Sociedad De Prestaciones Kinésicas Y Profesionales Kinesiq Limitada
Diario Oficial
Informations sociétaires
Associés (2)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Socio | - | 50% | $500.000 |
María Angella Castagnino Pastenes Socio | - | 50% | $500.000 |
Administrateurs (2)
María Angella Castagnino Pastenes
Historique sociétaire relaté
- Constitution· 21 décembre 2012
Se constituyó la sociedad SOCIEDAD DE PRESTACIONES KINÉSICAS Y PROFESIONALES KINESIQ LIMITADA.
Germán Pablo Pacheco Alarcón · María Angella Castagnino Pastenes · Claudio Nicolás Palacios Mellado
- Cession de droits· 10 mars 2022
Claudio Nicolás Palacios Mellado cede el 50% de sus derechos a María Angella Castagnino Pastenes y el otro 50% a Germán Pablo Pacheco Alarcón.
Claudio Nicolás Palacios Mellado · María Angella Castagnino Pastenes · Germán Pablo Pacheco Alarcón
- Retrait d’un associé· 10 mars 2022
Claudio Nicolás Palacios Mellado se retira definitivamente de la sociedad.
- Changement d’administrateur· 10 mars 2022
La administración, representación y uso de la razón social pasa a María Angella Castagnino Pastenes y Germán Pablo Pacheco Alarcón, conjunta o separadamente.
María Angella Castagnino Pastenes · Germán Pablo Pacheco Alarcón
- Autre acte· 10 mars 2022
Se modifica la duración de la sociedad a 30 años desde la escritura, con prórroga automática por períodos de 10 años.
María Angella Castagnino Pastenes · Germán Pablo Pacheco Alarcón
Texte officiel de l’extrait
LUIS ENRIQUE FISHER YAVAR, Abogado, Notario Público Titular, con oficio en Viña del Mar, calle 12 Norte N°785, piso 3, certifica; por escritura pública de fecha 10 de marzo de 2022, ante mí, don Germán Pablo Pacheco Alarcón, doña Maria Angella Castagnino Pastenes y don Claudio Nicolás Palacios Mellado todos domiciliados para estos efectos en calle 1 Poniente N°831, Departamento C 202, de Viña del Mar, modificaron SOCIEDAD DE PRESTACIONES KINÉSICAS Y PROFESIONALES KINESIQ LIMITADA, constituida el 21 de Diciembre de 2012, ante Notario Público Raul Farren Paredes, Notario Público Titular de la Primera Notaria de Viña del Mar, e inscrita a fojas 2 vuelta N°3, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Viña del Mar del año 2013. Modificaciones consisten en: socio Claudio Nicolás Palacios Mellado, vende, cede y transfiere el 50% de sus derechos en la sociedad, a la socia doña María Angella Castagnino Pastenes, quien acepta para sí estos derechos, por la suma de $500.000.-, que se pagan en este acto, en dinero efectivo al cedente, quién declara recibirlo a su más entera y total conformidad, y otorga el más amplio y completo finiquito a la cesionaria; y, Claudio Nicolás Palacios Mellado, vende, cede y transfiere el otro 50% de sus derechos en la sociedad, al socio don Germán Pablo Pacheco Alarcón, quien acepta para sí estos derechos, por la suma de $500.000.-, que se pagan en este acto, en dinero efectivo al cedente, quién declara recibirlo a su más entera y total conformidad, y otorga el más amplio y completo finiquito al cesionario. En consecuencia, Claudio Nicolás Palacios Mellado, se retira definitivamente de la sociedad, dado que, ha cedido todos los derechos sociales de que era dueño, y quedan como únicos y actuales socios, y en los porcentajes que se indican, los siguientes: don Germán Pablo Pacheco Alarcón, con el 50% de los derechos sociales, y doña María Angella Castagnino Pastenes, con el 50% de los derechos sociales. Los socios acuerdan modificar la cláusula CUARTO de los estatutos, en el sentido que la administración, representación y el uso de la razón social, corresponderá desde ahora a los socios María Angella Castagnino Pastenes y a don Germán Pablo Pacheco Alarcón, quienes podrán actuar conjunta o separadamente en forma indistinta, con todas las facultades señalas en dicha cláusula CUARTO. Los socios acuerdan además modificar la cláusula relativa a la duración de la sociedad, cláusula OCTAVO de los estatutos sociales, pactando que esta será de 30 años, contados desde la fecha de la escritura. Dicho plazo de vigencia de la sociedad se entenderá prorrogado en forma automática, por períodos iguales y sucesivos de 10 años cada uno, si ninguno de los socios manifiesta su intención de ponerle término. Esta manifestación se efectuará por escritura pública, de la cual se tomará nota al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio correspondiente, todo con una anticipación de a lo menos 6 meses contados hacia atrás desde la fecha del vencimiento del período inicial o del período de prórroga que estuviere corriendo. En lo no modificado siguen plenamente vigente todas las demás estipulaciones del pacto social. Otras estipulaciones en escritura extractada. Viña del Mar, 04 de abril de de 2022.-
Actes récents
- MODIFICACIÓN
SOCIEDAD DE PRESTACIONES KINÉSICAS Y PROFESIONALES KINESIQ LIMITADA
CVE 2110411
