Sociedad De Servicios Y Transportes Manchego Limitada
Diario Oficial
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$625.000.000
Associés (7)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
ALEJANDRO CARLOS MANCHEGO AYABIRES Socio 6.xxx.xxx-k | 6.xxx.xxx-k | 51% | - |
CARLOS ALEJANDRO MANCHEGO MUÑOZ Socio 18.xxx.xxx-6 | 18.xxx.xxx-6 | 7.5% | - |
ROSA ALEJANDRA MANCHEGO HERRERA Socio 17.xxx.xxx-1 | 17.xxx.xxx-1 | 7.5% | - |
MARCELA DEL ROSARIO MANCHEGO HERRERA Socio 17.xxx.xxx-4 | 17.xxx.xxx-4 | 7.5% | - |
SANDRA ELIZABETH MANCHEGO MUÑOZ Socio 19.xxx.xxx-9 | 19.xxx.xxx-9 | 7.5% | - |
CAROLINA EUGENIA MANCHEGO HERRERA Socio 15.xxx.xxx-k | 15.xxx.xxx-k | 9.5% | - |
ALFREDO ALEJANDRO MANCHEGO HERRERA Socio 15.xxx.xxx-3 | 15.xxx.xxx-3 | 9.5% | - |
Administrateurs (1)
ALEJANDRO CARLOS MANCHEGO AYABIRES
Historique sociétaire relaté
- Constitution· 1 décembre 2014
Se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada SOCIEDAD DE SERVICIOS Y TRANSPORTES MANCHEGO LIMITADA o TRACMA LTDA.
ALEJANDRO CARLOS MANCHEGO AYABIRES · CAROLINA EUGENIA MANCHEGO HERRERA · ALFREDO ALEJANDRO MANCHEGO HERRERA
- Changement d’administrateur· 18 août 2015
Se realizó una modificación anterior no detallada en el extracto.
- Cession de droits
ALEJANDRO CARLOS MANCHEGO AYABIRES cedió y transfirió el 45% de sus derechos sociales a varios familiares, incorporándose nuevos socios.
ALEJANDRO CARLOS MANCHEGO AYABIRES · CARLOS ALEJANDRO MANCHEGO MUÑOZ · ROSA ALEJANDRA MANCHEGO HERRERA · MARCELA DEL ROSARIO MANCHEGO HERRERA · SANDRA ELIZABETH MANCHEGO MUÑOZ · CAROLINA EUGENIA MANCHEGO HERRERA · ALFREDO ALEJANDRO MANCHEGO HERRERA
Texte officiel de l’extrait
ALEJANDRO GEMMEL MARTINEZ, Notario Público 3° Notaría Calama, con oficio en calle Vargas 2209, Calama, certifica que por escritura pública hoy, ante mí, ALEJANDRO CARLOS MANCHEGO AYABIRES chileno, viudo, transportista, cédula de identidad 6.045.647-K, domiciliado en calle Diego de Almagro 3051, Calama, CAROLINA EUGENIA MANCHEGO HERRERA, chilena, casada con separaciones de bienes, administrativa, cédula de identidad 15.015.099-K, domiciliada en calle Alejandro Ceruti 3794, Población Gladys Marín Calama; ALFREDO ALEJANDRO MANCHEGO HERRERA, chileno, soltero, jefe de taller, cédula de identidad 15.770.167-3; CARLOS ALEJANDRO MANCHEGO MUÑOZ, chileno, soltero, estudiante de ingeniería civil, cédula de identidad 18.483.199-6; ROSA ALEJANDRA MANCHEGO HERRERA, chilena, soltera, ingeniera en información, cédula de identidad número 17.393.421-1; MARCELA DEL ROSARIO MANCHEGO HERRERA, chilena, soltera, estudiante, cédula de identidad 17.094.260-4; y SANDRA ELIZABETH MANCHEGO MUÑOZ, chilena, soltera, estudiante, cédula de identidad 19.824.606-9, todos domiciliados en calle Diego de Almagro 3051, Población Alemania, de la comuna de Calama. Que, por escritura pública de fecha 01.12.2014, ALEJANDRO CARLOS MANCHEGO AYABIRES, CAROLINA EUGENIA MANCHEGO HERRERA y don ALFREDO ALEJANDRO MANCHEGO HERRERA constituyeron sociedad de responsabilidad limitada denominada “SOCIEDAD DE SERVICIOS Y TRANSPORTES MANCHEGO LIMITADA” o “TRACMA LTDA.”, RUT 76.398.845-7, CAPITAL $625.000.000, extracto se inscribió a fojas 597 N° 362 del Registro de Comercio del año 2014 del Conservador de Bienes Raíces y Comercio de El Loa Calama, y se publicó en la página E-195, del Diario Oficial 41.024, del día 04.12.2014. Modificada con 18.08.2015, extracto inscrito a fojas 427 N° 236 del registro de comercio de 2015 del Conservador de Bienes Raíces de El Loa Calama y se publicó en la página E- 305 del Diario Oficial 41.273 del día 03.10.2015. Que, por este acto, ALEJANDRO CARLOS MANCHEGO AYABIRES viene en ceder y transferir el 45% de las acciones y derechos de los que es titular en la sociedad individualizada en la cláusula primera. Cesión que realiza a: Un 7,5% a CARLOS ALEJANDRO MANCHEGO MUÑOZ, quien los acepta para sí pasando por tanto a ser parte de la sociedad. El precio de la venta es la suma única y total de $44.500.000. Pago que se realizará en 10 cuotas anuales iguales y sucesivas de $4.400.000. Pago que se efectuará los días 05 de enero de cada año, a contar del mes de enero del año 2019. Obligándose el cedente a extender el respectivo comprobante de dinero; Un 7,5%, a ROSA ALEJANDRA MANCHEGO HERRERA quien los acepta para sí pasando por tanto a ser parte de la sociedad. El precio de la venta es la suma única y total de $44.500.000. Pago que se realizará en 10 cuotas anuales iguales y sucesivas de $4.400.000. Pago que se efectuará los días 05 de enero de cada año, a contar del mes de enero del año 2019. Obligándose el cedente a extender el respectivo comprobante de dinero; Un 7,5% a MARCELA DEL ROSARIO MANCHEGO HERRERA, quien los acepta para sí pasando por tanto a ser parte de la sociedad. El precio de la venta es la suma única y total de $44.500.000. Pago que se realizará en 10 cuotas anuales iguales y sucesivas de $4.400.000. Pago que se efectuará los días 05 de enero de cada año, a contar del mes de enero del año 2019. Obligándose el cedente a extender el respectivo comprobante de dinero; Un 7,5%, a SANDRA ELIZABETH MANCHEGO MUÑOZ, Un 7,5%, a CAROLINA EUGENIA MANCHEGO HERRERA, quien los acepta para sí pasando por tanto a ser parte de la sociedad. El precio de la venta es la suma única y total de $44.500.000. Pago que se realizará en 10 cuotas anuales iguales y sucesivas de $4.400.000. Pago que se efectuará los días 05 de enero de cada año, a contar del mes de enero del año 2019. Obligándose el cedente a extender el respectivo comprobante de dinero; Un 7,5%, a ALFREDO ALEJANDRO MANCHEGO HERRERA, quien los acepta para sí pasando por tanto a ser parte de la sociedad. El precio de la venta es la suma única y total de $44.500.000. Pago que se realizará en 10 cuotas anuales iguales y sucesivas de $4.400.000. Pago que se efectuará los días 05 de enero de cada año, a contar del mes de enero del año 2019. Obligándose el cedente a extender el respectivo comprobante de dinero. Como consecuencia de las cesiones antes acordadas, quedan como únicos y exclusivos socios de la sociedad singularizada ALEJANDRO CARLOS MANCHEGO AYABIRES, con una participación social de 51%; CARLOS ALEJANDRO MANCHEGO MUÑOZ con un 7.5% de las acciones y derechos; ROSA ALEJANDRA MANCHEGO HERRERA con un 7,5% de las acciones y derechos; MARCELA DEL ROSARIO MANCHEGO HERRERA con un 7,5% de las acciones y derechos; SANDRA ELIZABETH MANCHEGO MUÑOZ con un 7,5% de las acciones y derechos; CAROLINA EUGENIA MANCHEGO HERRERA con un 9,5% de las acciones y derechos y ALFREDO ALEJANDRO MANCHEGO HERRERA con un 9,5% de las acciones y derechos. Los comparecientes, en su condición de únicos socios modifican la cláusula 8° en los términos siguientes: “OCTAVO: Las utilidades como las pérdidas que devengue la presente sociedad se repartirán en igual porcentaje del que es titular cada socio. La administración y representación legal de la sociedad será ejercida exclusivamente por don ALEJANDRO CARLOS MANCHEGO AYABIRES. En todo lo que no se modifica por el presente instrumento, seguirán vigentes las estipulaciones del pacto social, y de sus modificaciones anteriores a ésta. Demás estipulaciones en escritura extractada. Calama, Diciembre 21 de 2017.-
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$625.000.000
Associés (3)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
ALEJANDRO CARLOS MANCHEGO AYABIRES Socio 6.xxx.xxx-k | 6.xxx.xxx-k | - | - |
CAROLINA EUGENIA MANCHEGO HERRERA Socio 15.xxx.xxx-k | 15.xxx.xxx-k | - | - |
ALFREDO ALEJANDRO MANCHEGO HERRERA Socio 15.xxx.xxx-3 | 15.xxx.xxx-3 | - | - |
Administrateurs (1)
ALEJANDRO CARLOS MANCHEGO AYABIRES
Historique sociétaire relaté
- Constitution· 1 décembre 2014
Se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada SOCIEDAD DE SERVICIOS Y TRANSPORTES MANCHEGO LIMITADA, publicada e inscrita en 2014.
ALEJANDRO CARLOS MANCHEGO AYABIRES · CAROLINA EUGENIA MANCHEGO HERRERA · ALFREDO ALEJANDRO MANCHEGO HERRERA
Texte officiel de l’extrait
ALEJANDRO GEMMEL MARTINEZ, Notario Público 3° Notaría Calama, Vargas 2209, certifica que: por escritura pública hoy ante mí, ALEJANDRO CARLOS MANCHEGO AYABIRES, chileno, viudo, transportista, domiciliado en la ciudad de Calama, calle Diego de Almagro 3051 ex 2951, Población Alemania, cédula de identidad 6.045.647-k; CAROLINA EUGENIA MANCHEGO HERRERA, chilena, casada, administrativa, cédula de identidad 15.015.099-k, con domicilio en Calama, calle Alejandro Ceruti 3794, Población Gladys Marín y ALFREDO ALEJANDRO MANCHEGO HERRERA, chileno, soltero, jefe de taller, cédula de identidad 15.770.167-3, domiciliado en la ciudad de Calama, calle Diego de Almagro 3051 EX 2951, Población Alemania, Que con fecha 01.12.2014 constituyeron una sociedad comercial de responsabilidad limitada, la que fue publicada en Diario Oficial 41.024, página E -195 el día jueves 04.12.2014, código de verificación 848062 e inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces a fojas 597 número 362, correspondiente al año 2014. Nombre o razón social "SOCIEDAD DE SERVICIOS Y TRANSPORTES MANCHEGO LIMITADA", nombre de fantasía "TRACMA LTDA.", Rol Único Tributario 76.398.845-7, con un capital de $625.000.000. Que los socios comparecientes vienen en complementar la administración de la misma, otorgándole al administrador don ALEJANDRO CARLOS MANCHEGO AYABIRES, las siguientes facultades: GARANTIAS: “Podrá entregar valores en garantías; constituir fianza y codeuda solidaria; constituir hipotecas; constituir prendas; posponer garantías; avalar letras y pagarés de terceros o extrañas a la sociedad; endosar certificados de depósitos y retirar letras y pagarés en garantías”. Que por este acto además complementa la escritura de constitución en el sentido de incorporar el número de motor como en el número de chasis del vehículo aportado en su oportunidad por don ALEJANDRO CARLOS MANCHEGO AYABIRES, CAMION, marca VOLKSWAGEN, motor E UNO T UNO CINCO SIETE SEIS CUATRO SEIS, chasis NUEVE CINCO TRES TRES CUATRO CINCO DOS R CUATRO A R CERO UNO TRES CERO CUATRO CINCO, color BLANCO, patente BPKB, SETENTA Y OCHO GUIÓN CERO.En todo lo no modificado en esta escritura rige íntegramente el pacto social sin reformas ni cambios en su ordenación estructura y disposición de sus cláusulas. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Calama, Junio 21 de 2017.-
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