Multitiendas Juan Valdivia Limitada
Diario Oficial
Informations sociétaires
Objet social
a) Confección, compraventa, distribución, importación, exportación, consignación y otras actuaciones relativa a la moda, al vestir femenino, masculino, de niños y bebes, la compraventa de artículos de cocina, juguetes, menaje, artículos de regalo, bazar, paquetería y otros que se venden en tiendas de moda y mutitiendas; toda clase de prendas de vestir y sus accesorios y cualquier otro acto o negocio licito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos u otro que los socios acuerden; b) La realización de toda clase de inversiones en bienes muebles o inmuebles, corporales e incorporales, valores, acciones, bonos, debentures, explotarlos, administrarlos, percibir e invertir sus frutos, cualquier otro acto o negocio licito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden.- c) Formar parte en otras sociedades modificarlas, asumir la administración de las mismas, y en general cualquiera otra actividad que se relacione en la actualidad o en el futuro, con lo dicho o cualquier otro negocio que directa o indirectamente tienda a la consecución del objeto social.
Capital
Capital total
$4.000.000
Capital libéré
$4.000.000
Capital restant dû
$0
Associés (2)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Socio | - | 50% | $2.000.000 |
Socio | - | 50% | $2.000.000 |
Historique sociétaire relaté
- Changement de nom· 20 janvier 2017
Se autoriza el cambio de nombre de Gilberto Juan a Juan Guillermo Valdivia Nilo.
Texte officiel de l’extrait
CLAUDIO ANDRÉS SALVADOR CABEZAS, Abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaría con asiento en la comuna de Lo Barnechea, Avenida La Dehesa N°1450, Local 1, de esta ciudad, certifico: Que, por escritura pública de fecha 29 de octubre del año 2021, Repertorio 4841-2021, ante mí: don MIGUEL ÁNGEL FERNÁNDEZ LUCERO, domiciliado en Camino de La Laguna número 14,344, casa B, Lo Barnechea, Región Metropolitana y don JUAN GUILLERMO VALDIVIA NILO, domiciliado en Roque Esteban Escarpa número cero tres ochenta y uno, Fundo el Carmen, Temuco, constituyeron Modificación Sociedad de Responsabilidad Limitada. RAZON SOCIAL: MULTITIENDAS JUAN VALDIVIA LIMITADA, pudiendo actuar y funcionar inclusive en los bancos, con el nombre de fantasía PRETTY STORE V&F LIMITADA. OBJETO: a) Confección, compraventa, distribución, importación, exportación, consignación y otras actuaciones relativa a la moda, al vestir femenino, masculino, de niños y bebes, la compraventa de artículos de cocina, juguetes, menaje, artículos de regalo, bazar, paquetería y otros que se venden en tiendas de moda y mutitiendas; toda clase de prendas de vestir y sus accesorios y cualquier otro acto o negocio licito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos u otro que los socios acuerden; b) La realización de toda clase de inversiones en bienes muebles o inmuebles, corporales e incorporales, valores, acciones, bonos, debentures, explotarlos, administrarlos, percibir e invertir sus frutos, cualquier otro acto o negocio licito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden.- c) Formar parte en otras sociedades modificarlas, asumir la administración de las mismas, y en general cualquiera otra actividad que se relacione en la actualidad o en el futuro, con lo dicho o cualquier otro negocio que directa o indirectamente tienda a la consecución del objeto social.- MODIFICACIONES: Los referidos socios modifican la sociedad referida, en las condiciones siguientes: a) El socio que en escritura de constitución de ésta sociedad comparece con el nombre de GILBERTO JUAN VALDIVIA NILO, por Sentencia Definitiva de fecha 20 de Enero de 2017, pronunciada por don Bernardo Bustamante Velozo, Juez Titular del Juzgado de Letras de La Ligua, en causa Rol V- 85-2016, se autorizó el cambio de sus nombres “Gilberto Juan” como figuraba inscrito en su partida de nacimiento Nº6.146 del año 1965, de la Circunscripción Providencia del Registro Civil e Identificación, por el de “Juan Guillermo” de forma que su nombre quedó como JUAN GUILLERMO VALDIVIA NILO. En consecuencia, los comparecientes modifican en la Sociedad de responsabilidad Limitada, ya individualizada, el nombre del socio don GILBERTO JUAN VALDIVIA NILO, quedando como JUAN GUILLLERMO VALDIVIA NILO. b) En este sentido, se modifica la COMPARECENCIA de dicha escritura de constitución de sociedad quedando bajo el siguiente tenor: “Por el presente instrumento, don MIGUEL ÁNGEL FERNÁNDEZ LUCERO, y don JUAN GUILLERMO VALDIVIA NILO, constituyen una sociedad de responsabilidad limitada de conformidad a las disposiciones de la Ley Número Tres mil novecientos dieciocho y sus modificaciones; y, teniendo además presente las disposiciones del Código Civil y del Código de Comercio sobre esta misma materia, en todo aquello que no se hubiere estipulado o prevenido en el presente contrato social”.- c) Se modifica igualmente la cláusula QUINTA de dicha escritura de constitución de sociedad, quedando bajo el siguiente tenor: “El capital social será la suma de CUATRO MILLONES DE PESOS.- que los socios aportan de la siguiente forma: Don MIGUEL ÁNGEL FERNÁNDEZ LUCERO, aporta la suma de DOS MILLONES DE PESOS en este acto, al contado y en dinero en efectivo; suma de dinero que es ingresada a la caja social a satisfacción de las partes; y Don JUAN GUILLERMO VALDIVIA NILO, aporta la suma de DOS MILLONES DE PESOS, en este acto, al contado y en dinero en efectivo; suma de dinero que es ingresada a la caja social a satisfacción de las partes”; y c) Se modifica la cláusula SEXTA de dicha escritura de constitución de sociedad, ya individualizada, quedando bajo el siguiente tenor: “Las utilidades se distribuirán entre los socios de la siguiente forma: a) Un cincuenta por ciento (50%) para el socio don MIGUEL ÁNGEL FERNÁNDEZ LUCERO; y b) Un cincuenta por ciento (50%) para el socio don JUAN GUILLERMO VALDIVIA NILO; En este mismo porcentaje se soportaran las eventuales pérdidas de la sociedad” TERCERO: Todo lo que no se modifica por este instrumento, seguirá vigente en las estipulaciones del pacto social.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 29 de octubre de 2021.
Actes récents
- MODIFICACIÓN
MULTITIENDAS JUAN VALDIVIA LIMITADA
CVE 2040695
