Asesorías Profesionales Croncapital Limitada
Diario Oficial
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$1.000.000
Capital libéré
$1.000.000
Capital restant dû
$0
Associés (4)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
RICARDO ENRIQUE BECKER NAVARRETE Socio | - | 25% | $250.000 |
Socio | - | 25% | $250.000 |
IGNACIO JOSÉ TOMÁS BASAGOITÍA CASTRO Socio | - | 30% | $300.000 |
Socio | - | 20% | $200.000 |
Administrateurs (4)
RICARDO ENRIQUE BECKER NAVARRETE
IGNACIO JOSÉ TOMÁS BASAGOITÍA CASTRO
Texte officiel de l’extrait
Patricio Raby Benavente, Notario Titular de la Quinta Notaría de Santiago con domicilio en Gertrudis Echenique número 30, oficina 32, comuna de Las Condes, Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 25 de marzo de 2024 otorgada ante mí, don Ricardo Enrique Becker Navarrete, don Mauricio Oscar Rojas Lagos, don Ignacio José Tomás Basagoitía Castro, don Juan Cristóbal Band del Río y don Eduardo Patricio de la Maza Navarrete, todos ellos domiciliados en Avenida Nueva Tajamar 481, oficina 704, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, modificaron Asesorías Profesionales Croncapital Limitada, Rol Único Tributario Número 76.704.048-2, inscrita a fojas 84.857 número 36.609 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2023, así: Don Eduardo Patricio de la Maza Navarrete vendió, cedió y transfirió a don Ricardo Enrique Becker Navarrete un 15% de los derechos sociales. Precio: $150.000, que se pagó acto escritura extractada, en dinero efectivo. Don Eduardo Patricio de la Maza Navarrete vendió, cedió y transfirió a don Mauricio Oscar Rojas Lagos un 15% de los derechos sociales. Precio: $150.000, que se pagó acto escritura extractada, en dinero efectivo. Socios acordaron reemplazar el artículo cuarto de los estatutos sociales por el siguiente: “ARTÍCULO CUARTO: Capital de la Sociedad. El capital de la sociedad es la suma de un millón de pesos, íntegramente pagado por los socios de la manera que a continuación se señala: a) El socio RICARDO ENRIQUE BECKER NAVARRETE con la suma de doscientos cincuenta mil pesos; b) El socio MAURICIO ÓSCAR ROJAS LAGOS con la suma de doscientos cincuenta mil pesos; c) El socio IGNACIO JOSÉ TOMÁS BASAGOITÍA CASTRO, con la suma de trescientos mil pesos; y d) El socio JUAN CRISTÓBAL BAND DEL RÍO, con la suma de doscientos mil pesos.”. Socios acordaron modificar el artículo sexto de los estatutos sociales relativo a la administración de la sociedad, señalando que la administración y representación de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá a los apoderados de la Sociedad: Clase A: don RICARDO ENRIQUE BECKER NAVARRETE y don MAURICIO ÓSCAR ROJAS LAGOS; Clase B: don IGNACIO JOSÉ TOMÁS BASAGOITIA CASTRO y don JUAN CRISTÓBAL BAND DEL RÍO, quienes obrando uno cualquiera de los apoderados clase A en conjunto con uno cualquiera de los apoderados clase B, y anteponiendo sus firmas a la razón social, representarán a la Sociedad con las más amplias facultades, señaladas a título ejemplar y no limitativo en escritura extractada. En lo no modificado permanecen plenamente vigentes los estatutos sociales. Socios reiteraron que limitan responsabilidad social por negocios y obligaciones sociales hasta monto respectivos aporte. Demás estipulaciones no son objeto de extracto y constan en escritura extractada. Santiago, 01 de Abril de 2024. Patricio Raby Benavente, Notario Titular.
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- MODIFICACIÓN
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CVE 2476965
