Sociedad Agricola Corral San Nicolas Limitada
Diario Oficial
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$22.500.0000
Capital libéré
$22.500.0000
Associés (3)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
ERNESTO DEL CARMEN CORRAL GUAJARDO Socio | - | 53.33% | - |
ERNESTO GUSTAVO CORRAL NÚÑEZ Socio | - | 23.34% | - |
Socio | - | 23.33% | - |
Administrateurs (1)
Historique sociétaire relaté
- Transformation· 17 juillet 2005
MADERERA SOMACOR LIMITADA se divide y da origen, entre otras, a SOCIEDAD AGRICOLA CORRAL SAN NICOLAS LIMITADA
MADERERA SOMACOR LIMITADA · SOCIEDAD AGRICOLA CORRAL SAN NICOLAS LIMITADA
Texte officiel de l’extrait
JUAN ARMANDO BUSTOS BONNIARD, Notario Público de la Tercera Notaria de Chillán, Arauco N°620, Certifica: por escritura pública suscrita ante mí, don ERNESTO DEL CARMEN CORRAL GUAJARDO, comerciante, calle Balmaceda N°980 Constitución, don ERNESTO GUSTAVO CORRAL NÚÑEZ, empresario, Quillinco s, comuna de San Nicolás, y don JAIME ERNESTO CORRAL NUÑEZ, mecánico, Quillinco s, comuna de San Nicolás, los socios de SOCIEDAD AGRICOLA CORRAL SAN NICOLAS LIMITADA, persona jurídica del giro de su denominación, RUT. 76.378.330-8, domiciliada en Arturo Prat s comuna San Nicolás, y expusieron: Por escritura pública de fecha 17-08-2005, otorgada en la notaria de Talca, de don Juan Bianchi Astaburuaga, se celebró escritura de modificación, constitución y división de sociedad MADERERA SOMACOR LIMITADA, la cual se dividió en tres sociedades: a) la ya existente a esa fecha sociedad MADERERA SOMACOR LIMITADA, b) SOCIEDAD AGRICOLA CORRAL SAN NICOLAS LIMITADA y c) SOCIEDAD DE TRANSPORTES Y ARRIENDO DE MAQUINARIAS SAN RAPHAEL LIMITADA. Estas dos últimas se constituyeron como consecuencia de la división. División efectiva a contar del 01-07-2005. El Capital de SOCIEDAD AGRICOLA CORRAL SAN NICOLAS LIMITADA fue la suma de $22.500.0000.-, que fue aportado e íntegramente pagado por los socios, siendo los únicos socios de SOCIEDAD AGRICOLA CORRAL SAN NICOLAS LIMITADA, don ERNESTO DEL CARMEN CORRAL GUAJARDO, con un 53,33% de los derechos sociales; don ERNESTO GUSTAVO CORRAL NÚÑEZ, con un 23,34% de los derechos sociales; y don JAIME ERNESTO CORRAL NUÑEZ, con un 23,33% de los derechos sociales, según da cuenta la indicada escritura de modificación, constitución y división citada. Se acordó en la CLÁUSULA TERCERA número seis, ARTÍCULO SEXTO, de la misma escritura lo siguiente: ARTÍCULO SEXTO: Administración y uso de la razón social. La administración y el uso de la razón social corresponderá indistinta y separadamente a cada uno de los socios, quienes anteponiendo a su firma la razón social obligarán y representarán a la sociedad en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario, con las más amplias facultades singularizando cada una de ellas. El extracto de dicha escritura se inscribió a fojas 337 N°362 Registro Comercio C.B.R. Chillán año 2005 publicado D.O. 17-09-2005, edición N° 38.265 página 39. Mediante escritura extractada los socios de SOCIEDAD AGRICOLA CORRAL SAN NICOLAS LIMITADA, Rut 76.378.330-8, modificaron la CLAUSULA TERCERA, numeral seis) ARTICULO SEXTO de la escritura de modificación, constitución y división de la sociedad citada, debiendo indicar como sigue: ARTICULO SEXTO: La administración y el uso de la razón social corresponderá única y exclusivamente a don LUIS ALBERTO CALABRAN MIRANDA, de nacionalidad chileno, casado, C.I. 7.892.276-1, quien podrá actuar por SOCIEDAD AGRICOLA CORRAL SAN NICOLAS LIMITADA, y anteponiendo la razón social a su firma, la representará y obligará con las más amplias facultades en todo tipo de asuntos, contratos, actos y negocios, con las facultades indicadas en la propia escritura de modificación, constitución y división de sociedad ya singularizada las que se dan por íntegramente reproducidas una a una y en todas sus partes. En todo lo no modificado se mantiene vigente la escritura en todas sus cláusulas. Demás estipulaciones en escritura extractada. Chillán, 21-08.2018.-
Actes récents
- MODIFICACIÓN
SOCIEDAD AGRICOLA CORRAL SAN NICOLAS LIMITADA
CVE 1453487
