Société à responsabilité limitée76.481.945-4

Sociedad Shivshakti Limitada

MODIFICACIÓN — 8 nov. 2018

Diario Oficial

ModificationDiario Oficial · 2018-11-08Voir le PDF (CVE 1490935)

Informations sociétaires

Ltda

Représentation légale (1)

Texte officiel de l’extrait

JUAN SANTIAGO TREUER MOYA, Notario Público 4° Notaría, Antofagasta, calle Juan Jose Latorre N°2441, Certifica: Por escritura pública hoy ante mí: don LUIS ENRIQUE PÉREZ CABELLO, chileno, abogado cedula de identidad 14.111.597-9, rectifica extracto de modificación “SOCIEDAD SHIVSHAKTI LIMITADA" capital (2.000.000), de fecha 31 de julio 2018, inscrita a Fs 1053v No 735 del año 2018, Registro de Comercio Conservador de Bienes Raíces de Antofagasta, el que se publicó en la edición del Diario Oficial Nº42135 correspondiente al 18 de agosto de 2018 en el siguiente sentido; PRIMERO: señalar que el RUT de la sociedad “SOCIEDAD SHIVSHAKTI LIMITADA" es RUT 76.481.945-4. SEGUNDO: Que en la cláusula primera de la escritura precedentemente señalada, de fecha 31 de julio de 2018, se indicó erróneamente que el extracto de constitución de la sociedad se inscribió "a fojas 99 bajo el número 1455”, debiendo decir "a fojas 2428 bajo el Nº 1373" del Registro de Comercio del Conservador de esta ciudad. Otras estipulaciones en escritura extractada.- Antofagasta, 06 de Noviembre de 2018.

ModificationDiario Oficial · 2018-08-18Voir le PDF (CVE 1448857)

Informations sociétaires

Ltda
No consta
Administration: La administración, representación y uso de razón social corresponderá únicamente a don YOGESH GULABCHAND, actuando separadamente

Capital

Capital total

$6.000.000.-

Associés (2)

NomParticipation

YOGESH GULABCHAND

Socio

22.xxx.xxx-4

99%

LESLIE CAROLINA AGUILERA GONZÁLEZ

Socio

14.xxx.xxx-5

1%

Administrateurs (1)

YOGESH GULABCHAND

22.xxx.xxx-4Administrador

Historique sociétaire relaté

  1. Constitution· 2 septembre 2015

    Constitución original de la sociedad de responsabilidad limitada.

    YOGESH GULABCHAND · VICKY WADHWANI

  2. Cession de droits· 12 décembre 2017

    DALANI KIRANSHYAMLAL y YOGESH GULABCHAND modifican el pacto social por venta de derechos, quedando YOGESH GULABCHAND y VICKY WADHWANI como únicos socios; además se cambia el nombre de fantasía a JAI GANESH y se aumenta el capital a $6.000.000.

    DALANI KIRANSHYAMLAL · YOGESH GULABCHAND · VICKY WADHWANI

  3. Cession de droits

    VICKY WADHWANI cede el 49% de sus derechos a YOGESH GULABCHAND y el 1% restante a LESLIE CAROLINA AGUILERA GONZÁLEZ, retirándose de la sociedad.

    VICKY WADHWANI · YOGESH GULABCHAND · LESLIE CAROLINA AGUILERA GONZÁLEZ

Texte officiel de l’extrait

JUAN TREUER MOYA, notario público titular, cuarta notaria Antofagasta, Latorre 2441, certifico: Por escritura pública, hoy ante mí: don VICKY WADHWANI, Hindú, casado en separación total de bienes, comerciante, domiciliado en esta ciudad, calle Magallanes Nº 616, cédula de identidad extranjero 24.275.092-6; don YOGESH GULABCHAND, chileno, casado en separación total de bienes, comerciante, domiciliado en esta ciudad, calle Luis Undurraga Nº 0466 departamento 25, cédula de identidad extranjero 22.483.316-4; y doña LESLIE CAROLINA AGUILERA GONZÁLEZ Chilena, casada en separación total de bienes, profesora, domiciliado en esta ciudad, calle Luis Undurraga Nº 0466 departamento 25, cédula de identidad y rol único tributario 14.113.417-5 celebraron escritura pública de modificación de sociedad de responsabilidad limitada en los siguientes términos; Antecedentes: Que don YOGESH GULABCHAND y don VICKY WADHWANI son los actuales socios de la sociedad de responsabilidad limitada cuya razón social es “SOCIEDAD SHIVSHAKTI LIMITADA” y/o “INDIA CHILE LTDA” rol único tributario Nº 76.481.945-5 EL CAPITAL: el capital social inicial fue la suma de 2.000.000 pesos el cual fue suscrito y pagado por ambos socios al contado y en dinero en efectivo en el acto de constitución. Esta sociedad fue constituida por escritura pública de fecha dos de septiembre de 2015, otorgada ante el oficio notarial de don JULIO ALEJANDRO ABASOLO ARAVENA, Notario Público y conservador de minas de la 2º Notaria de Antofagasta, cuyo extracto se inscribió a 99 bajo el Nº 1455 del Registro de Comercio del Conservador de esta ciudad, correspondiente al año 2015, y se publicó en la edición del Diario Oficial Nº 41278, correspondiente al 28 de septiembre de 2015. Modificación del pacto social. Por escritura de fecha 12 de diciembre de 2017, otorgada ante el oficio notarial de TOMAS ALBERTO FERNÁNDEZ GÓMEZ, notario público suplente del titular don JULIO ABASOLO ARAVENA los socios doña DALANI KIRANSHYAMLAL, y don YOGESH GULABCHAND, modifican el pacto social, en relación a la venta de sus derechos sociales quedando en consecuencia como únicos socios, don YOGESH GULABCHAND, con un 50% de los derechos sociales, y don VICKY WADHWANI con un 50% de los derechos sociales por consiguiente los únicos socios convienen en modificar a) el nombre de fantasía de la sociedad la cual es INDIA LTDA la que en adelante se denominará JAI GANESH b) Se aumenta el capital social de $2.000.000.- de pesos a la suma de $6.000.000.- de pesos, mayor valor o diferencia que se paga de la siguiente forma: don YOGESH GULABCHAND DASWANI aporta la suma de $2.000.000.- de pesos, el cual se suscribe y se paga al contado y en dinero en efectivo, del modo que su importe total aportado en capital asciende a $3.000.000.- de pesos; don VICKY WADHWANI, aporta la suma de $2.000.000.- de pesos, el cual se suscribe y se paga al contado y en dinero en efectivo, del modo que su importe total aportado en capital asciende a $3.000.000.- de pesos.Cesión de derechos sociales. Por el presente instrumento, don VICKY WADHWANI, vende, cede y transfiere a don YOGESH GULABCHAND , quien compra, adquiere y acepta para sí, el 49% de la totalidad de sus derechos en la entidad, equivalentes en la suma de un millón novecientos mil pesos de pesos, que la compradora paga al contado, en este acto, en dinero efectivo, y además vende, cede y transfiere el uno por ciento restante del cincuenta por ciento de sus derechos a doña LESLIE CAROLINA AGUILERA GONZÁLEZ en la suma de cien mil pesos , quien declara recibirlo a su entera satisfacción, retirándose don VICKY WADHWANI de la sociedad. Por consiguiente, son socios de la entidad don YOGESH GULABCHAND, con una participación de 99% en el interés social; doña LESLIE CAROLINA AGUILERA GONZÁLEZ, con una participación de 1% en el interés social, Representación: la administración, representación y uso de razón social corresponderá únicamente a don YOGESH GULABCHAND quien actuando separadamente por la sociedad y anteponiendo a su firma al uso de la razón social podrá ejecutar todos los actos y contratos inherentes al giro de la sociedad en la forma , con las facultades y limitaciones señaladas en clausula cuarta del pacto social. En todo lo que no se modifica por este instrumento, seguirán vigentes las estipulaciones del pacto social. Antofagasta, 07 de Agosto de 2018.

ModificationDiario Oficial · 2018-01-04Voir le PDF (CVE 1330399)

Informations sociétaires

Ltda
Antofagasta, Antofagasta
Administration: La administración, representación legal y uso de la razón social corresponderá a dos socios, actuando separadamente

Capital

Capital total

$6.000.000

Associés (2)

NomParticipation

YOGESH GULABCHAND DASWANI

Socio

22.xxx.xxx-4

50%

VICKY WADHWANI

Socio

24.xxx.xxx-6

50%

Administrateurs (2)

YOGESH GULABCHAND DASWANI

22.xxx.xxx-4Administrador

VICKY WADHWANI

24.xxx.xxx-6Administrador

Historique sociétaire relaté

  1. Constitution· 2 septembre 2015

    Se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada SOCIEDAD SHIVSHAKTI LIMITADA / INDIA CHILE LTDA con capital de $2.000.000.

    DALANI KIRAN SHYAMLAL · YOGESH GULABCHAND DASWANI

  2. Cession de droits

    DALANI KIRAN SHYAMLAL cede la totalidad de sus derechos, equivalentes al 50%, a VICKY WADHWANI.

    DALANI KIRAN SHYAMLAL · VICKY WADHWANI

Texte officiel de l’extrait

TOMAS FERNÁNDEZ GÓMEZ, Notario Público Suplente, Segunda Notaría Antofagasta, Washington Nº 2653, certifico: Por escritura pública, hoy ante mí: doña DALANI KIRAN SHYAMLAL, hindú, casada con separación de bienes, comerciante, domiciliada en calle Magallanes Nº 616, departamento 402, Antofagasta, Cédula de Extranjeros Nº 22.737.329-6, don YOGESH GULABCHAND DASWANI, hindú, casado, comerciante, domiciliado en calle Luis Undurraga Nº 0466, departamento 25, Antofagasta, Cédula de Extranjeros Nº 22.483.316-4, y don VICKY WADHWANI, hindú, casado con separación de bienes, comerciante, domiciliado calle Magallanes Nº 616, departamento 402, Antofagasta, Cédula de Extranjeros Nº 24.275.092-6, celebraron escritura pública de modificación de sociedad de responsabilidad limitada, en los siguientes términos. ANTECEDENTES: Que doña DALANI KIRAN SHYAMLAL, y don YOGESH GULABCHAND DASWANI son los actuales socios de la sociedad de responsabilidad limitada cuya razón social es "SOCIEDAD SHIVSHAKTI LIMITADA” y/o “INDIA CHILE LTDA”, Rol Único Tributario Nº 76.481.945-4. EL CAPITAL El capital social fue la suma de $2.000.000.- de pesos el cual fue suscrito y pagado por ambos socios al contado y en dinero en efectivo en el acto de constitución. Esta sociedad fue constituida por escritura pública de fecha 02 de septiembre de 2015, conferida ante este oficio notarial, Segunda Notaría de Antofagasta, servida por su Notario Público Titular, don JULIO ABASOLO ARAVENA, cuyo extracto fuera inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Antofagasta, con fecha 05 de octubre del año 2015, a fojas 2428, bajo el Nº 1373 del año 2015 y se publicó en la edición del Diario Oficial Nº 41.268, con fecha 28 de septiembre del año 2015. MODIFICACION: CESIÓN DE DERECHOS: Por el presente instrumento, doña DALANI KIRAN SHYAMLAL vende, cede y transfiere a don VICKY WADHWANI, quien compra, adquiere y acepta la totalidad de sus derechos en la entidad, que ascienden al 50% del capital, en la suma de $1.000.000.- de pesos precio que don VICKY WADHWANI paga a doña DALANI KIRAN SHYAMLAL, en este acto, en dinero efectivo, quien declara recibirlo a su entera satisfacción, otorgando la cancelación correspondiente. Consecuentemente, doña DALANI KIRAN SHYAMLAL se retira de la sociedad, declarando haber recibido la totalidad del precio a su entera satisfacción, dándolo en consecuencia por íntegra y totalmente pagado. En virtud de lo anterior, quedan como únicos y actuales socios de la sociedad don VICKY WADHWANI, con una participación de un 50% (cincuenta por ciento) de participación en la sociedad en el interés social y don YOGESH GULABCHAND DASWANI, con una participación de un 50% (cincuenta por ciento) en el interés social. Por consiguiente, los únicos socios de la entidad, don YOGESH GULABCHAND DASWANI y don VICKY WADHWANI, convienen en modificar el pacto social en la siguiente forma: a) se modifica el nombre de fantasía de la sociedad, la cual es “INDIA CHILE LTDA”, la que en lo sucesivo, su nombre de fantasía se denominará “JAI GANESH”. b) Se aumenta el capital social de $2.000.000.- de pesos a la suma de $6.000.000.- de pesos, mayor valor o diferencia que se paga de la siguiente forma: don YOGESH GULABCHAND DASWANI aporta la suma de $2.000.000.- de pesos, el cual se suscribe y se paga al contado y en dinero en efectivo, del modo que su importe total aportado en capital asciende a $3.000.000.- de pesos; don VICKY WADHWANI, aporta la suma de $2.000.000.- de pesos, el cual se suscribe y se paga al contado y en dinero en efectivo, del modo que su importe total aportado en capital asciende a $3.000.000.- de pesos. Como consecuencia y sin perjuicio del derecho a las utilidades o ingresos acumulados, la participación en el capital social queda aportado por los socios en la proporción del cincuenta por ciento para cada uno. c) Las utilidades se distribuirán y las pérdidas se afrontarán entre los socios en partes iguales, esto es, en la proporción de un cincuenta por ciento para cada uno y, d) La administración, la representación legal de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don YOGESH GULABCHAND DASWANI y a don VICKY WADHWANI, quienes actuando separadamente por la sociedad y anteponiendo a su firma la razón social, podrá ejecutar todos los actos y contratos inherentes al giro de la sociedad, en la forma, con las facultades y limitaciones señaladas en la cláusula cuarta del pacto social. En todo lo que no se modifica la sociedad por este instrumento, seguirán vigentes las estipulaciones del pacto social originalmente celebrado. Antofagasta 12 de Diciembre de 2017.

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