Société par actions76.434.519-3

Puga Meier SpA

CONSTITUCIÓN — 28 juin 2018

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2018-06-28Voir le PDF (CVE 1422780)

Informations sociétaires

SpA
Santiago, Región Metropolitana
Durée: indefinido
Administration: La administración de la sociedad estará a cargo de dos administradores, quienes actuando conjunta o individualmente, de forma indistinta, podrán actuar y ejercer las facultades propias de la administración. Hasta que no se decida su modificación por una Junta de Accionistas, la administración recaerá en dos administradores designados en el artículo segundo transitorio de los estatutos.

Objet social

La prestación integral de servicios profesionales en el área de la medicina, en todas sus especialidades, incluidos servicios propiamente médicos, quirúrgicos y de enfermería, tanto en clínicas como en el domicilio particular del paciente, en forma directa o a través de convenios, sea a particulares o a beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Instituciones de Salud Previsional, Servicios de Bienestar de organismos del sector público o privado; b) Comprar, construir, instalar, administrar, arrendar y explotar clínicas, consultorios, centros médicos, laboratorios, en inmuebles propios o ajenos, en donde se presten servicios profesionales de medicina en todas sus especialidades; y en general otro establecimiento de salud destinado al diagnóstico, análisis, examen, prevención y tratamiento de todo tipo de enfermedades y la atención, curación, recuperación y rehabilitación orgánica, física, psíquica, estética de enfermos y personas; c) La prestación de servicios de asistencia técnica, profesional y docencia, por sí o por terceros; d) La inversión en bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales; e) La producción, almacenamiento, distribución, comercialización, compra, venta directa o intermediada, permuta, consignación, acopio, importación, exportación y leasing de toda clase de servicios y bienes, ya sean corporales o incorporales, muebles e inmuebles, por mayor o al detalle, aplicables a cualquier tipo de industria, en Chile o en el extranjero, y demás actividades complementarias, sin limitación; f) La constitución y participación en sociedades anónimas, sociedad por acciones, sociedades de responsabilidad limitada, colectivas, en comandita o de cualquier otro tipo o naturaleza y en asociaciones o corporaciones de cualquier naturaleza; g) La realización de toda actividad conexa o conducente a los objetivos señalados u otros negocios relacionados directa o indirectamente con el objeto social; h) La realización de cualquier otra actividad que el o los accionistas acuerden y que se relacione directa o indirectamente con las anteriores descritas, sin que para ello sea necesario la modificación de los presentes Estatutos. En el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá actuar directamente o a través de terceros.

Capital

Capital total

$2.000.000

Capital libéré

$2.000.000

Capital restant dû

$0

Actions

1 000

Associés (2)

NomParticipation

MARCO FABIÁN PUGA ÁLVAREZ

Accionista

50%

ROSE MARIE MEIER FURST

Accionista

50%

Texte officiel de l’extrait

EDUARDO AVELLO CONCHA, Abogado, Notario Público, Titular de la 27 Notaría de Santiago, con oficio en calle Orrego Luco número cero ciento cincuenta y tres, comuna de Providencia, certifico por escritura de hoy, ante mí, don MARCO FABIÁN PUGA ÁLVAREZ y doña ROSE MARIE MEIER FURST, ambos con domicilio en Avenida Tabancura número mil seiscientos veintitrés, departamento número dos mil ciento uno, comuna de Vitacura, ciudad de Santiago, Región Metropolitana; transformaron la sociedad “PUGA MEIER LIMITADA”, también conocida con el nombre de fantasía “SERVICIOS MÉDICOS PUGA MEIER LTDA.”. inscrita a fojas once mil doscientos treinta y nueve número siete mil cincuenta y uno del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año dos mil quince, en una sociedad por acciones, manteniendo mismo Rol Único Tributario número setenta y seis millones cuatrocientos treinta y cuatro quinientos diecinueve guión tres, personalidad jurídica, activos y pasivos, derechos y obligaciones y bajo los términos que siguen: Nombre: “PUGA MEIER SpA”, entendiéndose que la sociedad quedará igualmente obligada y podrá ejercer derechos y adquirir obligaciones con el nombre de “SERVICIOS MÉDICOS PUGA MEIER SpA”, pudiendo actuar sin limitación alguna ante todo tipo de personas naturales y jurídicas, sean públicas o privadas, cualquiera sea su naturaleza o denominación, incluso ante bancos e instituciones financieras y organismos fiscales y municipales. Objeto: El Objeto de esta sociedad, ya sea por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros a las siguientes actividades, será: a) La prestación integral de servicios profesionales en el área de la medicina, en todas sus especialidades, incluidos servicios propiamente médicos, quirúrgicos y de enfermería, tanto en clínicas como en el domicilio particular del paciente, en forma directa o a través de convenios, sea a particulares o a beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Instituciones de Salud Previsional, Servicios de Bienestar de organismos del sector público o privado; b) Comprar, construir, instalar, administrar, arrendar y explotar clínicas, consultorios, centros médicos, laboratorios, en inmuebles propios o ajenos, en donde se presten servicios profesionales de medicina en todas sus especialidades; y en general otro establecimiento de salud destinado al diagnóstico, análisis, examen, prevención y tratamiento de todo tipo de enfermedades y la atención, curación, recuperación y rehabilitación orgánica, física, psíquica, estética de enfermos y personas; c) La prestación de servicios de asistencia técnica, profesional y docencia, por sí o por terceros; d) La inversión en bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales; e) La producción, almacenamiento, distribución, comercialización, compra, venta directa o intermediada, permuta, consignación, acopio, importación, exportación y leasing de toda clase de servicios y bienes, ya sean corporales o incorporales, muebles e inmuebles, por mayor o al detalle, aplicables a cualquier tipo de industria, en Chile o en el extranjero, y demás actividades complementarias, sin limitación; f) La constitución y participación en sociedades anónimas, sociedad por acciones, sociedades de responsabilidad limitada, colectivas, en comandita o de cualquier otro tipo o naturaleza y en asociaciones o corporaciones de cualquier naturaleza; g) La realización de toda actividad conexa o conducente a los objetivos señalados u otros negocios relacionados directa o indirectamente con el objeto social; h) La realización de cualquier otra actividad que el o los accionistas acuerden y que se relacione directa o indirectamente con las anteriores descritas, sin que para ello sea necesario la modificación de los presentes Estatutos. En el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá actuar directamente o a través de terceros. Capital: El capital de la sociedad asciende a la suma de dos millones de pesos y se divide y representa en mil acciones nominativas, ordinarias, de una sola serie, sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas por a) don MARCO FABIÁN PUGA ÁLVAREZ, por quinientas acciones, quien paga en este acto, de contado y en dinero efectivo, la suma total de un millón de pesos chilenos, que ingresa a las arcas sociales; b) doña ROSE MARIE MEIER FURST, por quinientas acciones, quien paga en este acto, de contado y en dinero efectivo, la suma total de un millón de pesos chilenos, que ingresa a las arcas sociales. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las sucursales, agencias o representaciones que se establezcan en otras ciudades del país y/o en el extranjero. Duración: El plazo de duración de la sociedad será indefinido. Administración: La administración de la sociedad estará a cargo de dos administradores, quienes actuando conjunta o individualmente, de forma indistinta, podrán actuar y ejercer las facultades propias de la administración, pudiendo designar gerente general y asumir cualquiera de los administradores dicho cargo. Hasta que no se decida su modificación por una Junta de Accionistas, de cuya acta se deberá dejar constancia por escritura pública, anotada al margen de la inscripción social, la administración de la sociedad recaerá en dos administradores que se designan en el artículo segundo transitorio de estos estatutos. Estos administradores estarán investidos de todas las facultades de administración y disposición que la Ley o los Estatutos no establezcan como privativas de una Junta General de Accionistas, sin que sea necesario otorgarles poder especial alguno, pudiendo actuar indistintamente de forma de conjunta o individual. Lo anterior es sin perjuicio de la representación legal que compete al Gerente General o de las facultades que la propia administración le otorgue, de conformidad con la ley o estos estatutos. Sin perjuicio de la designación que los administradores hagan de un Gerente General, los administradores podrán delegar parte de sus facultades en otros Gerentes, Sub Gerentes o abogados de la Sociedad y aún para objetos especialmente determinados, en otras personas. Demás menciones constan en escritura extractada. Santiago, 13 de junio de 2018.

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