Sociedad Sandra Pérez Ahumada Y Otros Limitada
Diario Oficial
Informations sociétaires
Objet social
A) la prestación de todo tipo de servicios, de desarrollo y explotación por sí o a través de terceros, relacionados con la agricultura; tanto en locales propios o ajenos, tales como prestación de servicios de contratación y de subcontratación, para las labores agrícolas, servicios de plantación de árboles frutales, servicios de cosecha agrícola, servicios de poda de árboles frutales, servicios de raleo de árboles frutales, movilización de personal, y en general todo lo que esté en la actualidad o en el futuro relacionado con las actividades agrícolas y en general cualquier negocio que establezca esta sociedad relacionado con la agricultura B) la construcción, adquisición, instalación y explotación por cuenta propia o ajena, de todo tipo de construcciones civiles, sean estas construcciones o reparaciones, dentro de ellos en residencias particulares, proyectos inmobiliarios, hoteles, hostales, residenciales, apart hotel, moteles, hosterías, restaurantes, almacenes, frutería y verdulería; C) la compra, venta, importación, exportación, comercialización, distribución de cualquier título o forma de bienes muebles, al por mayor y al detalle, sean estos tipos de bienes manufacturados, o primarios; D) Transporte nacional e internacional de carga terrestre E) todo tipo de transportes de pasajeros, F) servicios de logística y distribución en materia de transporte; compra, venta y arriendo de vehículos, corretaje, asesorías y representaciones a empresas; exportación, importación y comercialización de toda clase de elementos relacionados al transporte de carga tales como camionetas, furgones, todo tipo de camiones sean estos livianos, medianos y o pesados; en general cualquier negocio, acto, contrato o actividades relacionadas con el transporte; G) Podrá, además, adquirir, enajenar, administrar, arrendar, importar o exportar, por cuenta propia o ajena, todo tipo de vehículos livianos y o pesados, bienes muebles e inmuebles; H) podrá importar, exportar y comercializar al por mayor y o al detalle de toda clase de productos sean estos alimenticios de origen animal y o vegetal tales como frutas, verduras, hortalizas, frutos secos, cereales y sus derivados. I) La prestación de servicios de todo tipo de servicios, o asesorías relacionadas con cualquiera de los objetos ya señalados; J) participar y formar parte de todo tipo de sociedades, , empresas, asociaciones, que se encuentren constituidas o que se formen en el futuro y en general cualquier otro negocio que acordaren los socios.- realizar la ejecución de cualquier clase de negocios estén o no relacionado con el objeto social.
Capital
Capital total
$20.000.000
Actions
100
Associés (1)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
SANDRA DEL CARMEN PÉREZ AHUMADA Accionista 14.xxx.xxx-0 | 14.xxx.xxx-0 | 100% | - |
Administrateurs (1)
SANDRA DEL CARMEN PÉREZ AHUMADA
Historique sociétaire relaté
- Constitution· 14 septembre 2015
Se constituye la sociedad SOCIEDAD DAVID PEREZ AHUMADA Y OTROS LIMITADA, nombre de fantasía HDM INGENERÍA Y MONTAJE LTDA.
DAVID ABRAHAM PÉREZ AHUMADA · MARCO ANTONIO PÉREZ AHUMADA · HUGO HERNÁN VALENZUELA HERNÁNDEZ
- Cession de droits· 13 juillet 2017
HUGO HERNAN VALENZUELA HERNÁNDEZ cede el total de sus derechos sociales a DAVID ABRAHAM PÉREZ AHUMADA y MARCO ANTONIO PÉREZ AHUMADA, y disminuye el capital.
HUGO HERNAN VALENZUELA HERNÁNDEZ · DAVID ABRAHAM PÉREZ AHUMADA · MARCO ANTONIO PÉREZ AHUMADA
- Cession de droits· 24 avril 2018
MARCO ANTONIO PÉREZ AHUMADA cede el total de sus derechos sociales a EDUARDO ALEXIS FERNÁNDEZ LUCERO.
MARCO ANTONIO PÉREZ AHUMADA · EDUARDO ALEXIS FERNÁNDEZ LUCERO
- Changement de nom· 25 juillet 2019
La sociedad cambia su razón social a SOCIEDAD SANDRA PÉREZ AHUMADA Y OTROS LIMITADA, manteniendo el nombre de fantasía HDM INGENIERÍA Y MONTAJE LTDA.
DAVID ABRAHAM PÉREZ AHUMADA · SANDRA DEL CARMEN PÉREZ AHUMADA · EDUARDO ALEXIS FERNÁNDEZ LUCERO
- Cession de droits· 25 juillet 2019
DAVID ABRAHAM PÉREZ AHUMADA vende y cede sus derechos sociales a SANDRA DEL CARMEN PÉREZ AHUMADA.
DAVID ABRAHAM PÉREZ AHUMADA · SANDRA DEL CARMEN PÉREZ AHUMADA
- Changement d’administrateur· 25 juillet 2019
SANDRA DEL CARMEN PÉREZ AHUMADA queda como única administradora.
- Cession de droits· 4 décembre 2025
EDUARDO ALEXIS FERNÁNDEZ LUCERO cede el cien por ciento de sus derechos a SANDRA DEL CARMEN PÉREZ AHUMADA, quedando ella como única socia.
EDUARDO ALEXIS FERNÁNDEZ LUCERO · SANDRA DEL CARMEN PÉREZ AHUMADA
- Transformation· 4 décembre 2025
La sociedad se transforma en una Sociedad por Acciones bajo la razón social HDM INGENIERÍA Y MONTAJE SpA.
Texte officiel de l’extrait
Ministerio del Interior Cecilia de las Mercedes Gálvez Pino, abogado, Notario Público Titular de la Quinta Notaría de Rancagua, con oficio en avenida José de San Martín Nº 255, comuna de Rancagua, certifico que: Por escritura de fecha 04 de diciembre de 2025 - repertorio 3040/2025 - ante doña CELESTE BECERRA MARIN, Notario Suplente de este Oficio, don EDUARDO ALEXIS FERNÁNDEZ LUCERO, chileno, soltero, contador auditor, cédula nacional de identidad número 9.966.111-9, domiciliado en Arturo Prat número siete, casa treinta, comuna de Talca, Región del Maule y de paso por esta comuna; y doña SANDRA DEL CARMEN PÉREZ AHUMADA, chilena, soltera, ingeniero en prevención de riesgos, cédula nacional de identidad número 14.478.871-0, domiciliada en Arturo Prat número siete, casa treinta, comuna de Talca, Región del Maule y de paso por esta comuna, declaran que: a) Por escritura pública de fecha catorce de septiembre del año dos mil quince, ante el Notario Público titular de la segunda Notaría de Rancagua don JAIME BERNALES VALENZUELA, anotada bajo el repertorio número doce mil novecientos once del notario que la suscribe, don DAVID ABRAHAM PÉREZ AHUMADA, DON MARCO ANTONIO PÉREZ AHUMADA Y DON HUGO HERNÁN VALENZUELA HERNÁNDEZ, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada denominada SOCIEDAD DAVID PEREZ AHUMADA Y OTROS LIMITADA, nombre de fantasía “HDM INGENERÍA Y MONTAJE LTDA”, rol único tributario número setenta y seis millones cuatrocientos sesenta y siete mil ochocientos seis guion cinco, sociedad del giro de su denominación, cuyo extracto se publicó en el Diario Oficial el día veintidós de septiembre del año dos mil quince la misma se encuentra inscrita a fojas novecientos once vuelta, número setecientos sesenta y tres del año dos mil quince del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces y de Comercio de Rancagua. b) Por escritura pública de fecha trece de julio del año dos mil diecisiete, ante el Notario Público FRANCISCA SALAS MEDINA, Notario Suplente del Titular segunda Notaría de la ciudad de Rancagua, de don JAIME BERNALES VALENZUELA, anotada en el repertorio número tres mil novecientos quince del año dos mil dieciocho, modificaron la sociedad en el siguiente sentido, don HUGO HERNAN VALENZUELA HERNÁNDEZ, vendió cedió y transfirió el total de sus derechos sociales, a los socios don DAVID ABRAHAM PÉREZ AHUMADA y a don MARCO ANTONIO PÉREZ AHUMADA, el total de sus derechos en la sociedad, correspondiente al treinta y tres por ciento de su participación, saliendo don HUGO HERNÁN VALENZUELA HERNÁNDEZ de la sociedad quedando los cesionarios con el cincuenta por ciento cada uno de los derechos sociales; además se modificó el capital disminuyéndolo de treinta millones de pesos, a la suma de veinte millones de pesos, dichas modificaciones fueron publicadas en el diario oficial con fecha veintidós de septiembre del año dos mil diecisiete y fueron anotadas en el registro de comercio del conservador de bienes raíces de Rancagua y constan a fojas ochocientos setenta y tres Número seiscientos treinta y nueve, del año dos mil diecisiete; c) Por escritura pública de fecha veinticuatro de abril del año dos mil dieciocho, ante el Notario Público FRANCISCA SALAS MEDINA, Notario Suplente del Titular segunda Notaría de la ciudad de Rancagua, de don JAIME BERNALES VALENZUELA, anotada con el repertorio número dos mil quince del año dos mil dieciocho, modificaron la sociedad en el siguiente sentido; MARCO ANTONIO PÉREZ AHUMADA, vendió, cedió y transfirió a don EDUARDO ALEXIS FERNÁNDEZ LUCERO, el total de sus derechos sociales en la sociedad correspondiente al cincuenta por ciento del total de los derechos sociales a este último, saliendo de la sociedad don MARCO ALEXIS PÉREZ AHUMADA, y entrando cómo socio con el cincuenta por ciento de los derechos sociales don EDUARDO ALEXIS FERNÁNDEZ LUCERO quedando los cesionarios con el cincuenta por ciento cada uno de los derechos sociales; dicha modificación fue publicada en el diario oficial con fecha nueve de mayo del año dos mil dieciocho y fueron anotadas en el registro de comercio del conservador de bienes raíces de Rancagua y constan a fojas trescientos noventa Número trescientos uno, del año dos mil dieciocho; e) Por escritura pública de fecha veintinueve de noviembre del año dos mil diecinueve, en la notaría de don ERNESTO MONTOYA PEREDERO Notario Público de Rancagua certificó que ante doña XIMENA CARMONA TORRES, Notario Suplente del Titular Notaría de la ciudad de Rancagua, de don ERNESTO MONTOYA PEREDERO, modificaron la sociedad en el siguiente sentido: que con fecha veinticinco de julio del año dos mil diecinueve inscrita a fojas seiscientos setenta Número cuatrocientos veintisiete del registro de Comercio del año dos mil diecinueve de Rancagua, se realizan modificaciones consistentes en la modificación de la cláusula tercera del pacto social esto es, cambio de razón social de la sociedad por el nombre de SOCIEDAD SANDRA PÉREZ AHUMADA Y OTROS LIMITADA con el nombre de fantasía “HDM INGENIERÍA Y MONTAJE LTDA”. Además, modificaron la sociedad retirándose el socio DAVID ABRAHAM PÉREZ AHUMADA, quien vendió, cedió y transfirió a doña entrando como nueva socia doña SANDRA DEL CARMEN PÉREZ AHUMADA, el total de sus derechos en la sociedad, correspondiente al cincuenta por ciento del total, quien lo compró, aceptó y adquirió para sí. Como consecuencia de ésta modificación, quedaron cómo únicos socios con cincuenta por ciento cada uno de los derechos sociales, don EDUARDO ALEXIS FERNÁNDEZ LUCERO y doña SANDRA DEL CARMEN PÉREZ AHUMADA. Además, Los actuales socios modificaron en ese mismo acto la cláusula cuarta del pacto social, quedando como única administradora de la sociedad la socia doña SANDRA DEL CARMEN PÉREZ AHUMADA, dichas modificaciones fueron publicadas en el Diario Oficial con fecha diez de junio del año dos mil veinte y se encuentran inscritas a fojas mil treinta y tres número seiscientos sesenta y cuatro del año dos mil veinte en el registro de comercio del Conservador de Bienes Raíces de la ciudad de Rancagua., con un cincuenta por ciento cada uno de los derechos sociales. Que, por el presente instrumento, los socios antes señalados proceden a modificar la sociedad en los siguientes términos: en este acto don EDUARDO ALEXIS FERNÁNDEZ LUCERO, se retira de la sociedad, vendiendo, cediendo y transfiriendo el cien por ciento de sus derechos, partes o cuotas de participación en la sociedad materia del presente instrumento en favor de doña SANDRA DEL CARMEN PÉREZ AHUMADA, quién los compra, adquiere y acepta para sí, respecto de la totalidad de los derechos sociales que le corresponden al “cedente”, vale decir, el cincuenta por ciento de todos los derechos, cuotas o partes del capital social, quien de manera expresa declara conocer el estado de la sociedad que adquiere en este acto, renunciando desde ya a cualquier acción resolutoria que afecte la presente cesión. El precio de esta cesión es la suma de dos millones de pesos, pagados en dos cuotas de un millón de pesos cada una. Que, como consecuencia de la venta y cesión, a contar de esta fecha el único socio de la sociedad es doña SANDRA DEL CARMEN PÉREZ AHUMADA. Que, como consecuencia de la cesión anterior, se realiza cambio de la razón social de la presente sociedad y se transformará en sociedad por acciones, según da cuenta escritura citada, en una Sociedad por Acciones, según normas del Libro II, Título VII, artículos 424 y siguientes del Código de Comercio y de la Ley N° 18046 y su Reglamento, en lo que a sociedades anónimas cerradas se refiere, y que se regirá por las disposiciones de los estatutos que se consignan a continuación: Razón social: HDM INGENIERÍA Y MONTAJE. SpA. Domicilio: Ciudad de Rancagua, pudiendo establecer agencias, sucursales o representaciones en otros puntos del país o del extranjero. Duración: La duración de la sociedad será de dos años renovables. Objeto: A) la prestación de todo tipo de servicios, de desarrollo y explotación por sí o a través de terceros, relacionados con la agricultura; tanto en locales propios o ajenos, tales como prestación de servicios de contratación y de subcontratación, para las labores agrícolas, servicios de plantación de árboles frutales, servicios de cosecha agrícola, servicios de poda de árboles frutales, servicios de raleo de árboles frutales, movilización de personal, y en general todo lo que esté en la actualidad o en el futuro relacionado con las actividades agrícolas y en general cualquier negocio que establezca esta sociedad relacionado con la agricultura B) la construcción, adquisición, instalación y explotación por cuenta propia o ajena, de todo tipo de construcciones civiles, sean estas construcciones o reparaciones, dentro de ellos en residencias particulares, proyectos inmobiliarios, hoteles, hostales, residenciales, apart hotel, moteles, hosterías, restaurantes, almacenes, frutería y verdulería; C) la compra, venta, importación, exportación, comercialización, distribución de cualquier título o forma de bienes muebles, al por mayor y al detalle, sean estos tipos de bienes manufacturados, o primarios; D) Transporte nacional e internacional de carga terrestre E) todo tipo de transportes de pasajeros, F) servicios de logística y distribución en materia de transporte; compra, venta y arriendo de vehículos, corretaje, asesorías y representaciones a empresas; exportación, importación y comercialización de toda clase de elementos relacionados al transporte de carga tales como camionetas, furgones, todo tipo de camiones sean estos livianos, medianos y o pesados; en general cualquier negocio, acto, contrato o actividades relacionadas con el transporte; G) Podrá, además, adquirir, enajenar, administrar, arrendar, importar o exportar, por cuenta propia o ajena, todo tipo de vehículos livianos y o pesados, bienes muebles e inmuebles; H) podrá importar, exportar y comercializar al por mayor y o al detalle de toda clase de productos sean estos alimenticios de origen animal y o vegetal tales como frutas, verduras, hortalizas, frutos secos, cereales y sus derivados. I) La prestación de servicios de todo tipo de servicios, o asesorías relacionadas con cualquiera de los objetos ya señalados; J) participar y formar parte de todo tipo de sociedades, , empresas, asociaciones, que se encuentren constituidas o que se formen en el futuro y en general cualquier otro negocio que acordaren los socios.- realizar la ejecución de cualquier clase de negocios estén o no relacionado con el objeto social. Capital y Acciones: El capital de la sociedad es la suma de veinte millones de pesos, dividido en cien acciones acciones ordinarias y nominativas las cuales podrán pagarse en dinero efectivo o con aporte de otros bienes, sin valor nominal. Las acciones cuyo valor no se encuentre totalmente pagado, gozarán de los mismos derechos que las acciones íntegramente suscritas y pagadas: Títulos de Acciones. La sociedad no emitirá láminas físicas de los títulos de acciones, sin perjuicio de las anotaciones e inscripciones que en conformidad con el artículo cuatrocientos treinta y uno del Código de Comercio deban efectuarse en el Registro de Accionistas pertinente y de las certificaciones que podrá otorgar al Gerente General a petición del respectivo accionista. La adquisición de acciones de la sociedad implica la aceptación de los estatutos sociales, de los acuerdos adoptados por los Accionistas y la normativa legal que le es aplicable Administración y uso de la razón social: se designa como administrador a la única accionista de la sociedad doña SANDRA DEL CARMEN PÉREZ AHUMADA, quien podrá actuar con las facultades establecidas en la escritura extractada.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Rancagua, 10 de diciembre de 2025.-
Actes récents
- MODIFICACIÓN
SOCIEDAD SANDRA PÉREZ AHUMADA Y OTROS LIMITADA
CVE 2741649
