Société à responsabilité limitée76.540.873-3

Sociedad Gastronómica Najle Tapia Limitada

MODIFICACIÓN — 18 mai 2018

Diario Oficial

ModificationDiario Oficial · 2018-05-18Voir le PDF (CVE 1400550)

Informations sociétaires

Ltda
Administration: La representación y administración corresponderá exclusivamente a Valeria Francisca Najle Retamal

Capital

Capital total

$7.500.000

Associés (2)

NomParticipation

Carlos Enrique Hurtado Guerrero

Socio

33%

Valeria Francisca Najle Retamal

Socio

67%

Administrateurs (1)

Historique sociétaire relaté

  1. Constitution· 1 janvier 2016

    Se menciona que la sociedad está inscrita en 2016 en el Conservador de Comercio de Concepción.

    SOCIEDAD GASTRONÓMICA NAJLE LIMITADA

  2. Cession de droits· 24 avril 2018

    Carolina Tapia Krug cede el 100% de sus derechos sociales a Carlos Enrique Hurtado Guerrero.

    Carolina Tapia Krug · Carlos Enrique Hurtado Guerrero

  3. Retrait d’un associé· 24 avril 2018

    Carolina Tapia Krug se retira de la sociedad.

    Carolina Tapia Krug

  4. Changement de nom· 24 avril 2018

    La sociedad cambia su razón social a SOCIEDAD GASTRONÓMICA NAJLE LIMITADA.

    SOCIEDAD GASTRONÓMICA NAJLE LIMITADA

  5. Changement d’administrateur· 24 avril 2018

    La administración y representación queda exclusivamente a cargo de Valeria Francisca Najle Retamal.

    Valeria Francisca Najle Retamal

  6. Changement de capital· 24 avril 2018

    El capital social se fija en $7.500.000, distribuido en un tercio para Carlos Enrique Hurtado Guerrero y dos tercios para Valeria Francisca Najle Retamal.

    Carlos Enrique Hurtado Guerrero · Valeria Francisca Najle Retamal

Texte officiel de l’extrait

JUAN ESPINOSA BANCALARI, abogado, Notario Público de Concepción, con domicilio en O’Higgins 528, Concepción, certifico: Que por escritura pública de fecha 24 de abril de 2018, ante mí, CAROLINA TAPIA KRUG, domiciliada en Rehue 650, departamento 602, Torre Araucaria, Andalué, comuna de San Pedro de la Paz, VALERIA FRANCISCA NAJLE RETAMAL, domiciliada en Almirante Rivero Sur 2241, departamento 32, comuna de Concepción y, CARLOS ENRIQUE HURTADO GUERRERO, domiciliado en Avenida Laguna Redonda 2027, Torre 3, comuna de Concepción, modificaron sociedad de responsabilidad limitada SOCIEDAD GASTRONÓMICA NAJLE TAPIA LIMITADA, inscrita a fojas 289 N° 240 del Reg. de Comercio Conservador Concepción de 2016. Cesión de derechos. Por este acto, la socia Carolina Tapia Krug, vende, cede y transfiere el cien por ciento de sus derechos sociales de Sociedad Gastronómica Najle Tapia Limitada, equivalentes a un tercio de participación en la sociedad, a don Carlos Enrique Hurtado Guerrero, quien los compra y adquiere para sí. Como consecuencia de la cesión de derechos, Carolina Tapia Krug, se retira de la sociedad y quedan como únicos y actuales socios de la sociedad, Carlos Enrique Hurtado Guerrero, con un tercio del capital y derechos sociales y Valeria Francisca Najle Retamal, con dos tercios del capital y derechos sociales. De igual forma, se acuerda modificar la administración, representación y uso de la razón social, en el sentido de que ahora corresponderá exclusivamente a doña Valeria Francisca Najle Retamal. Asimismo, los socios acuerdan modificar el nombre o razón social, pasándose a llamar a contar de la fecha de la presente escritura, “SOCIEDAD GASTRONÓMICA NAJLE LIMITADA”, pudiendo usar también el nombre de fantasía de “SOCIEDAD GASTRONÓMICA NAJLE LTDA”. Los socios acuerdan efectuar las siguientes modificaciones al estatuto social: Uno. Se modifica el artículo primero relativo al nombre o razón social, reemplazándose por el siguiente: ARTÍCULO PRIMERO: Nombre o Razón Social. El nombre o razón social será “SOCIEDAD GASTRONÓMICA NAJLE LIMITADA”, pudiendo usar también el nombre de fantasía de “SOCIEDAD GASTRONÓMICA NAJLE LTDA.”. Dos. Se modifica el artículo quinto relativo al capital social, reemplazándose por el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO: Capital y Aportes. El capital de la sociedad es la suma de $7.500.000.-, que los socios aportan y pagan, en las proporciones siguientes: a) El socio Carlos Enrique Hurtado Guerrero aporta la cantidad de dos millones quinientos mil pesos, equivalentes a un tercio del capital, que se entera en este acto y en dinero efectivo; b) La socia Valeria Francisca Najle Retamal aporta la cantidad de cinco millones de pesos, equivalentes a dos tercios del capital, que se entera en este acto y en dinero efectivo”. Tres. Se modifica el artículo séptimo del estatuto social, relativo a la administración, representación, y el uso de la razón social, hasta antes de la enumeración de las facultades, por el siguiente texto: “ARTÍCULO SÉPTIMO: Uno. Uso de la Razón Social. La representación y administración de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá exclusivamente a doña Valeria Francisca Najle Retamal, quien anteponiendo la razón social a su firma, la representará con las más amplias facultades en todos los asuntos, negocios, operaciones, gestiones, actuaciones, juicios, actos, contratos, que digan relación con su objeto social o sean necesarios o conducentes a sus fines. De esta manera, actuando en la forma antedicha, y sin que la enunciación que sigue importe limitación de facultades, podrá:”. De igual forma se elimina el siguiente párrafo luego de la facultad número sesenta: “LIMITACIONES A LA ADMINISTRACIÓN: Para la ejecución o celebración de actos o contratos respecto de operaciones que excedan la suma de un millón de pesos, considerando este monto para cada operación en particular, se requerirá la firma conjunta de ambos administradores. En consecuencia, para el ejercicio de todas las facultades enumeradas en el presente artículo, ambas administradoras deberán actuar conjuntamente cuando superen el monto de un millón de pesos”. En lo demás estatutos sociales íntegramente vigentes. Responsabilidad socios limitada monto aportes. Capital social asciende a $7.500.000. Demás estipulaciones escritura extractada. Concepción, 16 de mayo de 2018.

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