Société à responsabilité limitée76.413.424-9

Inversiones Mahaz Uno Limitada

MODIFICACIÓN — 22 sept. 2016

Diario Oficial

ModificationDiario Oficial · 2016-09-22Voir le PDF (CVE 1114608)

Informations sociétaires

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Administration: Administración conjunta o separada por José Miguel Manzur Yanine y Jorge Chucre Manzur Hazbún

Administrateurs (2)

Représentation légale (5)

JOSE MIGUEL MANZUR YANINE

En représentation de INMOBILIARIA CANTO DEL AGUA LIMITADA

JORGE CHUCRE MANZUR HAZBÚN

En représentation de INMOBILIARIA RIO RAPEL LIMITADA

ALBERTO JORGE MISLEJ MANZUR

En représentation de INVERSIONES ELENI LIMITADA

NICOLE JEANNETTE GARIB MANZUR

En représentation de INVERSIONES ARGUS LIMITADA

MARIA SOLEDAD HAZBÚN MANZUR

En représentation de INVERSIONES MCS LIMITADA

Texte officiel de l’extrait

IVAN TORREALBA ACEVEDO, Notario Público Titular de la 33ª Notaría de Santiago, Huérfanos 979, Ofc.501, Santiago, certifica: Por escritura pública de esta fecha, ante mi INMOBILIARIA CANTO DEL AGUA LIMITADA, representada por don JOSE MIGUEL MANZUR YANINE; INMOBILIARIA RIO RAPEL LIMITADA, representada por don JORGE CHUCRE MANZUR HAZBÚN; INVERSIONES ELENI LIMITADA, representada por don ALBERTO JORGE MISLEJ MANZUR; INVERSIONES ARGUS LIMITADA, representada por doña NICOLE JEANNETTE GARIB MANZUR; INVERSIONES MCS LIMITADA, representada por doña MARIA SOLEDAD HAZBÚN MANZUR todos con domicilio para estos efectos en calle Don Carlos 2898, piso 2, oficina número 1, Las Condes, Santiago, modificaron la sociedad de responsabilidad limitada INVERSIONES MAHAZ UNO LIMITADA, inscrita a fojas 44835 numero 33154, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2011, en el siguiente sentido: La administración y representación de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don JOSE MIGUEL MANZUR YANINE y a don JORGE CHUCRE MANZUR HAZBUN, quienes actuando conjunta o separadamente, representarán a la sociedad “INVERSIONES MAHAZ UNO LIMITADA” judicial y extrajudicialmente, en Chile o en el extranjero, con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes y sin limitación de ninguna especie, con todas y cada una de las facultades señaladas en la cláusula sexta del pacto social, las que se dan por expresamente reproducidas; Se reemplaza la cláusula OCTAVA del pacto social, por la siguiente: OCTAVO: La sociedad se disolverá anticipadamente por acuerdo unánime de los socios. La sociedad no se disolverá por la muerta de alguno de los socios; Se reemplaza la cláusula NOVENA del pacto social, por la siguiente: NOVENO: La liquidación de la sociedad anticipada o no, se efectuará por los socios de común acuerdo con las facultades señaladas en la cláusula sexta precedente. En lo no modificado permanece vigente pacto social. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 15 de Septiembre de 2016.

Actes récents

  1. MODIFICACIÓN

    INVERSIONES MAHAZ UNO LIMITADA

    CVE 1114608

Relations sociétaires

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