Société à responsabilité limitéeDissoute76.787.070-1

Sociedad Educacional Las Araucarias De Quinta Normal Limitada

DISOLUCIÓN — 14 août 2017

Informations fiscales (SII)

Entity type

PERSONA JURIDICA COMERCIAL

Company subtype

SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA

Début des activités

Aucun début d’activités signalé par le SII

Activités économiques

Aucune activité économique enregistrée au SII

Documents timbrés

Aucun document timbré enregistré au SII

Diario Oficial

DissolutionDiario Oficial · 2017-08-14Voir le PDF (CVE 1257120)

Informations sociétaires

Ltda
Administration: actuando conjuntamente y anteponiendo ambas sus firmas a la razón social

Capital

Capital total

$4.000.000

Associés (2)

NomParticipation

NORMA HIGUERA

Socio

50%

SANDRA IVONNE CAMPILLO HIGUERA

Socio

50%

Texte officiel de l’extrait

PATRICIO HERNAN CATHALIFAUD MOROSO, Titular 12º Notaría Santiago, Teatinos 331, certifico: Por escritura pública, hoy ante mí, comparecen: NORMA HIGUERA, domiciliada en Avenida Carrascal nº 4895, Quinta Normal, Santiago, Región Metropolitana y SANDRA IVONNE CAMPILLO HIGUERA, domiciliada en Avenida Santa Marta nº 6850, pje. Santa María, Casa nº 1500”E”, Huechuraba, Santiago, Región Metropolitana, Disuelven y Liquidan “SOCIEDAD EDUCACIONAL LAS ARAUCARIAS DE QUINTA NORMAL LIMITADA” y nombre de fantasía “Sala Cuna y Escuela de Párvulos Las Araucarias Ltda.” Rut: 76.787.070-1. Capital: $4.000.000, la cual se encuentra inscrita a fs. 7697 nº 5651 del Reg. de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del 2007. Por este acto y de conformidad a los artículos del estatuto social, las comparecientes en sus calidades de únicas socias, proceden a poner término a la sociedad y a liquidarla de común acuerdo, en la forma que pasa a expresarse. Las comparecientes declaran que la sociedad ha sido administrada actuando conjuntamente y anteponiendo ambas sus firmas a la razón social, amplias facultades, por lo que no hacen cargo alguno ni que formular a la administración de la misma. Para los efectos de la liquidación, tienen presente el balance general del mes de diciembre de 2015 y al día 25/10/2016, el que aprueban en todas sus partes y es parte integrante del presente instrumento registrado con el Nº 564. Los aportes efectuados por las socias, consistieron en los del acto de su constitución en $4.000.000, donde la socia NORMA HIGUERA, aportó $2.000.000, efectivo, al contado, ingresado caja social y, la socia SANDRA IVONNE CAMPILLO HIGUERA, aportó $2.000.000, efectivo, al contado, ingresado caja social, revalorizados conforme al I.P.C. a la fecha, en $5.757.312, por concepto de reajuste. Procede devolver a las socias sus aportes, revalorizada en la forma expresada, donde la sociedad no posee inmuebles, y sólo posee los muebles que se señalan en su balance el cual se incorpora en este instrumento, donde las cantidades resultantes se deben repartir en la proporción de un 50% cada socia. Sin embargo, atendido el Balance General de diciembre del 2015 teniendo en consideración los activos y pasivos de la sociedad como las ganancias y perdidas del periodo no existen dineros a favor o en contra de la sociedad y, por tanto; para ninguna de las socias, declaran que respecto a los dineros que constituyen el capital social, como de las ganancias o utilidades que pudieron existir conforme al balance general, estos fueron íntegramente consumidos por las operaciones realizadas por la sociedad; declaran asimismo, que no existen deudas sociales de ningún tipo. Se tiene por definitivamente terminada, resuelta y liquidada la sociedad y se dan el más amplio, completo, definitivo y reciproco finiquito, declarando que nada se adeudan por concepto alguno derivados de la presente terminación anticipada de la sociedad, ni de su giro. Demás estipulaciones escritura extractada y pacto social. Santiago 7 de julio de 2017.

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Relations sociétaires

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