Casa de Reposo María Eugenia Limitada
Diario Oficial
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$3.000.000
Capital libéré
$3.000.000
Capital restant dû
$0
Associés (2)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Socio | - | 50% | $1.500.000 |
Socio | - | 50% | $1.500.000 |
Administrateurs (2)
Historique sociétaire relaté
- Constitution· 6 octobre 2015
Constitución original de la sociedad.
Carlos Manuel Wahr Daniel · Héctor Eugenio Vargas Escobar · Francia Andrea Bustos Quezada
Texte officiel de l’extrait
LUIS ENRIQUE TAVOLARI OLIVEROS, Abogado, Notario Público Titular de Viña del Mar, con oficio en esta comuna, Avenida Libertad 1155-A, certifica que por escritura pública de modificación de Sociedad, de fecha 30 de abril de 2018, ante mí: Don CARLOS MANUEL WAHR DANIEL, domiciliado en Quilpué, General Velásquez número quinientos catorce guión C, don HÉCTOR EUGENIO VARGAS ESCOBAR, domiciliado en Quilpué, Dos Poniente número cuatrocientos cincuenta y dos, y doña FRANCIA ANDREA BUSTOS QUEZADA, domiciliada en Quilpué, Dos Poniente cuatrocientos cincuenta y dos, modificaron la Sociedad Comercial de responsabilidad Limitada cuyo nombre y razón social es “Casa de Reposo María Eugenia Limitada”, Rut. Nº76.719.735-7, inscrita a fojas 187 vuelta N°197 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Quilpué del año 2015. Las modificaciones son las siguientes:1) Se retira de la Sociedad, don Carlos Manuel Wahr Daniel, cediendo todos sus derechos a Héctor Eugenio Vargas Escobar y a doña Francia Andrea Bustos Quezada por partes iguales; 2) Se elimina el nombre y apellidos de don Carlos Wahr Daniel en la cláusula tercera del contrato social primitivo, quedando la administración y el uso de la razón social con don Héctor Eugenio Vargas Escobar y doña Francia Andrea Bustos Quezada en forma conjunta, separada e indistintamente, quienes actuando por la Sociedad y anteponiendo la razón social a su firma tendrán la representación con las más amplias facultades que se mencionan en esta cláusula que se modifica; 3) Se modifica la cláusula cuarta del contrato social primitivo en el sentido que se elimina el nombre y apellido de don Carlos Manuel Wahr Daniel, quedando los aportes de don Héctor Eugenio Vargas Escobar y doña Francia Andrea Bustos Quezada en $1.500.000 cada uno enterado en las arcas sociales, manteniéndose el capital de la Sociedad en la suma de $3.000.000;4) Se mantienen vigentes todas las demás cláusulas mencionadas en el contrato de constitución de esta Sociedad, otorgado ante el Notario de Viña del Mar Juan Enrique Melo Figueroa, Suplente del Titular, don Luis Enrique Tavolari Oliveros de fecha 6 de Octubre del año 2015. Se faculta al portador de copia autorizada de la presente escritura y su extracto para requerir las inscripciones, anotaciones, firmas, minutas que procedan en los competentes registros. Viña del Mar, 03 de mayo de 2018.
Actes récents
- MODIFICACIÓN
Casa de Reposo María Eugenia Limitada
CVE 1394266
