Société à responsabilité limitée76.491.220-9

Sociedad De Asesorías E Inversiones Román Y Ureta Limitada

MODIFICACIÓN — 10 juin 2022

Diario Oficial

ModificationDiario Oficial · 2022-06-10Voir le PDF (CVE 2140898)

Informations sociétaires

Ltda
Parque Sur N°12.810, casa N°9

Capital

Capital total

$230.000.000

Associés (2)

NomParticipation

NICOLÁS ROMÁN PURCELL

Socio

9.xxx.xxx-2

50%

PILAR URETA LYON

Socio

12.xxx.xxx-0

50%

Historique sociétaire relaté

  1. Transformation· 29 janvier 2020

    Se corrigió y saneó la modificación de la sociedad por un vicio formal en la determinación del monto específico de los aportes de los socios.

    NICOLÁS ROMÁN PURCELL · PILAR URETA LYON

Texte officiel de l’extrait

EDUARDO DIEZ MORELLO, Titular 34 Notaría Santiago, Luis Thayer Ojeda 359, Comuna Providencia, CERTIFICO: Por escritura pública con fecha 26 de Mayo del 2022, ante mí, INDIVIDUALIZACION DE SOCIOS /Uno/ Don NICOLÁS ROMÁN PURCELL, chileno, casado y separado totalmente de bienes, ingeniero comercial, cédula nacional de identidad N° 9.969.684-2 ; /Dos/ Doña PILAR URETA LYON, chilena, casada y separada totalmente de bienes, médico cirujano, cédula nacional de identidad N° 12.853.161-0, ambos domiciliados en esta ciudad, para estos efectos en calle Parque Sur N°12.810, casa N°9, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, los comparecientes mayores de edad, en calidad de únicos socios. Conforme Ley Nº 19.499, los únicos socios a la fecha, corrigieron y sanearon la modificación de "SOCIEDAD DE ASESORÍAS E INVERSIONES ROMÁN Y URETA LIMITADA" de fecha 29 de Enero de 2020, otorgada ante mí, EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Titular 34 Notaría de Santiago, con oficio en calle Luis Thayer Ojeda Nº 359, Comuna de Providencia, repertorio Nº 4.100-2020, inscrita a fojas 17.334 Nº 8.775 año 2020, Registro Comercio de Santiago, y se publicó en el Diario Oficial con fecha 26 de Febrero de 2020. En ésta se deja expresamente reconocido un vicio formal consistente en error involuntario, relativo a la determinación del monto específico de los aportes de los socios, en lo que derivó en no dejar en claro un elemento de la esencia de la modificación social y por lo anterior se hace necesario la presente escritura de saneamiento declarando su intención expresa de corregir el vicio, en la escritura extractada, rigiéndose al efecto por el procedimiento y las disposiciones contenidas en los artículos tres y cuatro de la Ley número diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve. Se declara que el capital de la sociedad es la cantidad de doscientos treinta millones de pesos que se aporta y paga por los socios en la forma y condiciones que pasan a indicarse a continuación. Al respecto, se modificó la cláusula sexta de los estatutos, que indica: “CLÁUSULA SEXTA: El capital social es la cantidad de doscientos treinta millones de pesos que se aporta y paga por los socios en la forma y condiciones que pasan a indicarse a continuación: /Uno/ Don NICOLÁS ROMÁN PURCELL aporta la cantidad de ciento quince millones de pesos, que se paga según el siguiente detalle: /a/ Aporte de veintinueve millones setecientos mil pesos los cuales se encuentran íntegramente pagados, a entera satisfacción de los socios y de la Sociedad; y /b/ Aporte de ochenta y cinco millones trescientos mil pesos, los cuales se encuentran íntegramente pagados, a entera satisfacción de los demás socios y de la Sociedad. /Dos/ doña PILAR URETA LYON aporta la cantidad de ciento quince millones de pesos, que se paga según el siguiente detalle: /a/ Aporte de trescientos mil pesos que han sido íntegramente pagados, a entera satisfacción de los demás socios y de la Sociedad; y /b/ Aporte de ciento catorce millones setecientos mil pesos, que han sido íntegramente pagados, a entera satisfacción de los demás socios y de la Sociedad. En consecuencia, el capital pertenece en un cincuenta por ciento a don Nicolás Román Purcell, y en un cincuenta por ciento a doña Pilar Ureta Lyon”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 26 de Mayo 2022.

ModificationDiario Oficial · 2020-11-16Voir le PDF (CVE 1848150)

Informations sociétaires

Ltda
Santiago, Región Metropolitana

Capital

Capital total

$230.000.000

Capital libéré

$230.000.000

Capital restant dû

$0

Associés (2)

NomParticipation

NICOLÁS ROMÁN PURCELL

Socio

9.xxx.xxx-2

50%

PILAR URETA LYON

Socio

12.xxx.xxx-0

50%

Historique sociétaire relaté

  1. Constitution· 29 janvier 2020

    Se relata la constitución original de la sociedad.

    NICOLÁS ROMÁN PURCELL · PILAR URETA LYON

Texte officiel de l’extrait

EDUARDO DIEZ MORELLO, Titular 34 Notaría Santiago, Luis Thayer Ojeda 359, Comuna Providencia, CERTIFICO: Por escritura pública 14 Septiembre 2020, ante mí, SEÑORES: /Uno/ Don NICOLÁS ROMÁN PURCELL, chileno, casado y separado totalmente de bienes, ingeniero comercial, cédula nacional de identidad N° 9.969.684-2 ; /Dos/ Doña PILAR URETA LYON, chilena, casada y separada totalmente de bienes, médico cirujano, cédula nacional de identidad N° 12.853.161-0 , ambos domiciliados en esta ciudad, para estos efectos en calle Parque Sur N°12.810, casa N°9, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, los comparecientes mayores de edad, en calidad de únicos socios, conforme Ley Nº 19.499, los únicos socios a la fecha, corrigieron y sanearon la modificación de "SOCIEDAD DE ASESORÍAS E INVERSIONES ROMÁN Y URETA LIMITADA" de fecha 29 de Enero de 2020, otorgada ante mí, EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Titular 34 Notaría de Santiago, con oficio en calle Luis Thayer Ojeda Nº 359, Comuna de Providencia, repertorio Nº 4.100-2020, inscrita a fojas 17.334 Nº 8.775 año 2020, Registro Comercio de Santiago, y se publicó en el Diario Oficial con fecha 26 de Febrero de 2020. En ésta se deja expresamente reconocido un vicio formal consistente en error involuntario, relativo a la determinación del monto específico de los aportes de los socios, en lo que derivó en no dejar en claro un elemento de la esencia de la modificación social y por lo anterior se hace necesario la presente escritura de saneamiento declarando su intención expresa de corregir el vicio, en la escritura extractada, rigiéndose al efecto por el procedimiento y las disposiciones contenidas en los artículos tres y cuatro de la Ley número diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve. Se declara que el capital de la sociedad es la cantidad de doscientos treinta millones de pesos que se aporta y paga por los socios en la forma y condiciones que pasan a indicarse a continuación. Al respecto, se modificó la cláusula sexta de los estatutos, que indica: “CLÁUSULA SEXTA: El capital social es la cantidad de doscientos treinta millones de pesos que se aporta y paga por los socios en la forma y condiciones que pasan a indicarse a continuación: /Uno/ Don NICOLÁS ROMÁN PURCELL aporta la cantidad de ciento quince millones de pesos, que se paga según el siguiente detalle: /a/ Aporte de veintinueve millones setecientos mil pesos los cuales se encuentran íntegramente pagados, a entera satisfacción de los socios y de la Sociedad; y /b/ Aporte de ochenta y cinco millones trescientos mil pesos, los cuales se encuentran íntegramente pagados, a entera satisfacción de los demás socios y de la Sociedad. /Dos/ doña PILAR URETA LYON aporta la cantidad de ciento quince millones de pesos, que se paga según el siguiente detalle: /a/ Aporte de trescientos mil pesos que han sido íntegramente pagados, a entera satisfacción de los demás socios y de la Sociedad; y /b/ Aporte de ciento catorce millones setecientos mil pesos, que han sido íntegramente pagados, a entera satisfacción de los demás socios y de la Sociedad. En consecuencia, el capital pertenece en un cincuenta por ciento a don Nicolás Román Purcell, y en un cincuenta por ciento a doña Pilar Ureta Lyon”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 28 Octubre 2020.

ModificationDiario Oficial · 2020-02-26Voir le PDF (CVE 1732339)

Informations sociétaires

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Durée: 5 años y se renovara por periodos sucesivos e iguales a 5 años cada uno, si ninguno de los socios manifestara por escrito la intención de no perseverar en el contrato mediante una declaración hecha por escritura pública e inscrita al margen de la constitución del extracto de constitución de la sociedad todo ello con sesenta días de anticipación al vencimiento del contrato o de sus prorrogas.

Objet social

Será la prestación de toda clase de servicios y la realización de todo tipo de inversiones, en bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles y especialmente en derechos de sociedades, ya sean de capital, de personas o de cualquier otra especie, adminístralas y recibir sus frutos y reinvertirlos sin restricciones de cualquier especie; como asimismo la realización de todos los actos y contratos necesarios y contundentes para los negocios antes señalados.

Capital

Capital total

$230.000.000

Capital libéré

$230.000.000

Capital restant dû

$0

Associés (2)

NomParticipation

Nicolás Román Purcell

Socio

50%

Pilar Ureta Lyon

Socio

50%

Texte officiel de l’extrait

Eduardo Javier Diez Morello, Titular de la 34° Notaria de Santiago, con oficio en calle Luis Thayer Ojeda Nº 359, comuna de Providencia: Por escritura pública de fecha 29 de Enero de 2020, ante mi, señores Nicolás Román Purcell y Pilar Ureta Lyon, ambos domiciliados en calle Parque Sur Nº 12.810 casa 9, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, Modificaron el capital “SOCIEDAD DE ASESORIAS E INVERSIONES ROMÁN y URETA LIMITADA” inscrita a fojas 9.186 N° 6.243 del registro de comercio de Santiago del año 2006 en la forma siguiente: Podrá utilizar como nombre de fantasía el de “ROMÁN Y URETA LIMITADA” incluso ante Bancos comerciales. El objeto: será la prestación de toda clase de servicios y la realización de todo tipo de inversiones, en bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles y especialmente en derechos de sociedades, ya sean de capital, de personas o de cualquier otra especie, adminístralas y recibir sus frutos y reinvertirlos sin restricciones de cualquier especie; como asimismo la realización de todos los actos y contratos necesarios y contundentes para los negocios antes señalados. El capital social es la cantidad de 230.000.000 pesos que se aporta y paga por los socios en la forma y condiciones que pasan a indicarse a continuación: /Uno/ Don NICOLÁS ROMÁN PURCELL aporta la cantidad de 115.000.000 pesos, que se paga según el siguiente detalle: /uno/ Aporte de 29.700.000 pesos que han sido íntegramente pagados con anterioridad a este acto, a entera satisfacción de los demás socios y de la Sociedad; y /dos/ Aporte de 85.300.000 pesos, que se aporta y paga en este acto. /Dos/ Doña PILAR URETA LYON aporta la cantidad de 115.000.000 pesos, que se paga según el siguiente detalle: /uno/, Aporte de 300.000 pesos que han sido íntegramente pagados con anterioridad a este acto, a entera satisfacción de los demás socios y de la Sociedad; y /dos/ Aporte de 114.7000 pesos, que se aportan y pagan en este acto. Duración: 5 años y se renovara por periodos sucesivos e iguales a 5 años cada uno, si ninguno de los socios manifestara por escrito la intención de no perseverar en el contrato mediante una declaración hecha por escritura pública e inscrita al margen de la constitución del extracto de constitución de la sociedad todo ello con sesenta días de anticipación al vencimiento del contrato o de sus prorrogas. Domicilio: En la ciudad de Santiago, sin perjuicio de los locales, sucursales y oficinas o agencias que se establezcan en el resto del país o en el extranjero. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Santiago, 24 Febrero 2020.

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  1. MODIFICACIÓN

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    CVE 1848150

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    ROMÁN Y URETA LIMITADA

    CVE 1732339

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