Inversiones Y Rentas Dv Limitada
Diario Oficial
Informations sociétaires
Associés (4)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Socio 13.xxx.xxx-6 | 13.xxx.xxx-6 | 25% | $2.524.271 |
Socio 14.xxx.xxx-0 | 14.xxx.xxx-0 | 25% | $2.524.270 |
Socio 15.xxx.xxx-1 | 15.xxx.xxx-1 | 25% | $2.524.270 |
Socio 16.xxx.xxx-0 | 16.xxx.xxx-0 | 25% | $2.524.270 |
Historique sociétaire relaté
- Constitution· 16 octobre 2014
La sociedad fue constituida con RUT 76.413.461-3 bajo la razón social INVERSIONES Y RENTAS OLGA VV LIMITADA.
Texte officiel de l’extrait
Ministerio del Interior MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario Público Titular de la Trigésimo Octava Notaría de esta ciudad, con domicilio en calle Isidora Goyenechea 3477, oficina 10, comuna de Las Condes, certifico que, por escritura pública de fecha 3 de abril de 2025, bajo repertorio 16042-2025 ante mí: /Uno/ don TOMÁS DITTBORN VALDÉS, chileno, casado bajo el régimen de separación total de bienes, ingeniero comercial, cédula nacional de identidad N°13.234.523-6, domiciliado para estos efectos en Plaza del Cantar N°4248, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; /Dos/ doña MAGDALENA DITTBORN VALDÉS, chilena, casada bajo el régimen de separación total de bienes, ingeniera comercial, cédula nacional de identidad N°14.165.531-0, domiciliada para estos efectos en Plaza del Retiro N°3809, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; /Tres/ doña FRANCISCA DITTBORN VALDÉS, chilena, casada bajo el régimen de separación total de bienes, diseñadora, cédula nacional de identidad N°15.385.421-1, domiciliada para estos efectos en Plaza del Retiro N°3809, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; /Cuatro/ don PABLO JOSÉ DITTBORN VALDÉS, chileno, casado bajo el régimen de separación total de bienes, ingeniero comercial, cédula nacional de identidad N°16.366.990-0, domiciliado para estos efectos en Avenida El Tranque N°12797, departamento 33, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; /Cinco/ don LUIS ALBERTO VALDÉS VERGARA, chileno, casado, corredor de propiedades, cédula nacional de identidad Nº6.068.937-7, domiciliado para estos efectos en Avenida Presidente Kennedy número 5.237, departamento 92, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; /Seis/ INVERSIONES TRENTO LIMITADA, sociedad de responsabilidad limitada del giro de su razón social, RUT N°99.579.170-6, debidamente representada según se acreditará por don Eduardo Valdés Vergara, chileno, divorciado, ingeniero, cédula nacional de identidad N°6.068.507-K, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Américo Vespucio Norte Nº2.700, oficina 302, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; acordaron modificar la sociedad INVERSIONES Y RENTAS DV LIMITADA, RUT N°76.413.461-3, constituida bajo la razón social de INVERSIONES Y RENTAS OLGA VV LIMITADA, por escritura pública de fecha 16 de octubre de 2014, otorgada en la Notaría de Santiago de don Eduardo Avello Concha, cuyo extracto autorizado se inscribió a fojas 78.730 número 47.945 del Registro de Comercio del Conservador de Santiago correspondiente al año 2014, y se publicó en el Diario Oficial con fecha 22 de octubre del año 2014, en los siguientes términos: 1) INVERSIONES TRENTO LIMITADA, vendió, cedió y transfirió a don TOMÁS DITTBORN VALDÉS, la totalidad de sus derechos sociales, equivalentes al 0,002% del capital y derechos de la sociedad INVERSIONES Y RENTAS DV LIMITADA. El precio fue la cantidad de 16.313 pesos chilenos, moneda de curso legal, que don TOMÁS DITTBORN VALDÉS pago al contado y en dinero efectivo a INVERSIONES TRENTO LIMITADA, declarando esta última recibirlos a su entera satisfacción. 2) A su vez, don LUIS ALBERTO VALDÉS VERGARA titular de un 0,199% del capital y derechos de la Sociedad, vendió, cedió y transfirió a don TOMÁS DITTBORN VALDÉS, doña MAGDALENA DITTBORN VALDÉS, doña FRANCISCA DITTBORN VALDÉS, y don PABLO JOSÉ DITTBORN VALDÉS, la totalidad de los derechos que tenía en la Sociedad INVERSIONES Y RENTAS DV LIMITADA, adquiriendo cada uno de los compradores a título individual, en las proporciones y valores que a continuación se señalan: i) don TOMÁS DITTBORN VALDÉS, adquirió una parte equivalente al 0,046% del total del capital y derechos sociales, por un precio de 469.864 pesos, pagados en dicho acto al contado y en dinero efectivo a don LUIS ALBERTO VALDÉS VERGARA, declarando este último recibirlos a su entera satisfacción; ii) doña MAGDALENA DITTBORN VALDÉS, adquirió una parte equivalente al 0,051% del total del capital y derechos sociales, por un precio de 520.709 pesos, pagados en dicho acto al contado y en dinero efectivo a don LUIS ALBERTO VALDÉS VERGARA, declarando este último recibirlos a su entera satisfacción; iii) doña FRANCISCA DITTBORN VALDÉS, adquirió una parte equivalente al 0,051% del total del capital y derechos sociales, por un precio de 520.709 pesos, pagados en dicho acto al contado y en dinero efectivo a don LUIS ALBERTO VALDÉS VERGARA, declarando este último recibirlos a su entera satisfacción; y iv) don PABLO JOSÉ DITTBORN VALDÉS, adquirió una parte equivalente al 0,051% del total del capital y derechos sociales, por un precio de 520.709 pesos, pagados en dicho acto al contado y en dinero efectivo a don LUIS ALBERTO VALDÉS VERGARA, declarando este último recibirlos a su entera satisfacción. Las partes se otorgaron recíprocamente el más amplio, completo y total finiquito respecto de las obligaciones que emanan de dichas cesiones. 3) Como resultado dejan de ser socios de INVERSIONES Y RENTAS DV LIMITADA, la sociedad INVERSIONES TRENTO LIMITADA y don LUIS ALBERTO VALDÉS VERGARA, quedando como actuales y únicos socios don TOMÁS DITTBORN VALDÉS, doña MAGDALENA DITTBORN VALDÉS, doña FRANCISCA DITTBORN VALDÉS, y don PABLO JOSÉ DITTBORN VALDÉS. 4) Los únicos y actuales socios de INVERSIONES Y RENTAS DV LIMITADA, acordaron modificar expresamente el artículo Cuarto de los estatutos sociales, relativo al capital de la Sociedad, el que quedará de la siguiente forma: “CUARTO: El capital social es la cantidad de diez millones noventa y siete mil ochenta y un pesos, que se ha aportado y enterado íntegramente con anterioridad a este acto, a entera satisfacción de la sociedad, y que pertenece a los socios en la siguiente forma y proporciones: /i/ Don TOMÁS DITTBORN VALDÉS, aporta y paga con anterioridad a este acto, la cantidad de dos millones quinientos veinticuatro mil doscientos setenta y un pesos, equivalente al veinticinco por ciento del capital y derechos sociales; /ii/ doña MAGDALENA DITTBORN VALDÉS, aporta y paga con anterioridad a este acto, la cantidad de dos millones quinientos veinticuatro mil doscientos setenta pesos, equivalente al veinticinco por ciento del capital y derechos sociales; /iii/ doña FRANCISCA DITTBORN VALDÉS, aporta y paga con anterioridad a este acto, la cantidad de dos millones quinientos veinticuatro mil doscientos setenta pesos, equivalente al veinticinco por ciento del capital y derechos sociales; y /iv/ don PABLO JOSÉ DITTBORN VALDÉS, aporta y paga con anterioridad a este acto, la cantidad de dos millones quinientos veinticuatro mil doscientos setenta pesos, equivalente al veinticinco por ciento del capital y derechos sociales. En consecuencia, el capital social se encuentra íntegramente pagado a entera satisfacción de la sociedad.”. Los socios reiteran que su responsabilidad personal por los negocios y obligaciones sociales se encuentra limitada al monto de sus respectivos aportes. En todo aquello que no ha sido expresamente modificado por este instrumento, se mantienen íntegramente vigentes los estatutos sociales. Otras estipulaciones no interesan a terceros, no son materia de extracto, constan en escritura extractada. Santiago, 16 de mayo de 2025. María Soledad Lascar Merino, Notario Público.
Informations sociétaires
Objet social
Realización de todo tipo de inversiones en acciones, valores mobiliarios, bonos, debentures, títulos de crédito, efectos públicos y toda clase de documentación negociable; inversión, compra y venta de bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles, especialmente derechos de sociedades; administrarlas, percibir sus frutos y reinvertirlos; y todos los actos y contratos necesarios o conducentes
Capital
Capital total
$10.097.081
Capital libéré
$10.097.081
Capital restant dû
$0
Associés (6)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Socio 13.xxx.xxx-6 | 13.xxx.xxx-6 | 24.952% | $2.519.424 |
Socio 14.xxx.xxx-0 | 14.xxx.xxx-0 | 24.949% | $2.519.121 |
Socio 15.xxx.xxx-1 | 15.xxx.xxx-1 | 24.949% | $2.519.121 |
Socio 16.xxx.xxx-0 | 16.xxx.xxx-0 | 24.949% | $2.519.121 |
Socio 6.xxx.xxx-7 | 6.xxx.xxx-7 | 0.199% | $20.093 |
Socio 99.579.170-6 | 99.579.170-6 | 0.002% | $201 |
Administrateurs (4)
Historique sociétaire relaté
- Constitution· 16 octobre 2014
Se constituye INVERSIONES Y RENTAS OLGA VV LIMITADA.
INVERSIONES Y RENTAS OLGA VV LIMITADA
- Constitution· 24 juin 2020
Se constituye INVERSIONES Y ASESORÍAS CHILLEPIN UNO LIMITADA.
- Constitution· 12 juillet 2023
Se constituye INVERSIONES ESCANDINAVIA UNO LIMITADA.
Texte officiel de l’extrait
Maria Soledad Lascar Merino, Notario Público Titular 38ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Isidora Goyenechea tres mil cuatrocientos setenta y siete, oficina diez, Comuna de Las Condes, certifico que por escritura pública de fecha 2 de diciembre de 2024 repertorio N°56057-2024, ante mí: /Uno/ don TOMÁS DITTBORN VALDÉS, chileno, casado bajo el régimen de separación total de bienes, ingeniero comercial, C.N.I n°13.234.523-6, domiciliado para estos efectos en calle Plaza del Cantar n°4248, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; /Dos/ doña MAGDALENA DITTBORN VALDÉS, chilena, casada bajo el régimen de separación total de bienes, ingeniera comercial, C.N.I n°14.165.531-0,, domiciliada para estos efectos en Plaza del Retiro n°3809, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; /Tres/ doña FRANCISCA DITTBORN VALDÉS, chilena, casada bajo el régimen de separación total de bienes, diseñadora, C.N.I n° 15.385.421-1,, domiciliada para estos efectos en Plaza del Retiro n°3809, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; /Cuatro/ don PABLO JOSÉ DITTBORN VALDÉS, chileno, casado bajo el régimen de separación total de bienes, ingeniero comercial, C.N.I n°16.366.990-0, domiciliado para estos efectos en Avenida El Tranque n°12797, departamento 33, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; /Cinco/ don LUIS ALBERTO VALDÉS VERGARA, chileno, casado, corredor de propiedades, C.N.I n°6.068.937-7, domiciliado para estos efectos en Avenida Presidente Kennedy n°5230, departamento 92, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; /Seis/ INVERSIONES Y RENTAS OLGA VV LIMITADA, sociedad de responsabilidad limitada del giro de su razón social, RUT n° 76.413.461-3, debidamente representada según se acreditará por don Tomás Dittborn Valdés conjuntamente con doña Magdalena Dittborn Valdés, ambos ya individualizados y todos con domicilio para esos efectos en Avenida Américo Vespucio Norte número 2700, oficina 302, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; y /Siete/ INVERSIONES TRENTO LIMITADA, sociedad de responsabilidad limitada del giro de su razón social, RUT n°99.579.170-6, debidamente representada según se acreditará por don Eduardo Valdés Vergara, chileno, divorciado, ingeniero, C.N.I n° 6.068.507-K, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Américo Vespucio Norte número 2700, oficina 302, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; Quienes acordaron la fusión de las sociedades INVERSIONES Y RENTAS OLGA VV LIMITADA, RUT n°76.413.461-3, esta última como “Sociedad Absorbente”, constituida por por escritura pública de fecha 16 de octubre del año 2014, otorgada en la notaría de Santiago de don Eduardo Avello Concha, inscrita a fs.78730 n°47945 del Registro de Comercio del Conservador de Santiago correspondiente al año 2014; con las “Sociedades Absorbidas” INVERSIONES ESCANDINAVIA UNO LIMITADA, RUT n°77.847.861-7, constituida por escritura pública de fecha 12 de julio de 2023 en la Notaría de Santiago de doña María Soledad Lascar Merino e inscrita a fs.73541 n°31743 del Registro de Comercio del Conservador de Santiago correspondiente al año 2023; y La sociedad INVERSIONES Y ASESORÍAS CHILLEPIN UNO LIMITADA, RUT n°77.285.703-9, constituida por escritura pública de fecha 24 de junio del año 2020, otorgada en la Notaria de Santiago de doña María Patricia Donoso Gomien, inscrita a fs 40968 n°19530 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2020. Los comparecientes don TOMÁS DITTBORN VALDÉS, doña MAGDALENA DITTBORN VALDÉS, doña FRANCISCA DITTBORN VALDÉS, don PABLO JOSÉ DITTBORN VALDÉS, y don LUIS ALBERTO VALDÉS VERGARA, en su calidad de únicos y actuales socios de INVERSIONES Y RENTAS OLGA VV LIMITADA, que será la sociedad absorbente; INVERSIONES TRENTO LIMITADA e INVERSIONES Y RENTAS OLGA VV LIMITADA, en su calidad de únicos y actuales socios de INVERSIONES ESCANDINAVIA UNO LIMITADA que será absorbida; y don TOMÁS DITTBORN VALDÉS, doña MAGDALENA DITTBORN VALDÉS, doña FRANCISCA DITTBORN VALDÉS, y don PABLO JOSÉ DITTBORN VALDÉS, en su calidad de únicos y actuales socios de INVERSIONES Y ASESORÍAS CHILLEPIN UNO LIMITADA que será también absorbida; estipularon lo que se extracta a continuación: 1) Han acordado una fusión por incorporación de las sociedades absorbidas INVERSIONES ESCANDINAVIA UNO LIMITADA e INVERSIONES Y ASESORÍAS CHILLEPIN UNO LIMITADA, en la Sociedad Absorbente INVERSIONES Y RENTAS OLGA VV LIMITADA, la que absorbe a todas sociedades anteriores, pasando en consecuencia a ser la titular y continuadora en todos sus activos, pasivos, y sucediéndolas en todos sus derechos y obligaciones. Como consecuencia de la fusión por este acto, se disuelven de pleno derecho las sociedades INVERSIONES ESCANDINAVIA UNO LIMITADA e INVERSIONES Y ASESORÍAS CHILLEPIN UNO LIMITADA, pero sin que deba procederse a su liquidación de conformidad a lo prescrito en el artículo noventa y nueve de la Ley dieciocho mil cuarenta y seis. La fusión tendrá por efecto, además la incorporación de todos socios de las sociedades absorbidas, como socios en la Sociedad Absorbente, en la medida que subsistan y en proporción a la relación resultante de la comparación de los respectivos balances. Esta relación de canje de derechos sociales de las Sociedades Absorbidas, por derechos en la Sociedad Absorbente, se estableció y acordó por los comparecientes de conformidad al balance proforma de fusión que se incorpora al final de escritura extractada. Aprobaron el aumento de capital social estatutario de la suma de $10.000.000, a la cantidad de $10.097.081 como consecuencia directa de la fusión, el cual queda íntegramente pagado de la forma detallada en la relación de canje acordada y en los estatutos de la Sociedad Absorbente transcritos en escritura extractada. Dos) Como consecuencia de la fusión acordada, se disuelven de pleno derecho las Sociedades Absorbidas, sin que sea procedente su liquidación, quedando incorporados y radicados en la sociedad INVERSIONES Y RENTAS OLGA VV LIMITADA, a título y con motivo de la fusión, los bienes, derechos y obligaciones que constituyen la totalidad del patrimonio y activos y pasivos de INVERSIONES ESCANDINAVIA UNO LIMITADA e INVERSIONES Y ASESORÍAS CHILLEPIN UNO LIMITADA, según se especifica y consta de sus libros, como asimismo, todo otro bien, derechos, obligaciones u operaciones de cualquier naturaleza que pertenecieren a las Sociedades Absorbidas, los cuales se entienden traspasados, cedidos y transferidos a INVERSIONES Y RENTAS OLGA VV LIMITADA, la cual los acepta y adquiere a su entera satisfacción y en el estado en que se encuentran, constituyéndose como continuadora en la titularidad de los mismos, tanto activa como pasiva, sin solución de continuidad. En conformidad al art. 64 del Código Tributario, se deja constancia que, respecto de los activos y pasivos que adquiere INVERSIONES Y RENTAS OLGA VV LIMITADA como sociedad absorbente en virtud de la presente fusión, esta mantendrá registrado el valor tributario que tenían dichos activos y pasivos en las sociedades absorbidas INVERSIONES ESCANDINAVIA UNO LIMITADA e INVERSIONES Y ASESORÍAS CHILLEPIN UNO LIMITADA. Tres) los comparecientes declaran materializada y perfeccionada la fusión de la sociedad INVERSIONES Y RENTAS OLGA VV LIMITADA sociedad absorbente, y las sociedades absorbidas INVERSIONES ESCANDINAVIA UNO LIMITADA e INVERSIONES Y ASESORÍAS CHILLEPIN UNO LIMITADA, en una sola, y declaran, acuerdan y dejan constancia de: /1/ Que la fusión ha quedado materializada y perfeccionada, para efectos generales legales, tributarios, financieros, y de otra índole, a contar de la fecha de la escritura extractada. /2/ Para todos los efectos tributarios, y especialmente para los fines del articulo 69 del Código Tributario, la sociedad absorbente que subsiste, esto es, INVERSIONES Y RENTAS OLGA VV LIMITADA, se hace responsable solidariamente de cualquier impuesto o contribución que adeudare o pudieren adeudar las sociedades absorbidas que se disuelven. /3/ se han incorporado al patrimonio de INVERSIONES Y RENTAS OLGA VV LIMITADA, los patrimonios, bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, derechos, obligaciones y operaciones de las Sociedades Absorbidas, incluyendo los créditos de cualquier naturaleza. /4/ Que aprueban expresamente los balances y estados financieros de la Sociedad Absorbente y de las Sociedades Absorbidas que han servido de base para la fusión que se aprueba por este instrumento. /5/ Conocen y aceptan los estatutos sociales de la Sociedad Absorbente, y aprueban de manera unánime las modificaciones a los estatutos sociales y el texto refundido de los mismos transcritos en escritura extractada, por los cuales se regirá la sociedad y sus actuales socios a contar de esta fecha. /6/ Que conforme a la relación de canje acordada por los socios y determinada de acuerdo al balance proforma, los actuales socios y su proporción en los derechos sociales de INVERSIONES Y RENTAS OLGA VV LIMITADA, quedan de la siguiente forma: /i/ don TOMÁS DITTBORN VALDÉS, un 24,952%; /ii/ doña MAGDALENA DITTBORN VALDÉS, un 24,949%; /iii/ doña FRANCISCA DITTBORN VALDÉS, un 24,949%; /iv/ don PABLO JOSÉ DITTBORN VALDÉS, un 24,949%; /v /don LUIS ALBERTO VALDÉS VERGARA, un 0,199%; y /vi/ INVERSIONES TRENTO LIMITADA, un 0,002%.- INVERSIONES Y RENTAS OLGA VV LIMITADA declara haber recibido los bienes, derechos, obligaciones y operaciones que conforman el total de los patrimonios, activos y pasivos de las sociedades absorbidas.- Con motivo de la fusión materializada en este acto, los únicos y actuales socios de INVERSIONES Y RENTAS OLGA VV LIMITADA, acuerdan de manera unánime, introducir algunas modificaciones, y aprobar y ratificar expresamente en todas sus partes, el texto siguiente de los estatutos sociales de la Sociedad Absorbente en la fusión, fijándose el texto refundido de los mismos, modificándose entre otras cosas, la razón social de INVERSIONES Y RENTAS OLGA VV LIMITADA, la que a contar de fecha de escritura extractada y para todos los efectos legales, pasará a denominarse “INVERSIONES Y RENTAS DV LIMITADA”.- En consecuencia, la sociedad INVERSIONES Y RENTAS DV LIMITADA, antes INVERSIONES Y RENTAS OLGA VV LIMITADA, se considerará modificada en todos aquellos aspectos en que el texto refundido de los estatutos difiera de los estatutos anteriores, la que se regirá desde ahora en adelante, única y exclusivamente, por el texto refundido de los estatutos que se transcribe a continuación: “ESTATUTOS SOCIALES DE INVERSIONES Y RENTAS DV LIMITADA. PRIMERO: Por este acto, los comparecientes constituyen una sociedad de responsabilidad limitada, que se regirá por estos estatutos y las disposiciones de la ley tres mil novecientos dieciocho y sus modificaciones posteriores, y por las disposiciones del Código de Comercio que le fueren aplicables, y en subsidio por las disposiciones del Código Civil, y cuya razón social es “INVERSIONES Y RENTAS DV LIMITADA”. SEGUNDO: El domicilio de la Sociedad será la comuna y ciudad de Santiago sin perjuicio de que podrá abrir agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. TERCERO: El objeto de la Sociedad será la realización de todo tipo de inversiones en toda clase de acciones o valores mobiliarios y de renta, bonos, debentures y todo tipo de títulos de crédito y efectos públicos y valores mobiliarios y, en general, toda clase de documentación negociable, y la realización de todo tipo de inversiones, compra y venta de bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles, y especialmente en derechos de sociedades, ya sean de capital, de personas o de cualquier otra especie, administrarlas, percibir sus frutos y reinvertirlos sin restricciones de ninguna especie; como también la realización de todos los actos y contratos necesarios o conducentes para los objetos antes señalados. CUARTO: El capital social es la cantidad de $10.097.081, que se ha aportado y enterado íntegramente con anterioridad a este acto, a entera satisfacción de la sociedad, y que pertenece a los socios en la siguiente forma y proporciones: /i/ Don TOMÁS DITTBORN VALDÉS, aporta y paga con anterioridad a este acto, la cantidad de $2.519.424, equivalente al 24,952% del capital y derechos sociales; /ii/ doña MAGDALENA DITTBORN VALDÉS, aporta y paga con anterioridad a este acto, la cantidad de $2.519.121, equivalente al 24,949% del capital y derechos sociales; /iii/ doña FRANCISCA DITTBORN VALDÉS, aporta y paga con anterioridad a este acto, la cantidad de $2.519.121, equivalente al 24,949% del capital y derechos sociales; /iv/ don PABLO JOSÉ DITTBORN VALDÉS, aporta y paga con anterioridad a este acto, la cantidad de $2.519.121, equivalente al 24,949% del capital y derechos sociales; /v/ Don LUIS ALBERTO VALDÉS VERGARA, aporta y paga con anterioridad a este acto, la cantidad de $20.093, equivalente al 0,199% del capital y derechos sociales; /vi/ INVERSIONES TRENTO LIMITADA, aporta y paga con anterioridad a este acto, la cantidad de $201, equivalente al 0,002% del capital y derechos sociales. En consecuencia, el capital social se encuentra íntegramente pagado a entera satisfacción de la sociedad. QUINTO: Los socios limitan expresamente su responsabilidad personal por los negocios y obligaciones sociales hasta el monto de sus respectivos aportes.”. “SÉPTIMO: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don TOMÁS DITTBORN VALDÉS, doña MAGDALENA DITTBORN VALDÉS, doña FRANCISCA DITTBORN VALDÉS, y don PABLO JOSÉ DITTBORN VALDÉS, actuando de manera conjunta dos de entre cualquiera de ellos” conforme se señala en escritura extractada. “OCTAVO: El plazo de la sociedad es de veinte años contados desde la fecha de la presente escritura, plazo que se prorrogará automáticamente por períodos iguales y sucesivos de diez años cada uno, a menos que cualquiera de los socios decida poner término a la sociedad mediante declaración efectuada por escritura pública, de la cual deberá tomarse nota al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio respectivo, con una anticipación de a lo menos tres meses al vencimiento del período original o al de cualquiera de sus prórrogas.”. Los socios reiteran que su responsabilidad personal por los negocios y obligaciones sociales se encuentra limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones no son materia de extracto y constan en escritura extractada. Santiago, 26 de diciembre de 2024. Maria Soledad Lascar Merino. Abogado. Notario Público Titular.
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$10.000.000
Capital libéré
$10.000.000
Capital restant dû
$0
Associés (5)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Socio 13.xxx.xxx-6 | 13.xxx.xxx-6 | 24.95% | $2.495.000 |
Socio 14.xxx.xxx-0 | 14.xxx.xxx-0 | 24.95% | $2.495.000 |
Socio 15.xxx.xxx-1 | 15.xxx.xxx-1 | 24.95% | $2.495.000 |
Socio 16.xxx.xxx-0 | 16.xxx.xxx-0 | 24.95% | $2.495.000 |
Socio 6.xxx.xxx-7 | 6.xxx.xxx-7 | 0.2% | $20.000 |
Administrateurs (4)
Historique sociétaire relaté
- Constitution· 16 octobre 2014
Constitución original de INVERSIONES Y RENTAS OLGA VV LIMITADA.
- Décès· 30 mai 2023
Fallece Olga Francisca Valdés Vergara.
- Décès· 22 juillet 2023
Fallece Olga María Vergara Varela.
- Succession· 24 mai 2024
Sucesión de Olga Francisca Valdés Vergara realiza partición parcial de la herencia y adjudica la nuda propiedad del 99,8% a Tomás, Magdalena, Francisca y Pablo Dittborn Valdés.
TOMÁS DITTBORN VALDÉS · MAGDALENA DITTBORN VALDÉS · FRANCISCA DITTBORN VALDÉS · PABLO JOSÉ DITTBORN VALDÉS · Olga Francisca Valdés Vergara
Texte officiel de l’extrait
MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario Público Titular de la Trigésimo Octava Notaría de esta ciudad, con domicilio en calle Isidora Goyenechea 3477, oficina 10, Comuna de Las Condes, certifico que, por escritura pública de fecha 02 de diciembre de 2024, bajo repertorio 56056-2024, ante mí: /1/ don TOMÁS DITTBORN VALDÉS, chileno, casado bajo el régimen de separación total de bienes, ingeniero comercial, C.N.I n°13.234.523-6, domiciliado para estos efectos en calle Plaza del Cantar n°4248, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; /2/ doña MAGDALENA DITTBORN VALDÉS, chilena, casada bajo el régimen de separación total de bienes, ingeniera comercial, C.N.I n°14.165.531-0, domiciliada para estos efectos en Plaza del Retiro n°3809, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; /3/ doña FRANCISCA DITTBORN VALDÉS, chilena, casada bajo el régimen de separación total de bienes, diseñadora, C.N.I n° 15.385.421-1, domiciliada para estos efectos en Plaza del Retiro n°3809, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; /4/ don PABLO JOSÉ DITTBORN VALDÉS, chileno, casado bajo el régimen de separación total de bienes, ingeniero comercial, C.N.I n°16.366.990-0, domiciliado para estos efectos en Avenida El Tranque n°12797, depto 33, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; y /5/ don ARTURO CARLOS DITTBORN BAEZA, chileno, viudo, empresario, C.N.I n° 6.619.411-6, domiciliado para estos efectos en Plaza del Retiro n°3809, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; todos por sí y también en calidad de herederos, quienes en conjunto componen a su vez la Comunidad Hereditaria de doña Olga Francisca Valdés Vergara, en adelante “Sucesión de doña Olga Francisca Valdés Vergara”; /6/ don LUIS ALBERTO VALDÉS VERGARA, chileno, casado, corredor de propiedades, C.N.I n°6.068.937-7, domiciliado para estos efectos en Avenida Presidente Kennedy n°5230, departamento 92, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; /7/ don EDUARDO VALDÉS VERGARA, chileno, divorciado, ingeniero, C.N.I n° 6.068.507-K, domiciliado para estos efectos en calle Las Hualtatas n°4334, depto 501, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; y /8/ doña CATALINA ECHAVARRÍA VERGARA, chilena, soltera, enfermera matrona, C.N.I n°7.040.311-0, domiciliada para estos efectos en calle Las Hualtatas n°4334, depto 701, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; Todos por sí, y también en conjunto con don TOMÁS DITTBORN VALDÉS, doña MAGDALENA DITTBORN VALDÉS, doña FRANCISCA DITTBORN VALDÉS, y don PABLO JOSÉ DITTBORN VALDÉS ya individualizados, a su vez como herederos que conforman la Comunidad Hereditaria de doña Olga María Vergara Varela, en adelante indistintamente como “Sucesión de doña Olga María Vergara Varela”; estipularon lo que se extracta a continuación, modificando los actuales socios de la sociedad, los estatutos de INVERSIONES Y RENTAS OLGA VV LIMITADA, RUT N°76.413.461-3, constituida por escritura pública de fecha 16 de octubre del año 2014, otorgada en la notaría de Santiago de don Eduardo Avello Concha bajo repertorio 27492, cuyo extracto autorizado se inscribió a fs.78730 n°47945 del Registro de Comercio del Conservador de Santiago correspondiente al 2014, y fue publicado con fecha 22 de octubre 2014: /1/ Doña Olga Francisca Valdés Vergara era nuda propietaria de 99,8% de los derechos sociales, y usufructuaria de un 0,2% de los derechos sociales, doña Olga María Vergara Varela era usufructuaria de un 99,6% de los derechos sociales, y don Luis Alberto Valdés Vergara propietario pleno de 0,2% de los derechos sociales. /2/ Con fecha 30 de mayo 2023, falleció Olga Francisca Valdés Vergara, C.N.I n°6.371.086-5, concediéndose la posesión efectiva a sus herederos conforme consta en escritura extractada. /3/ Su Sucesión compuesta por don Tomás Dittborn Valdés, doña Magdalena Dittborn Valdés, doña Francisca Dittborn Valdés, don Pablo José Dittborn Valdés, y don Arturo Carlos Dittborn Baeza, adquirieron por sucesión por causa de muerte, los derechos transmisibles que tenía la Causante en la sociedad, esto es, la nuda propiedad sobre sobre el 99,8% de los derechos sociales en INVERSIONES Y RENTAS OLGA VV LIMITADA. Asimismo, respecto del derecho de usufructo sobre un 0,2% de los derechos sociales, la Sucesión de Olga Francisca Valdés Vergara, reconoció, aceptó y acordó dejar expresa constancia de lo siguiente: A) Conforme al art. 770 del Código Civil, al no fijarse tiempo determinado de duración, el usufructo se entiende constituido por toda la vida del usufructuario; B) Asimismo, conforme a los arts. 773, 806, y 765 del Código Civil, el usufructo es intransmisible, se extingue en el mismo momento con la muerte del usufructuario, y terminada su duración, pasa al nudo propietario consolidándose con la propiedad. En consecuencia, se consolidó de pleno derecho y de manera instantánea al momento de la muerte, con la nuda propiedad en manos de la Sucesión de doña Olga Francisca Valdés Vergara. /4/ Por escritura pública de fecha 24 de mayo de 2024 otorgada en la Notaría de don Iván Torrealba Acevedo, la Sucesión de doña Olga Francisca Valdés Vergara, efectuó una partición parcial de la Herencia, adjudicándose don Tomás Dittborn Valdés, doña Magdalena Dittborn Valdés, doña Francisca Dittborn Valdés, y don Pablo José Dittborn Valdés, la nuda propiedad sobre los derechos ascendentes al 99,8% de INVERSIONES Y RENTAS OLGA VV LIMITADA, quedando cada uno con un 24,95%. /5/ Con fecha 22 de julio de 2023, falleció doña Olga María Vergara Varela, C.I. n°2.636.108-7, concediéndose la posesión efectiva a sus herederos don Luis Alberto Valdés Vergara, don Eduardo Valdés Vergara, doña Catalina Echavarria Vergara, don Tomás Dittborn Valdés, doña Magdalena Dittborn Valdés, doña Francisca Dittborn Valdés, y don Pablo José Dittborn Valdés, todos quienes comparecen, conforme consta en escritura extractada. Hasta la fecha de su fallecimiento, era únicamente usufructuaria de un 99,6% de los derechos sociales de la sociedad INVERSIONES Y RENTAS OLGA VV LIMITADA. Su Sucesión acordó dejar expresa constancia entre otras cosas, que el usufructo es por ley intransmisible y se extingue de pleno derecho en el mismo momento de la muerte, pasando al nudo propietario consolidándose con la propiedad. En consecuencia, la Sucesión declara reconocer y aceptar que, el derecho de usufructo sobre el 99,6% de los derechos sociales que le pertenecía a doña Olga María Vergara Varela en vida, se consolidó de pleno derecho y de manera instantánea al momento de su fallecimiento, con la Nuda Propiedad en manos de don Tomás Dittborn Valdés, doña Magdalena Dittborn Valdés, doña Francisca Dittborn Valdés, y don Pablo José Dittborn Valdés, sucesores y adjudicatarios de los derechos transmisibles de Olga Francisca Valdés Vergara. /6/ La totalidad de los comparecientes en sus respectivas calidades reconocen, aceptan y acuerdan dejar expresa constancia de que, en consideración a los hechos descritos , los únicos y actuales socios de INVERSIONES Y RENTAS OLGA VV LIMITADA a esta fecha, son: i) don TOMÁS DITTBORN VALDÉS, doña MAGDALENA DITTBORN VALDÉS, doña FRANCISCA DITTBORN VALDÉS, y don PABLO JOSÉ DITTBORN VALDÉS, titulares y propietarios plenos en partes iguales, de un 99,8% del capital y derechos sociales, es decir 24,95% cada uno; y ii) don LUIS ALBERTO VALDÉS VERGARA, titular y propietario pleno de un 0,2% del capital y derechos sociales.- La Sucesión de doña Olga María Vergara Varela declaró que, no tienen derecho alguno sobre INVERSIONES Y RENTAS OLGA VV LIMITADA, por extinguirse el usufructo, otorgándole tanto a los actuales socios y la Sociedad, el más completo, amplio y total finiquito, y renunciando a cualquier pretensión eventualmente existente.- En línea con lo anterior, don TOMÁS DITTBORN VALDÉS, doña MAGDALENA DITTBORN VALDÉS, doña FRANCISCA DITTBORN VALDÉS, y don PABLO JOSÉ DITTBORN VALDÉS, por una parte, y por otra don LUIS ALBERTO VALDÉS VERGARA, en su calidad de únicos y actuales socios de INVERSIONES Y RENTAS OLGA VV LIMITADA, acuerdan de manera unánime, modificar los estatutos sociales, especialmente, el artículo cuarto relativo al capital social, y los artículos sexto, y séptimo, que quedarán de conformidad a lo que se transcribe a continuación: “ESTATUTOS SOCIALES DE INVERSIONES Y RENTAS OLGA VV LIMITADA. Comparecen: Don TOMÁS DITTBORN VALDÉS, doña MAGDALENA DITTBORN VALDÉS, doña FRANCISCA DITTBORN VALDÉS, y don PABLO JOSÉ DITTBORN VALDÉS, todos domiciliados para estos efectos en calle Plaza del Retiro n°3809, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; y don LUIS ALBERTO VALDÉS VERGARA, domiciliado para estos efectos en Av. Presidente Kennedy n°5230, departamento 92, comuna de Vitacura, Región Metropolitana. PRIMERO: Por este acto, los comparecientes constituyen una sociedad de responsabilidad limitada, que se regirá por estos estatutos y las disposiciones de la ley 3918 y sus modificaciones posteriores, y por las disposiciones del Código de Comercio que le fueren aplicables, y en subsidio por las disposiciones del Código Civil, y cuya razón social es INVERSIONES Y RENTAS OLGA VV LIMITADA.”. “CUARTO: El capital social es la cantidad de $10.000.000, que se ha aportado y enterado íntegramente con anterioridad a este acto, a entera satisfacción de la sociedad, y que pertenece a los socios en la siguiente forma y proporciones: Don TOMÁS DITTBORN VALDÉS, aporta y paga con anterioridad a este acto, la cantidad de $2.495.000, equivalentes al 24,95% del capital y derechos sociales; doña MAGDALENA DITTBORN VALDÉS, aporta y paga con anterioridad a este acto, la cantidad de $2.495.000, equivalentes al 24,95% del capital y derechos sociales; doña FRANCISCA DITTBORN VALDÉS, aporta y paga con anterioridad a este acto, la cantidad de $2.495.000, equivalentes al 24,95% del capital y derechos sociales; don PABLO JOSÉ DITTBORN VALDÉS, aporta y paga con anterioridad a este acto, la cantidad de $2.495.000, equivalentes al 24,95% del capital y derechos sociales; y don LUIS ALBERTO VALDÉS VERGARA, aporta y paga con anterioridad a este acto, la cantidad de $20.000, equivalente al 0,2% del capital y derechos sociales. En consecuencia, el capital social se encuentra íntegramente pagado a entera satisfacción de la sociedad.”. “SÉPTIMO: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don TOMÁS DITTBORN VALDÉS, doña MAGDALENA DITTBORN VALDÉS, doña FRANCISCA DITTBORN VALDÉS, y don PABLO JOSÉ DITTBORN VALDÉS, actuando de manera conjunta dos de entre cualquiera de ellos.”. En todo lo demás, se mantiene el artículo séptimo sin variaciones de ningún tipo, el que forma parte integral de estos estatutos y que se da íntegramente por reproducido en este acto.- En todo lo no modificado expresamente por este instrumento, se mantienen íntegramente vigentes los estatutos sociales. Los socios reiteran que su responsabilidad personal por los negocios y obligaciones sociales se encuentra limitada al monto de sus respectivos aportes. Santiago, 23 de diciembre de 2024. Maria Soledad Lascar Merino. Abogado. Notario Público Titular.
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