Servicios Industriales Vipasan Limitada
Diario Oficial
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$15.000.000
Capital libéré
$15.000.000
Capital restant dû
$0
Associés (2)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
MIREYA DE LA CRUZ MELLADO MARIN Socio | - | 66.666% | $10.000.000 |
PATRICIO ANDRES ALARCON MELLADO Socio | - | 33.333% | $5.000.000 |
Administrateurs (1)
PATRICIO ANDRES ALARCON MELLADO
Historique sociétaire relaté
- Constitution· 17 mars 2016
Constitución original de la sociedad Servicios Industriales VIPASAN Limitada.
- Retrait d’un associé· 2 novembre 2016
Víctor Manuel Salazar Altamirano se retira de la sociedad y se le paga su aporte con cargo al capital social.
VICTOR MANUEL SALAZAR ALTAMIRANO · MIREYA DE LA CRUZ MELLADO MARIN · PATRICIO ANDRES ALARCON MELLADO
Texte officiel de l’extrait
ANFION PODLECH ROMERO, Notario Público Arauco, Cochrane 337, CERTIFICA: Por escritura pública ante mí 2 Noviembre 2016, MIREYA DE LA CRUZ MELLADO MARIN, domiciliada en Población doce de abril, Pasaje Uruguay casa número setenta y cinco, comuna de Arauco, VICTOR MANUEL SALAZAR ALTAMIRANO, domiciliado en Lomas Santa María, Las Murtillas número setecientos treinta y ocho, comuna de Los Angeles, PATRICIO ANDRES ALARCON MELLADO, domiciliado en Portal del Valle, Salvador Silva Henríquez número ciento cincuenta y cuatro, comuna de Arauco, MODIFICARON Sociedad de Responsabilidad Limitada razón social ¨ SERVICIOS INDUSTRIALES VIPASAN LIMITADA ¨ o sigla comercial ¨VIPASAN LIMITADA”, RUT setenta y seis millones quinientos cincuenta y cinco mil novecientos treinta y dos guión cuatro, constituida por escritura pública diecisiete marzo dos mil dieciséis, otorgada ante Notario Público Arauco Eva del Carmen Ruiz Opazo, suplente del titular Anfión Podlech Romero, inscrita Registro Comercio Arauco , año dos mil dieciséis a fojas dieciocho, número quince.- Los socios por acuerdo unánime acordaron modificar el pacto social siguiente forma: Se retira de Sociedad VICTOR MANUEL SALAZAR ALTAMIRANO, quien habiendo aportado el veinticinco por ciento del capital social equivalente a la suma de cinco millones de pesos, por acuerdo unánime de todos los socios acuerdan que con cargo al capital social de la sociedad, don Víctor Manuel Salazar Altamirano retire el aporte efectuado por él al momento de constituirse la sociedad. En virtud de lo anterior, se materializó un egreso en la caja social, efectuándosele el pago de su aporte con cargo al capital social de la sociedad. Quedan como únicos socios de la Sociedad MIREYA DE LA CRUZ MELLADO MARIN y PATRICIO ANDRES ALARCON MELLADO.- Socios actuales ya individualizados MODIFICAN cláusula primera, quinta, octavo, décimo segundo del pacto social primitivo de fecha de fecha diecisiete marzo dos mil dieciséis.- SE ESTABLECIÓ ASÍ UN NUEVO TEXTO DEL PACTO SOCIAL QUE SERÁ , EN ADELANTE, EN EXTRACTOEL SIGUIENTE: Sociedad SERVICIOS INDUSTRIALES VIPASAN LIMITADA o VIPASAN LIMITADA, queda constituida por los socios MIREYA DE LA CRUZ MELLADO MARIN, y PATRICIO ANDRES ALARCON MELLADO.- Capital: QUINCE MILLONES DE PESOS que socios aportan y enteran siguiente manera: MIREYA DE LA CRUZ MELLADO MARIN aporta diez millones de pesos en dinero efectivo y al contado, equivalente al sesenta y seis coma seis seis seis por ciento del capital social, que en ese mismo acto ingresó en la caja social; y PATRICIO ANDRES ALARCON MELLADO aporta cinco millones de pesos en dinero efectivo y al contado, equivalente al treinta y tres coma tres tres tres por ciento del capital social, que en ese mismo acto ingresó en la caja social.- Administración: La administración y uso de la razón social corresponde a PATRICIO ANDRES ALARCON MELLADO, quien anteponiendo la razón social a su firma, la representará con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos con sólo las limitaciones que se señalan en la cláusula segunda de la escritura de constitución de fecha diecisiete marzo de dos mil dieciséis. Modificaciones empiezan a regir desde fecha escritura se extracta, manteniéndose vigentes todas las demás cláusulas del pacto Social Constitutivo que por instrumento se extracta no se modifican.- Compareció NIOBALDO JUAN ALARCÓN SALAZAR, domiciliado en Población Doce de Abril, Pasaje Uruguay casa número setenta y cinco, comuna de Arauco, otorgando su autorización y consentimiento a su cónyuge MIREYA DE LA CRUZ MELLADO MARIN, con quien se encuentra casado en sociedad conyugal, para que ésta última pueda celebrar contrato modificación sociedad. Demás estipulaciones escritura se extracta. Arauco, 09 Diciembre 2016.-
Actes récents
- MODIFICACIÓN
SERVICIOS INDUSTRIALES VIPASAN LIMITADA
CVE 1148929
