Fw Nutrition Limitada
Diario Oficial
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$10.000.000
Capital libéré
$10.000.000
Capital restant dû
$0
Associés (3)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Lorena del Carmen Riveros Córdova Socio | - | 33% | $3.300.000 |
Carolina Valeria González Ruiz Socio | - | 33% | $3.300.000 |
Socio | - | 34% | $3.400.000 |
Historique sociétaire relaté
- Constitution· 25 mai 2016
Constitución original de FW NUTRITION LIMITADA
- Cession de droits· 5 décembre 2016
Sebastián Patricio Barrera Zúñiga cede la totalidad de sus derechos a Lorena del Carmen Riveros Córdova
Sebastián Patricio Barrera Zúñiga · Lorena del Carmen Riveros Córdova
- Cession de droits· 5 décembre 2016
Iván Luis Contreras Margas cede la totalidad de sus derechos a Carolina Valeria González Ruiz
- Cession de droits· 5 décembre 2016
Francisco Javier Martínez Ríos cede la totalidad de sus derechos a Lorena del Carmen Riveros Córdova y Carolina Valeria González Ruiz por partes iguales
Francisco Javier Martínez Ríos · Lorena del Carmen Riveros Córdova · Carolina Valeria González Ruiz
- Cession de droits· 5 décembre 2016
Fernando Antonio Donoso Sánchez cede sus derechos en 15% a Lorena del Carmen Riveros Córdova, 15% a Carolina Valeria González Ruiz y 70% a Gisella Andrea Rivas Villela
Fernando Antonio Donoso Sánchez · Lorena del Carmen Riveros Córdova · Carolina Valeria González Ruiz · Gisella Andrea Rivas Villela
Texte officiel de l’extrait
GERMÁN ROUSSEAU DEL RÍO, Abogado, Notario Reemplazante de don HUMBERTO SANTELICES NARDUCCI, Notario Titular, de la XXII Notaria de Santiago, con oficio en Avenida El Bosque Norte N°047, comuna de Las Condes, en la ciudad de Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 5 de diciembre de 2.016, Repertorio Nº12.979-2016, ante mí: don SEBASTIÁN PATRICIO BARRERA ZÚÑIGA, domiciliado en calle Maipú Nº 837, comuna de San Bernardo, ciudad de Santiago; don IVÁN LUIS CONTRERAS MARGAS, domiciliado en avenida Central Nº 733, comuna de El Bosque, ciudad de Santiago; doña GISELLA ANDREA RIVAS VILLELA, domiciliada en avenida El Manantial Nº 18.516, casa 118, condominio Los Álamos, comuna de San Bernardo, ciudad de Santiago; don FRANCISCO JAVIER MARTÍNEZ RÍOS, domiciliado en calle Vicente Huidobro Nº 2.038, comuna de San Bernardo, ciudad de Santiago; don FERNANDO ANTONIO DONOSO SÁNCHEZ, domiciliado en calle Los Cormoranes Nº 12.410, comuna de San Bernardo, ciudad de Santiago; doña LORENA DEL CARMEN RIVEROS CÓRDOVA, domiciliada en pasaje Los Cormoranes Nº 12.410, comuna de San Bernardo, ciudad de Santiago; y CAROLINA VALERIA GONZÁLEZ RUIZ, domiciliada en calle Paicaví Nº 18.390, casa 13, comuna de San Bernardo, ciudad de Santiago, todos de paso por ésta, modificaron una sociedad de responsabilidad limitada bajo la razón social “FW NUTRITION LIMITADA”, constituida por escritura pública de fecha 25 de mayo de 2016, otorgada en esta misma notaría pública de Santiago, inscrita a fojas 37.811 Nº 20.923 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2016 y publicada en el Diario Oficial de fecha 28 de mayo de 2016. Modificación consistente en: 1º Cesión de Derechos sociales: Uno. Don Sebastián Patricio Barrera Zúñiga cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales en su participación en el total del haber social a doña Lorena del Carmen Riveros Córdova, quien declara aceptar y adquirir para sí en el precio único y total de $2.000.000, declarando don Sebastián Patricio Barrera Zúñiga que recibe esta cantidad de dinero en este acto, al contado y en dinero en efectivo, que lo recibe a su entera y total conformidad, y en consecuencia lo da por íntegramente pagado, no teniendo ninguna observación en contra de la sociedad o cualquiera de sus socios indistintamente. Dos. Don Iván Luis Contreras Margas cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales en su participación en el total del haber social a doña Carolina Valeria González Ruiz, quien declara aceptar y adquirir para sí en el precio único y total de $2.000.000, declarando don Iván Luis Contreras Margas que recibe esta cantidad de dinero en este acto, al contado y en dinero en efectivo, que lo recibe a su entera y total conformidad, y en consecuencia lo da por íntegramente pagado, no teniendo ninguna observación en contra de la sociedad o cualquiera de sus socios indistintamente. Tres. Don Francisco Javier Martínez Ríos cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales en su participación en el total del haber social a doña Lorena del Carmen Riveros Córdova y a doña Carolina Valeria González Ruiz por partes iguales para cada una de ellas, quienes declaran aceptar y adquirir para sí en el precio único y total de $1.000.000 cada una de ellas, declarando don Francisco Javier Martínez Ríos que recibe estas cantidades de dinero en este acto, al contado y en dinero en efectivo, que los recibe a su entera y total conformidad, y en consecuencia los da por íntegramente pagados, no teniendo ninguna observación en contra de la sociedad o cualquiera de sus socios indistintamente. Cuatro. Don Fernando Antonio Donoso Sánchez cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales en su participación en el total del haber social de la siguiente forma: Cuatro. Uno. A doña Lorena del Carmen Riveros Córdova cede y transfiere el 15% de la totalidad de sus derechos en el haber social, declarando ésta aceptar y adquirir para sí en el precio único y total de $300.000; Cuatro. Dos. A doña Carolina Valeria González Ruiz cede y transfiere el 15% de la totalidad de sus derechos en el haber social, declarando ésta aceptar y adquirir para sí en el precio único y total de $300.000; Cuatro. Tres. A doña Gisella Andrea Rivas Villela cede y transfiere el 70% de la totalidad de sus derechos en el haber social, declarando ésta aceptar y adquirir para sí en el precio único y total de un $1.400.000. Declarando don Fernando Antonio Donoso Sánchez que recibe estas cantidades de dinero en este acto, al contado y en dinero en efectivo, que los recibe a su entera y total conformidad, y en consecuencia los da por íntegramente pagados, no teniendo ninguna observación en contra de la sociedad o cualquiera de sus socios indistintamente. Como consecuencia de las cesiones de derechos sociales referidas precedentemente, se retira de la sociedad FW NUTRITION LIMITADA, don Sebastián Patricio Barrera Zúñiga, don Iván Luis Contreras Margas, don Francisco Javier Martínez Ríos y don Fernando Antonio Donoso Sánchez, e ingresan a ésta doña Lorena del Carmen Riveros Córdova, con una participación del 33% en el total del haber social; doña Carolina Valeria González Ruiz con una participación del 33% en el total del haber social, y doña Gisella Andrea Rivas Villela aumenta su participación en el haber social a un 34% en el total de éste. En mérito de lo anteriormente expuesto en las cláusulas precedentes, los actuales socias, doña Lorena del Carmen Riveros Córdova, doña Carolina Valeria González Ruiz y doña Gisella Andrea Rivas Villela, todas ya individualizadas, vienen en modificar el artículo quinto de los estatutos sociales, el que queda como sigue: “QUINTO: El capital de la sociedad es la cantidad de $10.000.000 que son aportados y pagados en este acto y en dinero en efectivo de la siguiente forma por las socias: Uno. Doña Lorena del Carmen Riveros Córdova aporta en este acto $3.300.000 en dinero en efectivo; Dos. Doña Carolina Valeria González Ruiz aporta en este acto $3.300.000 en dinero en efectivo; y Tres. Doña Gisella Andrea Rivas Villela aporta en este acto $3.400.000 en dinero en efectivo. De esta forma, el capital social ha quedado íntegramente aportado y pagado”. Asimismo, las actuales y únicas socias acuerdan modificar la administración y representación de la sociedad, sustituyendo la cláusula cuarta de los estatutos sociales, la que queda en los siguientes términos: “CUARTO: La administración, representación y uso de la razón social corresponderá alternativa e indistintamente a dos cualquiera de las socias quienes deberán actuar de forma conjunta, las que también podrán actuar por medio de uno o más apoderados o representantes que dos cualquiera de las socias actuando en representación de la sociedad designen para que represente a la sociedad. Las socias actuando en la forma indicada como también el o los apoderados o mandatarios que se designen, anteponiendo la razón social a su nombre y firma, representarán a la sociedad con las más amplias facultades, las que figuran en el pacto social; Demás estipulaciones escritura extractada.- Santiago 6 de diciembre de 2016.
Actes récents
- MODIFICACIÓN
FW NUTRITION LIMITADA
CVE 1148308
