Société par actions76.720.820-0

Bralic Y Echeverría SpA

MODIFICACIÓN — 2 janv. 2026

Diario Oficial

ModificationDiario Oficial · 2026-01-02Voir le PDF (CVE 2749551)

Informations sociétaires

SpA
Avenida Presidente Riesco N° 5561, oficina 903

Capital

Capital total

$767.590.294

Capital libéré

$767.590.294

Capital restant dû

$0

Actions

767 590 294

Associés (6)

NomParticipation

Pedro Bralic Escríbar

Accionista

20%

María del Pilar Julia Ramona Echeverría de Cárcer

Accionista

20%

Pedro Bralic Echeverría

Accionista

15%

Felipe Bralic Echeverría

Accionista

15%

María del Pilar Bralic Echeverría

Accionista

15%

Andrea Bralic Echeverría

Accionista

15%

Historique sociétaire relaté

  1. Transformation· 30 décembre 2021

    Se otorga la escritura de transformación de la sociedad.

    Javier Andrés Ugarte Uribe

  2. Autre acte· 30 août 2024

    Se otorga la escritura de fusión de la sociedad con una sociedad absorbida.

    Javier Andrés Ugarte Uribe

Texte officiel de l’extrait

Ministerio del Interior Pablo Martínez Loaiza, abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaría de La Reina, domiciliado en Avenida Príncipe de Gales N° 5.841, la Reina, certifica: Que por escritura pública de aclaración y rectificación de fecha 18 de diciembre de 2025, otorgada en la Notaría Pública de La Reina de don Pablo Martínez Loaiza bajo el Repertorio N° 73.390, comparece JAVIER ANDRÉS UGARTE URIBE, chileno, casado, abogado, cédula nacional de identidad N° 13.234.367- 5, en representación de BRALIC Y ECHEVERRÍA SpA, debidamente facultado para ello; ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Presidente Riesco N° 5561, oficina 903, Las Condes, Santiago, Región Metropolitana; de la Sociedad “BRALIC Y ECHEVERRÍA SpA”, en adelante también la “Sociedad”; inscrita a Fojas 49.808 N° 35.582 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2006; quien debidamente facultado vino en aclarar y rectificar las siguientes escrituras públicas: i) Escritura de transformación. JAVIER ANDRÉS UGARTE URIBE, cédula nacional de identidad N° 13.234.367-5, en representación de BRALIC Y ECHEVERRÍA SpA, debidamente facultado para ello, aclaró y rectificó la escritura de fecha 30 de diciembre de 2021, otorgada en la Notaría Pública de Santiago de don Luis Ignacio Manquehual Mery bajo el Repertorio N° 24.077 (“Escritura de Transformación”). Un extracto de dicha escritura rola inscrito a fojas 2.800 Número 1.283 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2022 y publicado en el Diario Oficial en su edición del día 14 de enero de 2022. La rectificación dice relación con la suscripción del capital y su forma de pago, según se establece en el Artículo Primero Transitorio de la Escritura de Transformación de la Sociedad. Para tales efectos, Javier Andrés Ugarte Uribe, debidamente facultado para ello, rectificó el Artículo Primero Transitorio de la Escritura de Transformación por el siguiente nuevo texto: “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO. Suscripción y Pago del Capital. El capital de la Sociedad es la suma de setecientos sesenta y seis millones quinientos noventa mil doscientos noventa y cuatro pesos, dividido en setecientos sesenta y seis millones quinientos noventa mil doscientos noventa y cuatro acciones nominativas, ordinarias, de una misma serie y sin valor nominal, el cual se ha suscrito y pagado de la siguiente forma: a) Pedro Bralic Escríbar suscribe ciento cincuenta y tres millones trescientos dieciocho mil cincuenta y nueve acciones por un valor de ciento cincuenta y tres millones trescientos dieciocho mil cincuenta y nueve pesos, equivalentes al veinte por ciento del capital social; el cual ha sido pagado con anterioridad a la fecha del presente instrumento; b) María del Pilar Julia Ramona Echeverría de Cárcer suscribe ciento cincuenta y tres millones trescientos dieciocho mil cincuenta y nueve acciones, por un valor de ciento cincuenta y tres millones trescientos dieciocho mil cincuenta y nueve pesos, equivalentes al veinte por ciento del capital social; el cual ha sido pagado con anterioridad a la fecha del presente instrumento; c) Pedro Bralic Echeverría suscribe ciento catorce millones novecientos ochenta y ocho mil quinientos cuarenta y cuatro acciones, por un valor de ciento catorce millones novecientos ochenta y ocho mil quinientos cuarenta y cuatro pesos, equivalentes al quince por ciento del capital social; el cual ha sido pagado con anterioridad a la fecha del presente instrumento; d) María del Pilar Bralic Echeverría suscribe ciento catorce millones novecientos ochenta y ocho mil quinientos cuarenta y cuatro acciones, por un valor de ciento catorce millones novecientos ochenta y ocho mil quinientos cuarenta y cuatro pesos, equivalentes al quince por ciento del capital social; el cual ha sido pagado con anterioridad a la fecha del presente instrumento; e) Felipe Bralic Echeverría suscribe ciento catorce millones novecientos ochenta y ocho mil quinientos cuarenta y cuatro acciones, por un valor de ciento catorce millones novecientos ochenta y ocho mil quinientos cuarenta y cuatro pesos, equivalentes al quince por ciento del capital social; el cual ha sido pagado con anterioridad a la fecha del presente instrumento; y, Andrea Bralic Echeverría suscribe ciento catorce millones novecientos ochenta y ocho mil quinientos cuarenta y cuatro acciones, por un valor de ciento catorce millones novecientos ochenta y ocho mil quinientos cuarenta y cuatro pesos, equivalentes al quince por ciento del capital social; el cual ha sido pagado con anterioridad a la fecha del presente instrumento”; y ii) Escritura de fusión. JAVIER ANDRÉS UGARTE URIBE, cédula nacional de identidad N° 13.234.367-5, en representación de BRALIC Y ECHEVERRÍA SpA, debidamente facultado para ello, aclaró y rectificó la escritura de fusión de fecha 30 de agosto de 2024 otorgada en la Notaría Pública de don Pablo Martínez Loaiza bajo el Repertorio N° 16.821 (“Escritura de Fusión”). Un extracto de dicha escritura pública rola inscrito a 23.970 Número 9.309 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2025 y oportunamente publicado en el Diario Oficial. La rectificación dice relación con la comparecencia de los accionistas de la Sociedad en la Escritura de Fusión, como también el Artículo Primero Transitorio que resulta una vez aprobada y materializada la fusión de la Sociedad con la sociedad absorbida. Para tales efectos, Javier Andrés Ugarte Uribe, debidamente facultado para ello, rectificó el Artículo Primero Transitorio de la Escritura de Fusión por el siguiente nuevo texto: “Artículo Primero Transitorio: El capital de la Sociedad asciende a la suma de setecientos sesenta y siete millones quinientos noventa mil doscientos noventa y cuatro pesos, dividido en setecientos sesenta y siete millones quinientos noventa mil doscientos noventa y cuatro acciones nominativas, ordinarias, de una sola serie, sin valor nominal, suscrito y pagado íntegramente. Se deja constancia que el capital social se encuentra íntegramente suscrito y pagado por los accionistas, ya sea por sí o por sus antecesores en sus derechos, y que la actual composición accionaria es la siguiente: a) Pedro Bralic Escríbar suscribe ciento cincuenta y tres millones quinientos dieciocho mil cincuenta y nueve acciones, por el valor de ciento cincuenta y tres millones quinientos dieciocho mil cincuenta y nueve pesos, equivalentes al veinte por ciento del capital social; b) María del Pilar Julia Ramona Echeverría de Cárcer suscribe ciento cincuenta y tres millones quinientos dieciocho mil cincuenta y nueve acciones, por el valor de ciento cincuenta y tres millones quinientos dieciocho mil cincuenta y nueve pesos, equivalentes al veinte por ciento del capital social; c) Pedro Bralic Escríbar suscribe ciento quince millones ciento treinta y ocho mil quinientos cuarenta y cuatro acciones, por un valor de ciento quince millones ciento treinta y ocho mil quinientos cuarenta y cuatro pesos, equivalentes al quince por ciento del capital social; d) Felipe Bralic Echeverría suscribe ciento quince millones ciento treinta y ocho mil quinientos cuarenta y cuatro acciones, por un valor de ciento quince millones ciento treinta y ocho mil quinientos cuarenta y cuatro pesos, equivalentes al quince por ciento del capital social; e) María del Pilar Bralic Echeverría suscribe ciento quince millones ciento treinta y ocho mil quinientos cuarenta y cuatro acciones, por un valor de ciento quince millones ciento treinta y ocho mil quinientos cuarenta y cuatro pesos, equivalentes al quince por ciento del capital social; y, f) Andrea Bralic Echeverría suscribe ciento quince millones ciento treinta y ocho mil quinientos cuarenta y cuatro acciones, por un valor de ciento quince millones ciento treinta y ocho mil quinientos cuarenta y cuatro pesos, equivalentes al quince por ciento del capital social. De esta manera se encuentra íntegramente suscrito y pagado el capital social”. En todo lo no modificado por la escritura extractada, siguen plenamente vigentes los acuerdos adoptados en la Escritura de Transformación y en la Escritura de Fusión. Demás estipulaciones en escritura extractada. Pablo Martínez Loaiza, Notario Público Titular, La Reina, 24 de diciembre de 2025.

ModificationDiario Oficial · 2025-04-02Voir le PDF (CVE 2628860)

Informations sociétaires

SpA
Avenida Presidente Riesco N° 5561, oficina 903

Capital

Capital total

$767.590.294

Capital libéré

$767.590.294

Capital restant dû

$0

Actions

767 590 294

Associés (6)

NomParticipation

Pedro Bralic Escríbar

Accionista

765 322 485 act.

María del Pilar Julia Ramona Echeverría de Cárcer

Accionista

316 953 act.

Pedro Bralic Echeverría

Accionista

237 714 act.

María del Pilar Bralic Echeverría

Accionista

237 714 act.

Felipe Bralic Echeverría

Accionista

237 714 act.

Andrea Bralic Echeverría

Accionista

237 714 act.

Représentants auprès du SII (1)

Andrés Gómez Cárdenas

19.xxx.xxx-1Representante

Historique sociétaire relaté

  1. Transformation· 30 août 2024

    Se otorgó la escritura de fusión entre Bralic y Echeverría SpA y BRECH Asesorías SpA.

    Bralic y Echeverría SpA · BRECH Asesorías SpA

  2. Autre acte· 14 février 2025

    Se aclaró, rectificó y saneó la escritura de fusión, corrigiendo los textos relativos a balances e informe pericial y ratificando íntegramente la fusión.

    Andrés Gómez Cárdenas

Texte officiel de l’extrait

Ministerio del Interior Pablo Martínez Loaiza, abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaría de La Reina, domiciliado en Avenida Príncipe de Gales N° 5.841, la Reina, certifica: Que por escritura pública de aclaración, rectificación y saneamiento de fecha 14 de febrero de 2025, otorgada en la Notaría Pública de La Reina de don Pablo Martínez Loaiza, ante su Notario Suplente don Rafael Orlando Corvalán Guerra, bajo el Repertorio N° 6.928, comparece Andrés Gómez Cárdenas, chileno, soltero, abogado, cédula nacional de identidad N° 19.688.306-1, en representación de BRALIC Y ECHEVERRÍA SpA, debidamente facultado para ello; domiciliados para estos efectos en Avenida Presidente Riesco N° 5561, oficina 903, Las Condes, Santiago, Región Metropolitana; de la Sociedad “BRALIC Y ECHEVERRÍA SpA”, en adelante también la “Sociedad”; inscrita a Fojas 49.808 N° 35.582 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2006; quien debidamente facultado vino en aclarar, rectificar y sanear la fusión por incorporación de “BRECH Asesorías SpA” /en adelante la “Sociedad Absorbida”/, en la sociedad “Bralic y Echeverría SpA“ /en adelante la “Sociedad Absorbente”/; y se acordó lo siguiente: a) Rectificación: don Andrés Gómez Cárdenas, cédula nacional de identidad N° 19.688.306-1, debidamente facultado para ello, aclaró y rectificó la escritura pública de fusión de fecha 30 de agosto de 2024, otorgada ante el Notario Titular de la Notaría Pública de La Reina de don Pablo Martínez Loaiza bajo el Repertorio N° 16.821 (la “Escritura de Fusión”), mediante la cual se corrigieron los textos de los literales b. y d. del acápite „III. Objeto de la Junta, exposición de las materias y Acuerdos? de la Escritura de Fusión, en orden a corregir los números de los Balances de Fusión y el Informe Pericial de fusión. Todo lo anterior, debido a que, con ocasión de la solicitud de inscripción del extracto de fusión en trámite, la Sociedad se percató de determinados errores que repercutían en el capital social posterior a la fusión. Como consecuencia de lo anterior, se acordó rectificar los artículos Quinto y Primero Transitorio de los Estatutos, relativos al capital de la Sociedad Absorbente, reemplazándolos por los siguientes nuevos textos: “ARTÍCULO QUINTO: Capital. El capital de la sociedad asciende a la suma de $767.590.294, y se divide en 767.590.294 acciones nominativas, ordinarias, de una sola serie, sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas en la forma establecida en el Artículo Primero Transitorio de estos estatutos sociales.”. “Artículo Primero Transitorio: El capital de la Sociedad es la cantidad de $767.590.294, y se divide en 767.590.294 acciones nominativas, ordinarias, de una sola serie, sin valor nominal, suscrito y pagado íntegramente con anterioridad. Se deja constancia que el capital social se encuentra íntegramente suscrito y pagado por los accionistas, ya sea por sí o por sus antecesores en sus derechos; y que la actual composición accionaria es la siguiente: a) Pedro Bralic Escríbar suscribe 765.322.485 acciones; b) María del Pilar Julia Ramona Echeverría de Cárcer suscribe 316.953 acciones; c) Pedro Bralic Echeverría suscribe 237.714 acciones; d) María del Pilar Bralic Echeverría suscribe 237.714 acciones; e) Felipe Bralic Echeverría suscribe 237.714 acciones, y, f) Andrea Bralic Echeverría suscribe 237.714 acciones; b) Saneamiento: A través de la escritura pública de aclaración, rectificación y saneamiento de fecha 14 de febrero de 2025 que se extracta, el compareciente saneó los acuerdos adoptados mediante escritura pública de fusión entre las sociedades Bralic y Echeverría SpA y BRECH Asesorías de fecha 30 de agosto de 2024, otorgada en la Notaría de La Reina de don Pablo Martínez Loaiza bajo el Repertorio N° 16.821; con motivo de la inscripción en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago y la publicación en el Diario Oficial extemporáneas. En la escritura pública de saneamiento de fecha 14 de febrero de 2025, el compareciente, en representación de la sociedad Bralic y Echeverría SpA, ratificó expresa y totalmente el contenido de la Escritura de Fusión indicada; ya que no se cumplió dentro del plazo legal con los trámites legales de inscripción del extracto ni la publicación en el Diario Oficial. Todo lo anterior, para efectos de dar cumplimiento con lo dispuesto en la Ley N° 19.499 que establece normas sobre saneamiento de vicios de nulidad de sociedades y así proceder con las inscripciones y publicaciones correspondientes, dentro del plazo legal. En todo lo no modificado por la escritura extractada, siguen plenamente vigentes los acuerdos adoptados en la Escritura de Fusión. Demás estipulaciones en escritura extractada. Pablo Martínez Loaiza, Notario Público Titular, La Reina, 24 de marzo de 2025.

Actes récents

  1. MODIFICACIÓN

    BRALIC Y ECHEVERRÍA SpA

    CVE 2749551

  2. MODIFICACIÓN

    BRALIC Y ECHEVERRÍA SpA

    CVE 2628860

Relations sociétaires

EntreprisePersonneDiario OficialRelation historique (terminée)