Transportes Edmundo Gres Limitada
Diario Oficial
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$10.000.000
Associés (2)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
EDMUNDO ANTONIO MARIANO GRES CHÁVEZ Socio 15.xxx.xxx-k | 15.xxx.xxx-k | - | - |
BÁRBARA ALEJANDRA PUERTO ROMERO Socio 15.xxx.xxx-0 | 15.xxx.xxx-0 | - | - |
Administrateurs (1)
EDMUNDO ANTONIO MARIANO GRES CHÁVEZ
Historique sociétaire relaté
- Constitution· 27 février 2014
Constitución original de la sociedad TRANSPORTES EDMUNDO GRES LIMITADA.
- Autre acte· 17 novembre 2017
Modificación anterior de la sociedad, publicada e inscrita en el Registro de Comercio.
Texte officiel de l’extrait
JENSON AARON KRIMAN NUÑEZ, Notario Público Titular de San Antonio, con oficio en Avenida Lauro Barros número 96, certifico: Por escritura pública de hoy, ante mí, bajo el Repertorio número 3319-2020, don EDMUNDO ANTONIO MARIANO GRES CHÁVEZ, chileno, soltero, factor de comercio, cédula nacional de identidad número quince millones treinta y siete mil quinientos siete guión K, domiciliado en Josefina Lepe de Vera 4519, Peñuela, Comuna, Ciudad y Provincia de Coquimbo; y doña BÁRBARA ALEJANDRA PUERTO ROMERO, chilena, soltera, relacionador público, cédula nacional de identidad número quince millones trescientos sesenta y nueve mil cuatrocientos noventa y nueve guión cero, mismo domicilio del anterior, modificaron Sociedad de Responsabilidad Limitada bajo la razón social TRANSPORTES EDMUNDO GRES LIMITADA, nombre de fantasía TRANSPORTES EDMUNDO GRES LTDA, rol único tributario número 76.367.317-0, constituida por escritura pública de fecha 27 de Febrero del año dos mil 2014, ante doña Giselle Tapia Romo, Notario Suplente de la Titular de La Calera doña Lidia María Chahuán Issa, cuyo extracto se publicó en la edición del Diario Oficial número 40.801 de 07 de Marzo del año 2014, y se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de La Serena, a fojas 501 número 226 del año 2014, modificada por escritura pública de fecha 17 de Noviembre del año 2017 suscrita ante el entonces Notario Público Titular de Quintero-Puchuncaví don Jenson Aaron Kriman Núñez, cuyo extracto se publicó debidamente en el Diario Oficial y se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de La Serena, a fojas 1629 número 610 del año 2017. La modificación consiste en: Modificación Facultades Administración, Representación y Uso de Razón Social. Por el presente acto e instrumento, los actuales socios de la Sociedad TRANSPORTES EDMUNDO GRES LIMITADA, nombre de fantasía TRANSPORTES EDMUNDO GRES LTDA, acuerdan modificar el artículo CUARTO de la escritura primitiva de constitución, quedando por tanto y definitivamente como sigue: “CUARTO: La administración, representación y el uso de la razón social corresponderá al socio don EDMUNDO ANTONIO MARIANO GRES CHAVEZ, quien actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a su firma, la representará con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos y, sin que la enumeración siguiente tenga el carácter de taxativo, podrá: a) Ante terceros, incluyendo a toda clase de instituciones nacionales, extranjeras e internacionales, ante autoridades políticas, administrativas y judiciales del país y del extranjero, formular toda clase de solicitudes, efectuar presentaciones o declaraciones y aceptar obligaciones y derechos; celebrar toda clase de actos y contratos; despachar y recibir de las oficinas postales y reparticiones o instituciones públicas o privadas, correspondencia ordinaria o certificada, encomiendas, giros de dinero, mercaderías y otras especies o valores consignados o endosados a nombre o a la orden de los otorgantes; b) Cobrar y percibir todo cuanto se le adeude por cualquier motivo o título y otorgar los correspondientes recibos, cancelaciones, finiquitos o resguardos que se solicite; c) Dar y recibir dinero en préstamo; d) Girar y aceptar traspasos y depositar o entregar valores, acciones o bonos en custodia, en garantía o a otro título y retirarlos; e) Firmar la correspondencia y todos los documentos públicos o privados y celebrar y ejecutar todos los actos y contratos civiles, mercantiles o de cualquier otro orden de que se requiera y que la administración de los bienes de la sociedad haga necesarios o convenientes; f) Comprar, gravar y vender bienes inmuebles; g) Comprar, vender y, en general, adquirir y enajenar a cualquier título, toda clase de bienes muebles, derechos, acciones, valores y bonos y fijar las condiciones en los respectivos actos y contratos; h) Tomar y dar en arrendamiento o leasing toda clase de bienes muebles e inmuebles, celebrar contratos de franchising o franquicia, contratos de operaciones de factoring, engineering y underwriting, administración y concesión; i) Adquirir o enajenar concesiones, marcas comerciales, patentes y toda forma de propiedad intelectual o industrial; j) Celebrar toda clase de contratos de trabajo y de prestaciones de servicios, ponerles término, pactar remuneraciones, indemnizaciones, regalías y demás condiciones; k) Aceptar, reaceptar, girar y sobregirar, pagar, endosar, descontar, prorrogar, cobrar, cancelar y protestar, depositar, redepositar, revalidar y vender letras de cambio, cheques, libranzas, pagarés, vales en cobranza y demás documentos civiles o mercantiles, ya sean a la orden, al portador o nominativos, incluyendo toda clase de documentos bancarios, celebrar con los bancos comerciales, instituciones de crédito, corporaciones de derecho público o privado, sociedades civiles, comerciales o de otro orden, con el Banco del Estado de Chile, con particulares o con cuales¬quiera otras instituciones nacionales, extranjeras o internacionales, contratos de préstamos, de mutuo, de comodato, de depósito, de cuentas corrientes bancarias y mercantiles, sean de depósito o de crédito, girar y sobregirar en dichas cuentas, retirar libretos o talonarios de cheques, dar órdenes de no pago y reconocer o impugnar saldos o cartolas en cuenta corriente mercantil o bancaria, retirar depósitos a la vista, a plazo o condicionales, solicitar claves y cualquier otro dispositivo tanto para operar por internet como para realizar transferencias electrónicas y cualquier otra facultad bancaria que sea necesaria para operar ya sea presencial o remotamente; l) Operar con amplias facultades dentro del mercado de capitales, pudiendo comprar, vender y negociar, en cualquier forma, acciones, bonos, pagarés, debentures y cualquier clase de valores mobiliarios, letras de cambio, dinero y efectos de comercio, sean emitidos por el Estado o por particulares, quedando facultado para firmar todos los documentos que sean necesarios para llevar a cabo estas operaciones y fijar los precios y condiciones de ellas; ll) Importar, exportar toda clase de bienes, productos, insumos, materias primas, partes y piezas y ejecutar toda clase de operaciones de comercio exterior y de cambios internacionales, practicar las gestiones necesarias para la internación o exportación de mercaderías ante las Aduanas, los organismos oficiales, incluso el Banco Central de Chile y demás reparticiones pertinentes y firmar pólizas, solicitudes de importación y demás documentos necesarios para esas operaciones, incluso presenciar operaciones de aforo, avalúos y, en general, desarrollar toda clase de operaciones y diligencias aduaneras que estén contempladas en la Ordenanza General de Aduanas y otras leyes y reglamentos pertinentes, aún aquellas para las cuales fuere exigible facultad o poder especial; m) Velar por la correcta recepción de las naves, mercaderías o cargamentos, suscribir protestas por pérdidas, mermas o daños en las naves, mercaderías o cargamentos, suscribir conocimientos, pólizas de carga, manifiestos y, en general, ejecutar y celebrar todos los actos y contratos de comercio marítimo, terrestre o aéreo, relativos a sus naves, vehículos y cargamentos, solicitar almacenes particulares respecto de actuaciones que deban cumplirse ante el Banco Central de Chile u otras autoridades, en relación con la importación y exportación de mercaderías, presentar y firmar registros o pólizas de importación, solicitudes anexas y de admisión temporal, con o sin cobertura, liberaciones, cartas explicativas y toda clase de documentación que le fuere exigida por el Banco Central de Chile; n) Abrir acreditivos y créditos documentarios, ceder y aceptar cesiones de créditos; tomar boletas bancarias o endosar pólizas de garantía en los casos en que tales cauciones fueren procedentes y pedir la devolución de dichos documentos, endosar, entregar y retirar conocimientos de embarque y demás documentos, retirar certificados de devolución de impuestos draw back, solicitar la modificación de las condiciones bajo las cuales se ha autorizado una determinada operación, celebrar ventas condicionales, celebrar compraventas de divisas a futuro, autorizar cargos en cuenta corriente relativas a operaciones de comercio exterior, comprar y vender divisas, formular declaraciones juradas y, en general, ejecutar todos los actos y realizar todas las actuaciones que fueren conducentes al adecuado cumplimiento de sus obligaciones; ñ) Dar y tomar en arrendamiento, abrir, cerrar y disponer de cajas de seguridad; o) Constituir, recibir y aceptar en garantía bienes, muebles, inmuebles y valores, ya sean en hipotecas, incluso con cláusula de garantía general, en prenda común, sin desplazamiento, agraria, industrial, de ventas a plazo o bancarias; p) Aceptar para la sociedad toda clase de cauciones personales o reales, alzar, posponer y modificar las garantías constituidas; q) Otorgar fianzas, avales y toda clase de cauciones y garantías, incluso constituyendo a la sociedad en codeudora solidaria; r) Contratar seguros, liquidarlos, contratar y liquidar boletas y pólizas de garantía y aceptarlas para la sociedad, celebrar contratos de cesión y otros sobre bienes y derechos de cualquier clase, sean reales o personales; s) Renunciar a acciones o derechos; convenir novaciones; dar o recibir en pago, transigir toda clase de derechos o negocios; desahuciar, prorrogar, terminar, anular, modificar, posponer, rescindir, resolver, desistirse de contratos y derechos de cualquiera naturaleza y otorgar a los árbitros facultades de arbitradores; t) Celebrar contratos de sociedad de cualquier tipo, de asociaciones o cuentas en participación, de cooperativas, de sociedades en comandita, sean simples o por acciones, modificar, prorrogar y desahuciar estos contratos, designar o concurrir a la designación del gerente de ellas y/o tomar parte en la administración de sociedades, asociaciones o cooperativas, en representación de la sociedad, asistir a juntas de socios cooperados o accionistas y tomar parte en ellas, con derecho a voz y a voto; representando a la sociedad, abrir agencias o sucursales en el país o en el extranjero; u) Conferir poderes y mandatos generales y/o especiales; v) En el orden judicial, representará a la sociedad con las facultades contenidas en ambos incisos del artículo séptimo del Código de Procedimiento Civil, las cuales se dan por expresa e íntegramente reproducidas, una a una, pudiendo desistirse en primera instancia de la acción deducida, renunciar los recursos y/o términos legales, aceptar la demanda contraria, transigir, comprometer, otorgar a los árbitros la calidad de arbitradores, aprobar convenios y percibir; w) Ante el Servicio de Impuestos Internos, solicitar el timbraje de facturas, boletas, guías de despacho, notas de crédito y de débito y toda clase de documentos tributarios y contables, solicitar clave para operar por internet; y x) En general, celebrar todos los actos y demás contratos que sean necesarios o que se estime adecuados o convenientes para el mejor desempeño de su función o para los intereses de la sociedad. En todo lo no modificado rige pacto social primitivo de constitución y posterior modificación. Capital: $10.000.000. Demás estipulaciones en escritura extractada. San Antonio, 22 de Septiembre de 2020.
Actes récents
- MODIFICACIÓN
TRANSPORTES EDMUNDO GRES LIMITADA
CVE 1820076
