Consultoría Y Asesoría C & C Limitada
Diario Oficial
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$6.000.000
Associés (3)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Socio | - | 25% | - |
Socio | - | 25% | - |
PATRICIA ANDREA MOLINA DUFFLOCQ Socio | - | 50% | - |
Administrateurs (2)
PATRICIA ANDREA MOLINA DUFFLOCQ
Historique sociétaire relaté
- Constitution· 9 mai 2014
Se constituye CONSULTORÍA Y ASESORÍA C & C LIMITADA, nombre de fantasía CONSULTORA C & C LTDA.
- Cession de droits· 3 décembre 2019
Carlos Hernán Müller Méndez cede el 25% de sus derechos a Patricia Andrea Molina Dufflocq.
CARLOS HERNÁN MÜLLER MÉNDEZ · PATRICIA ANDREA MOLINA DUFFLOCQ
- Cession de droits· 3 décembre 2019
Constanza Andrea Nualart Vio cede el 25% de sus derechos a Patricia Andrea Molina Dufflocq.
CONSTANZA ANDREA NUALART VIO · PATRICIA ANDREA MOLINA DUFFLOCQ
Texte officiel de l’extrait
Bernardo Espinosa Bancalari, Notario Público de Puerto Varas, con oficio en esta ciudad, Av. Gramado 535, certifica: Por escritura pública de 03 de diciembre de 2019, ante mí, don CARLOS HERNÁN MÜLLER MÉNDEZ, domiciliado en pasaje Quirque número dos mil cuarenta y uno, Puerto Varas; doña CONSTANZA ANDREA NUALART VIO, domiciliada en pasaje Quirque número dos mil cuarenta y uno, Puerto Varas; y doña PATRICIA ANDREA MOLINA DUFFLOCQ, domiciliada en Calle Las Quilas número dos mil cuatrocientos treinta y cinco, Villa Mirador de Volcanes, Puerto Varas, modificaron “CONSULTORÍA Y ASESORÍA C & C LIMITADA”, nombre de fantasía “CONSULTORA C & C LTDA.”, constituida por escritura pública de fecha nueve de mayo del año dos mil catorce, suscrita ante don Juan Carlos Bahamonde Muñoz, suplente del Notario Público titular de Puerto Montt, don Edward Langlois Danks. Un extracto de dicha escritura de constitución fue inscrito a Fojas ciento setenta y uno vuelta, número ciento setenta y uno, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Varas, correspondiente al año dos mil catorce. Las modificaciones consisten en: A) El socio CARLOS HERNÁN MÜLLER MÉNDEZ, posee un cincuenta por ciento de derechos sociales de la presente sociedad. Por este acto, viene en vender, ceder y transferir el veinticinco por ciento de sus derechos en la presente sociedad, a doña PATRICIA ANDREA MOLINA DUFFLOCQ, quién compra, acepta y adquiere para sí el mencionado porcentaje de los derechos sociales. B) La socia CONSTANZA ANDREA NUALART VIO, posee un cincuenta por ciento de los derechos sociales de la presente sociedad. Por este acto, la socia recién mencionada, viene en vender, ceder y transferir un veinticinco por ciento de sus derechos en la presente sociedad, a doña PATRICIA ANDREA MOLINA DUFFLOCQ, quién compra, acepta y adquiere para sí el mencionado porcentaje de los derechos sociales. Como consecuencia de lo anteriormente señalado, las participaciones sociales quedan del siguiente tenor: a) Don CARLOS HERNÁN MÜLLER MÉNDEZ, con un veinticinco por ciento del capital social y propiedad de la presente compañía; b) Doña CONSTANZA ANDREA NUALART VIO, con el veinticinco por ciento del capital social y propiedad de la presente compañía; y c) doña PATRICIA ANDREA MOLINA DUFFLOCQ, con el cincuenta por ciento del capital social y propiedad de la presente compañía. La administración, representación y el uso de la razón social corresponderá y será ejercida de manera CONJUNTA por las socias doña CONSTANZA ANDREA NUALART VIO y doña PATRICIA ANDREA MOLINA DUFFLOCQ, quienes deberán actuar conjuntamente, actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a su firma, la representarán con las más amplias facultades, las cuales se encuentran enunciadas en el considerando CUARTO de la escritura de constitución. El capital social se modifica, siendo el capital social la suma de SEIS MILLONES DE PESOS, el que se encuentra aportado y distribuido de la siguiente forma: El socio Carlos Hernán Müller Méndez, tiene un veinticinco por ciento del capital social. La socia Constanza Andrea Nualart Vio, tiene un veinticinco por ciento del capital social. Y la socia Patricia Andrea Molina Dufflocq, tiene un cincuenta por ciento del capital social. En caso de fallecimiento de uno o más socios, esta continuará con el o los socios sobrevivientes y con los herederos del o los socios fallecidos, quienes, siendo dos o más, deberán designar, por escritura pública, dentro del plazo de tres meses, contados desde el fallecimiento, un mandatario común que los represente ante la sociedad. El mandatario designado no tendrá la representación ni el uso de la razón social, pero podrá fiscalizar la marcha de los negocios sociales, con las facultades y atribuciones que le confiere el Código de Comercio. En todo caso, la administración y el uso de la razón social continuará con el o los socios sobrevivientes, los cuales deberán actuar en forma conjunta si son más de un socio sobreviviente. En todo lo demás no modificado, continúan plenamente vigentes los estatutos sociales originales.- Puerto Varas, 13 de Diciembre de 2019.-
Actes récents
- MODIFICACIÓN
CONSULTORÍA Y ASESORÍA C & C LIMITADA
CVE 1698285
