Comercial Briga Limitada
Diario Oficial
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$10.000.000
Associés (2)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
ROBERTO MARIO CORTESI VECCHI Socio 14.xxx.xxx-5 | 14.xxx.xxx-5 | 50% | $5.000.000 |
YOSELYN ELIZABETH LUCHSINGER MARTINEZ Socio 15.xxx.xxx-6 | 15.xxx.xxx-6 | 50% | $5.000.000 |
Représentation légale (1)
Historique sociétaire relaté
- Cession de droits· 3 décembre 2019
Pedro Antonio Carriel Gutiérrez cede el 50% de sus derechos a Roberto Mario Cortesi Vecchi
PEDRO ANTONIO CARRIEL GUTIERREZ · ROBERTO MARIO CONTESI VECCHI
- Cession de droits· 3 décembre 2019
Pedro Antonio Carriel Gutiérrez cede el 40% de sus derechos a Yoselyn Elizabeth Luchsinger Martinez
PEDRO ANTONIO CARRIEL GUTIERREZ · YOSELYN ELIZABETH LUCHSINGER MARTINEZ
- Cession de droits· 3 décembre 2019
Carlos Hernan Otero Contreras cede la totalidad de sus derechos a Yoselyn Elizabeth Luchsinger Martinez
CARLOS HERNAN OTERO CONTRERAS · YOSELYN ELIZABETH LUCHSINGER MARTINEZ
Texte officiel de l’extrait
HECTOR EFRAIN BASUALTO BUSTAMANTE; Abogado, Notario Público, Antonio Varas 854, Temuco. Certifico: Por escritura pública suscrita ante mí, don PEDRO ANTONIO CARRIEL GUTIERREZ, CNI 15.951.871-K, domicilio parcela 17, lugar Mahuidanche, Freire; ROBERTO MARIO CONTESI VECCHI, CNI 14.215.512-5, domicilio Montes Sabino 487, Temuco, por si y en representación de CARLOS HERNAN OTERO CONTRERAS, C.N.I. 15.208.237-1 domicilio Avda. Confederación Suiza 1120, Victoria y doña YOSELYN ELIZABETH LUCHSINGER MARTINEZ, CNI 15.229.383-6, domicilio, calle Montes Sabinos 487, Temuco, modificaron estatutos sociedad COMERCIAL BRIGA LIMITADA RUT 76.780.247-1, CAPITAL $10.000.000 en los términos siguientes: Que el socio PEDRO ANTONIO CARRIEL GUTIERREZ , es dueño del noventa por ciento de acciones y derechos en la sociedad COMERCIAL BRIGA LIMITADA, del total de acciones y derechos de la sociedad y que por este instrumento y con la autorización de su socio don CARLOS HERNAN OTERO CONTRERAS, vende cede y transfiere el 50% del total del interés social a don ROBERTO MARIO CORTESI VECCHI, quedando así este con el cincuenta por ciento del total de interés social en la sociedad COMERCIAL BRIGA LIMITADA, quien compra, acepta y adquiere para sí dicho porcentaje de acciones derechos haberes y/o débitos que a la primera corresponden en la mencionada sociedad . El precio de la cesión $5.000.000. Asimismo PEDRO ANTONIO CARRIEL GUTIERREZ, vende cede y transfiere a doña YOSELYN ELIZABETH LUCHSINGER MARTINEZ, el 40% del total de acciones y derechos de la sociedad y que por este instrumento y con la autorización de su socio don CARLOS HERNAN OTERO CONTRERAS, quien compra, acepta y adquiere para sí dicho porcentaje de acciones derechos haberes y/o débitos que al primero corresponden en la mencionada sociedad, COMERCIAL BRIGA LIMITADA. El precio de la cesión es la suma de $4.000.000. Pagados en dinero efectivo. Don CARLOS HERNAN OTERO CONTRERAS es dueño es dueño del 10% del total de acciones y derechos de la sociedad COMERCIAL BRIGA LIMITADA y que por este instrumento y con la autorización de su socio don PEDRO ANTONIO CARRIEL GUTIERREZ vende cede y transfiere a doña YOSELYN ELIZABETH LUCHSINGER MARTINEZ, la totalidad de acciones y derechos de que es titular y que corresponden al 10% del total de acciones y derechos de la sociedad, quien compra, acepta y adquiere para sí dicho porcentaje de acciones derechos haberes y/o débitos que a la primera corresponden en la mencionada sociedad, El precio de la cesión $1.000.000.- La sociedad queda conformada por los socios ROBERTO MARIO CORTESI VECCHI con 50% de participación y YOSELYN ELIZABETH LUCHSINGER MARTINEZ con un 50% de participación.- Los socios ROBERTO MARIO CORTESI VECCHI y YOSELYN ELIZABETH LUCHSINGER MARTINEZ únicos socios, acuerdan Modificar los estatutos de la sociedad en los siguientes términos; Se modifica la cláusula cuarta de la escritura de constitución de sociedad, en el sentido que la administración y uso de la razón social, se ejercerá en forma conjunta por los socios con las facultades que en dicha cláusula se indican.- En todo lo que no haya sido modificado en virtud de ésta escritura, regirán íntegramente las cláusulas del pacto social. Demás cláusulas sin modificaciones. Temuco 03 de Diciembre de 2019.
Actes récents
- MODIFICACIÓN
Comercial Briga Limitada
CVE 1696473
