Société à responsabilité limitée76.464.158-2

Consultora E Inversiones Bluepatagon Chile Limitada

MODIFICACIÓN — 1 juin 2022

Diario Oficial

ModificationDiario Oficial · 2022-06-01Voir le PDF (CVE 2136862)

Informations sociétaires

Ltda
Administration: No indicada

Objet social

Consultora e inversiones.

Capital

Capital total

$2.000.000

Associés (3)

NomParticipation

GUSTAVO RICARDO VIGNERA

Socio

-

AGUSTIN IVAN VIGNERA

Socio

-

JOSE MANUEL MUÑOZ SAPUNAR

Socio

-

Texte officiel de l’extrait

JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, Abogado, Notario Público, Titular 43ª Notaría Santiago, Huérfanos 835, piso 18, Santiago; certifica:- Por escritura de fecha 19 Mayo 2022, ante mi Suplente, don Humberto Miguel Prieto Concha, señores:- GUSTAVO RICARDO VIGNERA, quien comparece por sí y, además en nombre y en representación, de don AGUSTIN IVAN VIGNERA, ambos domiciliados en Ruta Panamericana KM. 47, Barrio Septiembre, Unidad Funcional 163, Partido Escobar, Provincia de Buenos Aires, República Argentina y, de paso en Chile; y, JOSE MANUEL MUÑOZ SAPUNAR, San Antonio Nº 19, of. 701, Santiago; modificaron sociedad CONSULTORA E INVERSIONES BLUEPATAGON CHILE LIMITADA, Rut. 76.464.158-2, constituida con un capital inicial de $2.000.000, el 29 Abril 2015, Notario de Santiago, don Juan Ricardo San Martín Urrejola, inscrita Registro Comercio Santiago, a fjs. 32.869, Nº 19.434, año 2015.- Modificación consiste:- a) Se agrega al artículo tercero del primitivo pacto social, al final de donde señala el objeto de la misma, lo siguiente:- "En el cumplimiento del objeto social, la sociedad procurará generar un impacto positivo para la comunidad, las personas vinculadas a la sociedad y el medio ambiente.- Sólo los socios - accionistas de la sociedad podrán exigir el cumplimiento de lo dispuesto en el presente artículo".- b) Se agrega al artículo quinto, en lo referente a la administración de la sociedad, lo siguiente:- "En el desempeño de sus actividades, la administración de la sociedad deberá considerar no solo los intereses de sus socios, sino a los trabajadores, clientes y proveedores de la sociedad y otras partes directa o indirectamente vinculadas a ella.- Asimismo, deberá velar por los intereses de la comunidad donde opera y por la protección del medio ambiente local y global.- Los administradores deberán dejar constancia en la memoria anual o en comunicaciones periódicas a los socios, de las acciones tomadas al respecto.- El cumplimiento de lo anterior sólo podrá exigirse por los socios de la sociedad".- Demás estipulaciones primitivo pacto social continúan vigentes.- Santiago, 30 de Mayo de 2022.

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