Société par actions76.695.610-6

Inversiones María Isabel Saval Bravo SpA

MODIFICACIÓN — 5 nov. 2020

Diario Oficial

ModificationDiario Oficial · 2020-11-05Voir le PDF (CVE 1841855)

Informations sociétaires

SpA
Avenida Presidente Eduardo Frei Montalva N°4.600
Administration: Apoderados para ejercer la administración y el uso de la razón social, actuando individual e indistintamente

Associés (1)

NomParticipation

María Isabel Saval Bravo

Accionista

100%

Administrateurs (2)

Texte officiel de l’extrait

JORGE REYES BESSONE, Notario Público Titular de San Miguel, con domicilio en Gran Avenida José Miguel Carrera N°4.886, comuna de San Miguel, certifica: Por escritura pública de hoy, ante mí, María Isabel Saval Bravo, domiciliado en Avenida Presidente Eduardo Frei Montalva N°4.600, comuna de Renca, Santiago, modificó “Inversiones María Isabel Saval Bravo SpA”, inscrita a fojas 46.112, N°32.840 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2006, en el siguiente sentido: Uno) Modificación de Pacto social: La accionista María Isabel Saval Bravo, en su calidad de única accionista de la Sociedad, viene en modificar el artículo décimo de los estatutos sociales, relativo a la administración por el siguiente: “Artículo Décimo. Sin perjuicio de las materias que correspondan a la Junta de Accionistas, la suscriptora de la totalidad de las acciones, designa como apoderados para ejercer la administración de la sociedad y el uso de la razón social a doña María Isabel Saval Bravo y a don Luis Armando Tapia Cortés, quienes actuando en forma individual e indistintamente uno cualesquiera de ellos y anteponiendo a su firma el nombre y razón social de la Sociedad, tendrá el uso de la razón social y representará a la Sociedad judicial y extrajudicialmente para el cumplimiento del objeto social, lo que no será necesario acreditar a terceros, estando investidos de todas las facultades de administración y disposición de bienes sin ninguna limitación, ante todo tipo de personas naturales o jurídicas, organismos, entidades, servicios públicos y privados y que la ley o estos estatutos no establezcan como privativas de la junta de accionistas, cuyas atribuciones se detallan en escritura extractada. En lo no modificado en escritura extractada, se mantienen vigentes las demás estipulaciones del estatuto social. Demás disposiciones escritura extractada. San Miguel, 30 de octubre de 2020.

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