Lizana Y Compañia Limitada
Diario Oficial
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$5.000.000
Associés (4)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Socio | - | 25% | - |
Socio | - | 25% | - |
PATRICIO RODRIGO LIZANA ALVAREZ Socio | - | 25% | - |
CLAUDIO ANTONIO LIZANA ALVAREZ Socio | - | 25% | - |
Administrateurs (1)
CLAUDIO ANTONIO LIZANA ALVAREZ
Historique sociétaire relaté
- Constitution· 25 août 2014
Constitución de la sociedad LIZANA Y COMPAÑIA LIMITADA o PAIHUEN LIMITADA.
MARÍA ANGÉLICA LIZANA ALVAREZ · ENRIQUE LANTADILLA ARAYA · PATRICIO RODRIGO LIZANA ALVAREZ · RODRIGO HERNÁN RAMÍREZ TAPIA · CLAUDIO ANTONIO LIZANA ALVAREZ
- Cession de droits· 11 mai 2018
Rodrigo Hernán Ramírez Tapia cede el 100% de sus derechos sociales equivalentes al 20% a María Angélica Lizana Alvarez, Enrique Lantadilla Araya, Patricio Rodrigo Lizana Alvarez y Claudio Antonio Lizana Alvarez, en partes iguales.
RODRIGO HERNÁN RAMÍREZ TAPIA · MARÍA ANGÉLICA LIZANA ALVAREZ · ENRIQUE LANTADILLA ARAYA · PATRICIO RODRIGO LIZANA ALVAREZ · CLAUDIO ANTONIO LIZANA ALVAREZ
- Changement d’administrateur· 11 mai 2018
Se revoca la administración y el uso de la razón social a Rodrigo Hernán Ramírez Tapia, quedando como administrador Claudio Antonio Lizana Alvarez.
RODRIGO HERNÁN RAMÍREZ TAPIA · CLAUDIO ANTONIO LIZANA ALVAREZ
Texte officiel de l’extrait
DANIEL V. MONDACA PEDRERO, Notario Público Titular de la Quinta Notaría de Rancagua, con oficio en Avenida General José de San Martín 255, de dicha ciudad, certifico: Por escritura pública, Repertorio Nº990/2018, otorgada hoy ante mí, doña MARÍA ANGÉLICA LIZANA ALVAREZ, domiciliada Avenida Tobalaba N°7.377, departamento 44 letra A, comuna de La Florida, Región Metropolitana, don ENRIQUE LANTADILLA ARAYA, domiciliado Pasaje Uno N°159, Quinta Nanito, comuna de Rancagua; don PATRICIO RODRIGO LIZANA ALVAREZ, domiciliado Rodrigo de Triana N°1.645, Villa Don Rodrigo, comuna de Rancagua; don RODRIGO HERNÁN RAMÍREZ TAPIA, domiciliado Camino El Arpa N°409, Parcela 76, comuna de Buin; y don CLAUDIO ANTONIO LIZANA ALVAREZ, domiciliado Av. El Parque N°95, Villa Fernando de Aragón, comuna de Rancagua; Modifican la sociedad comercial de responsabilidad limitada, denominada "LIZANA Y COMPAÑIA LIMITADA”, O “PAIHUEN LIMITADA” constituida por escritura pública de fecha 25.08.2014, agregada bajo el repertorio número 8706-2014, otorgada ante el Notario Público de Rancagua, don Ernesto Montoya Peredo, cuyo extracto se publicó en el Diario Oficial N°40.961, de fecha 17.09.2014, y se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua a fojas 1140, número 940, del año 2014.- Rut N°76.411.757-3, Capital social $5.000.000.- Modificación consiste: a) Don RODRIGO HERNAN RAMIREZ TAPIA, declara que es dueño de un 20% de derechos sociales en la sociedad, y vende, cede y transfiere el 100% de sus derechos equivalentes al 20% de derechos sociales en la sociedad, a doña MARÍA ANGÉLICA LIZANA ALVAREZ, don ENRIQUE LANTADILLA ARAYA, don PATRICIO RODRIGO LIZANA ALVAREZ, y don CLAUDIO ANTONIO LIZANA ALVAREZ, quienes compran y adquieren para sí y en partes iguales en un 5% cada uno.- El precio de esta cesión asciende a la suma de $1.000.000., pesos. La nueva sociedad estará integrada por los siguientes socios y porcentajes: 1).- MARÍA ANGÉLICA LIZANA ALVAREZ, dueña de un 25% del haber social.- 2).- ENRIQUE LANTADILLA ARAYA, dueño de un 25% del haber social.- 3).- PATRICIO RODRIGO LIZANA ALVAREZ, dueño de un 25% del haber social. 4).- CLAUDIO ANTONIO LIZANA ALVAREZ, dueño de un 25% del haber social. b) Los socios modifican la cláusula CUARTA del Estatuto Social, referida al uso de la razón social y administración, en los siguientes términos: A) Se revoca la administración de la sociedad y el uso de su razón social a don Rodrigo Hernán Ramírez Tapia; y B) En consecuencia la administración de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá a partir de la presente modificación, al socio don CLAUDIO ANTONIO LIZANA ALVAREZ, quien podrá actuar sin perjuicio de la facultad de delegar sus facultades de administración en forma total o parcial u otorgar poderes generales o especiales, anteponiendo a su firma la razón social, se le otorgan las más amplias facultades ya establecidas en el pacto constitutivo. En lo no modificado rige íntegramente el pacto social original.- Demás estipulaciones escritura extractada.- Rancagua, 18 de abril de 2018.
Actes récents
- MODIFICACIÓN
LIZANA Y COMPAÑIA LIMITADA
CVE 1396623
