Société à responsabilité limitée76.697.419-8

Sociedad Médica Oftalmológica Mittersteiner Baeza Limitada

MODIFICACIÓN — 5 juil. 2024

Diario Oficial

ModificationDiario Oficial · 2024-07-05Voir le PDF (CVE 2514640)

Informations sociétaires

Ltda
calle dieciocho de septiembre número seiscientos veintidós, departamento mil trescientos cinco guion A

Objet social

La sociedad tendrá por objeto: A) La prestación de servicios profesionales en diversas especialidades de la medicina y en el área de la salud en general en su más amplio sentido y alcance, principalmente toda actividad relacionada con la medicina general, oftalmología y tecnología médica, en todas y cada una de las especialidades relacionadas, en forma directa o a través de convenios con particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Institucionales de Salud Previsional, servicios de bienestar de orden público de organismos públicos, municipales o privados, fiscales o semifiscales. B) Dar clases y/o cursos, charlas, exposiciones, simposios, seminarios o similares, tanto en entidades públicas como privadas sobre las áreas descritas. C) Establecer Consultas Médicas, Centros Médicos y de investigación, de Diagnóstico y Tratamiento, Laboratorio, exploración médica y terapéutica, procedimientos de estudio y toda actividad afín que se acuerde en lo sucesivo. D) La adquisición, enajenación, arrendamiento, subarrendamiento u otras formas de explotación de toda clase de bienes, especialmente de bienes inmuebles, sean estos predios rústicos o urbanos, parcelar, subdividir, lotear, urbanizar y construir en ellos por cuenta propia o ajena, explotarlos directamente o por terceros, en cualquier forma a fin de obtener su rentabilidad. E) Compra, venta, importación y exportación, arrendamiento, leasing, subarrendamiento de todo tipo de instrumentos, implementos, insumos y equipos médicos en general, y mobiliario para realizar consultas médicas, toma de exámenes, diagnóstico y tratamientos; explotarlos directamente o por terceros, en cualquier forma de obtener su rentabilidad. F) La obtención de rentas y frutos provenientes de toda clase de inversiones, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, letras de cambio, pagarés, letras de crédito, certificados de depósitos, documentos negociables, valores inmobiliarios y todo efectos de comercio; títulos de crédito, instrumentos financieros y, en general, toda clase de títulos o valores, pudiendo concurrir o participar en la formación o ingresar en toda clase de personas, de capitales, comunidades, asociaciones y cuentas en participación; G) La realización de actividades de educación, capacitación, enseñanza, investigación y prevención en el área de la salud. H) En general, realizar actos de comercio relacionados, directa o indirectamente, con los mencionados objetos, y todo otro negocio o actividad que acordaren los socios

Capital

Capital total

$500.000

Associés (2)

NomParticipation

DIEGO MATTHIAS MITTERSTEINER THOMAS

Socio

17.xxx.xxx-4

60%

CAMILA NICOLE BAEZA HERMOSILLA

Socio

17.xxx.xxx-8

40%

Texte officiel de l’extrait

MARIANELA ANGÉLICA BUSTOS BUSTOS, Notaria Pública de la Novena Notaría de Temuco, provincia de Cautín, Suplente de la Titular doña PAULA NICOLE FALCON CARTES, según decreto económico número 236-2024, inserto en escritura pública repertorio número 791-2024 y agregado al final del registro de instrumentos públicos del tercer bimestre del año en curso, con el número 1735, con oficio en Avenida Alemania número trescientos veinte, comuna de Temuco, conforme a lo dispuesto en el inciso final del Artículo 402 del Código Orgánico de Tribunales, incorporado por la Ley 18.969, certifico: Por escritura pública, otorgada, ante doña Paula Nicole Falcon Cartes, Notaria Pública Titular de la Novena Notaria de Temuco, con fecha 25 de junio del año 2024, Repertorio número 779- 2024, DIEGO MATTHIAS MITTERSTEINER THOMAS, cédula nacional de identidad número 17.365.429- 4 y doña CAMILA NICOLE BAEZA HERMOSILLA, cédula nacional de identidad número 17.983.377-8, ambos con domicilio en calle dieciocho de septiembre número seiscientos veintidós, departamento mil trescientos cinco guion A, de la comuna de Temuco; modificaron la “SOCIEDAD MÉDICA OFTALMOLÓGICA MITTERSTEINER BAEZA LIMITADA”, Rol Único Tributario número 76.697.419-8, inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco a fojas 360, bajo el número 225 del año 2019. MODIFICACIÓN: Los socios, de común acuerdo modificaron, las siguientes cláusulas de la escritura de constitución de la sociedad: 1) cláusula SEGUNDA de los estatutos sociales, en el sentido de ampliar el objeto de la sociedad, entendiéndose desde ahora y para todos los efectos, en el siguiente sentido: “SEGUNDO: OBJETO SOCIAL. La sociedad tendrá por objeto: A) La prestación de servicios profesionales en diversas especialidades de la medicina y en el área de la salud en general en su más amplio sentido y alcance, principalmente toda actividad relacionada con la medicina general, oftalmología y tecnología médica, en todas y cada una de las especialidades relacionadas, en forma directa o a través de convenios con particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Institucionales de Salud Previsional, servicios de bienestar de orden público de organismos públicos, municipales o privados, fiscales o semifiscales. B) Dar clases y/o cursos, charlas, exposiciones, simposios, seminarios o similares, tanto en entidades públicas como privadas sobre las áreas descritas. C) Establecer Consultas Médicas, Centros Médicos y de investigación, de Diagnóstico y Tratamiento, Laboratorio, exploración médica y terapéutica, procedimientos de estudio y toda actividad afín que se acuerde en lo sucesivo. D) La adquisición, enajenación, arrendamiento, subarrendamiento u otras formas de explotación de toda clase de bienes, especialmente de bienes inmuebles, sean estos predios rústicos o urbanos, parcelar, subdividir, lotear, urbanizar y construir en ellos por cuenta propia o ajena, explotarlos directamente o por terceros, en cualquier forma a fin de obtener su rentabilidad. E) Compra, venta, importación y exportación, arrendamiento, leasing, subarrendamiento de todo tipo de instrumentos, implementos, insumos y equipos médicos en general, y mobiliario para realizar consultas médicas, toma de exámenes, diagnóstico y tratamientos; explotarlos directamente o por terceros, en cualquier forma de obtener su rentabilidad. F) La obtención de rentas y frutos provenientes de toda clase de inversiones, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, letras de cambio, pagarés, letras de crédito, certificados de depósitos, documentos negociables, valores inmobiliarios y todo efectos de comercio; títulos de crédito, instrumentos financieros y, en general, toda clase de títulos o valores, pudiendo concurrir o participar en la formación o ingresar en toda clase de personas, de capitales, comunidades, asociaciones y cuentas en participación; G) La realización de actividades de educación, capacitación, enseñanza, investigación y prevención en el área de la salud. H) En general, realizar actos de comercio relacionados, directa o indirectamente, con los mencionados objetos, y todo otro negocio o actividad que acordaren los socios”. Dos) cláusula OCTAVA que dicen relación con la distribución de utilidades y pérdidas entre los socios, estableciendo porcentajes distintos a los de su participación y, en consecuencia, deja sin efecto además cualquier disposición de la escritura de constitución señalada en la cláusula anterior, que diga relación con este aspecto, entendiéndose desde ahora y para todos los efectos, en el siguiente sentido: “OCTAVO: DISTRIBUCIÓN DE UTILIDADES Y EVENTUALES PERDIDAS. Las utilidades y eventuales perdidas que arroje el balance de la sociedad, deducidas las reservas legales, se distribuirán entre los socios en la siguiente proporción: a) de un 60 % para el socio DIEGO MATTHIAS MITTERSTEINER THOMAS, y b) de un 40% para la socia CAMILA NICOLE BAEZA HERMOSILLA. Los socios de común acuerdo declaran y establecen que las proporciones antes señaladas tienen directa relación con las obligaciones personales que cada socio tendrá en el desarrollo del giro de la sociedad, de conformidad a los servicios y trabajo personal que cada uno de ellos realizará en la actividad social. Si la razonabilidad de los criterios mencionados y/o el porcentaje de las atribuciones expresamente asignadas, se ve alterada por circunstancias en el futuro, los socios de común acuerdo podrán modificarlo cumpliendo las solemnidades legales requeridas para este tipo societario”. En todo lo que no se modifica, seguirán vigentes íntegramente las estipulaciones del pacto social de la constitución. CAPITAL: El capital social es de $500.000. Demás estipulaciones en la escritura extractada. Temuco, 01 de Julio de 2024.

ConstitutionDiario Oficial · 2019-03-18Voir le PDF (CVE 1562164)

Informations sociétaires

Ltda
Temuco, Araucanía
Durée: cinco años, renovable tácitamente y sucesivamente por períodos iguales de cinco años
Administration: corresponderá a don DIEGO MATTHIAS MITTERSTEINER THOMAS, facultades en pacto social

Objet social

a) La prestación de servicios profesionales en diversas especialidades de la medicina y en el área de la salud en general en su más amplio sentido y alcance, principalmente toda actividad relacionada con la medicina general, oftalmología y tecnología médica, en todas y cada una de las especialidades relacionadas, en forma directa o a través de convenios con particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Institucionales de Salud Previsional, servicios de bienestar de orden público de organismos públicos, municipales o privados, fiscales o semifiscales. b) Dar clases y/o cursos, charlas, exposiciones, simposios, seminarios o similares, tanto en entidades públicas como privadas sobre las áreas descritas.

Capital

Capital total

$500.000

Capital libéré

$500.000

Capital restant dû

$0

Associés (2)

NomParticipation

DIEGO MATTHIAS MITTERSTEINER THOMAS

Socio

17.xxx.xxx-4

70%

CAMILA NICOLE BAEZA HERMOSILLA

Socio

17.xxx.xxx-8

30%

Administrateurs (1)

DIEGO MATTHIAS MITTERSTEINER THOMAS

17.xxx.xxx-4Administrador

Texte officiel de l’extrait

JORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público Temuco, oficio en esta ciudad A. Varas Nº 976, certifico: por escritura pública fecha once de Marzo de dos mil diecinueve, ante mí, don DIEGO MATTHIAS MITTERSTEINER THOMAS, chileno, casado, médico cirujano, especialista en oftalmología, cédula de identidad número diecisiete millones trescientos sesenta y cinco mil cuatrocientos veintinueve guion cuatro; y doña CAMILA NICOLE BAEZA HERMOSILLA, chilena, tecnólogo médico, casada bajo el régimen de sociedad conyugal, quien actúa en el ejercicio de su patrimonio reservado de mujer casada, en los términos del artículo ciento cincuenta del Código Civil, cédula de identidad número diecisiete millones novecientos ochenta y tres mil trescientos setenta y siete guion ocho, ambos con domicilio en calle Dieciocho de Septiembre número seiscientos veintidós, departamento mil trescientos cinco guion A, comuna y ciudad de Temuco, Región de la Araucanía, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada.- RAZON SOCIAL: “SOCIEDAD MÉDICA OFTALMOLÓGICA MITTERSTEINER BAEZA LIMITADA”, nombre de fantasía “MITTERSTEINER BAEZA LTDA”.- ADMINISTRACION, REPRESENTACION Y USO RAZON SOCIAL: corresponderá a don DIEGO MATTHIAS MITTERSTEINER THOMAS, facultades en pacto social.- CAPITAL: QUINIENTOS MIL PESOS, los que serán aportados por los socios, de la siguiente manera: UNO) don DIEGO MATTHIAS MITTERSTEINER THOMAS, aporta la suma de TRESCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS, al contado, en dinero efectivo, ingresado en caja social en acto escritura, correspondiéndole por tanto, el SETENTA POR CIENTO de los haberes y derechos sociales; DOS) Doña CAMILA NICOLE BAEZA HERMOSILLA, aporta la suma de CIENTO CINCUENTA MIL PESOS, al contado, en dinero efectivo, ingresado en caja social en acto escritura, correspondiéndole por tanto, el TREINTA POR CIENTO de los haberes y derechos sociales. Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. OBJETO: a) La prestación de servicios profesionales en diversas especialidades de la medicina y en el área de la salud en general en su más amplio sentido y alcance, principalmente toda actividad relacionada con la medicina general, oftalmología y tecnología médica, en todas y cada una de las especialidades relacionadas, en forma directa o a través de convenios con particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Institucionales de Salud Previsional, servicios de bienestar de orden público de organismos públicos, municipales o privados, fiscales o semifiscales. b) Dar clases y/o cursos, charlas, exposiciones, simposios, seminarios o similares, tanto en entidades públicas como privadas sobre las áreas descritas. DURACION: empezará a regir con fecha escritura y tendrá una duración de cinco años, la que se entenderá tácita y sucesivamente renovada por períodos iguales, sucesivos y continuos de cinco años cada uno, forma establecida en escritura.- DOMICILIO: Temuco, Región de La Araucanía, territorio jurisdiccional de la Corte de Apelaciones de Temuco, sin perjuicio de las agencias, representaciones o sucursales que pueda establecer en otros puntos del país y en el extranjero. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Temuco, 14 de Marzo de 2019.-

Actes récents

  1. MODIFICACIÓN

    SOCIEDAD MÉDICA OFTALMOLÓGICA MITTERSTEINER BAEZA LIMITADA

    CVE 2514640

  2. CONSTITUCIÓN

    SOCIEDAD MÉDICA OFTALMOLÓGICA MITTERSTEINER BAEZA LIMITADA

    CVE 1562164

Relations sociétaires

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