Club Comunicaciones Limitada
Diario Oficial
Informations sociétaires
Administrateurs (1)
Historique sociétaire relaté
- Constitution· 18 avril 2016
Constitución de la sociedad de responsabilidad limitada Club Comunicaciones Limitada
- Changement d’administrateur
Se modifica la administración, representación y uso de la razón social, quedando a cargo único y exclusivo de Oriel Alejandro Diaz Quezada
Texte officiel de l’extrait
MARIA ISABEL GONZALEZ BARRIENTOS: Por escritura pública de fecha treinta y uno de Julio de dos mil diecisiete, ante mi, ORIEL ALEJANDRO DIAZ QUEZADA, domiciliado en Aldea Missouri número catorce, comuna de Santa Juana, y doña MARIA ELIZABETH QUEZADA ZEPEDA, domiciliada en Aldea Missouri número catorce, comuna de Santa Juana; modificaron la sociedad de responsabilidad limitada “Club Comunicaciones Limitada”, Rut número 76.446.629-2, constituida por escritura pública de fecha 18 de abril de 2016, otorgada ante el Notario Público de Concepción don Ramón García Carrasco e inscrita a fojas 1 número 1 del Registro de Comercio del año 2016 del Conservador de Bienes Raíces de Santa Juana y publicada en el Diario Oficial el 25 de abril del año 2016. La modificación consiste en que la administración, representación y uso de la razón social de la sociedad de responsabilidad limitada “CLUB COMUNICACIONES LIMITADA”, corresponde al socio don ORIEL ALEJANDRO DIAZ QUEZADA, quien detentará de forma única y exclusiva la administración, representación y el uso de la razón social, pudiendo actuar en forma individual, anteponiendo su firma a la razón social, y con todas aquellas facultades contempladas en la cláusula cuarta de la escritura de constitución de la sociedad en cuestión. Demás estipulaciones constan en escritura que extracto.
Informations sociétaires
Associés (2)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Socio | - | 50% | - |
María Elizabeth Quezada Zepeda Socio | - | 50% | - |
Historique sociétaire relaté
- Constitution· 18 avril 2016
Se constituye Club Comunicaciones Limitada con publicación previa en Diario Oficial.
Rodrigo Alejandro Chandía Ramírez · Oriel Alejandro Díaz Quezada · María Elizabeth Quezada Zepeda
- Cession de droits· 8 novembre 2016
Rodrigo Alejandro Chandía Ramírez cede, vende y transfiere el 50% de sus derechos a María Elizabeth Quezada Zepeda, quedando Oriel Alejandro Díaz Quezada y María Elizabeth Quezada Zepeda como únicos socios al 50% cada uno.
Rodrigo Alejandro Chandía Ramírez · María Elizabeth Quezada Zepeda · Oriel Alejandro Díaz Quezada
Texte officiel de l’extrait
RAMON GARCIA CARRASCO, Notario Público Titular de Concepción, con Oficio en calle Rengo 444, de la ciudad, Certifico: Por escritura pública de fecha 08-11-2016, ante mí, Rodrigo Alejandro Chandía Ramírez, domiciliado en 1 Poniente N° 1208, Villa Santa Lucía, Santa Juana; don Oriel Alejandro Díaz Quezada , domiciliado en Aldea Missouri N° 14, Santa Juana y doña María Elizabeth Quezada Zepeda, domiciliada en Aldea Missouri N° 14, Santa Juana; modificaron sociedad responsabilidad limitada “Club Comunicaciones Limitada”, RUT número 76.446.629-2, constituida por escritura pública de fecha 18 de abril de 2016, otorgada ante el Notario Público que de Concepción don Ramón García Carrasco e inscrita a fojas 1 número 1 del Registro de Comercio del año 2016 del Conservador de Bienes Raíces de Santa Juana y publicada en el Diario Oficial el 25 de abril del año 2016. Se retira de la sociedad don RODRIGO ALEJANDRO CHANDIA RAMIREZ, quien cede, vende y transfiere a doña MARIA ELIZABETH QUEZADA ZEPEDA quien compra, acepta y adquiere para sí, el cincuenta por ciento (50%) de las acciones y derechos que el primero tiene en la sociedad. En esta cesión quedan comprendidos todos los haberes y derechos que al cedente corresponden en la sociedad a cualquier título, quedando éste en consecuencia con el cincuenta por ciento (50%) de las acciones en dicha sociedad. Se deja constancia que el cedente ha retirado con anterioridad a esta fecha todas las utilidades que le correspondían en la sociedad. El precio de la cesión asciende a la suma de cuatro millones de pesos ($4.000.000) que el cesionario paga en este acto de contado y en dinero efectivo, y que el cedente declara recibir a su entera conformidad. En virtud del retiro y cesión referidos precedentemente, quedan como únicos socios de la sociedad nombrada don ORIEL ALEJANDRO DIAZ QUEZADA con un cincuenta por ciento (50%) de las acciones en la sociedad y doña MARIA ELIZABETH QUEZADA ZEPEDA con un cincuenta por ciento (50%) de las acciones de la sociedad.- Demás estipulaciones constan en escritura que extracto.- Concepción, 18 de Noviembre de 2016.
Actes récents
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