FOL Abogados & Consultora SpA
Diario Oficial
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$2.000.000
Capital libéré
$2.000.000
Capital restant dû
$0
Actions
1 000
Associés (1)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
FRANCISCO JAVIER GONGORA VILLA Accionista 16.xxx.xxx-9 | 16.xxx.xxx-9 | 100% | $2.000.000 |
Administrateurs (1)
FRANCISCO JAVIER GONGORA VILLA
Historique sociétaire relaté
- Constitution· 12 mai 2016
Se constituyó FOL Abogados & Consultora SpA.
- Cession de droits· 8 février 2020
FRANCISCO JAVIER OXA LARRONDO vende y transfiere la totalidad de las acciones a FRANCISCO JAVIER GONGORA VILLA.
FRANCISCO JAVIER OXA LARRONDO · FRANCISCO JAVIER GONGORA VILLA
- Changement d’administrateur· 8 février 2020
Se modifica la administración, quedando FRANCISCO JAVIER GONGORA VILLA como administrador y/o gerente general.
Texte officiel de l’extrait
FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Abogado, Notario Público Titular 2ª Notaría Santiago, Amunátegui Nº73, Certifica: que con fecha 15 Enero 2020, ante mi Suplente FELIPE EDUARDO LEIVA ILABACA, comparecieron: Don FRANCISCO JAVIER OXA LARRONDO, chileno, soltero, abogado, C.N.I. N° 15.000.863-8 , domiciliado en Santa Victoria N° 387, comuna Santiago, Región Metropolit ana y FRANCISCO JAVIER GONGORA VILLA, chileno, soltero, cientista político, C.N.I. N° 1 6.021.136-9, domiciliado en avenida Carlos Valdovinos N° 1630, comuna Pedro Aguirre Cerda, Región Metropolitana. Antecedentes: La sociedad FOL Abogados & Consultora SpA, fue constituida por escritura pública de fecha 12/05/2016, otorgada en la Notaria de Santiago, Notario don FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, la cual fue inscrita a fojas 41.088, N° 22.527 veintidós mil quinientos veintisiete, del registro de comercio de Santiago, del año 2017, del CBR. de Santiago y publicada en el diario oficial con el N° 41.467, del año 2017. A la fecha la sociedad se encuentra vigente y su capital estatutario asciende a la suma de $2.000.000.-, dividido en 1.000 acciones nominativas de una sola serie, sin valor nominal.- Propiedad sobre las acciones; El vendedor es dueño del total de las acciones de la sociedad, equivalente a 1.000 acciones, según consta en la escritura pública o estatutos de constitución, respectivamente, las que se encuentran íntegramente pagadas en su totalidad.- Compraventa de Acciones; En este acto y por el presente instrumento, El Vendedor don FRANCISCO JAVIER OXA LARRONDO, ya individualizado, vende, cede y transfiere la totalidad de las acciones de la sociedad, al Comprador don FRANCISCO JAVIER GONGORA VILLA, quien adquiere, compra y acepta en el precio señalado y acordado entre las partes, que es el siguiente.- Precio de Venta; El precio de la compraventa de la acción corresponde a la cantidad única, total y definitiva de $500.000.-, precio que el comprador paga al Vendedor al contado y en dinero efectivo en este mismo acto declarando el Vendedor haberlo recibido a su entera y total conformidad, dando por íntegramente pagado y cancelado el Precio acordado entre las partes Vendedora y Comprador por las acciones. Así mismo, el Comprador declara estar a su entera conformidad.- Socio; Como consecuencia de lo anterior, queda como único socio de la sociedad “FOL Abogados & Consultora SpA”, desde la fecha de esta escritura pública, don Francisco Javier Gongora Villa con las 1.000 acciones, equivalentes al 100% de estas.- Domicilio; Para todos los efectos legales, las Partes fijan su domicilio en la ciudad de Santiago y se someten a la competencia de sus Tribunales Ordinarios de Justicia.- Administración; Se viene en este acto modificar la administración de la sociedad, quedando como Administrador y/o Gerente General don FRANCISCO JAVIER GONGORA VILLA, que podrá anteponiendo la razón social a su firma, teniendo las más amplias facultades y poderes de representación judicial y extrajudicialmente, administración y negociación en el plano nacional como internacional de acuerdo a todas las competencias estipuladas en la escritura de constitución o estatutos de constitución de la sociedad, para ejecutar todos los actos y gestiones necesarias para la correcta marcha de la sociedad que se relacionen directa e indirectamente con su giro, a modo de ejemplo y no siendo taxativa las competencias y facultades escritas en la escritura pública de constitución, las que se dan por reproducidas en este instrumento.- En lo no modificado, los socios o el socio ratifican el pacto social y sus modificaciones.- Poder al portador; Se faculta Se faculta al portador de un ejemplar original del presente instrumento para requerir las anotaciones, inscripciones y subinscripciones que procedan o sean pertinentes, en el registro de comercio, en el servicio de impuestos internos u otra cualquiera institución.- Demás Estipulaciones en escritura pública de constitución extractada.- Santiago 08 de febrero 2020.-
Actes récents
- MODIFICACIÓN
FOL Abogados & Consultora SpA
CVE 1725895
