Comercial Z & C Limitada
Diario Oficial
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$10.000.000
Associés (4)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Socio | - | 40% | $4.000.000 |
Socio | - | 20% | $2.000.000 |
Socio | - | 20% | $2.000.000 |
Socio | - | 20% | $2.000.000 |
Historique sociétaire relaté
- Constitution· 9 mars 2016
Se constituyó la sociedad COMERCIAL Z & C LIMITADA o Z & C LTDA.
- Cession de droits· 18 janvier 2018
LELE CHENG cede un tercio de sus derechos a JIA JIA CHENG.
- Cession de droits· 18 janvier 2018
LIJING ZOU cede un tercio de sus derechos a JIA JIA CHENG.
Texte officiel de l’extrait
MARIANA CRISTINA ABUTER GAME, Notario Público y Conservador de Bienes Raíces, de las comunas de Negrete y Nacimiento, con oficio y domicilio en Nacimiento, calle San Martín N° 360, Certifico: Por escritura de fecha 18 de enero de 2018, otorgada ante mí, LIBING ZOU; doña LELE CHENG; don LIJING ZOU, y doña JIA JIA CHENG, todos domiciliados en San Martín 569, comuna de Nacimiento; modificaron la sociedad “COMERCIAL Z & C LIMITADA” o “Z & C LTDA.”, RUT N° 76.576.732-6.-, constituida escritura Pública de 09 de marzo de 2016, otorgada ante el Notario de Nacimiento don Sergio Hernández Reeve, extracto se publicó en el Diario Oficial ejemplar N° 41.406, de fecha 12 de marzo de 2016, y se inscribió a fojas 6 vuelta, número 6, en el Registro de Comercio de la comuna de Nacimiento correspondiente al año 2016. Principales Modificaciones: a) Socia LELE CHENG, por el presente instrumento vende, cede y transfiere, un tercio de los derechos y participación que le corresponde en la sociedad de responsabilidad limitada denominada “COMERCIAL Z & C LIMITADA” o “Z & C LTDA.”, ascendentes al diez por ciento por ciento del total del haber social, a doña JIA JIA CHENG, ya individualizada, quien a su vez compra, adquiere y acepta para sí, el porcentaje de los derechos sociales indicados, y que a la socia cedente le correspondía en la sociedad individualizada anteriormente y que por el presente acto se modifica. A su vez el socio don LIJING ZOU, por el presente instrumento vende, cede y transfiere, un tercio de los derechos y participación que le corresponde en la sociedad de responsabilidad limitada denominada “COMERCIAL Z & C LIMITADA” o “Z & C LTDA.”, ascendentes al diez por ciento por ciento del total del haber social, a doña JIA JIA CHENG, ya individualizada, quien a su vez compra, adquiere y acepta para sí, el porcentaje de los derechos sociales indicados, y que al socio cedente le correspondía en la sociedad individualizada anteriormente y que por el presente acto se modifica. En consecuencia ingresa como socia la cesionaria, doña JIA JIA CHENG. b) El precio pactado por las cesiones señaladas son las sumas siguientes: la cesionaria doña JIA JIA CHENG, la suma de UN MILLON DE PESOS, en dinero efectivo, a la cedente doña LELE CHENG, y que éste declara recibir a su entera satisfacción, sirviendo la presente escritura de suficiente recibo de pago. A su vez la cesionaria doña JIA JIA CHENG paga la suma de UN MILLON DE PESOS, en dinero efectivo, al cedente don LIJING ZOU, y que éste declara recibir a su entera satisfacción, sirviendo la presente escritura de suficiente recibo de pago. c) De conformidad a lo expresado en las cláusulas precedentes serán, desde este momento, únicos socios de la compañía, don LIBING ZOU, con un porcentaje de un cuarenta por ciento de participación social en cuanto a capital e ingresos proporcionales acumulados, en su caso; doña LELE CHENG, con un porcentaje de un veinte por ciento de participación social en cuanto a capital e ingresos proporcionales acumulados, en su caso; don LIJING ZOU, con un porcentaje de un veinte por ciento de participación social en cuanto a capital e ingresos proporcionales acumulados, en su caso; y doña JIA JIA CHENG, con un porcentaje de un veinte por ciento de participación social en cuanto a capital e ingresos proporcionales acumulados, en su caso; todo en virtud de las cesiones expresadas. d) De conformidad a las cesiones de derechos expresadas en este instrumento los únicos y actuales socios de la sociedad modifican la cláusula sexta del estatuto social expresando que el capital de la sociedad seguirá siendo la suma de diez millones de pesos, los cuales fueron aportados por los antiguos socios, y que, conforme a las cesiones realizadas, se entiende que don LIBING ZOU, ha aportado la suma de cuatro millones de pesos, al contado en dinero efectivo, equivalente al cuarenta por ciento del capital social; la socia doña LELE CHENG, ha aportado la suma dos millones de pesos, al contado en dinero efectivo, equivalente al veinte por ciento del capital social.- El socio don LIJING ZOU, ha aportado la suma dos millones de pesos, al contado en dinero efectivo, equivalente al veinte por ciento del capital social; y la socia doña JIA JIA CHENG, aporta en este acto la suma dos millones de pesos, al contado en dinero efectivo, equivalente al veinte por ciento del capital social. La responsabilidad y participación social queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Se entiende que los aportes indicados ya se enteraron en arcas sociales a entera satisfacción de los otros socios. En lo no modificado rige plenamente el pacto social. Demás estipulaciones escritura extractada.- Nacimiento, 18 de enero de 2018.
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$10.000.000
Capital libéré
$10.000.000
Capital restant dû
$0
Associés (4)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Socio | - | 40% | $4.000.000 |
Socio | - | 20% | $2.000.000 |
Socio | - | 20% | $2.000.000 |
Socio | - | 20% | $2.000.000 |
Historique sociétaire relaté
- Constitution· 9 mars 2016
Constitución original de COMERCIAL Z & C LIMITADA o Z & C LTDA.
- Cession de droits· 18 janvier 2018
LELE CHENG cede un tercio de sus derechos sociales a JIA JIA CHENG.
- Cession de droits· 18 janvier 2018
LIJING ZOU cede un tercio de sus derechos sociales a JIA JIA CHENG.
- Changement de capital· 18 janvier 2018
Se mantiene el capital social en $10.000.000 y se redistribuyen los aportes entre los socios.
Texte officiel de l’extrait
MARIANA CRISTINA ABUTER GAME, Notario Público y Conservador de Bienes Raíces, de las comunas de Negrete y Nacimiento, con oficio y domicilio en Nacimiento, calle San Martín N° 360, Certifico: Por escritura de fecha 18 de enero de 2018, otorgada ante mi suplente Victor Javier Sanhueza Pacheco, don LIBING ZOU; doña LELE CHENG; don LIJING ZOU, y doña JIA JIA CHENG, todos domiciliados en San Martín 569, comuna de Nacimiento; modificaron la sociedad “COMERCIAL Z & C LIMITADA” o “Z & C LTDA.”, RUT N° 76.576.732-6.-, constituida escritura Pública de 09 de marzo de 2016, otorgada ante el Notario de Nacimiento don Sergio Hernández Reeve, extracto se publicó en el Diario Oficial ejemplar N° 41.406, de fecha 12 de marzo de 2016, y se inscribió a fojas 6 vuelta, número 6, en el Registro de Comercio de la comuna de Nacimiento correspondiente al año 2016. Principales Modificaciones: a) Socia LELE CHENG, por el presente instrumento vende, cede y transfiere, un tercio de los derechos y participación que le corresponde en la sociedad de responsabilidad limitada denominada “COMERCIAL Z & C LIMITADA” o “Z & C LTDA.”, ascendentes al diez por ciento por ciento del total del haber social, a doña JIA JIA CHENG, ya individualizada, quien a su vez compra, adquiere y acepta para sí, el porcentaje de los derechos sociales indicados, y que a la socia cedente le correspondía en la sociedad individualizada anteriormente y que por el presente acto se modifica. A su vez el socio don LIJING ZOU, por el presente instrumento vende, cede y transfiere, un tercio de los derechos y participación que le corresponde en la sociedad de responsabilidad limitada denominada “COMERCIAL Z & C LIMITADA” o “Z & C LTDA.”, ascendentes al diez por ciento por ciento del total del haber social, a doña JIA JIA CHENG, ya individualizada, quien a su vez compra, adquiere y acepta para sí, el porcentaje de los derechos sociales indicados, y que al socio cedente le correspondía en la sociedad individualizada anteriormente y que por el presente acto se modifica. En consecuencia ingresa como socia la cesionaria, doña JIA JIA CHENG. b) El precio pactado por las cesiones señaladas son las sumas siguientes: la cesionaria doña JIA JIA CHENG, la suma de UN MILLON DE PESOS, en dinero efectivo, a la cedente doña LELE CHENG, y que éste declara recibir a su entera satisfacción, sirviendo la presente escritura de suficiente recibo de pago. A su vez la cesionaria doña JIA JIA CHENG paga la suma de UN MILLON DE PESOS, en dinero efectivo, al cedente don LIJING ZOU, y que éste declara recibir a su entera satisfacción, sirviendo la presente escritura de suficiente recibo de pago. c) De conformidad a lo expresado en las cláusulas precedentes serán, desde este momento, únicos socios de la compañía, don LIBING ZOU, con un porcentaje de un cuarenta por ciento de participación social en cuanto a capital e ingresos proporcionales acumulados, en su caso; doña LELE CHENG, con un porcentaje de un veinte por ciento de participación social en cuanto a capital e ingresos proporcionales acumulados, en su caso; don LIJING ZOU, con un porcentaje de un veinte por ciento de participación social en cuanto a capital e ingresos proporcionales acumulados, en su caso; y doña JIA JIA CHENG, con un porcentaje de un veinte por ciento de participación social en cuanto a capital e ingresos proporcionales acumulados, en su caso; todo en virtud de las cesiones expresadas. d) De conformidad a las cesiones de derechos expresadas en este instrumento los únicos y actuales socios de la sociedad modifican la cláusula sexta del estatuto social expresando que el capital de la sociedad seguirá siendo la suma de diez millones de pesos, los cuales fueron aportados por los antiguos socios, y que, conforme a las cesiones realizadas, se entiende que don LIBING ZOU, ha aportado la suma de cuatro millones de pesos, al contado en dinero efectivo, equivalente al cuarenta por ciento del capital social; la socia doña LELE CHENG, ha aportado la suma dos millones de pesos, al contado en dinero efectivo, equivalente al veinte por ciento del capital social.- El socio don LIJING ZOU, ha aportado la suma dos millones de pesos, al contado en dinero efectivo, equivalente al veinte por ciento del capital social; y la socia doña JIA JIA CHENG, aporta en este acto la suma dos millones de pesos, al contado en dinero efectivo, equivalente al veinte por ciento del capital social. La responsabilidad y participación social queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Se entiende que los aportes indicados ya se enteraron en arcas sociales a entera satisfacción de los otros socios. En lo no modificado rige plenamente el pacto social. Demás estipulaciones escritura extractada.- Nacimiento, 07 de febrero de 2018.
Actes récents
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