Constructora Marga Marga SpA
Diario Oficial
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$3.100.000.000
Capital libéré
$3.100.000.000
Capital restant dû
$0
Actions
20 000
Associés (2)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Inversiones Santa Olivia Limitada Accionista 76.255.928-5 | 76.255.928-5 | 50% | $1.550.000.000 |
Accionista 76.255.932-3 | 76.255.932-3 | 50% | $1.550.000.000 |
Texte officiel de l’extrait
Ministerio del Interior ALVARO DAVID GONZÁLEZ SALINAS, Notario Público de Las Condes, avenida Apoquindo 3001, Segundo Piso, comuna Las Condes. Región Metropolitana, CERTIFICA: Por escritura pública fecha 24 de abril de 2026, repertorio Nº 14.708-2026 Carlos Eduardo Baquedano Vásquez, cédula nacional de identidad número 11.768.926-3, domiciliado en Américo Vespucio Norte N° 1301, comuna de Quilicura, redujo a escritura pública Acta Junta Extraordinaria de Accionistas CONSTRUCTORA MARGA MARGA SpA, Rut 76.761.492-6, de fecha 22 de abril de 2026, Inversiones Santa Olivia Limitada, Rut 76.255.928-5, representada por Daniel Enrique Corvalan Rivera Run 10.614.983-6 e Inversiones Nuova Vita SpA, Rut 76.255.932-3, representada por Angelo Renato Borzone Mendoza Run 14.387685-3, quienes poseen 100% de acciones emitidas por la sociedad, modificaron los estatutos sociales.- Extracto estatutos inscrito a fojas 49303 N° 26835, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces Santiago año 2017.- Modificación cláusulas quinta y artículo primero transitorio.- Nueva cláusula quinta: ARTÍCULO QUINTO: Capital.- El capital de la sociedad es la suma de $3.100.000.000.- (tres mil cien millones de pesos), divididos en 20.000 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, que se suscriben y pagan en la forma que se dirá en las disposiciones transitorias. Las acciones podrán pagarse en dinero efectivo o en otros bienes. Cada accionista dispondrá de un voto por cada acción que posea o represente, pudiendo en las elecciones que se realicen en las juntas acumular sus votos en favor de una sola persona o distribuirlos en la forma que estime conveniente. Nuevo artículo primero transitorio: ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO. Capital: El capital de la sociedad es la suma de $3.100.000.000.- (tres mil cien millones de pesos) divididos en 20.000 (veinte mil) acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, que se suscriben y pagan de la siguiente forma: a) La socia Inversiones Santa Olivia Limitada, suscribe la cantidad de 10.000 (diez mil) acciones que equivalen a $1.550.000.000.- (mil quinientos cincuenta millones de pesos) y que equivale al 50% del capital social, pagados con la suma de $600.000.000.- (seiscientos millones de pesos) al contado y en dinero en efectivo, ya ingresado a la caja social y con la suma de $950.000.000.- (novecientos cincuenta millones de pesos) en este acto, al contado y en dinero en efectivo, ya ingresado a la caja social.- b) La socia Inversiones Nuova Vita SpA, suscribe la cantidad de 10.000 (diez mil) acciones que equivalen a $1.550.000.000.- (mil quinientos cincuenta millones de pesos) y que equivale al 50% del capital social, pagados con la suma de $600.000.000.- (seiscientos millones de pesos) al contado y en dinero en efectivo, ya ingresado a la caja social y con la suma de $950.000.000.- (novecientos cincuenta millones de pesos) en este acto, al contado y en dinero en efectivo, ya ingresado a la caja social.- Demás estipulaciones escritura extractada.- Capital social $3.100.000.000.- Santiago, 28 de abril 2026.
Informations sociétaires
Texte officiel de l’extrait
Ministerio del Interior Félix Jara Cadot, Notario Público 41º Notaría Santiago, Huérfanos 1160, subsuelo, rectifica extracto fecha 25 enero 2023, publicado diario oficial 2 febrero 2023, edición N° 43.467, modificación CONSTRUCTORA MARGA MARGA SpA., inscrito a fojas 12146 N° 5903, Registro Comercio Conservador Bienes Raíces de Santiago, año 2023.- Donde dice: “Félix Jara Cadot, Notario Público Cuadragésima Primera Notaría de Santiago, Huérfanos 1160, Santiago, suplente del titular”. Debe Decir: “Félix Jara Cadot, Notario Público 41º Notaría Santiago, Huérfanos 1160, subsuelo”, y Donde dice: “repertorio 1962-2023”. Debe decir: repertorio 1963-2023”.- Santiago, 15 abril 2025.-
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$1.200.000.000
Actions
20 000
Associés (2)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Inversiones Santa Olivia Limitada Accionista 76.255.928-5 | 76.255.928-5 | 50% | $600.000.000 |
Accionista 76.255.932-3 | 76.255.932-3 | 50% | $600.000.000 |
Texte officiel de l’extrait
Félix Jara Cadot, Notario Público 41 Notaría Santiago, Huérfanos 1160, subsuelo, certifica: Por escritura pública, hoy ante mí, Daniel Enrique Corvalan Rivera, cédula nacional de identidad número 10.614.983-6, domiciliado en Américo Vespucio Norte 1301, comuna de Quilicura, redujo a escritura pública Acta Junta Extraordinaria de Accionistas CONSTRUCTORA MARGA MARGA SpA, celebrada con fecha 4 de mayo de 2023, Inversiones Santa Olivia Limitada, Rut 76.255.928- 5, representada por Daniel Enrique Corvalan Rivera Run 10.614.983-6 e Inversiones Nuova Vita SpA, Rut 76.255.932-3, representada por Angelo Renato Borzone Mendoza Run 14.387685-3, quienes poseen 100% de acciones emitidas por la sociedad, modificaron los estatutos sociales.- Extracto estatutos inscrito a fojas 49303 número 26835, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces Santiago año 2017.- Modificación cláusulas quinta y artículo primero transitorio.- Nueva cláusula quinta: ARTICULO QUINTO: Capital.- El capital de la sociedad es la suma de $1.200.000.000.- (mil doscientos millones de pesos), divididos en 20.000 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, que se suscriben y pagan en la forma que se dirá en las disposiciones transitorias. Las acciones podrán pagarse en dinero efectivo o en otros bienes. Cada accionista dispondrá de un voto por cada acción que posea o represente, pudiendo en las elecciones que se realicen en las juntas acumular sus votos en favor de una sola persona o distribuirlos en la forma que estime conveniente. Nuevo artículo primero transitorio: ARTICULO PRIMERO TRANSITORIO. Capital: El capital de la sociedad es la suma de $1.200.000.0000.- (mil doscientos millones de pesos) divididos en 20.000 (veinte mil) acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, que se suscriben y pagan de la siguiente forma: a) La socia Inversiones Santa Olivia Limitada, suscribe la cantidad de 10.000 (diez mil) acciones que equivalen a $600.000.000.- (seiscientos millones de pesos) y que equivale al 50% del capital social, pagados con la suma de $10.000.000.- (diez millones) al contado y en dinero en efectivo, ya ingresado a la caja social y con la suma de $590.000.000.- (quinientos noventa millones de pesos) con cargo a las utilidades acumuladas al 31 de diciembre de 2022.- b) La socia Inversiones Nuova Vita SpA, suscribe la cantidad de 10.000 (diez mil) acciones que equivalen a $600.000.000.- (seiscientos millones de pesos) y que equivale al 50% del capital social, pagados con la suma de $10.000.000.- (diez millones) al contado y en dinero en efectivo, ya ingresado a la caja social y con la suma de $590.000.000.- (quinientos noventa millones de pesos) con cargo a las utilidades acumuladas al 31 de diciembre de 2022.- Ambas socias utilizan $590.000.000 (quinientos noventa millones) cada una, provenientes de las utilidades acumuladas al 31 de diciembre de 2022 para pagar el aumento de capital.- Demás estipulaciones escritura extractada.- Capital social $1.200.000.000.- Santiago, 8 mayo 2023.
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$20.000.000
Capital libéré
$20.000.000
Capital restant dû
$0
Actions
20 000
Associés (2)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Inversiones Santa Olivia Limitada Accionista 76.255.928-5 | 76.255.928-5 | 50% | $10.000.000 |
Accionista 76.255.932-3 | 76.255.932-3 | 50% | $10.000.000 |
Administrateurs (3)
Daniel Enrique Corvalán Rivera
Francisco Javier Pérez Ormazabal
Texte officiel de l’extrait
FÉLIX JARA CADOT, Notario Público Cuadragésima Primera Notaría de Santiago, Huérfanos 1160, Santiago, suplente del titular, CERTIFICA: Por escritura pública fecha 25 de enero de 2023, repertorio número 1962-2023 Daniel Enrique Corvalan Rivera, cédula nacional de identidad número 10.614.983-6, domiciliado en Américo Vespucio Norte número 1301, comuna de Quilicura, redujo a escritura pública Acta Junta Extraordinaria de Accionistas CONSTRUCTORA MARGA MARGA SpA, Inversiones Santa Olivia Limitada, Rut 76.255.928-5, representada por Daniel Enrique Corvalan Rivera Run 10.614.983-6 e Inversiones Nuova Vita SpA, Rut 76.255.932-3, representada por Angelo Renato Borzone Mendoza Run 14.387685-3, quienes poseen 100% de acciones emitidas por la sociedad, modificaron los estatutos sociales.- Extracto estatutos inscrito a fojas 49303 N° 26835, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces Santiago año 2017.- Modificación cláusulas quinta, décima primera, décimo segunda, décima tercera, décima tercera, décima quinta, artículo primeri transitorio y agregar un artículo quinto transitorio.- Nueva cláusula quinta: ARTICULO QUINTO: Capital.- El capital de la sociedad es la suma de $20.000.000.- (veinte millones de pesos), divididos en 20.000 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, que se suscriben y pagan en la forma que se dirá en las disposiciones transitorias. Las acciones podrán pagarse en dinero efectivo o en otros bienes. Cada accionista dispondrá de un voto por cada acción que posea o represente, pudiendo en las elecciones que se realicen en las juntas acumular sus votos en favor de una sola persona o distribuirlos en la forma que estime conveniente.- Nueva cláusula décima primera: ARTICULO DECIMO PRIMERO: Administración. Sin perjuicio de las facultades que por ley corresponden a la Junta General de Accionistas, la sociedad será administrada por un directorio, compuesto de tres miembros titulares, que podrán ser o no accionistas, elegidos por la Junta de Accionistas.- La renovación del directorio será total y se efectuará al final de su período, cuya duración será de tres años.- Los directores podrán ser reelegidos indefinidamente en sus funciones.- Los directores podrán tener derecho a ser remunerados por sus funciones, debiendo la Junta Ordinaria de Accionistas fijar anualmente deberán el valor de las mismas.- Si, por cualquier causa no se celebrare , en la época establecida, la Junta de Accionistas llamada a hacer la elección de directores, se entenderán prorrogadas las funciones de los que hubieren cumplido su período, hasta que se les nombre reemplazante, debiendo el directorio convocar dentro de un plazo de treinta días hábiles, a una Junta de Accionistas Extraordinaria para hacer el nombramiento.- El Gerente General que designe el directorio, podrá ser un accionista o un director de la sociedad.- Nueva cláusula décima segunda: ARTICULO DECIMO SEGUNDO: Representación.- El Directorio de la sociedad la representará judicial y extrajudicialmente y para el cumplimiento del objetivo social, estará investido de todas las facultades de administración y de disposición que la ley o los estatutos no establezcan como privativas de la Junta General de Accionistas, sin que sea necesario otorgarle poder alguno ni acreditarlas ante terceros, inclusive para aquellos actos o contratos respecto de los cuales exigen estas circunstancias.- Lo anterior no obsta a la representación que compete al Gerente, conforme lo dispone el artículo cuarenta y nueve de la ley número dieciocho mil cuarenta y seis y artículo octavo del Código de Procedimiento Civil.- El Directorio podrá delegar sus atribuciones de administración y disposición de bienes, en un gerente general, sub gerente, abogados de la sociedad, etc.- Los Directores deberán emplear en el ejercicio de sus funciones, el cuidado y diligencia establecidos en la ley.- La responsabilidad de los directores no podrá ser limitada ni liberárseles de ella por acuerdo alguno.- En especial, los directores no podrán ejecutar los actos a que se refiere el artículo cuarenta y dos de la ley número dieciocho mil cuarenta y seis.- Nueva cláusula décima tercera: DÉCIMO TERCERO: Reuniones directorio.- La reuniones de directorio se constituirán con la mayoría absoluta de sus miembros titulares y los acuerdos se adoptarán por la mayoría absoluta de los directores asistentes con derecho a voto.- En caso de empate decide el voto del que preside la reunión.- El Directorio se deberá reunir, al menos una vez al año en sesiones ordinarias, en los días y horas que él mismo determine y no requerirá de citación especial.- Podrá reunirse en sesiones extraordinarias cuando las cite especialmente el Presidente, por sí, o por una indicación de uno o más directores, previa calificación que el Presidente haga de la necesidad de la reunión, salvo que ésta sea solicitada por la mayoría absoluta de los directores, caso en el cual, deberá necesariamente celebrarse la reunión sin calificación previa.- En las sesiones extraordinarias sólo podrán tratarse las materias que se señalen específicamente en la convocatoria.- De las deliberaciones y acuerdos del Directorio se dejará constancia en un libro de actas, por cualquier medio, siempre que ofrezcan seguridad que no podrá haber intercalaciones, supresiones o cualquiera otra adulteración que pueda afectar la fidelidad del acta, que será firmada por los directores que hubieren concurrido ala sesión.- Si alguno de ellos falleciere o se imposibilitare por cualquier causa, para suscribir el acta correspondiente, se dejará constancia en la misma, de la respectiva circunstancia o impedimento.- Se entenderá aprobada el acta desde el momento de su firma conforme a lo expresado precedentemente y desde esa fecha se podrán llevar a efecto los acuerdos.- En su primera reunión, el Directorio por la mayoría absoluta de sus miembros elegirá un Presidente, que lo será también de la sociedad.- El Presidente durará un año en sus funciones, pudiendo ser reelegido indefinidamente.- En esta primera reunión el Directorio elegirá por mayoría de sus miembros al Gerente General de la sociedad, cargo que será compatible con el de director y accionista, pero no con el de Presidente.- El gerente general estará premunido de todas las facultades propias de un factor de comercio y de todas aquellas que les confiera la ley o expresamente le otorgue el directorio.- Nueva cláusula décima quinta: ARTICULO DECIMO QUINTO: Convocatoria a juntas.- Las Juntas, serán convocadas por el Directorio de la sociedad.- El Directorio deberá convocar: a) A Junta Ordinaria de accionistas, a efectuarse dentro del cuatrimestre siguiente a la fecha del balance, con el fin de conocer todos los asuntos de su competencia. b) A Junta Extraordinaria de Accionistas en una fecha diversa, siempre que, a su juicio, los intereses de la sociedad lo justifiquen. c) A Junta de Accionistas, según sea el caso, cuando así lo soliciten accionistas que representen, a lo menos el diez por ciento de las acciones emitidas con derecho a voto, expresando, en la solicitud, los asuntos a tratar en la Junta. En este caso, la Junta deberá celebrarse dentro del plazo de treinta días, a contar de la fecha de la respectiva solicitud. Nuevo artículo primero transitorio: ARTICULO PRIMERO TRANSITORIO. Capital: El capital de la sociedad es la suma de $20.000.0000.- (veinte millones de pesos) divididos en 20.000 (veinte mil) acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, que se suscriben y pagan de la siguiente forma: a) La socia Inversiones Santa Olivia Limitada, suscribe la cantidad de 10.000 (diez mil) acciones que equivalen a $10.000.000.- (diez millones de pesos) y que equivale al 50% del capital social, pagados al contado y en dinero en efectivo ya ingresada a la caja social.- b) La socia Inversiones Nuova Vita SpA, suscribe la cantidad de 10.000 (diez mil) acciones que equivalen a $10.000.000.- (diez millones de pesos) y que equivale al 50% del capital social, pagados al contado y en dinero en efectivo ya ingresada a la caja social.- Nuevo artículo quinto transitorio: ARTICULO QUINTO TRANSITORIO: Los accionistas de conformidad a lo establecido en la cláusula undécima de estos estatutos, designan como directores titulares, para que ejerzan el cargo hasta la próxima Junta Ordinaria de Accionistas a los señores: a) Daniel Enrique Corvalán Rivera, chileno, ingeniero comercial, casado en separación de bienes, cédula nacional de identidad número diez millones seiscientos catorce mil novecientos ochenta y tres guión seis; b) Angelo Renato Borzone Mendoza, chileno, casado y separado totalmente de bienes, ingeniero civil industrial, cédula nacional de identidad número catorce millones trescientos ochenta y siete mil seiscientos ochenta y cinco guion tres; c) Francisco Javier Pérez Ormazabal, chileno, soltero, arquitecto, cedula nacional de identidad número dieciocho millones ciento veinte mil seiscientos veintiuno guión siete. Demás estipulaciones escritura extractada.- Capital social $20.000.000.- Santiago, 25 de enero 2023.
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$2.000.000
Associés (2)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Inversiones Santa Olivia Limitada Accionista 76.255.928-5 | 76.255.928-5 | - | - |
Accionista 76.255.932-3 | 76.255.932-3 | - | - |
Administrateurs (1)
Daniel Enrique Corvalan Rivera
Représentation légale (2)
Daniel Enrique Corvalan Rivera
Texte officiel de l’extrait
Alejandro Américo Alvarez Barrera, Notario Público 41 Notaría Santiago, Suplente titular Félix Jara Cadot, Huérfanos 1160, subsuelo, certifica: Por escritura pública fecha 12 marzo de 2021, repertorio Nº 5930-2021 Viviana del Pilar Berrios Romero, cédula nacional identidad Nº 12.960818-8 domiciliada en Ricardo Lyon N° 3300, departamento 91, comuna Ñuñoa, redujo a e scritura pública Acta Junta Extraordinaria de Accionistas CONSTRUCTORA MARGA MARGA SpA, Inversiones Santa Olivia Limitada, Rut 76.255.928-5, representada por Daniel Enrique Corvalan Rivera Run 10.614.983-6 e Inversiones Nuova Vita SpA, Rut 76.255.932-3, representada por Angelo Renato Borzone Mendoza Run 14.387685- 3, quienes poseen 100% de acciones emitidas por la sociedad, modificaron los estatutos sociales.- Extracto estatutos inscrito a fojas 49303 N° 26835, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces Santiago año 2017.- Modificaciòn clàusulas dècimo primera, dècimo tercera y vigèsimo primera.- Nueva clàusula dècimo primera: ARTICULO DECIMO PRIMERO: Administración.- La sociedad será administrada por don Daniel Enrique Corvalan Rivera, cédula de identidad N° 10.614.983-6, mientras no haga otra de signación la Junta General de Accionistas. El administrador podrá a su vez, delegar la administración de la sociedad en una o más personas, mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio respectivo.- Nueva cláusula décimo tercera: ARTICULO DÉCIMO TERCERO: Facultades de administración.- El administrador de la sociedad podrá actuar, por ella en todos los asuntos, negocios, operaciones, actos y contratos comprendidos en el giro ordinario, necesario o conducente a la gestión del objeto social. Demás facultades en escritura extractada.- En caso de impedimento o ausencia por cualquier motivo del administrador, lo que no será necesario acreditar ante terceros, y sólo respecto de las facultades de administración señaladas en el numeral Uno) de este artículo, podrá actuar y representar a la sociedad sólo respecto de las mencionadas facultades, don Angelo Renato Borzone Mendoza, cédula nacional de identidad N° 14.387.685-3. Nueva cláusula vigèsima primera: ARTICULO VIGESIMO PRIMERO: Reparto de dividendos.- La sociedad podrá repartir a título de dividendos, con cargo a las utilidades anuales líquidas, como mínimo un 50% de las mismas, los que se distribuirán a prorrata de cada acción.- El pago de los dividendos, si los hubiere, deberá ser realizado a más tardar dentro del primer semestre del año siguiente al ejercicio comercial en que se generaron.- Demás estipulaciones escritura extractada.- Capital social $2.000.000.- Santiago, 16 de marzo 2021.
Informations sociétaires
Objet social
a) La ejecución de trabajos obras o servicios vinculados directa o indirectamente a la construcción, movimiento de tierras y cualquier clase de obra de ingeniería y arquitectura, por cuenta propia o ajena; b) la importación, exportación y comercialización de cualquier clase de productos relacionados con la actividad de la construcción y obras de ingeniería y montaje; c) ejecutar en bienes raíces, por cuenta propia o de terceros, toda clase de mejoras, remodelaciones, decoraciones, edificaciones y transformaciones; d) la planificación, el estudio de factibilidad y la ejecución de desarrollos urbanísticos, diseños, paisajistas y ejecución de jardines y áreas verdes, todos los actos tendientes a este cometido; e) la construcción por cuenta propia o ajena de viviendas económicas; f) las adquisiciones de terrenos, materiales y elementos para las edificaciones; g) la ejecución de las obras que derivan o puedan derivar de loteos o urbanizaciones; h) la ejecución por cuenta por cuenta propia o ajena, ya sea como contratista o subcontratista de toda clase de obras destinadas a la construcción de inmuebles, a su ampliación, refacción o demolición; i) la compraventa de sitios y otros inmuebles para la construcción y la demolición de edificios y construcciones de cualquiera especie; y el estudio y construcción, por cuenta propia o ajena de casas, edificios y otros como también la urbanización de los predios; j) la construcción, edificación, montaje, explotación y compraventa de todo tipo de obras de ingeniería civil, sean estas habitacionales, comerciales, industriales, agrícolas, mineras y obras públicas; k) cualquier otra actividad que este de cualquier forma relacionada en la actualidad o en el futuro, con todo lo expresado y cualquier otro negocio a fin que acordaren los socios; l) la prestación de servicios y asesorías en las áreas relacionados con el objeto social
Capital
Capital total
$2.000.000
Capital libéré
$2.000.000
Capital restant dû
$0
Actions
2 000
Associés (2)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Viviana del Pilar Berrios Romero Accionista 12.xxx.xxx-8 | 12.xxx.xxx-8 | 50% | $1.000.000 |
Accionista 11.xxx.xxx-5 | 11.xxx.xxx-5 | 50% | $1.000.000 |
Historique sociétaire relaté
- Constitution· 7 juin 2017
Constitución original de CONSTRUCTORA MARGA MARGA S.A.
- Transformation· 14 mai 2019
La junta extraordinaria acuerda transformar la sociedad desde sociedad anónima a sociedad por acciones.
Texte officiel de l’extrait
Félix Jara Cadot, Notario Público 41 Notaría Santiago, Huérfanos 1160, subsuelo, certifica: Por escritura pública, hoy ante mí, Repertorio N° 17506/2019, se redujo a escritura pública Acta Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad CONSTRUCTORA MARGA MARGA S.A. de fecha 14 de mayo de 2019, sociedad anónima constituida por escritura pública de fecha 07 de junio de 2017, repertorio N° 18605/2017, ante don Eduardo Avello Concha, Nota rio Público de la Vigésimo Séptima Notaria de Santiago, extracto se publicó en el Diario Oficial N° 41.796 del 30 de junio de 2017, y se inscribió a fojas 49303 N° 26835, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, en el año 2017. Con asistencia totalidad acciones en que está dividido capital social se acordó transformar de la sociedad, desde una sociedad anónima a una sociedad por acciones, sustituyéndose los estatutos sociales por los siguientes: Doña Viviana del Pilar Berrios Romero, chilena, soltera, ingeniero comercial, cédula nacional de identidad N° 12.960.818-8, domiciliada en General d el Canto N° 50, comuna de Providencia, y doña Elia Elisa Espíndola Salgado, chilena, casada, cédula nacional de identidad N° 11.570.734-5, domiciliada en General del Canto N° 50, comuna de Providencia, declaran que vienen en constituir una SOCIEDAD por ACCIONES. Nombre: CONSTRUCTORA MARGA MARGA SpA. Domicilio: Providencia, sin perjuicio de las sucursales resto del país o extranjero. Duración: diez años contados desde la fecha de la presente escritura pública. Se prorrogará tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de diez años cada uno, salvo que alguno de los socios manifestase su voluntad de poner término seis meses de anticipación, en los términos establecidos en la escritura. Objeto: a) La ejecución de trabajos obras o servicios vinculados directa o indirectamente a la construcción, movimiento de tierras y cualquier clase de obra de ingeniería y arquitectura, por cuenta propia o ajena; b) la importación, exportación y comercialización de cualquier clase de productos relacionados con la actividad de la construcción y obras de ingeniería y montaje; c) ejecutar en bienes raíces, por cuenta propia o de terceros, toda clase de mejoras, remodelaciones, decoraciones, edificaciones y transformaciones; d) la planificación, el estudio de factibilidad y la ejecución de desarrollos urbanísticos, diseños, paisajistas y ejecución de jardines y áreas verdes, todos los actos tendientes a este cometido; e) la construcción por cuenta propia o ajena de viviendas económicas; f) las adquisiciones de terrenos, materiales y elementos para las edificaciones; g) la ejecución de las obras que derivan o puedan derivar de loteos o urbanizaciones; h) la ejecución por cuenta por cuenta propia o ajena, ya sea como contratista o subcontratista de toda clase de obras destinadas a la construcción de inmuebles, a su ampliación, refacción o demolición; i) la compraventa de sitios y otros inmuebles para la construcción y la demolición de edificios y construcciones de cualquiera especie; y el estudio y construcción, por cuenta propia o ajena de casas, edificios y otros como también la urbanización de los predios; j) la construcción, edificación, montaje, explotación y compraventa de todo tipo de obras de ingeniería civil, sean estas habitacionales, comerciales, industriales, agrícolas, mineras y obras públicas; k) cualquier otra actividad que este de cualquier forma relacionada en la actualidad o en el futuro, con todo lo expresado y cualquier otro negocio a fin que acordaren los socios; l) la prestación de servicios y asesorías en las áreas relacionados con el objeto social.- Capital: Es la suma de $2.000.000.- (dos millones de pesos) divididos en 2.000 (dos mil) acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, que se suscriben y pagan de la siguiente forma: a) La socia Viviana del Pilar Berríos Romero, suscribe la cantidad de 1.000 (mil) acciones a un valor de $1.000.- (mil pesos) cada acción esto es un total de $1.000.000.- (un millón de pesos) y que equivale al 50% del capital social, pagados al contado y en dinero en efectivo ya ingresada a la caja social.- b) La socia Elia Elisa Espíndola Salgado, suscribe la cantidad de 1.000 (mil) acciones a un valor de $1.000.- (mil pesos) cada acción esto es un total de $1.000.000.- (un millón de pesos) y que equivale al 50% del capital social, pagados al contado y en dinero en efectivo ya ingresada a la caja social.- Demás estipulaciones escritura extractada.- Santiago, 12 junio 2019.
Actes récents
- MODIFICACIÓN
CONSTRUCTORA MARGA MARGA SpA
CVE 2805621
- MODIFICACIÓN
Constructora Marga Marga SpA
CVE 2639746
- MODIFICACIÓN
CONSTRUCTORA MARGA MARGA SpA
CVE 2317974
- MODIFICACIÓN
CONSTRUCTORA MARGA MARGA SpA
CVE 2265307
- MODIFICACIÓN
CONSTRUCTORA MARGA MARGA SpA
CVE 1918474
