Central Balanzas Y Equipos Limitada
Diario Oficial
Informations sociétaires
Objet social
La fabricación, importación, exportación, desarrollo y comercialización de sistemas de pesaje, su transporte y distribución, asesorías sobre las mismas materias y temas relacionados, como todo lo que diga relación con el control, automatización industrial y trabajos y desarrollo de labores vinculadas al área metalmecánica, obras civiles necesarias y, en general, todas aquellas actividades que tengan relación con el giro señalado y que acuerden los socios.
Capital
Capital total
$10.000.000
Capital libéré
$10.000.000
Capital restant dû
$0
Actions
100
Associés (1)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
JOHN ROBINSON QUIRINO ORELLANA Accionista 12.xxx.xxx-0 | 12.xxx.xxx-0 | 100% | $10.000.000 |
Administrateurs (1)
JOHN ROBINSON QUIRINO ORELLANA
Historique sociétaire relaté
- Constitution· 22 juin 2006
Se constituyó la sociedad CENTRAL BALANZAS Y EQUIPOS LIMITADA.
- Autre acte· 27 août 2009
La sociedad fue modificada.
- Autre acte· 22 octobre 2009
La sociedad fue nuevamente modificada.
- Retrait d’un associé· 20 septembre 2012
JORGE OCTAVIO QUIRINO MORA se retira cediendo la totalidad de sus derechos a JOHANNA DENISSE QUIRINO VASQUEZ.
JORGE OCTAVIO QUIRINO MORA · JOHANNA DENISSE QUIRINO VASQUEZ
- Cession de droits· 4 juillet 2017
CLAUDIA LUMINANDA VASQUEZ ZAPATA y JOHANNA DENISSE QUIRINO VASQUEZ ceden sus derechos a JOHN ROBINSON QUIRINO ORELLANA.
CLAUDIA LUMINANDA VASQUEZ ZAPATA · JOHANNA DENISSE QUIRINO VASQUEZ · JOHN ROBINSON QUIRINO ORELLANA
- Transformation· 4 juillet 2017
La sociedad se transforma en una SpA denominada CENTRAL BALANZAS Y EQUIPOS SpA.
Texte officiel de l’extrait
Enrique Mira Gazmuri, Notario Santiago, reemplazante del titular Raúl Undurraga Laso, 29a. Notaría, Mac-Iver N°225, Of.302, certifica: por escritura de 04 de Julio de 2017, repertorio Nº3.998-2017, ante mi, doña CLAUDIA LUMINANDA VASQUEZ ZAPATA, chilena, empresaria, soltera, cédula nacional de identidad número once millones setecientos noventa y un mil guion ocho; doña JOHANNA DENNISSE QUIRINO VASQUEZ, chilena, empresaria, soltera, cédula nacional de identidad número dieciséis millones setecientos diecisiete mil doscientos setenta guion nueve, ambas con domicilio en calle Paranal número mil novecientos, comuna de Puente Alto; y don JOHN ROBINSON QUIRINO ORELLANA, chileno, soltero, técnico en electrónica, cédula de identidad número doce millones ciento cincuenta y un mil cuarenta y ocho guion cero, con domicilio para estos efectos en Santa Corina número cero noventa y uno, comuna de La Cisterna; Los compareciente vienen en celebrar escritura de CESION Y TRANSFORMACIÓN DE SOCIEDAD " CENTRAL BALANZAS Y EQUIPOS LIMITADA”. PRIMERO. ANTECEDENTES: Por escritura pública de fecha veintidós de junio de dos mil seis, ante notario público don Pablo Roberto Poblete Saavedra, suplente de don Iván Torrealba Acevedo, se constituyó la sociedad comercial de responsabilidad limitada denominada CENTRAL BALANZAS Y EQUIPOS LIMITADA. Posteriormente, por escritura pública de fecha veintisiete de agosto de dos mil nueve, otorgada en la notaria de Santiago de don Cosme Fernando Gomila Gatica, la sociedad se modificó en los términos que en ella se señalan. Luego modifican la sociedad mediante escritura pública de fecha veintidós de octubre de dos mil nueve, otorgada en la notaria de Santiago de don Felix Jara Cadot. Por último, modifican nuevamente la sociedad mediante escritura pública de fecha veinte de Septiembre de dos mil doce ante el notario público don Juan Ricardo San Martin Urrejola, en esta última don JORGE OCTAVIO QUIRINO MORA, se retira de la sociedad, vendiendo y cediendo y transfiriendo la totalidad de sus derechos a doña JOHANNA DENISSE QUIRINO VASQUEZ, quien compra, adquiere y acepta para sí. SEGUNDO. CESION: doña CLAUDIA LUMINANDA VASQUEZ ZAPATA viene en vender, ceder y transferir su noventa y ocho por ciento del haber social y doña JOHANNA DENISSE QUIRINO VASQUEZ, viene en vender, ceder y transferir su dos por ciento del haber social a don JOHN ROBINSON QUIRINO ORELLANA, quien los compra y adquiere para sí. El precio de esta cesión es la suma de quinientos mil pesos, que se paga en dinero al contado, al cedente, y que éste declara recibir a su entera satisfacción, sirviendo la presente escritura de suficiente recibo de pago. TERCERO: TRANSFORMACIÓN. En consecuencia, habiéndose reunido todo el capital social en el socio don JOHN ROBINSON QUIRINO ORELLANA, viene en constituir una sociedad por acciones. CUARTO: SOCIEDAD POR ACCIONES. UNO. Don JOHN ROBINSON QUIRINO ORELLANA, viene en constituir una sociedad por acciones cuyos estatutos se establecen a continuación y en lo no previsto en éstos, se regulará por lo dispuesto en los artículos cuatrocientos veinticuatro y siguientes del Código de Comercio y por las normas que le fueren aplicables a las sociedades anónimas cerradas.- DOS. Nombre: El nombre de la sociedad será “CENTRAL BALANZAS Y EQUIPOS SpA”, pudiendo usar para todos los efectos legales y publicitarios los nombres de fantasía o abreviado “CENTRAL BALANZAS SPA” y/o “CENTRAL BALANZAS”.- TRES. Domicilio: Su domicilio será la ciudad de Santiago. CUATRO. Duración: La duración de la sociedad será indefinida.- CINCO. Objeto. El objeto social es la fabricación, importación, exportación, desarrollo y comercialización de sistemas de pesaje, su transporte y distribución, asesorías sobre las mismas materias y temas relacionados, como todo lo que diga relación con el control, automatización industrial y trabajos y desarrollo de labores vinculadas al área metalmecánica, obras civiles necesarias y, en general, todas aquellas actividades que tengan relación con el giro señalado y que acuerden los socios.- SEIS. Capital y Acciones. El capital de la sociedad es la suma de diez millones de pesos, dividido en cien acciones nominativas, iguales de una misma y única serie, que se suscriben y pagan del modo que se expresa en los artículos transitorios.- SIETE. Títulos de Acciones. La sociedad no emitirá láminas físicas de los títulos de acciones, sin perjuicio del Registro de Accionistas y de las certificaciones que podrá otorgar el Gerente General a petición del respectivo accionista.- OCHO. De La Administración. La sociedad será administrada por el gerente general, quien tendrá la representación judicial y extrajudicial de la sociedad.- NUEVE. El gerente general podrá ser o no accionista y su designación y remoción corresponderá hacerla a la Junta de Accionistas para lo cual se requerirá del cincuenta y uno por ciento de las acciones con derecho a voto. DIEZ. El gerente general deberá rendir cuenta de su gestión y del estado de los negocios sociales.- ONCE. De Las Juntas de Accionistas. Los accionistas se reunirán en Junta cuando así lo acuerden accionistas que representen a lo menos un tercio de las acciones con derecho a voto, correspondiendo al gerente general o a quien éste designe, la realización de las gestiones de convocatoria que fueren necesarias para que la junta se lleve a efecto.- DOCE. Del Balance. La sociedad practicará balance general e inventario el día treinta y uno de diciembre de cada año.- TRECE. Distribución de Utilidades. Las utilidades se repartirán y las pérdidas se asumirán entre los socios en proporción a sus respectivos aportes. Los socios podrán efectuar retiros parciales a cuenta de utilidades devengadas en el ejercicio correspondiente.- CATORCE. De la Disolución y Liquidación. Disuelta la sociedad, la liquidación será practicada por el árbitro que se designa en la cláusula siguiente.- QUINCE. Jurisdicción. Será resuelta por el árbitro que se designe de común acuerdo o con el voto que represente a lo menos dos tercios de las acciones emitidas, en calidad de árbitro arbitrador, en cuanto al procedimiento y al fallo, sin que las partes puedan interponer en contra de sus resoluciones recurso alguno, salvo el de queja.- DEICISEIS. Domicilio y comunicaciones. Para todos los efectos del contrato de sociedad, los accionistas fijan su domicilio en la ciudad y comuna de Santiago. Disposiciones Transitorias: ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO. El capital social se encuentra totalmente suscrito y pagado. ARTICULO SEGUNDO TRANSITORIO. Se designa en calidad de gerente general, esto es a don JOHN ROBINSON QUIRINO ORELLANA, por el plazo de tres años renovables. Facultades descritas en la escritura.- Santiago de Chile, 04 de Julio del año 2017. Enrique Mira Gazmuri. Notario Público reemplazante.
Actes récents
- MODIFICACIÓN
CENTRAL BALANZAS Y EQUIPOS LIMITADA
CVE 1244292
