Comercializadora Y Distribuidora Huanque Limitada
Diario Oficial
Informations sociétaires
Associés (3)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Socio | - | - | - |
GRICELDA LILIANA CANALES GARRIDO Socio | - | - | - |
MANUEL IGNACIO IRARRÁZAVAL BOZZOLO Socio | - | - | - |
Historique sociétaire relaté
- Autre acte· 3 octobre 2016
Se otorgó la escritura de la sociedad que luego se sanea por falta de publicación oportuna en el Diario Oficial.
- Autre acte· 22 décembre 2016
Los comparecientes sanearon el vicio formal de la escritura de constitución/modificación de la sociedad.
PIA MAGDALENA BOZZOLO SOLAR · GRICELDA LILIANA CANALES GARRIDO · MANUEL IGNACIO IRARRÁZAVAL BOZZOLO
Texte officiel de l’extrait
GERMAN ROUSSEAU DEL RIO, Notario de Santiago, reemplazante del titular de la 22ª Notaría, HUMBERTO SANTELICES NARDUCCI, con oficio en Avenida El Bosque Norte N°047, Las Condes, CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 22 de Diciembre del año 2016, otorgada ante mí: Doña PIA MAGDALENA BOZZOLO SOLAR, domiciliada en calle Camino Los Ciervos número mil quinientos noventa y cinco, comuna de Lo Barnechea, Santiago; doña GRICELDA LILIANA CANALES GARRIDO, domiciliada en calle Encomenderos número doscientos doce, oficina doscientos uno, comuna de Las Condes, Santiago; y don MANUEL IGNACIO IRARRÁZAVAL BOZZOLO, domiciliado en calle María Estuardo número nueve mil setenta y cuatro, comuna de Las Condes, Santiago, vinieron por el presente acto a sanear, conforme a la Ley N° 19.499, la escritura otorgada con fecha 03 de octubre de 2016, en la Notaría de don Humberto Santelices Narducci, ubicada en El Bosque Norte número cero cuatro siete, comuna de Las Condes, Ciudad de Santiago, ante el Notario Reemplazante don German Rousseau del Rio e inscrita a fojas 88809 N° 47925 del Año 2016 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, que vino en modificar la sociedad “COMERCIALIZADORA Y DISTRIBUIDORA HUANQUE LIMITADA”, inscrita a fojas 40977 N° 29133 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del 2005, cuyo vicio consistió en que no se dio cumplimiento a la solemnidad legal de la publicación del mismo en el Diario Oficial de la República, dentro del plazo que establece la ley.- Conforme lo expuesto y disposiciones de la Ley 19.499, los comparecientes vienen en sanear el vicio formal de que adolece la escritura referida, solicitando la publicación del respectivo extracto en el Diario Oficial.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 10 de enero de 2017.-
Informations sociétaires
Objet social
La realización, por cuenta propia o ajena, de la compra, venta, distribución, comercialización, almacenamiento, depósito, arrendamiento, mantenimiento, intermediación, reparación, fabricación, transformación, importación y exportación, ya sea en el país o en el extranjero, de toda clase de bienes y productos, en especial, productos químicos y plásticos, junto con sus materias primas, aparatos, equipos, instrumentos, maquinaria, máquinas herramientas, u otros elementos afines, junto con sus derivados, y la participación en sociedades o negocios de cualquier naturaleza que se relacionen con lo expresado, cuando así lo acordaren sus socios.
Associés (3)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Socio | - | - | - |
GRICELDA LILIANA CANALES GARRIDO Socio | - | 10% | - |
MANUEL IGNACIO IRARRÁZÁVAL BOZZOLO Socio | - | - | - |
Administrateurs (2)
MANUEL IGNACIO IRARRÁZAVAL BOZZOLO
Texte officiel de l’extrait
GERMAN ROUSSEAU DEL RIO, Notario de Santiago, reemplazante del titular de la 22ª Notaría, HUMBERTO SANTELICES NARDUCCI, Avenida El Bosque Norte N°047, Las Condes, CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 03 de Octubre del año 2016, ante mí: doña PIA MAGDALENA BOZZOLO SOLAR, domiciliada en calle Camino Los Ciervos número mil quinientos noventa y cinco, comuna de Lo Barnechea, Santiago; doña GRICELDA LILIANA CANALES GARRIDO, domiciliada en calle Encomenderos número doscientos doce, oficina doscientos uno, comuna de Las Condes, Santiago; y don MANUEL IGNACIO IRARRÁZAVAL BOZZOLO, domiciliado en calle María Estuardo número nueve mil setenta y cuatro, comuna de Las Condes, Santiago, vinieron por el presente acto a lo siguiente: doña GRICELDA LILIANA CANALES GARRIDO vende, cede y transfiere la totalidad de los derechos que posee en la sociedad “ COMERCIALIZADORA Y DISTRIBUIDORA HUANQUE LIMITADA ”, equivalentes estos a un diez por ciento del interés social, a don MANUEL IGNACIO IRARRÁZAVAL BOZZOLO, quien los compra, acepta y adquiere para sí, declarando haberlos recibido a su entera satisfacción. En virtud de lo anterior, se retira como socia doña GRICELDA LILIANA CANALES GARRIDO. Se amplió objeto social, reemplazándose la cláusula segunda por la siguiente: “SEGUNDO: El objeto de la sociedad será la realización, por cuenta propia o ajena, de la compra, venta, distribución, comercialización, almacenamiento, depósito, arrendamiento, mantenimiento, intermediación, reparación, fabricación, transformación, importación y exportación, ya sea en el país o en el extranjero, de toda clase de bienes y productos, en especial, productos químicos y plásticos, junto con sus materias primas, aparatos, equipos, instrumentos, maquinaria, máquinas herramientas, u otros elementos afines, junto con sus derivados, y la participación en sociedades o negocios de cualquier naturaleza que se relacionen con lo expresado, cuando así lo acordaren sus socios;”. Administración, representación y uso de razón social corresponderá a doña PIA MAGDALENA BOZZOLO SOLAR y a don MANUEL IGNACIO IRARRÁZAVAL BOZZOLO, actuando separada o conjuntamente e indistintamente con todas y cada una de las facultades que señala la cláusula cuarta de la escritura de constitución social. Se reemplaza la cláusula quinta del pacto social por la siguiente: “QUINTO: Para el ejercicio de la facultad de administración otorgada en la cláusula anterior, cada uno de los socios podrá realizar toda clase de actos, y firmar toda clase de documentos, aunque no estén taxativamente mencionados en tal cláusula, con las únicas limitaciones de no enajenar bienes raíces, no otorgar fianzas o cauciones y no poder contestar demandas, casos para los cuales será necesaria la comparecencia de ambos socios;”. Socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. En todo lo no modificado rigen las estipulaciones del pacto social.- Santiago, 4 de octubre de 2016.-
Actes récents
- MODIFICACIÓN
COMERCIALIZADORA Y DISTRIBUIDORA HUANQUE LIMITADA
CVE 1167865
- MODIFICACIÓN
COMERCIALIZADORA Y DISTRIBUIDORA HUANQUE LIMITADA
CVE 1145535
