Inversiones Y Transportes Claudia Sanhueza E.I.R.L..
Diario Oficial
Informations sociétaires
Objet social
El transporte, rubro transporte de carga a realizar en vehículos propios o ajenos.
Capital
Capital total
$5.000.000
Capital libéré
$1.000.000
Capital restant dû
$4.000.000
Associés (1)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Claudia Carmen Sanhueza González Titular | - | 100% | $5.000.000 |
Historique sociétaire relaté
- Changement de nom· 14 mars 2016
Se modificó la denominación de la empresa y se publicó su extracto de modificación anterior.
- Transformation· 19 avril 2016
La sociedad Inversiones y Transportes Castillo Limitada se transformó en empresa individual de responsabilidad limitada.
Claudia Carmen Sanhueza González · Pedro Rolando Castillo López
- Changement de nom· 10 mars 2017
La empresa pasó a denominarse Inversiones y Transportes Claudia Sanhueza E.I.R.L. y se saneó/modificó su escritura.
Texte officiel de l’extrait
FELIPE QUILODRÁN SLATER, Notario Público de Concepción, suplente del titular don RAMÓN GARCÍA CARRASCO, Rengo 444 Concepción, certifico que: Por escritura pública de fecha 01-06-2017 otorgada ante el titular de este oficio, CLAUDIA CARMEN SANHUEZA GONZÁLEZ, de 36 años de edad, domiciliada en Pasaje Latue número cuatro mil ochocientos veinte, Población Vegas de Perales, de la comuna de Talcahuano, y de paso en ésta; y PEDRO ROLANDO CASTILLO LÓPEZ , del mismo domicilio de la otra compareciente, expusieron: Que por escritura pública de 19 de Abril de 2016, otorgada ante la Notario Titular de Concepción María Eugenia Rivera González, se transformó la sociedad INVERSIONES Y TRANSPORTES CASTILLO LIMITADA, rol único tributario N° 76.383.092-6, en la que eran únicos socios los comparecientes, en una empresa individual de responsabilidad limitada, inscrita en extracto en el Registro de Comercio, que lleva el Conservador de Comercio de Talcahuano, del año 2016 a fojas 156 N° 104 y que se publicó en igual forma en el Diario Oficial de 27 de Abril de 2016, edición N° 41.443, con capital es $5.000.000. Por escritura pública de fecha 10 de Marzo de 2017, otorgada ante el notario de Concepción Ramón García Carrasco, doña CLAUDIA CARMEN SANHUEZA GONZÁLEZ procedió a sanear y modificar la escritura referida precedentemente y que pasó a denominarse INVERSIONES Y TRANSPORTES CLAUDIA SANHUEZA E.I.R.L., rol único tributario N° 76.383.092-6. Es el caso que el extracto de la escritura de saneamiento y modificación referida precedentemente, si bien se publicó en el Diario Oficial de ocho de Mayo de 2017 contiene un error y además no se inscribió en el Registro de Comercio, por lo que en conformidad a lo prevenido en las normas de la ley diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve, se procedió al saneamiento de la escritura de saneamiento de la empresa referida en la cláusula precedente, en los términos que se señalan a continuación: a) En la escritura pública de transformación antes mencionada se expresa que la empresa tendrá una razón social, lo que no es correcto, toda vez que, la empresa individual de responsabilidad limitada no es una sociedad y tiene, por tanto, sólo una denominación o nombre. Por este acto se sanea el referido error sustituyendo en la mencionada escritura de transformación, en el título primero y en el artículo primero la expresión razón social por “denominación” y sustituyendo el artículo primero por el siguiente que también se modifica, en el que se incluye un nuevo nombre y nombre de fantasía quedando como sigue: “Artículo Primero: Denominación: La denominación o nombre de la empresa individual de responsabilidad limitada será INVERSIONES Y TRANSPORTES CLAUDIA SANHUEZA E.I.R.L., sin embargo la empresa podrá adquirir derechos y contraer obligaciones con el nombre de fantasía TRANSPORTES CASTILLO E.I.R.L. Se dejó constancia que la palabra castillo no se utiliza como apellido sino como referencia al lugar, fuerte, cercado de murallas, baluartes, fosos y otras fortificaciones.”; b) En la escritura pública referida precedentemente, se estipuló para la empresa individual de responsabilidad limitada, en el artículo tercero, varias actividades económicas como objeto, lo que el artículo cuarto, letra d) de la ley diecinueve mil ochocientos cincuenta y siete no permite, ya que esta clase de personas jurídicas deben tener como objeto sólo una actividad económica, debiendo señalarse también el rubro específico en que dentro de esa actividad se desempeñará, lo que no se hizo. Por este acto se sanean los referidos errores sustituyendo el artículo tercero por el siguiente: “Artículo Tercero: La actividad económica que constituirá el objeto de la sociedad, será el transporte, rubro transporte de carga a realizar en vehículos propios o ajenos.”; c) En la escritura pública de transformación mencionada precedentemente, al redactar el estatuto y al señalarse el capital de la empresa, ascendente a cinco millones de pesos, hay una referencia a derechos sociales que no puede entenderse, pues la empresa no es una sociedad. Por este acto se sanea la mencionada referencia sustituyendo la letra b) del artículo quinto, por la siguiente: “b) Doña Claudia Carmen Sanhueza González, aporta y paga en este acto en dinero efectivo y de contado, la suma de un millón de pesos equivalente a un 20% del capital de la empresa ”. Se dejó constancia que la sociedad que se transformó en la actual empresa tuvo antes de la transformación una sola modificación, otorgada por escritura pública de 14 de marzo de 2016, otorgada ante Jorge Eduardo Francisco Ogalde, suplente de la notario titular de Concepción María Eugenia Rivera González, publicada en extracto el Diario Oficial de 29 de Marzo de dos mil dieciséis, edición 41.418 e inscrita en extracto en el Registro de Comercio del año dos mil dieciséis que lleva el Conservador de Comercio de Talcahuano, el 29 de abril del año 2016, a fojas 124 N° 78. En lo no saneado y modificado rige el estatuto de la empresa inserto en la escritura de transformación. Se dejó constancia que la comparecencia de Pedro Rolando Castillo López fue sólo para ratificar, a mayor abundamiento lo ejecutado por su ex socia y cónyuge. Se facultó al portador de copia autorizada para requerir y firmar las inscripciones, del saneamiento y modificación. Concepción, Septiembre 08 de 2017.
Informations sociétaires
Objet social
transporte, rubro transporte de carga a realizar en vehículos propios o ajenos
Capital
Capital total
$5.000.000
Capital libéré
$1.000.000
Capital restant dû
$4.000.000
Associés (1)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Claudia Carmen Sanhueza González Titular | - | 100% | $5.000.000 |
Historique sociétaire relaté
- Autre acte· 14 mars 2016
Se otorga una modificación previa de la sociedad transformada.
- Transformation· 19 avril 2016
Inversiones y Transportes Castillo Limitada se transforma en Inversiones y Transportes Claudia Sanhueza E.I.R.L.
Texte officiel de l’extrait
FELIPE QUILODRÁN SLATER, Notario Público de Concepción, suplente del titular don RAMÓN GARCÍA CARRASCO, Rengo 444 Concepción, certifico que: por escritura pública de 10 de Marzo de 2017, ante el titular de este Oficio, doña CLAUDIA CARMEN SANHUEZA GONZÁLEZ, domiciliada en Pasaje Latue N° 4820, Población Vegas de Perales, de la comuna de Talcahuano, procedió a sanear y modificar la escritura de transformación de INVERSIONES Y TRANSPORTES CLAUDIA SANHUEZA E.I.R.L. otorgada por escritura pública de 19 de abril de 2016, repertorio 562, ante la notario titular de Concepción María Eugenia Rivera González, con capital de $5.000.000, antes Inversiones y Transportes Castillo Limitada, inscrita en extracto el Registro de Comercio de Talcahuano, que lleva el Conservador de Comercio de Talcahuano, del año 2016 a fojas 156 N°104 y que se publicó en igual forma en el Diario Oficial de 27 de Abril de 2016, edición N°41.443. Saneamiento y modificaciones de la escritura pública de transformación y constitución de la empresa consistió en: a) En la escritura mencionada precedentemente se expresa que la empresa tendrá una razón social, lo que no es correcto, toda vez que la empresa individual de responsabilidad limitada no es una sociedad y tiene por tanto sólo una denominación o nombre. Por este acto se sanea el referido error sustituyendo en la referida escritura en el título primero la expresión razón social por “denominación” y sustituyendo el artículo primero por el siguiente que también se modifica en el que se incluye un nombre de fantasía quedando como sigue: “Artículo Primero: Denominación: La denominación o nombre de la empresa individual de responsabilidad limitada será INVERSIONES Y TRANSPORTES CLAUDIA SANHUEZA E.I.R.L., Sin embargo la empresa podrá adquirir TRANSPORTES CASTILLO E.I.R.L. Se deja constancia que la palabra castillo no se utiliza como apellido sino como referencia al lugar fuerte, cercado de murallas, baluartes, fosos y otras fortificaciones.”; b) En la escritura pública referida precedentemente, se estipula para la empresa individual de responsabilidad limitada, en el artículo tercero varias actividades económicas como objeto, lo que el artículo cuarto, letra d) de la ley 19.857 no permite, ya que esta clase de personas jurídicas deben tener como objeto sólo una actividad económica debiendo señalarse también el rubro específico en que dentro de esa actividad se desempeñará, lo que no se hizo. Por este acto se sanean los referidos errores sustituyendo el artículo tercero por el siguiente: “Artículo Tercero: La actividad económica que constituirá el objeto de la sociedad, será el transporte, rubro transporte de carga a realizar en vehículos propios o ajenos.”; c) En la escritura pública mencionada precedentemente al redactar el estatuto al señalarse el capital de la empresa, ascendente a $5.000.000, hay una referencia a derechos sociales que no puede entenderse pues la empresa no es una sociedad. Por este acto se sanea la mencionada referencia sustituyendo la letra b) del artículo quinto, por la siguiente: “b) Doña Claudia Carmen Sanhueza González, aporta y paga en este acto en dinero efectivo y de contado, la suma de un millón de pesos”. TERCERO. Se deja constancia la sociedad que se transformó en la actual empresa tuvo antes de la transformación. una sola modificación, otorgada por escritura pública de 14 de marzo de 2016, repertorio N° 360, otorgada ante Jorge Eduardo Francisco Ogalde, suplente de la notario titular de Concepción María Eugenia Rivera González, publicada en extracto el Diario Oficial de 29 de Marzo de 2016, edición 41.418 e inscrita en extracto en el Registro de Comercio del año 2016 que lleva el Conservador de Comercio de Concepción, el 29 de abril de 2016, a fojas 124 N° 78. Demás estipulaciones en escritura extractada. Concepción, Mayo 04 de 2017.
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- MODIFICACIÓN
INVERSIONES Y TRANSPORTES CLAUDIA SANHUEZA E.I.R.L.
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