Importadora Y Distribuidora Rayfen SpA
Diario Oficial
Informations sociétaires
Objet social
La compraventa, importación, exportación, distribución y permutar acciones, bonos y valores mobiliarios; descontar, prorrogar, revalidar, cobrar, cancelar y protestar, letras de cambio, pagares, vales o cualesquiera otros documentos bancarios o mercantiles; depositar o retirar valores en custodia o garantía; abrir, cerrar y arrendar cajas de seguridad y administrarlas, retirar valores en custodia; contratar y cancelar boletas de garantía; cobrar y percibir, otorgar recibos, cancelaciones y finiquitos; celebrar contratos de trabajo, modificarlos, desahuciarlos y ponerles termino de cualquiera de los modos que permite la ley; además, fijar derechos y deberes, otorgar premios y acordar sanciones; acordar y modificar las normas generales a que deberán ceñirse las operaciones de la sociedad y dictar y modificar sus reglamentos internos; fijas y modificar tarifas y precios; exigir rendiciones de cuentas, convenir y aceptar estimación de perjuicios, pedir declaraciones de quiebra; nombrar depositarios, tasadores, liquidadores y demás personas que fueren necesarias; registrar las direcciones telegráficas, cablegráficas y de télex de la sociedad, arrendar casillas de correo, retirar toda clase de correspondencia, ordinaria, certificada u oficial, de correo, telégrafos, fax, ferrocarriles, buses, aduanas, etcétera, cobrar y percibir giros postales y telegráficos, retirar toda clase de encomiendas, equipajes, carga, bultos, paquetes, envíos, etcétera; comparecer ante cualquier autoridad administrativa, Fiscal, Semifiscal, Municipal o de Administración Autónoma, ante cualquier Ministerio, Servicio, Dirección, Institución o Caja de Previsión, Administradora de Fondos de Pensiones, Institutos de Salud Previsional, ante cualquiera de las Superintendencias de Valores y Seguros; de Seguridad Social; de Bancos e instituciones Financieras, Ante el Servicio de Aduanas y de Tesorerías y el de Impuestos Internos y, en especial, ante cualquier organismo del sector laboral, tales como ministerio del Trabajo y Previsión Social, Superintendencia de Seguridad Social, Instituto de Normalización Previsional, Dirección del Trabajo, Inspección del Trabajo y otros organismos que tengan injerencia o competencia en dichas materias; efectuar ante ella presentaciones, reclamaciones y solicitudes de cualquier naturaleza, realizar toda clase de actuaciones, tramites, y negociaciones, firmar escritos y toda clase de instrumentos, públicos y privados; recibir correspondencia, aun certificada, retirarla, abrirla, retirar giros y encomiendas postales, pudiendo delegar estas funciones en situaciones específicas en personas determinadas, mediante simple carta; presentar y firmar declaraciones, solicitudes, planillas y toda clase de documentos necesarios para el correcto y adecuado cometido del presente poder; y, en general, ejecutar toda clase de operaciones bancarias y comerciales que la practica sancione, sin que la enumeración anterior importe limitación alguna. En el orden Judicial tendrán todas las facultades que enumera el artículo séptimo del Código de Procedimiento Civil en sus dos incisos, que se dan expresamente reproducidas, con declaración de que la facultad de transigir comprende también la transacción comercialización de artículos de librería, ferretería y bazar, por cuenta propia o ajena, la representación de empresas nacionales y extranjeras y demás relacionadas, en la actualidad o en el futuro con lo anterior; 2) La explotación, dar y tomar en arrendamiento y explotar, por cuenta propia o ajena, hoteles, moteles, hosterías, albergues, barcos y otros relacionados con el hospedaje de personas y turismo, con sus servicios de restaurante, bar, salón de té, fiestas, espectáculos, manifestaciones, tours, visitas, con o sin guías, arrendamiento de guías, convenciones, exposiciones, congresos, simposios, reuniones y otros; y todo lo relacionado con los ramos de hotelería y turismo, nacional y extranjero, actual o futuro; 3) Ejercer el transporte de pasajeros mediante vehículos propios o ajenos; comprar, vender, importar y comercializar toda clase de vehículos destinados al transporte de pasajeros; importar, reparar, comprar y vender carrocerías de taxis, taxibuses y buses; dar y tomar en arrendamiento vehículos propios o ajenos destinados al transporte de pasajeros, y cualquier otro negocio que acordaren los socios.
Capital
Capital total
$6.000.000
Capital libéré
$6.000.000
Capital restant dû
$0
Associés (3)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Socio 8.xxx.xxx-6 | 8.xxx.xxx-6 | 60% | $3.600.000 |
YENNY ALEXANDRA GUARIN MONTOYA Socio 8.xxx.xxx-4 | 8.xxx.xxx-4 | 20% | $1.200.000 |
Socio 15.xxx.xxx-5 | 15.xxx.xxx-5 | 20% | $1.200.000 |
Administrateurs (2)
YENNY ALEXANDRA GUARIN MONTOYA
Texte officiel de l’extrait
Ministerio del Interior ALEJANDRA DEL CARMEN LOYOLA OJEDA, Notario Titular de la Tercera Notaria de Santiago con Asiento en Providencia, con oficio en Tobalaba N°1469, certifico que ante mí, por escritura pública de fecha 30 de abril de 2025, Repertorio N°505-25, don RAFAEL ALFONSO GUARÍN ROBAYO, colombiano, casado y separado de bienes, comerciante, C.I. Ext. N°8.534.288-6, con domicilio en Mas Afuera 543, comuna de La Florida, doña YENNY ALEXANDRA GUARIN MONTOYA, chilena, casada, secretaria, C.I. N°8.923.885-4, con domicilio en Km. 3, Camino a Coyhaique Alto sin N°, comuna de Coyhaique, y don RAFAEL ALBERTO GUARIN MONTOYA, chileno, casado, odontólogo, C.I. N°15.708.122-5, con domicilio en Pasaje La Cornisa 9363, comuna de La Florida, modificaron y transformaron la sociedad por acciones IMPORTADORA Y DISTRIBUIDORA RAYFEN SPA, RUT 76.372.600-2, inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 20.747, N° 15.075, año 2005, en una Sociedad de Responsabilidad Limitada. Modificación consiste: Don RAFAEL ALFONSO GUARÍN ROBAYO, vendió, cedió y transfirió la cantidad de 20 acciones, equivalentes al 20% del capital social, a doña YENNY ALEXANDRA GUARIN MONTOYA, quien compró, aceptó y adquirió para sí. El precio de compraventa de las acciones corresponde a la cantidad única, total y definitiva de $1.200.000.-, que el comprador paga al vendedor al contado y en dinero efectivo, declarando el vendedor haberlo recibido a su entera y total conformidad, y la cantidad de 20 acciones, equivalentes al 20% del capital social, a don RAFAEL ALBERTO GUARIN MONTOYA, quien compró, aceptó y adquirió para sí. El precio de compraventa de las acciones corresponde a la cantidad única, total y definitiva de $1.200.000.-, que el comprador paga al vendedor al contado y en dinero efectivo, declarando el vendedor haberlo recibido a su entera y total conformidad. Transformación: los actuales socios acuerdan por unanimidad transformar la sociedad por acciones en una sociedad de responsabilidad limitada, cuyos estatutos son los siguientes: A) RAZÓN SOCIAL: “IMPORTADORA Y DISTRIBUIDORA RAYFEN LIMITADA”, nombre de fantasía “RAYFEN LTDA”. B) DOMICILIO: Santiago, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales u oficinas en el resto del país o en el extranjero. C) DURACIÓN: Indefinida. D) OBJETO: 1) La compraventa, importación, exportación, distribución y permutar acciones, bonos y valores mobiliarios; descontar, prorrogar, revalidar, cobrar, cancelar y protestar, letras de cambio, pagares, vales o cualesquiera otros documentos bancarios o mercantiles; depositar o retirar valores en custodia o garantía; abrir, cerrar y arrendar cajas de seguridad y administrarlas, retirar valores en custodia; contratar y cancelar boletas de garantía; cobrar y percibir, otorgar recibos, cancelaciones y finiquitos; celebrar contratos de trabajo, modificarlos, desahuciarlos y ponerles termino de cualquiera de los modos que permite la ley; además, fijar derechos y deberes, otorgar premios y acordar sanciones; acordar y modificar las normas generales a que deberán ceñirse las operaciones de la sociedad y dictar y modificar sus reglamentos internos; fijas y modificar tarifas y precios; exigir rendiciones de cuentas, convenir y aceptar estimación de perjuicios, pedir declaraciones de quiebra; nombrar depositarios, tasadores, liquidadores y demás personas que fueren necesarias; registrar las direcciones telegráficas, cablegráficas y de télex de la sociedad, arrendar casillas de correo, retirar toda clase de correspondencia, ordinaria, certificada u oficial, de correo, telégrafos, fax, ferrocarriles, buses, aduanas, etcétera, cobrar y percibir giros postales y telegráficos, retirar toda clase de encomiendas, equipajes, carga, bultos, paquetes, envíos, etcétera; comparecer ante cualquier autoridad administrativa, Fiscal, Semifiscal, Municipal o de Administración Autónoma, ante cualquier Ministerio, Servicio, Dirección, Institución o Caja de Previsión, Administradora de Fondos de Pensiones, Institutos de Salud Previsional, ante cualquiera de las Superintendencias de Valores y Seguros; de Seguridad Social; de Bancos e instituciones Financieras, Ante el Servicio de Aduanas y de Tesorerías y el de Impuestos Internos y, en especial, ante cualquier organismo del sector laboral, tales como ministerio del Trabajo y Previsión Social, Superintendencia de Seguridad Social, Instituto de Normalización Previsional, Dirección del Trabajo, Inspección del Trabajo y otros organismos que tengan injerencia o competencia en dichas materias; efectuar ante ella presentaciones, reclamaciones y solicitudes de cualquier naturaleza, realizar toda clase de actuaciones, tramites, y negociaciones, firmar escritos y toda clase de instrumentos, públicos y privados; recibir correspondencia, aun certificada, retirarla, abrirla, retirar giros y encomiendas postales, pudiendo delegar estas funciones en situaciones específicas en personas determinadas, mediante simple carta; presentar y firmar declaraciones, solicitudes, planillas y toda clase de documentos necesarios para el correcto y adecuado cometido del presente poder; y, en general, ejecutar toda clase de operaciones bancarias y comerciales que la practica sancione, sin que la enumeración anterior importe limitación alguna. En el orden Judicial tendrán todas las facultades que enumera el artículo séptimo del Código de Procedimiento Civil en sus dos incisos, que se dan expresamente reproducidas, con declaración de que la facultad de transigir comprende también la transacción comercialización de artículos de librería, ferretería y bazar, por cuenta propia o ajena, la representación de empresas nacionales y extranjeras y demás relacionadas, en la actualidad o en el futuro con lo anterior; 2) La explotación, dar y tomar en arrendamiento y explotar, por cuenta propia o ajena, hoteles, moteles, hosterías, albergues, barcos y otros relacionados con el hospedaje de personas y turismo, con sus servicios de restaurante, bar, salón de té, fiestas, espectáculos, manifestaciones, tours, visitas, con o sin guías, arrendamiento de guías, convenciones, exposiciones, congresos, simposios, reuniones y otros; y todo lo relacionado con los ramos de hotelería y turismo, nacional y extranjero, actual o futuro; 3) Ejercer el transporte de pasajeros mediante vehículos propios o ajenos; comprar, vender, importar y comercializar toda clase de vehículos destinados al transporte de pasajeros; importar, reparar, comprar y vender carrocerías de taxis, taxibuses y buses; dar y tomar en arrendamiento vehículos propios o ajenos destinados al transporte de pasajeros, y cualquier otro negocio que acordaren los socios. E) CAPITAL: $6.000.000.- que los socios enteran y aportan de la siguiente forma: RAFAEL ALFONSO GUARIN ROBAYO, aporta la suma de $3.600.000.- que equivale a un 60% del capital social; cantidad que se da por pagada en este acto; doña YENNY ALEXANDRA GUARIN MONTOYA, aporta la suma de $1.200.000.- que equivale a un 20% del capital social; cantidad que se da por pagada en este acto; y don RAFAEL ALBERTO GUARIN MONTOYA, aporta la suma de $1.200.000.- que equivale a un 20% del capital social; cantidad que se da por pagada en este acto. F) La responsabilidad personal de cada socio queda limitada al monto de sus respectivos aportes. G) La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a indistintamente a don RAFAEL ALFONSO GUARIN ROBAYO y a doña YENNY ALEXANDRA GUARIN MONTOYA. Demás estipulaciones constan escritura extractada. Santiago a 14 de Mayo de 2025.
Informations sociétaires
Objet social
1) Compraventa, importación, exportación, distribución y permutar acciones, bonos y valores mobiliarios; descontar, prorrogar, revalidar, cobrar, cancelar y protestar, letras de cambio, pagares, vales o cualesquiera otros documentos bancarios o mercantiles; depositar o retirar valores en custodia o garantía; abrir, cerrar y arrendar cajas de seguridad y administrarlas, retirar valores en custodia; contratar y cancelar boletas de garantía; cobrar y percibir; otorgar recibos, cancelaciones y finiquitos; celebrar contratos de trabajo, modificarlos, desahuciarlos y ponerles termino de cualquiera de los modos que permite la ley; además, fijar derechos y deberes, otorgar premios y acordar sanciones; acordar y modificar las normas generales a que deberán ceñirse las operaciones de la sociedad y dictar y modificar sus reglamentos internos; fijar y modificar tarifas y precios; exigir rendiciones de cuentas, convenir y aceptar estimación de perjuicios, pedir declaraciones de quiebra; nombrar depositarios, tasadores, liquidadores y demás personas que fueren necesarias; registrar las direcciones telegráficas, cablegráficas y de telex de la sociedad, arrendar casillas de correos, retirar toda clase de correspondencia, ordinaria, certificada u oficial, de correo, telégrafos, fax, ferrocarriles, buses, aduanas, etcétera, cobrar y percibir giros postales y telegráficos, retirar toda clase de encomiendas, equipajes, carga, bultos, paquetes, envíos, etcétera; comparecer ante cualquier autoridad administrativa, Fiscal, Semifiscal, Municipal o de Administración Autónoma, ante cualquier Ministerio, Servicio, Dirección, Institución o Caja de Previsión, Administradora de Fondos de Pensiones, Institutos de Salud Previsional, ante cualquiera de las Superintendencias de Valores y Seguros; de Seguridad Social; de Bancos e instituciones Financieras, ante el Servicio de Aduanas y de Tesorerías y el de Impuestos Internos y, en especial, ante cualquier organismo del sector laboral, tales como Ministerio del Trabajo y Previsión Social, Superintendencia de Seguridad Social, Instituto de Normalización Previsional, Dirección del Trabajo, Inspección del Trabajo y otros organismos que tengan ingerencia o competencia en dichas materias; efectuar ante ellas presentaciones, reclamaciones y solicitudes de cualquier naturaleza, realizar toda clase de actuaciones, tramites y negociaciones, firmar escritos y toda clase de instrumentos, públicos y privados; recibir correspondencia, aun certificada, retirarla, abrirla, retirar giros y encomiendas postales, pudiendo delegar estas funciones en situaciones especificas en personas determinadas, mediante simple carta; presentar y firmar declaraciones, solicitudes, planillas y toda clase de documentos necesarios para el correcto y adecuado cometido del presente poder; y, en general, ejecutar toda clase de operaciones bancarias y comerciales que la practica sancione, sin que la enumeración anterior importe limitación alguna. En el orden judicial tendrán todas las facultades que enumera el articulo séptimo del Código de Procedimiento Civil en sus dos incisos, que se dan por expresamente reproducidas, con declaración de que la facultad de transigir comprende también la transacción comercialización de artículos de librería, ferretería y bazar, por cuenta propia o ajena, la representación de empresas nacionales y extranjeras y demás relacionadas, en la actualidad o en el futuro con lo anterior; 2) Explotación, dar y tomar en arrendamiento y explotar, por cuenta propia o ajena, hoteles, moteles, hosterías, albergues, barcos y otros relacionados con el hospedaje de personas y turismo, con sus servicios de restaurante, bar, salón de te, fiestas, espectáculos, manifestaciones, tours, visitas, con o sin guías, arrendamiento de guías, convenciones, exposiciones, congresos, simposios, reuniones y otros; compra y reserva de pasajes, alojamientos, habitaciones, edificios y otros; y todo lo relacionado con los ramos de hotelería y turismo, nacional y extranjero, actual o futuro; 3) Ejercer el transporte de pasajeros mediante vehículos propios o ajenos; comprar, vender, importar y comercializar toda clase de vehículos destinados al transporte de pasajeros; importar, reparar, comprar y vender carrocerías de taxis, taxibuses y buses; dar y tomar en arrendamiento vehículos propios o ajenos destinados al transporte de pasajeros, y cualquier otro negocio que acordaren los socios.
Capital
Capital total
$6.000.000
Capital libéré
$6.000.000
Capital restant dû
$0
Actions
100
Associés (1)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Accionista 8.xxx.xxx-6 | 8.xxx.xxx-6 | 100% | $6.000.000 |
Administrateurs (1)
Représentation légale (1)
Historique sociétaire relaté
- Cession de droits· 27 février 2020
Yenny Alexandra Guarín Montoya cede la totalidad de sus derechos sociales, equivalentes al 30% del capital, a Rafael Alfonso Guarín Robayo.
YENNY ALEXANDRA GUARIN MONTOYA · RAFAEL ALFONSO GUARIN ROBAYO
- Transformation· 27 février 2020
La sociedad de responsabilidad limitada IMPORTADORA Y DISTRIBUIDORA RAYFEN LIMITADA se transforma en sociedad por acciones IMPORTADORA Y DISTRIBUIDORA RAYFEN SpA.
IMPORTADORA Y DISTRIBUIDORA RAYFEN LIMITADA · RAFAEL ALFONSO GUARIN ROBAYO
Texte officiel de l’extrait
JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, titular 43ª Notaría Santiago, Huérfanos 835, piso 18, certifica: por escritura ante mi suplente JUAN IGNACIO SAN MARTÍN SCHRÖDER de fecha 27 Febrero 2020, Sr.: RAFAEL ALFONSO GUARIN ROBAYO, colombiano, casado y separado de bienes, comerciante, C.I. para extranjeros 8.534.288-6, Mas Afuera 543, La Florida, por sí y en representación de YENNY ALEXANDRA GUARIN MONTOYA, chilena, casada, secretaria, C.I.: 8.923.885-4, Camino Ensenada sin Nº, Valle Simpson, Coyhaique, modificaron sociedad de responsabilidad limitada “IMPORTADORA Y DISTRIBUIDORA RAYFEN LIMITADA”, RUT 76.372.600-2, inscrita a fojas 20.747, Nº 15.075, Registro Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, año 2005. Modificación consiste en: YENNY ALEXANDRA GUARIN MONTOYA, cedió totalidad de sus derechos sociales, ascendentes al 30% del capital social total a RAFAEL ALFONSO GUARIN ROBAYO, precio $3.601.440, pagados con anterioridad. RAFAEL ALFONSO GUARIN ROBAYO, en su calidad de único dueño del total de los derechos sociales, trasforma sociedad “IMPORTADORA Y DISTRIBUIDORA RAYFEN LIMITADA” en sociedad por acciones, cuyos estatutos son los siguientes: Nombre: “IMPORTADORA Y DISTRIBUIDORA RAYFEN SpA”, Domicilio: Santiago. Duración: indefinida. Objeto: 1) Compraventa, importación, exportación, distribución y permutar acciones, bonos y valores mobiliarios; descontar, prorrogar, revalidar, cobrar, cancelar y protestar, letras de cambio, pagares, vales o cualesquiera otros documentos bancarios o mercantiles; depositar o retirar valores en custodia o garantía; abrir, cerrar y arrendar cajas de seguridad y administrarlas, retirar valores en custodia; contratar y cancelar boletas de garantía; cobrar y percibir; otorgar recibos, cancelaciones y finiquitos; celebrar contratos de trabajo, modificarlos, desahuciarlos y ponerles termino de cualquiera de los modos que permite la ley; además, fijar derechos y deberes, otorgar premios y acordar sanciones; acordar y modificar las normas generales a que deberán ceñirse las operaciones de la sociedad y dictar y modificar sus reglamentos internos; fijar y modificar tarifas y precios; exigir rendiciones de cuentas, convenir y aceptar estimación de perjuicios, pedir declaraciones de quiebra; nombrar depositarios, tasadores, liquidadores y demás personas que fueren necesarias; registrar las direcciones telegráficas, cablegráficas y de telex de la sociedad, arrendar casillas de correos, retirar toda clase de correspondencia, ordinaria, certificada u oficial, de correo, telégrafos, fax, ferrocarriles, buses, aduanas, etcétera, cobrar y percibir giros postales y telegráficos, retirar toda clase de encomiendas, equipajes, carga, bultos, paquetes, envíos, etcétera; comparecer ante cualquier autoridad administrativa, Fiscal, Semifiscal, Municipal o de Administración Autónoma, ante cualquier Ministerio, Servicio, Dirección, Institución o Caja de Previsión, Administradora de Fondos de Pensiones, Institutos de Salud Previsional, ante cualquiera de las Superintendencias de Valores y Seguros; de Seguridad Social; de Bancos e instituciones Financieras, ante el Servicio de Aduanas y de Tesorerías y el de Impuestos Internos y, en especial, ante cualquier organismo del sector laboral, tales como Ministerio del Trabajo y Previsión Social, Superintendencia de Seguridad Social, Instituto de Normalización Previsional, Dirección del Trabajo, Inspección del Trabajo y otros organismos que tengan ingerencia o competencia en dichas materias; efectuar ante ellas presentaciones, reclamaciones y solicitudes de cualquier naturaleza, realizar toda clase de actuaciones, tramites y negociaciones, firmar escritos y toda clase de instrumentos, públicos y privados; recibir correspondencia, aun certificada, retirarla, abrirla, retirar giros y encomiendas postales, pudiendo delegar estas funciones en situaciones especificas en personas determinadas, mediante simple carta; presentar y firmar declaraciones, solicitudes, planillas y toda clase de documentos necesarios para el correcto y adecuado cometido del presente poder; y, en general, ejecutar toda clase de operaciones bancarias y comerciales que la practica sancione, sin que la enumeración anterior importe limitación alguna. En el orden judicial tendrán todas las facultades que enumera el articulo séptimo del Código de Procedimiento Civil en sus dos incisos, que se dan por expresamente reproducidas, con declaración de que la facultad de transigir comprende también la transacción comercialización de artículos de librería, ferretería y bazar, por cuenta propia o ajena, la representación de empresas nacionales y extranjeras y demás relacionadas, en la actualidad o en el futuro con lo anterior; 2) Explotación, dar y tomar en arrendamiento y explotar, por cuenta propia o ajena, hoteles, moteles, hosterías, albergues, barcos y otros relacionados con el hospedaje de personas y turismo, con sus servicios de restaurante, bar, salón de te, fiestas, espectáculos, manifestaciones, tours, visitas, con o sin guías, arrendamiento de guías, convenciones, exposiciones, congresos, simposios, reuniones y otros; compra y reserva de pasajes, alojamientos, habitaciones, edificios y otros; y todo lo relacionado con los ramos de hotelería y turismo, nacional y extranjero, actual o futuro; 3) Ejercer el transporte de pasajeros mediante vehículos propios o ajenos; comprar, vender, importar y comercializar toda clase de vehículos destinados al transporte de pasajeros; importar, reparar, comprar y vender carrocerías de taxis, taxibuses y buses; dar y tomar en arrendamiento vehículos propios o ajenos destinados al transporte de pasajeros, y cualquier otro negocio que acordaren los socios. Capital: $6.000.000, divididos en 100 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie, sin valor nominal de igual valor cada una, totalmente suscrito y pagado a la fecha de transformación. Desde fecha transformación, accionistas nombran a RAFAEL ALFONSO GUARIN ROBAYO como administrador de la Sociedad, amplias facultades. Demás antecedentes en escritura extractada. Repertorio N°7753-2020. SANTIAGO, 10 MARZO 2020.
Actes récents
- MODIFICACIÓN
IMPORTADORA Y DISTRIBUIDORA RAYFEN SpA
CVE 2650525
- MODIFICACIÓN
IMPORTADORA Y DISTRIBUIDORA RAYFEN LIMITADA
CVE 1743231
