA” que le hiciere a don Abraham Alexi Zett Urzúa. c) Se elimina de la comparecencia a la socia doña Gabriela Fernanda Zett Sabioncello que por este instrumento se retira de la sociedad por la venta de un 15% de los derechos en la sociedad “ZETT Y COMPAÑIA LIMITADA” que le hiciere a don Abraham Alexi Zett Urzúa. Dos. Se modifica la cláusula quinta y séptimo de los estatutos, afín de compatibilizar con la nueva conformación social, las que quedan del siguiente tenor: “QUINTO: CAPITAL. El capital de la sociedad es la suma de un millón de pesos, que los socios han enterado y aportado de la siguiente forma: a) Don Abraham Alexi Zett Urzúa aporta la suma de novecientos sesenta mil pesos; b) Don Nicolás Antonio Zett Sabioncello, aporta la suma de cuarenta mil pesos; Los aportes recién mencionados se encuentran íntegramente ingresados a la caja social.” SEPTIMO: UTILIDADES Y PÉRDIDAS. Las utilidades y pérdidas se repartirán entre los socios en proporción a su participación en la sociedad, es decir, un 96% para don Abraham Alexi Zett Urzúa; y un 4% para don Nicolás Antonio Zett Sabioncello. Las eventuales pérdidas se repartirán entre los socios en la misma proporción.” Demás estipulaciones en escritura extractada. En lo no modificado, rige el pacto social.- Quillota, 10 de Enero de 2023.

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  1. MODIFICACIÓN

    ZETT Y COMPAÑIA LIMITADA

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